ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Provincia de S/C. de Tenerife. DECRETO.- ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA PAGO EN CONCEPTO DE “DONACIONES” PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE ENSEÑANZA POST OBLIGATORIA CURSADOS DENTRO DE LA ISLA MOTIVADO POR LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA PRODUCIDA POR LA ERUPCIÓN VOLCÁNICA. Alcalde Fecha Firma: 24/05/2023 HASH: 9756be814d6266ffe6da111114c82df7 David Ruiz Álvarez (1 de 1) Vista la erupción volcánica que comenzó el 19 de septiembre de 2021 en la isla La Palma, que ha afectado a las localidades de El Paso, Tazacorte y Los Llanos de Aridane, viéndose el municipio de Tazacorte gravemente dañado en su orografía por el paso de la lava, afectando a construcciones, plantaciones agrícolas y viviendas que han provocado el desalojo de familias, negocios y plantaciones agrícolas o actividades ganaderas y pesqueras. Visto que en circunstancias normales un amplio sector de la población del municipio de Tazacorte se encuentra en situación de vulnerabilidad social, hay que sumar ahora, esta situación sobrevenida que, además, ha mermado aún más los ingresos económicos de estas familias, provocando que sea necesario en este sector de la población una mayor protección social. Vista la existencia de un registro municipal de estudiantes afectados/as por la erupción del volcán de Cumbre Vieja, que cursen estudios post obligatorios, dentro de la isla, y que consten inscritos en el registro único de afectados/as por la erupción del volcán, a los efectos de valorar posibles ayudas de emergencia. Número: 2023-0264 Fecha: 24/05/2023 Cód. Validación: 6JJQ9XEZRALYYKDJLDX9TSX3C Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4 DECRETO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Provincia de S/C. de Tenerife. VISTO el INFORME emitido por la Concejala del Área de Educación para el otorgamiento de las ayudas económicas de fecha 24 de mayo de 2023, en el cual se concretan los beneficiarios de las ayudas aceptadas con cargo a fondos provenientes de Donaciones recibidas por parte de esta Administración a consecuencia de la erupción del volcán, siendo un total de 11 beneficiarios los que han cumplido los requisitos establecidos para recibir las referenciadas ayudas para la realización de sus estudios post obligatorios, dentro de la isla durante el curso 2022/2023. VISTA la Retención de Crédito emitida por la Intervención de Fondos Municipal de fecha 23 de mayo de 2023. Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, HA RESUELTO: PRIMERO.- Autorizar, disponer y reconocer las obligaciones que integran las ayudas económicas para la realización de estudios de enseñanza post obligatoria, cursados dentro de la isla, motivado por la situación de emergencia producida por la erupción volcánica, dirigidas a estudiantes residentes en el municipio de la Villa y Puerto de Tazacorte, para atender a los gastos asumidos durante el curso 2022/2023, concedidas a favor de los siguientes beneficiarios: Número: 2023-0264 Fecha: 24/05/2023 Cód. Validación: 6JJQ9XEZRALYYKDJLDX9TSX3C Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4 DECRETO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Provincia de S/C. de Tenerife. APELLIDOS Y NOMBRE CUANTÍA CONCEBIDA ACOSTA ACOSTA ,ABEL 337,93€ ACOSTA RAMÓN, JAVIER 337,93€ GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, M. DESIRÉ LORENZO ACOSTA, NACOR 337,93€ LORENZO BARRETO, MIGUEL 337,93€ MARTÍN PÉREZ, SARA 337,93€ RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN, JOEL 337,93€ RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, SUSANA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, A. YAMILET RUÍZ ÁLVAREZ, MÓNICA 337,93€ SÁNCHEZ PLASENCIA, NAYLET 337,93€ SEGUNDO.-Ordenar el pago y ejecución de las cantidades establecidas con cargo a la aplicación presupuestaria 2023.2310.48029 del año 2023, AYUDAS VOLCÁN CUMBRE VIEJA, a fin de hacer frente al compromiso de gasto adquirido con la concesión de ayudas económicas para la realización de estudios de enseñanza post obligatoria, dirigidas a estudiantes residentes en el municipio de la Villa y Puerto de Tazacorte, que se vieran afectados en la continuidad de sus estudios que cursen dentro de la isla, motivado por la situación de emergencia producida por la erupción volcánica en la isla de La Palma, para atender a los gastos asumidos durante el curso 2022/2023. TERCERO.- Notificar a los interesados la presente resolución mediante publicación de la misma en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de esta Corporación. Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, 337,93€ Número: 2023-0264 Fecha: 24/05/2023 337,93€ 337,93€ Cód. Validación: 6JJQ9XEZRALYYKDJLDX9TSX3C Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4 DECRETO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Provincia de S/C. de Tenerife. pueden interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 24 de mayo de 2023. EL ALCALDE, Fdo.: David Ruiz Álvarez DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número: 2023-0264 Fecha: 24/05/2023 Cód. Validación: 6JJQ9XEZRALYYKDJLDX9TSX3C Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 4 DECRETO