C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 1 DECRETO.- LEVANTAMIENTO DE REPARO DE INTERVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE ENSEÑANZA POST OBLIGATORIA, CURSO 2025/2026. Visto lo dispuesto en el Plan Estratégico de Subvenciones de este Ayuntamiento, y vistas las BASES QUE RIGEN LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE ENSEÑANZA POST OBLIGATORIA, DIRIGIDAS A ESTUDIANTES RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE, aprobada modificación de las mismas por el Pleno de la Corporación y publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 134, de 6 de noviembre de 2024. Visto que conforme con la Base Quinta, las ayudas se otorgarán mediante concurrencia competitiva hasta el límite presupuestario disponible, siendo el criterio para la comparación de solicitudes la renta per cápita de la unidad familiar, atendiendo a aquellas solicitudes con una menor renta per cápita de su unidad familiar. Visto que con cargo al Presupuesto General del ejercicio 2025 del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte se dotó el crédito presupuestario suficiente, con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.3260.48007 denominada AYUDAS ESTUDIOS Y/O FORMACIÓN. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN, del Presupuesto General del ejercicio 2025 del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, por importe de TREINTA MIL EUROS (30.000.-€) para hacer frente a las obligaciones que se derivan de la presente convocatoria. Visto que con fecha 08 de octubre de 2025, por Resolución de Alcaldía que consta en el Libro de Decretos con el nº 2025-0838 de la misma fecha, se aprobó la convocatoria para la concesión de ayudas económicas para la realización de estudios de enseñanza post obligatoria, curso 2025/2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva y efectuada por Intervención la pertinente retención del crédito disponible por importe de 30.000,00 €. Visto que con fecha 13 de octubre de 2025, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 123, fue publicado el extracto de la convocatoria adquiriendo ésta plena eficacia y abriéndose un plazo de presentación de solicitudes de 1 mes que concluía en fecha 14 de noviembre de 2025, constando certificado de Secretaría de 24 de noviembre de 2025 de las solicitudes presentadas en tiempo y forma. Consta informe del Concejal Delegado de Educación, de fecha 24 de noviembre de 2025, de la evaluación de las solicitudes presentadas, efectuada conforme con los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la ayuda y en la convocatoria; que fue recibida por la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Fiestas, Juventud, Deportes y Patrimonio Histórico con fecha 24 de noviembre de 2025. Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025 DAVID RUIZ ALVAREZ (1 de 1) Alcalde Fecha Firma: 31/12/2025 HASH: 90245158085852ff809bbef3e949eb95 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 2 Visto que con fecha 27 de noviembre de 2025, la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Fiestas, Juventud, Deportes y Patrimonio Histórico emitió dictamen en el que se concretaba el resultado de la evaluación efectuada, aprobando el reparto de concesión de ayudas económicas para la realización de estudios de enseñanza post obligatoria, dirigidas a estudiantes residentes en el municipio de la Villa y Puerto de Tazacorte para atender a los gastos asumidos durante el curso 2025/2026, propuesto por informe del Concejal Delegado de Educación. Visto que consta en el expediente informe desfavorable de Intervención de Fondos sobre la aprobación del gasto y pago de la subvención, de fecha 31 de diciembre de 2025. Resultando que las obligaciones pendientes de pago contraídas en ejercicios anteriores forman parte de un expediente que se está llevando a cabo por parte de la Corporación. Para ello, en primer lugar, se ha procedido a realizar una modificación presupuestaria de suplemento de crédito y así dotar del crédito necesario en las distintas aplicaciones presupuestarias que conforman las citadas obligaciones. Y posteriormente se llevará el correspondiente reconocimiento extrajudicial de crédito para la aprobación definitiva de estas obligaciones. Visto que consta informe-propuesta de Secretaría de fecha 31 de diciembre de 2025. Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Base Duodécima de las Bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones al Deporte, RESUELVO PRIMERO.- Proceder al levantamiento del reparo emitido por la Intervención de fecha 31 de diciembre de 2025 y continuar con la tramitación del expediente. SEGUNDO. Conceder las ayudas económicas para la realización de estudios de enseñanza post obligatoria, dirigidas a estudiantes residentes en el municipio de la Villa y Puerto de Tazacorte, para atender a los gastos asumidos durante el curso 2025/2026, a favor de los siguientes beneficiarios: APELLIDOS Y NOMBRE CUANTÍA CONCEDIDA NORA GONZÁLEZ LEÓN 600€ ALBA MONTELONGO PÉREZ 600€ ALEJANDRO JOSÉ LORENZO PORTOCARRERO 260€ Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 3 LAIA MONTELONGO ACOSTA 260€ NATALIA EUGENIO LORENZO 260€ NORAH RODRÍGUEZ LAND 600€ LIA GARCÍA HERNÁNDEZ 600€ MELANIA ACOSTA ACOSTA 600€ DAVID LEÓN GONZÁLEZ 600€ JOSE ANTONIO SILVA SIMÓN 600€ ADARA ACOSTA ACOSTA 600€ JESSICA MARTÍN MARTÍN 600€ ARIANNA BEATRIZ POTENZA LORENZO 600€ KEVIN GONZÁLEZ BETANCOR 400€ CLAUDIA SANFIEL MORALES 560€ ALBERTO SANFIEL MORALES 560€ YENISEY BRITO GONZÁLEZ 230€ LORENA ACOSTA PÉREZ 600€ THAIS MILENDY ABREU PERÉZ 230€ DAVID KIRIL MARTÍN PÉREZ 600€ SARA MARTÍN PERÉZ 600€ VICTOR MANUEL PERÉZ VÁZQUEZ 400€ JAVIER ACOSTA LEÓN 230€ CLAUDIA AFONSO PERÉZ 600€ AMY BRITO GONZÁLEZ 600€ ANDREA MESA HERNÁNDEZ 400€ Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 4 PAULA GARCÍA MEDEROS 600€ DANIELA GARCÍA MEDEROS 600€ ALEXIA LORENZO LEAL 300€ DIEGO ACOSTA SÁNCHEZ 600€ ANGELA GÓMEZ MARTIN 600€ GABRIEL MARTÍN DUQUE 300€ SAUL PÉREZ YANES 600€ IRIANA PERÉZ YANES 600€ LAIA GONZÁLEZ LUIS 600€ ALEXIA CAPOTE HERNÁNDEZ 600€ SANDRA MARTÍN PÉREZ 600€ ATHALIA JOSE REYES SALAZAR 260€ ENRIQUE RODRÍGUEZ ACOSTA 300€ ATENEA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ 260€ ISABEL CASTILLO CASTRO 600€ VALERY ACOSTA CARBALLO 400€ MARIA NÁYADE MARTÍN TRUJILLO 260€ MIRIAN ACOSTA RODRIÍUEZ 400€ LAURA CASTILLO CASTRO 600€ CARMEN BRITO RODRÍGUEZ 400€ RAQUEL LORENZO MARTÍN 230€ MARTA PERÉZ CASIMIRO 260€ Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 5 YARED CASTRO MARTÍN 600€ ANYI LISETH GALVIS CASTAÑO 260€ NADIA LORENZO PLASENCIA 260€ SHEILA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ 300€ VIRGINIA LORENZO MARTÍN 400€ YASEL GONZÁLEZ BRITO 200€ WENNA LORENZO MARTÍN 400€ ARIDAY GONZÁLEZ BRITO 260€ Así mismo, se detallan las solicitudes denegadas, con la especificación de la base cuyo incumplimiento motiva la denegación: APELLIDOS Y NOMBRE MOTIVO ANA PAULA GÓMEZ GONZÁLEZ BASE CUARTA (REQUISITOS ECONÓMICOS) BRUNO SALAZAR MARTÍN BASE CUARTA (REQUISITOS ECONÓMICOS) MIGUEL SALAZAR MARTÍN BASE CUARTA (REQUISITOS ECONOMICOS) JOAN DE LAS CASAS PÉREZ BASE CUARTA (REQUISITOS ECONOMICOS) VANIA ACOSTA ACOSTA BASE CUARTA (REQUISITOS ECONOMICOS) IKER MATIBERRIA PÉREZ BASE CUARTA (REQUISITOS ECONOMICOS) LUCAS RICARDO HORCH RIEGO BASE CUARTA (REQUISITOS ECONOMICOS) TERCERO. La gestión de la subvención se efectuará con arreglo a las siguientes condiciones: Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 6 1. Objeto: La promoción educativa en el ámbito local mediante ayudas económicas que permitan la formación académica de los jóvenes del municipio 2. Crédito Presupuestario y financiación: La financiación de esta subvención se hace con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.3260.48007 AYUDAS A ESTUDIOS Y/O FORMACIÓN/Servicios complementarios de educación del Presupuesto General del Ejercicio 2025 del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, donde existe crédito disponible por importe de TREINTA MIL EUROS (30.000,00 €). 3. Gastos subvencionables: Serán subvencionables los gastos derivados de desplazamientos, alojamientos, y libros de texto y material, así como aquellos objetos necesarios y de utilidad para el estudio (gafas, ordenador…). 4. Compatibilidad de la subvención: La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedente de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales. 5. Plazo de realización de los gastos subvencionables y de justificación: El plazo para la realización de los gastos subvencionables y su justificación se extenderá hasta el 31 de marzo de 2025. 6. Forma de justificación: Se presentarán las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en los que se haga constar la realización del fin de presentarse como máximo en el plazo de tres meses desde la notificación de la resolución del procedimiento al beneficiario/a. 7. Protección de datos: Tanto los beneficiarios como el Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte tienen la obligación de cumplir las exigencias previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 7 respecta al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos datos; en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantías de los derechos digitales, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Esta obligación subsistirá aún después de terminada la actuación. 8. Incumplimiento y reintegro: 1.‐ Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en los supuestos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento de desarrollo de la misma. 2.‐ La exigencia del reintegro requerirá la tramitación del procedimiento legalmente previsto en la normativa anterior. 9. Régimen Jurídico: Todo lo no dispuesto en la presente resolución, se regirá por lo dispuesto en las BASES QUE RIGEN LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE ENSEÑANZA POST OBLIGATORIA, DIRIGIDAS A ESTUDIANTES RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 y Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Corporación. Quedando advertido el beneficiario de que estará obligado a someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores (Art. 14.1.c) LGS). 10. Pago anticipado: Se establece la posibilidad de realizar pago anticipado del importe concedido como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención conforme a lo establecido en el art. 34 de la LGS, art.65 RLGS. Para el abono anticipado de la subvención, los beneficiarios tendrán que acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Expte. 2318/2025 8 CUARTO. Autorizar, disponer y reconocer la obligación correspondiente a los gastos derivados de esta subvención por los importes que se señalan y a favor de las personas citadas en la relación del resuelvo 1º de la presente resolución, por la cuantía total VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS (25.440,00€), con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.3260.48007, AYUDAS A ESTUDIOS Y/O FORMACIÓN/Servicios complementarios de educación del Presupuesto General del ejercicio 2025. QUINTO. Ordenar el pago anticipado de esta subvención y ejecución del mismo. SEXTO. Publicar la presente Resolución en el Tablón de anuncios de la sede electrónica de la Corporación, a efectos de notificación a los interesados. SÉPTIMO. De la presente Resolución se dará cuenta a la Intervención de Fondos Municipal y a la Tesorería municipal. OCTAVO. Suministrar la información sobre la concesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. NOVENO. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a la fecha de la firma. EL ALCALDE, Fdo.: David Ruiz Álvarez DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 5JTXGXMJDK7WGZT34CJ59NRJP Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 8 DECRETO Número: 2025-1102 Fecha: 31/12/2025