RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO, POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA AL AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO “AVANZA TAZACORTE PEEF 2024/2025", DENTRO DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE LA ISLA DE LA PALMA, PARA LA REALIZACIÓN DE MEDIDAS DE EMPLEO Y FORMACIÓN PARA HACER FRENTE A LAS CONSECUENCIAS DE LA ERUPCIÓN VOLCÁNICA EN LA ISLA, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO 659/2024, DE 9 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE DETERMINADAS SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y LA FORMACIÓN EN EL TRABAJO PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2024 Villa y Puerto de Tazacorte Fecha Firma: 17/10/2024 HASH: d00fc6df28207e2f2ae557e324af62fb Sello de Órgano de Secretaría (1 de 1) Examinado el expediente administrativo 2/1/2024-0919113818 de la Corporación Local AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE y teniendo en cuenta los siguientes, I. ANTECEDENTES 1º.- A las 15:12 horas del 19 de septiembre de 2021 se inició́ la erupción volcánica en la zona de Cumbre Vieja, en el término municipal de El Paso, isla de La Palma. Ese mismo día fue activado el Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM) en fase de Alerta y Seguimiento Permanente. Asimismo, fue activada la Situación de Emergencia Nivel 2 y el semáforo volcánico en nivel rojo, correspondientes al Plan Especial de Protección Civil y Atención de Emergencias por riesgo volcánico de la Comunidad Autónoma de Canarias (PEVOLCA). La gravedad de los daños materiales provocó la reacción inmediata de las distintas administraciones, aprobándose distintos paquetes de medidas encaminados a paliar los daños más inmediatos ocasionados por la erupción del volcán. 2º.- El Consejo de Ministros, celebrado el 28 de septiembre de 2021, declaró la isla de La Palma zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC, la antigua Zona Catastrófica) por la erupción del volcán habilitando así́ a todos los Departamentos ministeriales para determinar las ayudas necesarias para recuperar todos los daños provocados por el volcán, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y permitiendo el acceso a ayudas del fondo de solidaridad de la Unión Europea (FSUE) para la reconstrucción. Esta declaración abre la fase de recuperación de la catástrofe a medio y largo plazo, una recuperación que se dará́ por finalizada hasta que todas las personas afectadas hayan recuperado la normalidad. 3º.- Por su parte, la Comunidad Autónoma de Canarias aprobó́ el Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma, mediante el que se adoptaban medidas tributarias extraordinarias con un triple fin: por un lado, ayudar a evitar las posibles dificultades de liquidez de los contribuyentes palmeros, en detrimento de la recaudación tributaria de la Agencia Tributaria Canaria, por otro lado, facilitar a los afectados la adquisición de nuevos bienes inmuebles, con diversos beneficios fiscales, y, por último, ajustar la tributación efectiva de determinados empresarios a los días sin erupción volcánica. 4º.- El 6 de octubre se publicó el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma en el que se establece que el Plan Extraordinario de Formación y Empleo para la isla de La Palma, En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 52 COPIA AUTÉNTICA 1 previsto en el apartado Tercero.1 del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 28 de septiembre de 2021, se financiará con un crédito por importe de 63 millones de euros. La finalidad del citado Plan es, por una parte, implementar un conjunto de medidas de acción rápida para paliar los daños cuya reparación exija una mayor urgencia, y, por otra, articular una serie de medidas de futuro para diseñar una estrategia estructural que se active una vez el volcán cese su actividad, con el objetivo de recuperar la situación previa a la erupción. 5º.- El 28 de octubre de 2021 se aprobó el Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre, por el que se regula el marco general para la tramitación de los procedimientos de concesión de ayudas con carácter de emergencia destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma. 6º.- Que, con el fin de instrumentar las medidas establecidas en dicho Plan Extraordinario de Formación y Empleo para la isla de La Palma, se firmó el 23 de noviembre de 2021 un convenio entre el entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Canarias; de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 7º.- Que la disposición adicional octogésima sexta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece que, durante el año 2023, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 30 millones de euros para la financiación de un Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma, para la realización de medidas de empleo y formación para hacer frente a las consecuencias de la erupción volcánica en dicha isla. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal. Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2024, así como la aportación en 2023 citada para el Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma, se instrumentarán mediante un convenio a celebrar entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Canarias. Dicho convenio se suscribe con fecha 3 de marzo de 2023, y es objeto del mismo instrumentar la subvención destinada al Plan Integral de Empleo de la Isla de la Palma, para la realización de medidas de empleo y formación para hacer frente a las consecuencias de la erupción volcánica en dicha isla establecida en la disposición adicional octogésima sexta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y determinar las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución de dicho Plan. 8º.- Al no haberse aprobado los Presupuestos Generales del Estado para 2024, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, contempla en su artículo 8 el supuesto de prórroga de los presupuestos, de manera que se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos iniciales del ejercicio anterior hasta la aprobación y publicación de los nuevos en el Boletín Oficial del Estado. En particular, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, contiene determinadas disposiciones relacionadas con las subvenciones que han sido objeto de regulación en el Real Decreto 659/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito del empleo y de la formación en el trabajo para el ejercicio presupuestario 2024 (BOE núm. 166, de 10.07.2024). En concreto, es la disposición adicional octogésima sexta de la Ley 31/2022, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, la que establece que establece que el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 30 millones de En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 52 COPIA AUTÉNTICA 2 euros para la financiación de un Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma, para la realización de medidas de empleo y formación para hacer frente a las consecuencias de la erupción volcánica en dicha isla. Por ello, el citado Real Decreto 659/2024, de 9 de julio, establece una subvención de 30.000.000 euros para el Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma, que se concederá una vez firmado el respectivo convenio, todo ello de cara a continuar con medidas para combatir el paro y trabajar por la recuperación de empleo en la isla. Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2025, así como la aportación en 2024 citada para el Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma, se instrumentarán mediante un convenio a celebrar entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Canarias. El Proyecto presentado por el Ayuntamiento de Tazacorte, denominado "Avanza Tazacorte PEEF 2024/2025" trata de afrontar y dar soluciones a los problemas más importantes derivados de la erupción del volcán de Tajogaite, siendo Tazacorte uno de los tres municipios directamente afectados, agravado con la situación acaecida sobre la incidencia del Covid-19 en este municipio. Las medidas a implantar serán aquellas dirigidas a la lucha contra el desempleo, sobre todos dirigidos a afectados por la erupción del Volcán de Tajogaite, a través del refuerzo de la promoción e implantación de las políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial. Así en el marco de una acción conjunta y acordada entre ese Ayuntamiento, el Servicio Canario de Empleo y la FECAM, se persigue favorecer el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo y formación, y que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso al empleo de los desempleados en el mercado de trabajo y la adaptación de la formación y recualificación para el empleo de los trabajadores, así como las destinadas a propulsar la actividad empresarial y la economía social. Dicho convenio se suscribe con fecha 11 de septiembre de 2024, y es objeto del mismo instrumentar la subvención destinada al Plan Integral de Empleo de la Isla de la Palma, para la realización de medidas de empleo y formación para hacer frente a las consecuencias de la erupción volcánica en dicha isla, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 659/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito del empleo y la formación en el trabajo para el ejercicio presupuestario 2024. A través de esta medida extraordinaria y urgente, se da respuesta a las dificultades económicas y sociales generadas por la erupción volcánica iniciada en La Palma el 19 de septiembre de 2021. 9º.- Con fecha 13 de septiembre de 2024, el Consejo General de Empleo aprueba el PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE LA ISLA DE LA PALMA 2024, que contempla entre otras medidas la realización de planes extraordinarios de empleo y formación, dando respuesta al convenio suscrito con fecha 11 de septiembre de 2024 entre el Servicio Público de Empleo Estatal y el Servicio Canario de Empleo. 10º.- Con fecha 27 de septiembre de 2024 y registro de entrada en el SCE N.º SCEM 84776/2024, el Alcalde, D. Manuel González Gómez, actuando en representación del AYUNTAMIENTO DE EL TAZACORTE, con CIF n.º P3804500A, presenta la Documentación del Plan y la solicitud de subvención que conlleva la realización del Proyecto denominado “Avanza Tazacorte PEEF 2024/2025”, y que está presupuestado en la memoria anexa, solicitándose subvención al SCE por un importe de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL EUROS (2.300.000,00 €). En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 52 COPIA AUTÉNTICA 3 Conjuntamente con la solicitud, la entidad aporta la documentación necesaria para el otorgamiento de la subvención, conforme a la normativa que le es de aplicación, así como la solicitud de abono anticipado. 11º.- Existe consignación adecuada y suficiente en los Presupuestos Generales del Servicio Canario de Empleo para dar cobertura presupuestaria a la citada transferencia, con cargo a la aplicación presupuestaria: 2024 5001 241H 4500400 Línea de Actuación 500G0046 FONDO 40V5001 Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma 12º.- Por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 (BOC n.º 269 de 30.12.2020) cuya última modificación es mediante Orden de la Consejería de Turismo y Empleo de fecha 8 de mayo de 2024 (BOC núm. 98, de 20..05.2024), encontrándose incluida esta subvención en el mismo. 13º.- La Dirección General de Planificación y Presupuesto ha emitido con fecha 8 de octubre de 2024, informe favorable al abono anticipado de la subvención de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo de Gobierno adoptado el 4 de diciembre de 2023, de modificación octava del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión. 14º.- La Dirección General de Asuntos Europeos ha emitido con fecha 11 de octubre de 2024 informe favorable de compatibilidad con la normativa comunitaria de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, ya citado, y el artículo 4 del Decreto 100/1999, de 25 de mayo, de medidas para garantizar el cumplimiento de las normas comunitarias que limitan la concesión de Ayudas de Estado, para la realización del proyecto. A los citados Antecedentes, les son de aplicación las siguientes, II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.- Corresponde al Gobierno autorizar el otorgamiento de las subvenciones directas a las que se refiere el artículo 22.2 c), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo importe sea superior a 150.000,00 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024. No obstante, dicha competencia ha sido objeto de delegación mediante Decreto 155/2024, de 23 de septiembre, por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Turismo Empleo y de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo la competencia para autorizar el otorgamiento de subvenciones directas, por importe superior a ciento cincuenta mil (150.000) euros, y para autorizar la celebración de convenios con las Corporaciones Locales canarias con el fin de instrumentar la concesión de subvenciones directas por cuantía superior a dicho importe durante el ejercicio 2024 y en el ámbito de las competencias de ese Departamento y del organismo autónomo, respectivamente (BOC núm. 193, de 30.09.2024). El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Presidencia del Servicio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.1.h) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 52 COPIA AUTÉNTICA 4 de Empleo, según el cual le corresponde conceder subvenciones en las que sea necesaria la autorización del Gobierno por exceder su importe del que se determine anualmente en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. Segunda.- La presente Resolución se dicta al amparo del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley General de Subvenciones, todo ello en concordancia con la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Tercera.- El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico y humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En efecto, los datos de desempleo actuales, debidos a la evidente ralentización de la actividad económica por la epidemia COVID, situación que se ve agravada en el caso de La Palma por la erupción que se ha convertido en la mayor catástrofe volcánica en Europa de las últimas décadas, debido a la destrucción que deja a su paso, con consecuencias medioambientales, económicas y sociales que exigen una respuesta inmediata, requiere la realización de acciones y medidas desde distintas perspectivas, permitiendo la obtención de una experiencia profesional a aquellas personas en desempleo, a la vez que se sientan las bases de futuras estructuras más sostenibles. La situación actual del mercado laboral, con la mezcla de circunstancias citadas, unido a las especificidades de nuestro territorio justifican las razones de interés público y social. Asimismo, la necesidad de inmediatez, el evidente interés general de la medida, así como el hecho de que la Corporación Local llamada a ejecutar el proyecto se configura como el operador más idóneo y capaz de alcanzar con éxito los objetivos propuestos, justifican, por sí mismos, la utilización de la vía de la subvención directa. El amparo legal para la aplicación y puesta en marcha de este programa, lo debemos encontrar, entre otras, en la Ley 3/2003, de 28 de febrero, de Empleo, cuyo artículo 23 determina en su apartado 1 que "Son servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas aquellos órganos o entidades a los que, en sus respectivos ámbitos, corresponde la gestión y desarrollo de las políticas activas de empleo, así como garantizar la prestación de los servicios de empleo, comunes y complementarios, previstos en esta ley"; añadiendo en su apartado 2 que "Sin perjuicio de lo señalado en el apartado anterior, los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas podrán recurrir, a efectos de prestación de los servicios de empleo, comunes y complementarios, a Corporaciones Locales o a otras entidades, públicas o privadas, que colaboren con los mismos". En similar forma se pronuncia el artículo 32.3 del mismo cuerpo legal, al señalar que: “3. Los recursos económicos destinados a las políticas activas de empleo serán gestionados, en el ámbito de sus respectivas competencias, por los servicios públicos de empleo indicados en el apartado anterior. Los servicios y programas incluidos en los instrumentos de planificación y coordinación de la política de empleo podrán ser gestionados directamente por los citados servicios públicos de empleo o mediante la colaboración público-privada o colaboración público-pública, a través de la En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 52 COPIA AUTÉNTICA 5 suscripción de contratos-programa, la concesión de subvenciones públicas, contratación administrativa, especialmente mediante la suscripción de acuerdos marco, suscripción de convenios o cualquier otra forma jurídica ajustada a Derecho." En este marco, el SCE, y por extensión, el Gobierno de Canarias, es perfecto conocedor de la necesidad y conveniencia de establecer medidas que fomenten el desarrollo social y económico, así como la integración laboral en el ámbito territorial insular, en el convencimiento de que este tipo de medidas son necesarias, particularmente en una coyuntura económica desfavorable como la actual, y deben ser preferiblemente ejecutadas por aquellas entidades públicas con mayor cercanía y conocimiento de la realidad laboral y social que les es propia. En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que tengo legalmente atribuidas, RESUELVO PRIMERO.- Conceder una subvención directa al Ayuntamiento de TAZACORTE, provisto de CIF n.º P3804500A, por un importe de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL EUROS (2.300.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 2024 5001 241H 4500400 Línea de Actuación 500G0046 FONDO 40V5001 Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma, al objeto de financiar los costes salariales y las actuaciones recogidas en la Memoria anexa a la presente resolución. Denominación proyecto Ayuntamiento Tazacorte Nº trabajadores Duración Avanza Tazacorte 2024/2025 107 12 M Subvención para costes laborales 2.223.922,11 € Subvención para otros costes 76.077,89 € TOTAL SUBVENCIÓN CONCEDIDA 2.300.000,00 € SEGUNDO. ABONO DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN.- El abono del 100% del importe de la subvención se efectuará con carácter anticipado, de acuerdo con la solicitud de la entidad y en aplicación de lo previsto en el punto 3 del Anexo del Acuerdo de Gobierno adoptado el 4 de diciembre de 2023, de modificación octava del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por la que se autoriza las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, según el cual "Las subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos o encomiendas de gestión financiadas con fondos estatales, a los efectos de establecer abonos anticipados, estarán a lo dispuesto en la normativa específica que les sea de aplicación. En caso de no existir normativa específica al respecto, se deberá solicitar informe previo a la Dirección General de Planificación y Presupuesto que se pronunciará sobre la pertinencia de los anticipos en función del plazo de ejecución de la actuación, así como su incidencia en el objetivo de estabilidad y regla de gasto.". Al no existir normativa específica de aplicación, se ha recabado informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, emitiéndose informe favorable de fecha 8 de octubre de 2024. Con carácter previo a los abonos, la entidad deberá acreditar encontrarse al corriente en los pagos con la Seguridad Social, Agencia Tributaria Canaria y Agencia Tributaria Estatal y al En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 52 COPIA AUTÉNTICA 6 corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, excepto que haya autorizado al SCE a obtener dicha información. No es precisa la prestación de garantía previa al pago, puesto que el beneficiario se encuentra exento de prestarla en aplicación del artículo 38.8 apartado a) del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo. TERCERO: OBJETO.- Este Proyecto, denominado “Avanza Tazacorte PEEF 2024/2025”, trata de afrontar y dar soluciones a los problemas más importantes derivados de la erupción del volcán de Tajogaite, siendo Tazacorte uno de los tres municipios directamente afectados, agravado con la situación acaecida sobre la incidencia del Covid-19 en este municipio. Las medidas a implantar serán aquellas dirigidas a la lucha contra el desempleo, sobre todos dirigidos a afectados por la erupción del Volcán de Tajogaite, a través del refuerzo de la promoción e implantación de las políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial. Así en el marco de una acción conjunta y acordada entre ese Ayuntamiento, el Servicio Canario de Empleo y la FECAM, se persigue favorecer el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo y formación, y que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso al empleo de los desempleados en el mercado de trabajo y la adaptación de la formación y recualificación para el empleo de los trabajadores, así como las destinadas a propulsar la actividad empresarial y la economía social. Todo ello según se detalla específicamente en la Memoria anexa a la presente Resolución. CUARTO: PLAZO DE EJECUCIÓN.- El plazo de ejecución se iniciará a partir de la notificación de la resolución de concesión, siendo algunos contratos de 12 meses y otros de 6 meses, comenzando de manera escalonada de forma que finalicen antes del 30 de diciembre de 2025. El inicio de los proyectos se realizará con la contratación de la primera persona trabajadora, que tendrá que realizarse a través del aplicativo contrat@. Se entenderá como inicio del proyecto la contratación laboral de la primera persona trabajadora, aunque el resto se realice de forma escalonada, teniendo en cuenta que los contratos no podrán superar la fecha de fin del proyecto, que no podrá exceder del 30/12/2025. Iniciada la obra o servicio, la entidad beneficiaria, presentará ante el SCE, el documento de certificación de inicio, junto con el cartel difusor de la medida y escrito indicando su ubicación (el cartel tendrá que ser en tamaño A3), en los diez días siguientes al inicio del proyecto. QUINTO: PERSONAS DESTINATARIAS.- 1. Los requisitos que deben cumplir las personas demandantes de empleo para participar en el procedimiento de selección, son los previstos en el Proyecto “Avanza Tazacorte PEEF 2024/2025” y su Memoria. 1.1. Las personas trabajadoras que sean contratadas para la realización del proyecto presentado por esta entidad beneficiaria deberán estar inscritas como demandantes de empleo desempleadas en las Oficinas de Empleo del SCE, preferentemente residentes en la isla de La Palma. En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 52 COPIA AUTÉNTICA 7 La entidad beneficiaria elaborará el listado priorizado de las personas propuestas para cada puesto de trabajo. Estos listados deberían contener, al menos, un número de personas equivalente al 120% del total de puestos ofertados a cubrir con el porcentaje de personas propuestas, debiendo estar firmados por el Alcalde de la Corporación y remitirse al SCE. En el caso de que se presente un listado con personas que no cumplan con el requisito establecido en este apartado, se devolverá el listado a la entidad local para su reformulación. Con los listados enviados por la entidad, el SCE verificará la condición de persona demandante de empleo inscrita en las oficinas de empleo, procediendo a vincular dichos candidatos a la oferta correspondiente, una vez confirmado este extremo, toda vez que el cumplimiento del resto de los requisitos constará en el informe de la entidad. 1.2. En el caso de que la entidad no indique suficientes personas correspondientes al punto anterior, la entidad beneficiaria presentará ofertas para la seleccionadas de las personas demandantes de empleo, que serán seleccionadas teniendo en cuenta el orden y los criterios generales siguientes: 1.2.1. Demandantes de empleo contemplados en el Plan de Choque del Empleo Joven, es decir, jóvenes menores de 30 años y que estén inscritos como demandantes de empleo desempleados, preferentemente de primer empleo. 1.2.2. Demandantes de empleo contemplados en el Plan REINCORPORA-T: personas Paradas de Larga Duración (PLD), es decir, personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el SCE, durante un periodo mínimo de 12 meses (360 días) en los últimos 18 meses. Además, tal como se recoge en el Plan REINCORPORA-T, podrán participar como colectivo de atención prioritaria las personas que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el SCE durante 180 días en los 9 meses inmediatamente anteriores a la contratación para el caso de las personas mayores de 45 años o si están inscritas como personas trabajadoras agrarias y para el resto el requisito será de haber permanecido inscritas durante 360 días en los últimos 18 meses. 1.2.3. Demandantes de empleo de colectivos que se consideren prioritarios en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno (PAFED). 1.2.4. Colectivos de atención prioritaria establecidos en el Cap. V de la Ley 3/2023 de 28 de febrero, de Empleo. 2. Como criterio de discriminación positiva, se priorizará la participación de mujeres y de personas con discapacidad. 3. En el caso de que no existieran personas inscritas como demandantes de empleo para los puestos ofertados que cumplan con los requisitos exigidos, se podrá modificar el colectivo beneficiario. Dicha modificación procurará, en la medida de lo posible, su mayor compatibilidad con los principios y colectivos establecidos como prioritarios. No obstante, en el caso que en alguna de las categorías profesionales no existiesen personas desempleadas en la isla para cubrir el puesto, y después de haberse constatado este hecho por el/la gestor/a de la oferta, podrán admitirse cambios en las categorías propuestas, siempre que no suponga incremento del importe a subvencionar. En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 52 COPIA AUTÉNTICA 8 4. Una vez concedida la subvención e iniciado el proyecto, en el supuesto de que, con anterioridad a la finalización del período subvencionado alguna de las personas trabajadoras que lo ejecutan causase baja del proyecto, la entidad podrá optar por sustituirla, en el plazo no superior a un (1) mes, previa comprobación por parte del SCE de la idoneidad de los mismos. La sustitución del trabajador/a no suspenderá el cómputo del período subvencionado, por lo que la sustitución se efectuará por el tiempo que reste para completar el período de subvención. SEXTO: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA.- La Entidad beneficiaria de las subvenciones quedan obligadas a: a) Realizar y acreditar la realización de las acciones enumeradas en la documentación que se adjunta a la solicitud, ANEXO de la presente resolución. b) Comprobar y verificar los requisitos de selección establecidos en el resuelvo QUINTO de la presente resolución. c) Justificar el empleo de los fondos públicos recibidos en la realización de las referidas acciones. d) Comunicar al SCE las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos objetivos tenidos en cuenta para la concesión. e) Disponer de los libros contables, registros diferenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable a la entidad beneficiaria, de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado la subvención. f) Facilitar toda la información que les sea requerida por el órgano concedente y/o instructor y por los órganos de control interno y externo de la actividad económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria. g) Someterse a las actuaciones de comprobación que se practiquen por el órgano concedente, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias y el Tribunal de Cuentas del Estado, aportando cuanta información le sea requerida en ejercicio de tales actuaciones. h) Procurar un uso no sexista del lenguaje y velar por transmitir una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres en la ejecución del proyecto subvencionado. i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En todos los supuestos de reintegro, además de la devolución total o parcial de los fondos públicos percibidos indebidamente o no justificados, se exigirá el interés legal de demora devengado desde el momento de abono de los mismos, calculado sobre el importe a reintegrar. Para el procedimiento de reintegro, se estará a lo previsto en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en la Ley 38/2003, ambas citadas, y en general, a la normativa de pertinente aplicación en materia de procedimiento administrativo. j) Realizar las acciones de publicidad necesarias para dar conocimiento de la financiación pública de estas actuaciones k) Cualquier otra obligación que imponga la resolución de concesión En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 52 COPIA AUTÉNTICA 9 En cualquier caso, cada Entidad, independientemente de la documentación justificativa a presentar, se compromete a conservar y custodiar toda la documentación justificativa relacionada, que deberá encontrarse a plena disposición de los órganos con competencias en materia de control y fiscalización de subvenciones y ayudas públicas, de conformidad con la normativa legal vigente, por un periodo mínimo de cuatro (4) años a contar desde la aportación de la documentación justificativa, pudiendo ser requerida su aportación en cualquier momento. SÉPTIMO: JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.- Respecto del régimen de justificación de la subvención, la entidad beneficiaria deberá tener en cuenta lo establecido de conformidad con el artículo 23.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015, el plazo de justificación de la subvención será de dos meses a contar desde la finalización del proyecto, y tendrá la obligación de presentar la siguiente documentación: – Declaración responsable de la Presidencia de la Entidad en la que conste de forma expresa la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida . – Informe emitido por la Intervención u órgano de control equivalente de la Entidad Local, que acredite la veracidad del importe total gastado y la regularidad de los gastos y pagos justificativos de la subvención, así como su adecuación a la normativa reguladora de la acumulación de ayudas, según redacción del art 34 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, modificado por el Decreto 5/2015. – Justificante, en su caso, del reintegro en la cuenta bancaria del SCE, de los fondos no utilizados. – Memoria descriptiva y gráfica de la actuación desarrollada. En la memoria gráfica quedará inequívocamente justificadas las actuaciones del proyecto, sin que haya lugar a dudas de que se trata de fotografías relacionadas con el mismo. Por otra parte, el plazo de justificación establecido anteriormente, podrá ser objeto de ampliación, de conformidad con el artículo 23.2 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015. OCTAVO: MODIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.- Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la presente subvención, y en todo caso, la obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma o por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para el mismo destino o finalidad, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, y al reintegro del exceso percibido. La entidad podrá instar, mediante escrito suficientemente razonado, la modificación de la memoria de actuaciones, o de su presupuesto, por circunstancias sobrevenidas, o por necesidad de adecuarlo a la realidad en que se ejecute, siempre que tal petición se curse inexcusablemente con anterioridad a la finalización del proyecto y si concurren las circunstancias previstas a tales efectos en la presente resolución, modificación que se podrá autorizar siempre que no dañe derechos de tercero y se cumplan los siguientes requisitos: En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 52 COPIA AUTÉNTICA 10 a) Que la actividad o conducta a realizar conforme a la modificación solicitada esté comprendida dentro de la finalidad prevista en la línea de actuación o proyecto de inversión contemplado en la Ley de Presupuestos y de las actividades o conductas establecidas en las bases reguladoras, o, en su defecto, en la resolución de concesión. b) Que las circunstancias que justifiquen la modificación no hayan dependido de la voluntad del beneficiario inicial. c) Que los nuevos elementos o circunstancias que motivan la modificación, de haber concurrido en la concesión inicial, no hubiesen determinado la denegación o disminuido la cuantía de la subvención concedida. A la vista de la petición, el Servicio Canario de Empleo podrá recabar la documentación y/o aclaraciones que estime necesarias. Superado este trámite, se dictará Resolución que acepte o deniegue, en todo o en parte, la modificación propuesta, siempre que tal modificación no afecte a la naturaleza, finalidad u objetivo del proyecto, ni suponga aumento del importe de la subvención percibida. Será vinculante el parecer que, al respecto de la admisibilidad o no de la petición de modificación, mantenga el Servicio Canario de Empleo. NOVENO: OBLIGACIÓN RESPECTO A LAS ACTUACIONES DE COMPROBACIÓN.- La entidad beneficiaria se encuentra obligada a someterse a las actuaciones que efectúe el órgano concedente de seguimiento, control y evaluación de las acciones formativas, en los términos legalmente establecidos y conforme la regulación y procedimientos que se estipulen por el SCE, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. El incumplimiento de cualesquiera de las condiciones y obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en concreto lo estipulado en su artículo 14, así como en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, en la presente resolución y en el resto de la normativa de pertinente aplicación, facultará al SCE para iniciar procedimiento de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, con los intereses legales de demora correspondientes, de acuerdo con lo previsto en el procedimiento de reintegro regulado en la Ley 38/2003, todo ello sin perjuicio de la posible calificación de los hechos como infracción administrativa e incoación del correspondiente procedimiento sancionador, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la citada Ley General de Subvenciones y el Título IV del Reglamento de la misma. El criterio utilizado para determinar, en su caso, el importe a reintegrar, se ajustará al principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta el grado de incumplimiento de realización de las acciones que fundamentan la concesión de la subvención, así como el incumplimiento presupuestario existente en el momento de la justificación, en relación al presupuesto aprobado y vigente en el momento de terminación del proyecto, debiéndose reintegrar los importes no gastados o no correctamente utilizados. DÉCIMO: REGISTRO DE ACTUACIONES Y DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.- Para seguimiento y ejecución del proyecto objeto de la presente subvención directa, la entidad beneficiaria deberá utilizar, para la gestión de los beneficiarios, la aplicación SISPECAN PROGRAMA DE COLABORACIÓN – CORPORACIONES LOCALES, que pone a su disposición el Servicio Canario de Empleo. En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 52 COPIA AUTÉNTICA 11 La entidad beneficiaria está obligada a verificar el cumplimiento de los requisitos de los trabajadores en el momento del inicio de la relación laboral. En caso de incumplimiento de esta condición, y se produzca la incorporación al proyecto de trabajadores que no hayan sido verificados a esa fecha de inicio y, por tanto, con un contraste negativo posterior, los gastos relacionados con los mismos no serán tenidos en cuenta a la hora de la justificación de la subvención. En relación con los destinatarios finales (desempleados beneficiarios) del proyecto, la entidad beneficiaria deberá aportar a la finalización del mismo, y dentro de los plazos establecidos para la aportación de la justificación, certificación donde se acredite que la entidad beneficiaria: • Ha procedido a cumplimentar todos los campos de carácter obligatorio. • Posee la documentación que acredita la veracidad de los datos introducidos, salvo que se trate de datos suministrados por dicho sistema antes de iniciarse la actividad subvencionada. El SCE somete sus actuaciones en el tratamiento de datos personales a la normativa aplicable en materia de protección de datos, encontrándose publicadas en la web http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgmcs/temas/proteccion/tratamientos/, el inventario de las actividades de tratamiento de datos personales que realiza el SCE. En dicha página puede consultar la información detallada de las actividades de tratamiento de datos gestionadas por este organismo, así como las resoluciones de la Dirección del SCE por las que se registran las mismas. Para cada registro de actividad, entre las que se encuentran las de “Ayudas y Subvenciones” e “Inscripción de demandantes y demás servicios para la empleabilidad”, se detallan entre otra información con qué finalidad se tratan los datos y qué base jurídica legitima ese tratamiento. Asimismo se debe tratar los datos personales que resulten estrictamente necesarios para la tramitación de la subvención concedida con motivo de la contratación en virtud de lo establecido en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Asimismo, es de aplicación el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como, aquella otra normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal que sea de aplicación durante la vigencia de este proyecto. DECIMOPRIMERO: REINTEGRO Y GRADUACIÓN DE INCUMPLIMIENTOS.- 1. De conformidad con lo estipulado en el artículo 90 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se pone en conocimiento de los beneficiarios de las subvenciones que, en el supuesto de devoluciones voluntarias de las cantidades percibidas, éstas deberán realizarse mediante ingreso en cualquiera de las siguientes cuentas corrientes abiertas a nombre del Servicio Canario de Empleo: -Cajamar: IBAN ES81 3058 6100 9427 3800 0160 -Caixabank: IBAN ES91 2100 8987 3202 0001 7727 2. Asimismo, se advierte de que la devolución voluntaria llevará aparejado el respectivo cálculo de los intereses legales de demora que correspondan, de conformidad con lo establecido en el En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 52 COPIA AUTÉNTICA 12 artículo 38 de la Ley General de Subvenciones, en cuantía que se comunicará en debida forma al interesado. 3. El incumplimiento de algunas de las condiciones establecidas en esta resolución dará lugar al reintegro conforme al procedimiento previsto para las subvenciones 4. Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención o en su caso, el reintegro, en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. 5.- Igualmente, la falta de presentación de la justificación, transcurridos los plazos establecidos, los ampliados o vencido el requerimiento efectuado, llevará aparejada la pérdida del derecho al cobro de la subvención o el inicio del procedimiento de reintegro previsto en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. El procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho de cobro de la subvención será el establecido en el artículo 42 de la Ley General de Subvenciones. 6.- La declaración de reintegro dará lugar, en su caso, a la obligación de devolver total o parcialmente la subvención. DECIMOSEGUNDO: CONTROL FINANCIERO.- La presente subvención está sujeta a control financiero permanente de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Gobierno de 9 de febrero de 2023, por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 19 de enero de 2023, por el que se suspenden durante el ejercicio 2023, para determinadas actuaciones, los Acuerdos de Gobierno por los que se sustituyó la función interventora por el control financiero permanente, y se prorrogan en dicho ejercicio 2023 medidas de seguimiento sobre la ejecución del presupuesto de gastos del sector público limitativo para contribuir a su racionalización y al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. DECIMOTERCERO: PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE.- Respecto a las limitaciones de los pagos en efectivo, se estará a los dispuesto en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. DECIMOCUARTO: PUBLICIDAD.- 1.- La entidad beneficiaria deberá informar a los participantes en el Proyecto y a la opinión pública en general, del carácter público de la financiación de las actuaciones previstas en este proyecto. A tal fin el beneficiario/a deberá incluir en sus actividades de información y difusión los siguientes elementos: • El emblema del SCE. • El emblema del Servicio Público de Empleo Estatal • El emblema del Plan Integral de Empleo de La Palma • La estructura y contenido de la cartelería, modelos de prensa, así como de los distintos formatos de material publicitario estará disponible en la “Guía de Información y Publicidad” disponible en la web del SCE. 2.- En las instalaciones donde se desarrolle el proyecto, así como en las actuaciones que se realicen bajo la cobertura de esta subvención, deberá reflejarse claramente la mención del SCE, En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 52 COPIA AUTÉNTICA 13 del Servicio Público de Empleo Estatal y del Plan Extraordinario de Empleo y Formación La Palma. 3.- El incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión y publicidad señaladas en esta disposición será causa de reintegro en los términos del artículo 37.1.d) de la Ley General de Subvenciones. DECIMOQUINTO: INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.- En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y respecto a las actividades de tratamiento de datos personales, se informa de lo siguiente: La persona responsable del tratamiento “AYUDAS Y SUBVENCIONES” es la titular de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, creado por Resolución de nº 2761 de 25/05/2018 por la que se registran las actividades de tratamiento de datos personales gestionados por el SCE y modificada por resolución nº 3210 de 18 de junio de 2018. Finalidad del tratamiento: Gestión de ayudas y subvenciones. Legitimación: • Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la persona responsable del tratamiento, artículo 6.1.c) del Reglamento UE 2016/679 General de Protección de Datos y artículo 8 Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales • Por obligación legal, artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. • Identificación y firma de las personas interesadas en el procedimiento administrativo, articulo 9 y 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. • Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo. • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. • Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. Destinatarios de cesiones o transferencias: • Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) • Otros Servicios Públicos de Empleo Autonómicos • Consejería de Turismo y Empleo • Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes • Fundación Canaria para el Fomento del Empleo (FUNCATRA) • Instituto Canario de Estadística (ISTAC), con fines estadísticos No hay transferencias internacionales previstas. Derechos de las personas interesadas: de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individualizadas de los datos de carácter personal contenidos en tratamientos de la titularidad de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Ejercicio del derecho para la protección de datos personales: En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 52 COPIA AUTÉNTICA 14 https://sede.gob iernodecanarias.org /sede/tramites/5211 Procedencia de los datos: personas interesadas, representantes legales, otras personas físicas o jurídicas, administraciones públicas. Información adicional: https://www.gobiernodecanarias.org/protecciondedatos/registrotratamiento/turic/sce/ayudas-y- subv/ El SCE permitirá el acceso al personal designado por la entidad beneficiaria de la subvención a las aplicaciones informáticas que correspondan. Para ello se facilitará a la entidad cuantos usuarios sean necesarios para el correcto desarrollo de la actividad encomendada. Las autorizaciones asignadas en dicho sistema de información son personales e intransferibles, y las personas titulares de las mismas están obligadas al secreto profesional. Asimismo, la entidad adoptará las medidas procedentes en orden a garantizar la seguridad de los citados datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida o tratamiento no autorizado, de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre protección de datos y las directrices que al respecto establezca el SCE. DECIMOSEXTO En lo no previsto en la presente Resolución, se estará a lo dispuesto en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de Hacienda Pública de Canarias, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en aquella normativa de pertinente y preceptiva aplicación. Notifíquese la presente resolución a la entidad beneficiaria, haciéndole saber que contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, o bien potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente. LA PRESIDENTA DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Jéssica del Carmen de León Verdugo _____________________________________________________________________________ Este acto administrativo ha sido PROPUESTO por LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO María Teresa Ortega Granados En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 52 COPIA AUTÉNTICA 15 PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO Y FORMACIÓN (PEEF) DE LA PALMA, PARA HACER FRENTE A LAS CONSECUENCIAS DE LA ERUPCIÓN VOLCÁNICA DE LA ISLA DE PALMA. 1 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 35 MEMORIA DE ACTUACIONES EN MATERIA DE EMPLEO PARA PALIAR SITUACIÓN DE EMERGENCIA ACAECIDA POR LA ERUPCIÓN DEL VOLCÁN DE TAJOGAITE EN LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE PROYECTO: “AVANZA TAZACORTE PEEF 2024/25” INTRODUCCIÓN 1.- NOMBRE Y DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA ENTIDAD AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE CIF: P-3804500-A CALLE PRIMERO DE MAYO, Nº1 C.P:38770 TAZACORTE RESPONSABLE DE LA ENTIDAD: D. Manuel González Gómez DNI Nº:42181109-Y TELEFONO: 922480803. Ext: #2800 / FAX.: 922480929 EMAIL: fjperez@tazacorte.es 2 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 35 Este Proyecto, “AVANZA TAZACORTE PEEF 2024/2025”, que se pretende llevar a cabo, trata de afrontar y dar soluciones a los problemas más importantes derivados de la erupción del volcán de Tajogaite, siendo Tazacorte uno de los tres municipios directamente afectado, agravado con la situación acaecida sobre la incidencia del Covid-19 en este municipio. Las medidas a implantar serán aquellas dirigidas a la lucha contra el desempleo, sobre todos dirigidos a afectados por la erupción del Volcán de Tajogaite, a través del refuerzo de la promoción e implantación de las políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial. Así en el marco de una acción conjunta y acordada entre este Ayuntamiento, el Servicio Canario de Empleo y la FECAM, se persigue favorecer el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo y formación, y que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso al empleo de los desempleados en el mercado de trabajo y la adaptación de la formación y recalificación para el empleo de los trabajadores, así como las destinadas a propulsar la actividad empresarial y la economía social. En cuanto los datos socioeconómicos del municipio, a fecha diciembre de 2022 la tasa de desempleo en Tazacorte, era de un 25,9%, con un número de parados que ascendía a 502, y a fecha febrero de 2023, la tasa de paro subió de nuevo a un 28,67%, con 4502 censados y 561 desempleados y en agosto de 2024 la tasa de paro ha disminuido sensiblemente en el lento camino hacia la nueva normalidad siendo de 21,72 % con 4575 censados y 448 desempleados, siendo previsible que seguirá disminuyendo de forma significativa debido entre otras cosas y principalmente a los efectos de la erupción del Volcán de Tajogaite. Los datos a nivel insular son con relación a los datos de desempleo, el número de personas registradas en las oficinas de empleo ascendió el pasado mes de junio de 2024 en 67 personas, pasando 3 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 35 de las 6.644 a las 6.711 actuales, lo que supone un incremento de un 1%. Según datos ofrecidos por el Observatorio Canario de Empleo (OBECAN), órgano colegiado de carácter consultivo de este Organismo Autónomo, se refleja también con respecto al mismo mes de junio de 2023 que el desempleo ha descendido un 0,9%, estando entonces en 6.775 el número de personas demandantes de empleo. Por municipios, es el municipio de Los Llanos de Aridane el que lidera la lista de personas desempleadas con 1.811 personas, seguido de Santa Cruz de La Palma con 1.188. En cuanto al resto de municipios, Barlovento registra 153 personas desempleadas, Breña Alta 577, Breña Baja 388, Fuencaliente 130, Garafía 138, El Paso 747, Puntagorda 158, Puntallana 152, San Andrés y Sauces 255, Tazacorte 464, Tijarafe 166 y Mazo 387. Por sexo, 2.866 son hombres (42,71%) y 3.845 mujeres (57,29%). En cuanto al rango de edad; son los mayores de 45 años los que más llena esta lista, con 4.131 personas, frente a las 2.213 personas entre 25 y 44 años; y los 367 que son menores de 25 años. Lo anterior es debido principalmente a que el municipio de Tazacorte y el valle de Aridane en general, se ha vivido principalmente del cultivo del plátano aproximadamente en un porcentaje del 85%, y grandes extensiones del mismo se han visto afectadas por la lava, aunque poco a poco se van recuperando fincas, y han vuelto a la actividad negocios que crean empleo como el Hotel Sol de Puerto Naos. Almacenes de plátanos habían puesto la gran parte de sus trabajadores en Erte (más de 2.000 personas formaron parte del Erte en la Palma), entre otras cosas por la afección total de almacenes en el Valle de Aridane que ha mermado la actividad laboral, pero poco a poco se va recuperando la normalidad y ya han vuelto a 4 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 35 reabsorber a la mayoría de la mano de obra. Con lo anterior podemos concluir que las empresas ven muy lentamente reincorporando a sus trabajadores al proceso productivo. Todo lo anterior es debido a la incidencia de la erupción del Volcán de Tajogaite que ha mermado, no solo a los vecinos afectados principalmente con pérdida de vivienda habitual sino también el medio de sustento. También los servicios públicos municipales están afectados significativamente, con falta de personal humano, medios técnicos y materiales, para poder cubrir necesidades de la gran cantidad de damnificados por la erupción volcánica del Volcán de Tajogaite. I.-OBJETIVOS Como objetivos principales del proyecto, está el de acometer los siguientes ejes de actuación: - Atender las nuevas necesidades formativas generadas por las transformaciones y las necesidades en nuevos empleos; el surgimiento de una nueva necesidad de mano de obra en obras públicas para la reconstrucción o en sectores provisionales hasta que se consigue la normalidad; la eventual mayor movilidad a otras islas o a península; y las garantías de derechos laborales, particularmente el derecho al mantenimiento del empleo previo. 5 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 35 - Reforzar la orientación profesional en las zonas afectadas de las personas trabajadoras mediante acciones y medidas de información, acompañamiento, orientación y asesoramiento, incluyendo apoyo psicológico, de ser necesario a través de una unidad de Atención Sociolaboral. - Desarrollo de medidas destinadas a la expansión la economía de los cuidados en La Palma que permitan favorecer la fijación de empleo y población en el territorio, haciendo posible dotar de una atención domiciliaria digna a la tercera edad y a las personas en situación de vulnerabilidad. - Acciones dirigidas al mantenimiento de los puestos de trabajo en los sectores o colectivos específicos que en mayor medida se encuentren afectados por la situación de emergencia. - Planes de empleo para la realización de un trabajo efectivo en un entorno real que permita adquirir formación y/o experiencia profesional dirigidas a la recuperación de la isla de La Palma y a otras obras o servicios de interés general. - Actividades para la recualificación y mejora de las competencias de las personas afectadas hacia nuevas actividades económicas. - Plan de empleo para la reconstrucción y rehabilitación de las zonas afectadas por el volcán, así como para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica a través de la realización de trabajos efectivos, así como planes dirigidos a la atención de personas afectadas por la catástrofe natural. - Acciones dirigidas al mantenimiento de los puestos de trabajo en los sectores o colectivos específicos que en mayor medida se encuentren afectados por la situación de emergencia. 6 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 35 - Acciones de formación para la cualificación, recualificación y mejora de las competencias de las personas hacia nuevas actividades económicas. - Realización de un trabajo efectivo en un entorno real que permita adquirir formación y/o experiencia profesional dirigida a la recuperación de la isla de la Palma y a otras obras de servicios de interés general relacionadas con la misma. - Actividades para la recualificación y mejora de las competencias de las personas afectadas hacia nuevas actividades económicas. - Reconstrucción y rehabilitación de las zonas afectadas por el volcán, a través de la realización de trabajos efectivos en las zonas afectadas, así como planes dirigidos a la atención de personas afectadas por la catástrofe natural. - Actuación en la inserción laboral de los afectados por la erupción del Volcán de Tajogaite en Tazacorte, a fecha de la erupción fueron 726 personas evacuadas, de 298 viviendas afectadas, de las cuales 26 se encuentran sin acceso, 223 evacuadas y 49 destruidas. - Orientación laboral de dichos usuarios desde la AEDL municipal, a través de charlas y seguimiento tras la finalización del plan de empleo. - Formación complementaria para la inserción profesional de los usuarios participantes en sectores con salida profesional alternativa a la Pesca y Agricultura, u otros sectores afectados. Estamos hablando de un sector de población que apenas tienen primaria en cuanto a estudios por eso se le buscará a través de la formación de este proyecto su inserción en otros sectores laborales que si tendrán salida profesional como pueda ser la construcción, 7 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 35 actualmente existe una alta demanda de personal en dicho sector y sector servicios personal para hostelería. - Facilitar la reconstrucción de las zonas afectadas por el Volcán de Tajogaite y reforzar los servicios municipales, con medios humanos y técnicos para llevar a cabo tareas inaplazables que inciden directamente en la población local, como limpieza del entorno afectado por ceniza, mantenimiento de cañerías de conducción de agua de riego y potable y alcantarillado, arreglo y mantenimiento de instalaciones municipales y afectados ya sea por los seísmos que se han producido algunos incluso por encima de los cinco puntos de intensidad, pero también por su afección por la ceniza que los pudiera haber afectado. Las actuaciones que se van a realizar, se han orientado en su totalidad a trabajadores desempleados para la realización de actividades que tienen que ver con los denominados nuevos yacimientos de empleo, como puede ser el sector de la construcción, pero también reforzar formación en agricultura y sector pesquero y siempre teniendo en cuenta un sector importante como el de servicios. Servicios de utilidad colectiva, de ocio, y la promoción del medio ambiente. Así, las actuaciones irán encaminadas al mantenimiento, adecuación y revalorización de los espacios públicos, rurales y del litoral de Tazacorte, así como su desarrollo favorecerá los servicios públicos municipales dirigidos principalmente a cubrir las necesidades de población afectada por el Volcán de Tajogaite. La ejecución de este proyecto tiene como primer objetivo el apoyo al desarrollo local, pues a través de la contratación de trabajadores desempleados, se les lograra ofrecer una oportunidad de adquirir una experiencia laboral 8 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 35 mínima, que pueda facilitar su futura inserción en el mercado de trabajo, y para que se puedan realizar obras y servicios de interés general y social en el municipio. Y por otra parte, este proyecto se fundamenta en las necesidades y carencias que se presentan en los actuales momentos, de deterioro de las condiciones financieras y económicas, que hacen prácticamente imposible la creación de empleo, y por lo tanto, tiene el segundo objetivo del mantenimiento y las condiciones óptimas de limpieza, cuidado y mejoras en playas, caminos, senderos, zonas ajardinadas y calles del municipio, así como el apoyo de los servicios básicos municipales dirigido a zonas afectadas por la emergencia volcánica. II.- ACCIONES.- 1.- Plan de trabajo a través del proyecto “AVANZA TAZACORTE PEEF 2024/2025”, se promueven acciones de conservación y mejora en la protección de espacios públicos, sobre todo con la limpieza de la ceniza resultante de la erupción del Volcán de Tajogaite que todavía afecta a nuestro municipio sobre todo cuando hablamos de condiciones meteorológicas adversas, viento fuerte, lluvia intensa, etc. y asimismo mantenimiento de las instalaciones municipales que se puedan verse afectadas por la misma. También existirá el compromiso por parte de la entidad del reciclaje de todos los residuos y basuras que se recojan, lo que supondrá la mejora de la calidad de vida de la población, a partir de un ambiente sano y un valor añadido hacia el fomento y desarrollo de la actividad turística y bienestar social que se está produciendo en el municipio. Las zonas de ubicación de las actuaciones a realizar serán por todo el municipio, concentrándose en calles, plazas, caminos, senderos, playas, paseos y zonas ajardinadas, sobre todo las zonas más cercanas a la erupción volcánica siempre que la situación lo 9 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 35 permita. Por otra parte se lograrán mantener y continuar con los servicios en instalaciones municipales de oficina información turística, información al ciudadano y comercial, intentando volver a una nueva normalidad e intentando atender al sector turístico que debe ser uno de los motores de la reconstrucción de la Isla. Se considera, por parte de la entidad, como un proyecto necesario, que incluye la limpieza de varias calles y plazas del casco urbano y caminos que se ven afectados por vertidos incontrolados, adecentándolos y manteniéndolos limpios para darles una imagen apropiada, que actualmente no presentan, debido al poco personal del que se dispone y que no es suficiente para cubrir todas las zonas afectadas por la erupción volcánica. Al tratarse Tazacorte de un municipio que depende la pesca, agricultura y turismos, sector servicios, hablamos continuamente de un ir y venir de turistas que llegan al municipio en busca de sol y playa, por lo que necesitamos que el municipio esté en buenas condiciones como limpieza de la ceniza. Por lo tanto, es necesario el mantenimiento en óptimas condiciones de nuestras playas, ya que los veraneantes arrojan cantidad de residuos sólidos a las mismas sin tener en cuenta que las playas no son basureros, sino un ecosistema marino costero que hay que proteger. Entre las labores a realizar por los peones de limpieza contratados, también se encuentran las de limpieza y reciclaje de los residuos recogidos, como puede ser la ceniza volcánica. Tazacorte fue el municipio más afectado en cuanto a extensión de terrenos afectados de la agricultura (plátano) y pesca el municipio más afectado, por ello hay un gran trabajo en la oficina técnica municipal, elaboración e implantación de proyectos para reconstrucción de Tazacorte, de las zonas afectadas y sobre todo las incomunicadas por la lava desde la oficina técnica municipal, y gestión de ayudas desde los servicios jurídicos municipales, y los Servicios Sociales municipales con el objetivo 10 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 35 de atender los afectados del Volcán, siendo contratado personal exclusivamente a tal fin. III.- PERFIL DEL PERSONAL A CARGO.- Se pretende contratar un perfil acorde a las tareas de reconstrucción del municipio de Tazacorte, desde un punto de vista de elaboración de proyecto de obras de las zonas afectadas. Las dimensiones del municipio y el gran número de lugares objetos de actuación, hacen que el número de trabajadores a contratar sea acorde con el volumen de actuaciones previstas. Así, las actuaciones también irán encaminadas al mantenimiento, adecuación y revalorización de los espacios públicos, rurales y del litoral de Tazacorte, así como su desarrollo favorecerá los servicios públicos municipales siempre destinado a cubrir necesidades de zonas y personas afectadas por la emergencia volcánica. Es por ello la necesidad de contratación de peones de limpieza, que con un perfil acorde con los objetivos del convenio marco, lograremos desarrollar las acciones previstas. Para las acciones de los senderos y caminos, las tareas consistirán en adecentar estos caminos del entorno rural, con la eliminación de restrojos, de vertidos incontrolados, para darles una imagen apropiada y limpieza de vertidos incontrolados. Las pretensiones municipales que se pretenden con este despliegue de operarios y el material necesario, son que se proceda a la limpieza de todos estos residuos para de forma controlada llevarlos al correspondiente punto limpio. (Recogida de ceniza en contenedores adecuados y llevados al lugar adecuado para su tratamiento). 11 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 35 Las zonas de actuación propuestas son donde se acumulan mayor número de depósitos en los márgenes de caminos, consistentes en la mayor parte de ellos de vegetación incontrolada, basuras y, en otros casos, en vertidos pequeños o en acumulación de áridos depositados en estos caminos. Para las zonas de paseos marítimos y playas, las acciones consistirán en la limpieza de las mismas, recogida de basura y su tratamiento adecuado, mientras que para los lugares urbanos como plazas, calles y jardines, las acciones serán similares, dadas las proximidades de unas zonas de actuación con otras. Para la Villa y Puerto de Tazacorte, además de cumplir con los objetivos de los sectores prioritarios y los servicios públicos esenciales, la contratación de estos trabajadores será fundamental e imprescindible para poder tener en óptimas condiciones todas las localizaciones urbanas, rurales y del litoral, dado que en los próximos meses se incrementa notablemente la población del municipio, dada la afluencia masiva de turistas y residentes en la isla que visitan el municipio, por su atractivo turístico. Sería prácticamente imposible poder satisfacer esa demanda, con las condiciones de personal actual del que dispone el Ayuntamiento, y la no ejecución de este Proyecto sería un lastre a la hora de lograr el desarrollo económico, turístico y social del municipio. Todo lo anterior tiene como objetivo final lograr una reconstrucción después de la erupción volcánica no solo a nivel de obra, ni servicios necesarios en cuanto a limpieza se refiere, sino cubrir las necesidades de quien nos visita esperando un buen servicio, quien nos visita para apoyar nuestro relanzamiento económico. 12 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 35 Todo el personal que forme parte de este proyecto tendrá que ser capaz no solo de realizar actividades de limpieza municipal y construcción, según categorías profesionales por ejemplo, sino formarse en otros oficios según el perfil profesional de cada uno y que será evaluado por los técnicos responsables del Plan de Empleo. IV.-LOCALIZACIÓN. - DENOMINACION DEL PROYECTO Y LOCALIZACION DEL MISMO Las actuaciones del proyecto, “AVANZA TAZACORTE PEEF 2024/2025” se realizarán en las calles del municipio, en sus plazas y zonas ajardinadas, en los caminos y senderos, así como en las playas y paseos marítimos, así como en las instalaciones municipales como la Secretaría general, Intervención, Museo del Plátano, Oficina de información turística y comercial de Tazacorte, Oficina de información comercial y turística del Puerto, Residencia de la Tercera Edad y Centro de Dia, Gimnasio Municipal, Centro Infantil municipal, Piscina Municipal, Oficina Técnica Municipal, Los Servicios Sociales Municipales, etc.. . Las actuaciones a desarrollar, con la realización de este proyecto, se ubican en los Barrios de Marina, Los Serradores, La Cruz, El Cardón, Barrio del Charco y zona turística del Puerto (con su playa bandera azul). Por otra parte, otros lugares que presentan problemas, y que son los propuestos para esta actuación, son las zonas del litoral no afectadas por la lava, pero si cercanas a la misma, y también en la zona del muelle pesquero/deportivo, donde existe gran cantidad de depósitos 13 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 35 incontrolados como puede ser la ceniza volcánica, así como en las Playas del Puerto de Tazacorte. Asimismo, otras de las acciones a desarrollar serán las de adecentar las plazas, calles y zonas ajardinadas del pueblo, sobre todo las vías principales y las más transitadas, como las calles Primero de Mayo, Avenida Felipe Lorenzo, calle Pedro J. Viña Días, Ramón y Cajal, Avenida de la Constitución y El Puerto, etc. Se seguirán manteniendo los servicios municipales en la Residencia de la Tercera Edad (Plaza la Vica), ubicados en la Carretera el Puerto nº1, Museo del Plátano, (en el Barrio del Charco), Oficina de turismo y comercial de Tazacorte y oficina de atención al ciudadano y comercial en avda. el emigrante en el Puerto, y en las oficinas infraestructuras municipales, ubicadas en la calle Primero de Mayo. Todas las tareas irán encaminadas a prestar servicios a personas afectadas por la erupción volcánica como prioridad de este proyecto. Y como no podía ser de otra manera en este proyecto se realizarán tareas de limpieza de la ceniza debidas a la erupción del Volcán de Tajogaite, estando esta acción prevista durante toda la temporalidad del proyecto que nos ocupa, y siendo ejecutada por los peones de limpieza. 14 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 35 V.- TEMPORALIZACIÓN.- CALENDARIO DE ACTUACIONES Se contratarán a lo largo de 12 meses: - Fecha de inicio: Pendiente de confirmar. - 58 peones de limpieza durante 6 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto, así como al 100% de la jornada laboral para la totalidad de los desempleados contratados. - 2 arquitecto técnico, al 100 % de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 arquitecto, al 100 % de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 oficial de segunda de fontanero, al 100 % de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. 15 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 35 - 7 auxiliares administrativos al 100 % de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 3 Licenciados en derecho al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 6 Animadores socioculturales al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 2 Oficiales de 2ª de Construcción al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 Oficial de 1ª de Carpintería al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 2 Diplomado en Trabajo Social, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 3 Licenciados en psicología al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. 16 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 35 - 1 Integrador Social, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 2 Oficiales de 2ª de Pintura, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 2 Peones de construcción, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 Auxiliar de geriatría, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 Auxiliar de ayuda a domicilio, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 2 monitores deportivos, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 3 socorristas, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 Licenciado en Administración de Empresas (ADE), al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 Artista Pintor, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 3 Técnicos en educación infantil, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 Aedl-Grado en turismo, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 2 Oficial de segunda de electricidad, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. - 1 Oficial de segunda carpintero, al 100% de la jornada 12 meses a partir de la concesión y aprobación del Proyecto. 17 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 35 **Los 107 trabajadores serán contratados de forma escalonada según la categoría, eso si teniendo como horizonte temporal de finalización máximo diciembre de 2025. Los peones de limpieza, realizaran su trabajo en lugares del municipio afectados por la caída de ceniza por la erupción del Volcán de Tajogaite, calles, plazas, etc.. y otras tareas de limpieza de zonas afectadas por el Volcán. Los 2 Arquitectos Técnicos y el Arquitecto colaborarán en la elaboración de proyectos en la oficina técnica municipal encaminados a la búsqueda de nuevas vías de comunicación tras el paso de la lava por lugares quedando los mismos incomunicados. Así mismo colaborará en la implantación y seguimiento de dichos proyectos y servirá de refuerzo en general a la oficina técnica municipal. Las tareas de los fontaneros será fundamentalmente el mantenimiento de los desagües municipales en perfectas condiciones pues con las lluvias y la ceniza existente en el territorio municipal, existe riesgo de atasco en dichas instalaciones. Asimismo realizarán sus tareas propias en instalaciones municipales, como Residencia de Mayores, Museos, etc.. Todas las categorías anteriores estarán controladas y dirigidas desde la Concejalía de Obras y Servicios Municipales. - Los 3 educadores infantiles llevarán a cabo sus tareas en la ludoteca municipal, donde realizarán actividades con los más pequeños consiguiendo para los familiares de los mismos la conciliación familiar necesaria para poder realizar sus trabajos y poderse incorporar al mercado laboral después de la emergencia volcánica. - Los 7 auxiliares administrativos llevarán a cabo sus tareas, 2 en Servicios Sociales, 1 en la alcaldía municipal, 1 en el Museo del 18 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 35 Plátano, 1 oficina turística y comercial de Tazacorte y 1 en la Oficina turística y comercial del Puerto, en los trabajos de apoyo a dicha área en lo que a tramitación de tareas les sea propio, 1 un auxiliar administrativo en la oficina técnica municipal en tareas de atención a afectados por el Volcán de Tajogaite y apoyo en tareas necesarias para la eficaz tramitación de la documentación necesaria para conseguir tramitar las ayudas llegadas desde el Gobierno de Canarias, Cabildo Insular de la Palma y otras ayudas estatales. También en cuanto a las oficinas de información turística y comercial, realizarán tareas de información sobre las zonas afectadas por la erupción volcánica, también apoyarán a los afectados creando una bolsa de alquiler de viviendas en el municipio, y dirigirán sus esfuerzos asimismo en la puesta en valor de nuestro territorio, municipio donde el plátano es el producto estrella y la pesca artesanal es uno de los motores de nuestra economía junto con las horas de Sol. Todas las acciones de este proyecto van dirigidas a la reconstrucción de Tazacorte y el Valle de Aridane en particular y la Palma en general. - El Auxiliar de Ayuda a domicilio, realizará sus tareas en el Centro de Día Municipal donde son atendidos afectados por la emergencia volcánica y también atenderá a parte de esas familias en el domicilio. - El Auxiliar de Geriatría, realizará sus tareas en la Residencia de la Tercera Edad de Tazacorte a personas afectadas por le erupción volcánica y tuvieron que ser alojadas desde ese momento y familias que pertenecen al colectivo de mayores pero que serán atendidos en su domicilio, el cual en muchas ocasiones ha cambiado a partir de la erupción volcánica por ser afectado por pérdida de la vivienda habitual. 19 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 35 - Los 2 monitores deportivos, realizarán sus funciones en el gimnasio municipal, situado en los bajos del polideportivo municipal, y sus tareas irán dirigidas principalmente a afectados por el volcán que necesitan realizar actividades físicas. También serán los encargados de llevar a cabo de actividades físicas al aire libre en zonas de la periferia del municipio donde podrán principalmente dicha usuarios afectados por la emergencia volcánica. - Los socorristas prestarán sus servicios en la piscina municipal atendiendo principalmente a afectados por el volcán de Tajogaite y realizando para dichos usuarios actividades lúdicas alternativas. Las funciones de los animadores socioculturales, tendrán las funciones y tareas relacionadas con actividades de dinamización de asociaciones municipales, de mayores, de vecinos, juveniles y Centro Infantil municipal, que supongan un respiro para las mismas con la situación existente en la actualidad. Así mismo realizarán sus funciones en la AEDL cuando sea necesario, en la realización de ferias, para comerciantes afectados por la emergencia volcánica del Tajogaite. Tres Licenciados en Derecho estarán situado en el departamento de Servicios Jurídicos, y su función será prestar apoyo a los afectados por la erupción del Volcán de Tajogaite, en interpretación de documentos, y prestar auxilio en todo lo necesario a la canalización de ayudas desde otros organismos externos a la Entidad Local destinado a los damnificados por el Volcán de Tajogaite. También prestarán asesoramiento jurídico a licencias que pudieran presentarse en la oficina técnica municipal y dirigidas a afectados por la erupción volcánica. Dos Trabajadores Sociales y un Integrador Social, que estarán situados en el departamento de Servicios Sociales, y será el 20 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 35 encargado de tramitar documentación necesaria para acceder a las ayudas necesarias a las familias afectadas por la emergencia volcánica, ya sea destinada al sustento familiar, alquiler de vivienda o acceso a vivienda VPO, y otros accesos a bienes de primera necesidad a familias que han quedado en situación de vulnerabilidad tras la erupción volcánica del Tajogaite. Un licenciado en Administración de Empresas, en el departamento de Intervención Municipal, encargado de realizar trabajos derivados de la contratación del personal del PEEF anualidad 2024, y gestión de ayudas directas y otras, dirigidas a afectados por la emergencia volcánica del Tajogaite. El artista pintor realizará trabajos de embellecimiento de los distintos lugares del municipio que de una manera u otra se han visto afectados por la emergencia volcánica, pintando, y rehabilitando zonas como plazas o monumentos y museos. Dos Licenciados en Psicología, en el departamento de Servicios Sociales colaborará en la atención a los usuarios damnificados que necesiten de atención psicológica, a través de sesiones individualizadas. Así mismo colaborará en la presentación de proyecto dirigidos a afectados por la erupción volcánica. Un Licenciado en Psicología, situado en la oficina técnica municipal llevará a cabo el seguimiento del Proyecto, debiendo informar de forma periódica del avance del mismo, y posibles incidencias con las mismas correctoras llevadas a cabo para solventar las mismas a los responsables de la Entidad beneficiaria. Formará parte en la Dirección del PEEF anualidad 2024. Estas últimas categorías profesionales estarán supervisadas y dirigidas desde la Concejalía de Servicios Sociales y Desarrollo 21 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 35 Local, para conseguir los objetivos previstos. En cuanto a los pintores, electricistas, carpinteros, oficiales de construcción, fontanero y peones de construcción, desarrollaran labores de rehabilitación de espacios que conlleven obras en los mismos o restablecimientos de servicios públicos, rehabilitación de edificios o vías públicas como Casa de la Cultura, Museos y Polideportivo Municipal entre otros, que se han visto afectados por la erupción del Volcán de Tajogaite o que conllevan trabajos necesarios para poder prestar un servicio óptimo a los afectados por esta situación de emergencia que nos ocupa. Estas categorías serán supervisadas desde la Concejalía de Obras y Servicios Municipales. PLAN FORMATIVO: La formación prevista a llevar a cabo será la siguiente: - Mantenimiento de parques y jardines con una duración de 20 horas. (20 alumn@s). - Limpieza en alojamientos turísticos con una duración de 20 horas. (20 alumn@s). - Socorrista Acuático. con una duración de 20 horas. (20 alumn@s) - TPC de la Construcción de albañilería con una duración de 20 horas. (20 alumn@s) - TPC electricidad con una duración de 6 horas. (20 alumn@s) - TPC de fontanería con una duración de 6 horas. (20 alumn@s) - TPC de Pintura con una duración de 6 horas. (20 alumn@s) - Manejo de Motosierra y Desbrozadora con una duración de 20 horas.(15 alumn@s) 22 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 35 - TPC trabajos en altura con una duración de 6 horas. (20 alumn@s) - Curso Básico de Cocina con una duración de 40 horas. (15 alumn@s) - Curso de ayudante de restaurante y bar con una duración de 40 horas. (15 alumn@s) - Curso de alemán dirigido a la Hostelería 20 horas. (20 alumn@s) - Curso de manipulador de alimentos y alérgenos con medidas preventivas frente al Covid-19 con una duración de 8 horas. (40 alumn@s). - Carretilla elevadora con una duración de 20 horas. (15 alumn@s). - Tpc conservación y explotación de carreteras con una duración de 6 horas. (15 alumn@s). - Tpc movimiento de tierras con una duración de 6 horas. (15 alumn@s). - Primeros auxilios (DESA) con una duración de 20 horas. (10 alumn@s). - Transporte escolar con una duración de 20 horas. (15 alumn@s). - Comedor escolar con una duración de 20 horas. (15 alumn@s). - Curso de reciclaje de palets con una duración de 40 horas. (10 alumn@s). - Tpc de Aparatos elevadores con una duración de 6 horas. (20 alumn@s). Es importante tener en cuenta que lo anterior está supeditado a disponibilidad de profesorado en cada formación por lo 23 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 35 que esta relación está sujeta a cambios, y que se impartirá durante el año que dure este proyecto, a través de la rotación de los trabajadores para que siempre puedan formarse y llevar a cabo las tareas laborales que les ocupan en cada caso, y la selección de cada alumno vendrá dada por el perfil de cada uno, en cuanto a su formación o experiencia previa en cada sector por ejemplo. Asimismo, se les impartirán charlas en todo lo referente al reciclaje y a las normas de seguridad vigentes. La práctica profesional que desarrolle el trabajador, a lo largo de los meses de contratación, le avalarán con una experiencia en ese puesto de trabajo que le permitirá acceder o continuar en puestos de trabajo iguales o similares, favorecido por el incremento de la capacidad laboral en el buen hacer de su ocupación. LUGAR DE FORMACIÓN - Las aulas previstas donde se impartirá la formación de los trabajadores serán las siguientes: 1. Aula formativa en el Museo del Plátano, en el Camino San Antonio s/n. 2. Aula formativa en la Casa de la Cultura, en la C/ Primero de mayo, nº3. 2º planta. 3. Local Asociación de Vecinos los Bagañetes en la Urbanización El Carmen en el Puerto de Tazacorte. . Debido al número elevado de trabajadores la formación se llevará a cabo por grupos de 15 o más alumnos 24 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 35 dependiendo el aforo del lugar donde se lleve a cabo la formación. VI.- PRESUPUESTO DEL PROYECTO.- 1.- MANO DE OBRA La modalidad de contratación que se llevará a cabo será: *EL TIPO DE CONTRATO A APLICAR A TODOS LOS TRABAJADORES SERÁ EL contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, al cual se le ha asignado EL código 405 58 Peones de Limpieza, al 100%, por seis meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE LIMPIEZA PUBLICA VIARIA Vigente. BOE Nº 181, martes 30 de julio de 2013. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. 2 Arquitecto Técnico de Construcción, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 1 Arquitecto de Construcción, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 1 Fontanero, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 25 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 40 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 35 2 Peón de construcción, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 1 Oficial de 2ª Carpintería, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 1 Oficial de 1ª Carpintería, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 2 Oficial de 2ª Construcción, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 2 Oficial de 2ª Pintura, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. 7 Auxiliar Administrativo, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el convenio de CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. 6 Animador sociocultural, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el SMI actualizado publicado en el BOE número 33, de 07 de febrero de 2024. 26 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 41 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 35 3 Licenciado en Derecho, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. 3 Licenciado en Psicología, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. 1 Aedl- Grado en turismo, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. 1 Licenciado en Administración de Empresas, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. 2 Diplomado en Trabajo Social, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife 27 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 35 nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. - 2 Monitores deportivos, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios BOE nº 23, de 26 de enero de 2024. - 3 Socorristas, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios BOE nº 23, de 26 de enero de 2024. - 1 Auxiliar de Ayuda a domicilio, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio colectivo del sector de Ayuda a Domicilio de la Comunidad Autónoma de Canarias BOC n.º 2 de 3 de enero de 2023. 1 Auxiliar de Geriatría, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el SMI Vigente. Publicado en BOE número 33, de 07 de febrero de 2024. 1 Artista Pintor, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el SMI Vigente. Publicado en BOE número 33, de 07 de febrero de 2024. 1 Integrador Social, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. 3 Educación infantil, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, 28 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 43 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 35 aplicando el CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS Vigente. BOP de Santa Cruz de Tenerife nº61, lunes 29 de marzo de 2010, y aplicando el IPC anual hasta la actualidad. Actualizado con el SMI vigente BOE Nº 33, de 07 de febrero de 2024. - 2 Oficiales Electricistas, al 100%, por doce meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción. BOP nº 47, de 17.04.2024. - Convenio de Aplicación: En cuanto a la aplicación del convenio a la categoría de limpieza- (Peones de Limpieza, al 100%, por seis meses, a través de la contratación de trabajadores desempleados, aplicando el CONVENIO DE LIMPIEZA PÚBLICA VIARIA Vigente)- y teniendo en cuenta que los trabajos a realizar por los trabajadores seleccionados si representan riesgo de peligrosidad para los mismos, por estar en contacto con productos de esa naturaleza, se incluye el plus de peligrosidad en el cálculo de los costes laborales, correspondiendo un 20% del salario base, ya que las labores que se efectúen que sean excepcionalmente peligrosas se realizará durante la jornada laboral. .- Medidas de Seguridad y otros costes del proyecto. Además para cumplir con los objetivos del proyecto que nos ocupa debemos contar con una partida presupuestaria para el arrendamiento de la maquinaria necesaria para llevar a cabo las tareas de limpieza, como barredoras, sopladoras, todas ellas utilizadas en diferentes zonas como calles del municipio y diversos edificios públicos, etc. 29 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 44 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 35 Asimismo los trabajadores participantes en este programa extraordinario de empleo cumplirán todas las medidas marcadas en la Ley de Prevención de Riesgos laborales del año 1995, y para ello se adquirirán los epis necesarios para llevar a cabo la ejecución de los trabajos de forma segura. Con todo esto conseguiremos que la productividad y la seguridad en el trabajo vayan de la mano, y se consiga un trabajo eficiente por parte del usuario participante en el Programa. Entre otros epis se utilizarán los destinados para trabajo en altura (arnés anticaídas y cinturón de retención), gafas, guantes, calzado de seguridad, ropa de alta visibilidad, cascos de protección auditiva, todo ello siempre y cuando lo requiera cada trabajo a realizar, siempre recibiendo cada trabajador el suyo acorde a su característica física y la información adecuada para cada Equipo de Protección Individual, además de recibirla asimismo serán informados de los riesgos y consecuencias de no llevar a cabo las medidas preventivas de obligado cumplimiento dictadas por la Ley de Prevención de Riesgos laborales 31/1995. En cuanto a elevadores está previsto proceder al arrendamiento de una PEMP (Plataforma elevadora móvil de personal). Con ella se realizarán trabajos en altura, en edificios públicos, como puede ser trabajos de rehabilitación por su afección debida a la erupción del Volcán de Tajogaite. Asimismo, se procederá al arrendamiento de un vehículo de siete plazas que será destinado al transporte de los usuarios del Proyectos desde el punto de encuentro Polideportivo Municipal de Tazacorte al inicio de la jornada laboral, hasta cada punto del municipio donde ejercerán sus trabajos, y viceversa al finalizar la jornada laboral. También puede ser destinado a cualquier tarea incluida siempre dentro de la ejecución del Proyecto que nos ocupa. 30 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 45 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 35 2.- COSTES DE LA OBRA O SERVICIO Los costes salariales de la contratación de esos trabajadores serán: LÍNEAS DE SOLICITUD (Perfil de los trabajadores a contratar) Nº SOLICITUD: SCORLOC2024PA000004 CIF: P3804500A RAZÓN SOCIAL: AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE Nº TRABAJADORES SOLICITADOS: 107 FECHA DE EMISIÓN: 17/09/2024 31 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 46 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 35 32 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 47 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 35 INGRESOS Y GASTOS DEL PROYECTO: 33 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 48 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 35 IMPORTE SUBVENCIÓN SOLICITADA AL SCE APORTACIÓN ENTIDAD AYUNTAMIENT O DE TAZACORTE FORMACIÓN TRABAJADORES COSTE VESTUARIO, EPIS, LEASING VEHÍCULOS Y OTROS EQUIPOS DE TRABAJO. 2.300.000,00 € 41.077,89 € 500,00 35.000,00 € 2.223.922,11 € VII. ACCIONES DE PUBLICIDAD DEL PROYECTO.- - Se llevará a cabo la publicidad del Proyecto a través tanto de cartelería, medios digitales, redes sociales, y otros como vestuario de los participantes del proyecto. 34 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 49 de 52 COPIA AUTÉNTICA Coste laboral y material total del proyecto Empleo Social Emergencia Volcán Tajogaite Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 35 VIII. INDICADORES DE RESULTADOS.- - Los indicadores nos ayudarán a comparar cuantitativa o cualitativamente los objetivos planificados y resultados logrados, por ende, nos mostrarán el beneficio inmediato de la implementación del proyecto y serán los siguientes: . Absentismo laboral . Duración en el puesto . Tiempo medio por contratación . Formación y capacitación . Promedio de tiempo para alcanzar los objetivos . Accidentalidad laboral En Tazacorte, a la fecha de la firma. EL ALCALDE D. MANUEL GONZÁLEZ GÓMEZ DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE 35 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 50 de 52 COPIA AUTÉNTICA Cód. Validación: 3G6HHAEMJDA5LFLFR7MYDPQMG Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 35 ANEXO CIF: P3804500A RAZÓN SOCIAL: AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE Nº TRABAJADORES SOLICITADOS: 107 Categoría Jorn. Nº Tr. Dur. C.T. RDL 8/2010 Indemnización Coste laboral total ARTISTA PINTOR 100% 1 12 21.231,00 529,20 21.760,20 INTEGRADOR SOCIAL 100% 1 12 23.471,88 587,47 24.059,35 EDUCACIÓN INFANTIL 100% 3 12 70.415,64 1.762,41 72.178,05 OFICIAL DE SEGUNDA CARPINTERIA 100% 1 12 27.465,00 661,58 28.126,58 OFICIAL DE SEGUNDA FONTANERIA 100% 1 12 27.465,00 661,58 28.126,58 OFICIAL DE 1ª CARPINTERO 100% 1 12 27.900,96 672,08 28.573,04 PEÓN DE CONSTRUCCIÓN 100% 2 12 52.537,20 1.265,52 53.802,72 APAREJADOR Y AYTE. ING., EXP+2 AÑOS 100% 2 12 95.137,68 2.291,70 97.429,38 ARQUITECTO GRADO SUPERIOR, EXP +2 AÑOS 100% 1 12 67.870,80 1.634,89 69.505,69 ANIMADOR SOCIOCULTURAL 100% 6 12 127.386,00 3.175,20 130.561,20 MONITOR DEPORTIVO 100% 2 12 43.467,12 1.083,46 44.550,58 SOCORRISTA 100% 3 12 65.956,32 1.625,19 67.581,51 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 100% 7 12 148.617,00 3.704,40 152.321,40 DIPLOMATURA EN TRABAJO SOCIAL 100% 2 12 70.171,92 1.756,32 71.928,24 LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA 100% 3 12 131.432,04 3.289,59 134.721,63 LICENCIATURA EN DERECHO 100% 3 12 131.432,04 3.289,59 134.721,63 PEÓN DE LIMPIEZA 100% 58 6 751.850,52 18.525,78 770.376,30 GRADO EN TURISMO 100% 1 12 35.085,96 878,16 35.964,12 OFICIAL DE SEGUNDA DE ELECTRICIDAD 100% 2 12 54.930,00 1.323,16 56.253,16 LICENCIADA ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (ADE) 100% 1 12 43.810,68 1.096,53 44.907,21 AUXILIAR DE GERIATRIA 100% 1 12 21.143,64 529,20 21.672,84 OFICIAL DE SEGUNDA DE CONSTRUCCIÓN 100% 2 12 54.930,00 1.323,16 56.253,16 AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO 100% 1 12 21.750,00 544,38 22.294,38 OFICIAL DE SEGUNDA DE PINTOR 100% 2 12 54.930,00 1.323,16 56.253,16 2.170.388,40 53.533,71 2.223.922,11 Total costes salariales con RDL 8/2010 2.170.388,40 Subvención solicitada al SCE 2.223.922,11 Indemnizacion total 53.533,71 Costes totales de la contratación 2.223.922,11 Avenida Doctor de la Rosa Perdomo, s/n, 38071, Santa Cruz de Tenerife. Tfno: 922-47-46-00 - Fax: 922-64-53-41 Crucita Arbelo Cruz, s/n 35014 – Las Palmas de Gran Canaria Tfno: 928-45-58-58- Fax: 928-45-59-23 www.gobiernodecanarias.org/empleo En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 51 de 52 COPIA AUTÉNTICA INFORMACIÓN SOBRE LA/S FIRMA/S Y REGISTRO/S DEL PRESENTE DOCUMENTO: Este documento ha sido firmado electrónicamente por: JESSICA DEL CARMEN DE LEON VERDUGO - CONSEJERO/A MARIA TERESA ORTEGA GRANADOS - DIRECTOR/A Fecha: 15/10/2024 - 16:35:50 Fecha: 15/10/2024 - 16:26:42 Este documento ha sido registrado electrónicamente: REGISTRO INTERNO - N. Registro: SCEM / 6747 / 2024 - Fecha: 17/10/2024 11:52:45 SALIDA - N. General: 709640 / 2024 - N. Registro: SCEM / 30017 / 2024 RESOLUCION - Nº: 6749 / 2024 - Tomo: 1 - Libro: 604 - Fecha: 17/10/2024 11:26:47 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 09l1GyssGxaTzXHLe4n53eJpkNBQBS-GU El presente documento ha sido descargado el 17/10/2024 - 12:23:06 Fecha: 17/10/2024 - 11:52:45 Fecha: 17/10/2024 - 11:29:58 Fecha: 17/10/2024 - 11:26:47 Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 17/10/2024 Cód. Validación: 3RXGXWPSGEHH4LYLMZYASJ2SY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 52 de 52 COPIA AUTÉNTICA