RESOLUCIÓN Número: 2024/14690 de fecha 27/12/2024 RESOLUCIÓN: Visto el expediente referenciado y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES 1. Vista las BASES DE SUBVENCIONES DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS EN MATERIA DE JUVENTUD 2024, aprobadas inicialmente como proyecto por el Consejo de Gobierno Insular en Sesión Ordinaria celebrada el 19 de abril de 2024 y con carácter definitivo por la Comisión de Pleno de Deportes, Juventud, Información y Participación Ciudadana en Sesión Ordinaria celebrada el 26 de abril de 2024. 2. Vista la CONVOCATORIA SUBVENCIÓN DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS EN MATERIA JUVENTUD 2024, aprobada mediante la Resolución de el Miembro Titular del Área de TURISMO, DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA nº 2024/6489 de fecha 2 de julio de 2024, con referencia en la BDNS 774698, extracto publicado en el BOP de S/C de Tenerife nº 87 y publicada en la sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es. 3. Visto que dentro del plazo establecido en la citada Convocatoria, que comprendía el periodo entre el 22 de julio y 16 de agosto de 2024, ambos inclusive, se han presentado un total de 11 solicitudes de subvención que han sido evaluadas por el Servicio de Juventud de esta Corporación, donde se ha procedido a constatar que las entidades solicitantes, no están incursas en ninguna de las circunstancias, que de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que le imposibilitaría ser beneficiario de las presentes subvenciones. Núm. Exp. Persona rel. Importe solicitado 1/2024/SUB-AYJUV ES- P3805300- E AYUNTAMIENTO DE VILLA DE MAZO 2/2024/SUB-AYJUV ES- P3803000- AYUNTAMIENTO DE PUNTALLANA Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15246315441161207057 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Ref: 61/2024/SUB-CONVO 5.000,00 € 4.131,00 € Página 1 de 5 C 3/2024/SUB-AYJUV ES- P3804700- G AYUNTAMIENTO DE TIJARAFE 10.000,00 € 4/2024/SUB-AYJUV ES- P3803300- G AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES Y SAUCES 5/2024/SUB-AYJUV ES- P3802700-I AYUNTAMIENTO DE EL PASO 9.361,55 € 6/2024/SUB-AYJUV ES- P3803700- H AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA 7/2024/SUB-AYJUV ES- P3800900- G AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA 8/2024/SUB-AYJUV ES- P3802900- E AYUNTAMIENTO DE PUNTAGORDA 9/2024/SUB-AYJUV ES- P3800700- A AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO 10/2024/SUB-AYJUV ES- P3802400- F AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE 11/2024/SUB-AYJUV ES- P3804500- A AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE 4. Visto que la Comisión de Valoración, reunida a tal efecto el 9 de julio de 2024, ha examinado y valorado las solicitudes presentadas a la misma conforme a los requisitos establecidos en sus respectivas Bases reguladoras, emitiendo el correspondiente informe. 5. Elevado el informe de la Comisión de Valoración, en el que se concreta el resultado de la evaluación efectuada por los técnicos del Servicio al Miembro Corporativo Titular del TURISMO, DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, de la misma fecha. 6. Visto la propuesta de Resolución provisional nº 2024/10549 de fecha 17/10/2024. 7. Visto el informe de certificación relativo al art. 88.3 del RD/887/2006, de 21 julio, emitido por la Jefe de Servicio de Juventud de fecha 11/11/2024. Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15246315441161207057 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 4.000,00 € 18.936,74 € 10.000,00 € 2.245,00 € 15.200,00 € 6.000,00 € 7.527,00 € Página 2 de 5 8. Visto que dentro del plazo de aceptación conferido en dicha Resolución, en esta fecha se han presentado por los interesados que figuran en el apartado primero de esta resolución, las aceptaciones de las subvenciones. 9. Visto que los beneficiarios de la subvención, como queda acreditado en el expediente, reúnen los requisitos que dispone el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General del Subvenciones (LGS), en tanto que no están incursos en ninguna de las circunstancias que les imposibilitan ser beneficiarios de una subvención, y conforme al artículo 88.3 del RD887/2006, de 21 de julio, no se ha dictado, hasta el día de la fecha, resolución declarativa de procedencia de reintegro o la pérdida del derecho al cobro de la misma por las causas del artículo 37 de la LGS; ni se ha acordado por el órgano concedente de la subvención, como medida cautelar, retención de libramientos de pago o de las cantidades pendientes de abonar al beneficiario, referidos a la misma subvención. 10. Visto que los beneficiarios se encuentran exonerados de prestar garantías, al tratarse de administraciones públicas. 11. Vistas y subsanadas las deficiencias observadas en el informe de fiscalización ref.Int.Nº 2024/7528, de fecha 18/11/2024, y en el informe de fiscalización ref. int.nº 2024/8158, de fecha 11/12/2024. 12. Constatada la existencia de crédito adecuado y suficiente por el importe máximo a otorgar de 50.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 339/46200 (nº operación ARC:12023000130382) de los Presupuestos Generales de la Corporación para el ejercicio 2024. FUNDAMENTOS 1. De conformidad con las citadas Bases de la Convocatoria a la que se alude en la parte expositiva de la presente Resolución, los artículos 62 y 63 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de La Palma. 2. En virtud del Decreto de la Presidencia nº 6517, de fecha 5 de julio de 2023, modificado parcialmente por Decreto de Presidencia nº 2024/1171 de 15 de febrero de 2024 (BOP nº 24, de 23 febrero de 2024), y por Decreto de Presidencia nº 2024/3061 de 8 de abril de 2024 (B.O.P. nº 47 de 17 de abril de 2024), así como la Resolución nº 6529 de 7 de julio de 2023, (BOP nº 84, de 12 julio de 2023), dictada por la anterior, y en uso de las atribuciones que me otorga el artículo 21.2 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma a favor del Miembro Corporativo Delegado en las materias de Deportes, Juventud, Información y Participación Ciudadana y la Base 27.1.3 de Ejecución del vigente presupuesto. Considerando la propuesta emitida por Servicio de Juventud de este Cabildo, RESUELVO: Primero.- Conceder las siguientes subvenciones conforme a la SUBV. AYUNTAMIENTOS 2024 (EXP: 61/2024/SUB-CONVO), aprobada por Resolución del Miembro Corporativo titular del TURISMO, DEPORTES, JUVENTUD, INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA nº 2024/6489 de fecha 2 de julio de 2024, con referencia en la BDNS 774698, extracto publicado en el BOP de S/C de Tenerife nº 87, por un importe total de 50.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 339/46200 (nº operación ARC: 12023000130382) de los Presupuestos Generales de Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15246315441161207057 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Página 3 de 5 la Corporación para el ejercicio 2024, a las 11 entidades beneficiarias que a continuación se relacionan y por las cuantías que se indican a cada una de ellas, de forma definitiva: Núm. Exp. Persona rel. Puntuación Importe concedido 1/2024/SUB-AYJUV ES- P3805300- E AYUNTAMIENTO DE VILLA DE MAZO 2/2024/SUB-AYJUV ES- P3803000- C AYUNTAMIENTO DE PUNTALLANA 3/2024/SUB-AYJUV ES- P3804700- G AYUNTAMIENTO DE TIJARAFE 4/2024/SUB-AYJUV ES- P3803300- G AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES Y SAUCES 5/2024/SUB-AYJUV ES- P3802700-I AYUNTAMIENTO DE EL PASO 6/2024/SUB-AYJUV ES- P3803700- H AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA 7/2024/SUB-AYJUV ES- P3800900- G AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA 8/2024/SUB-AYJUV ES- P3802900- E AYUNTAMIENTO DE PUNTAGORDA 9/2024/SUB-AYJUV ES- P3800700- A AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO 10/2024/SUB-AYJUV ES- P3802400- F AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE 11/2024/SUB-AYJUV ES- P3804500- A AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15246315441161207057 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 49 5.000,00 € 24 2.927,40 € 42 4.663,52 € 42 4.000,00 € 28 3.835,47 € 41 4.552,47 € 60 5.899,00 € 67 2.245,00 € 44 4.885,26 € 47 5.218,69 € 61 6.773,19 € Página 4 de 5 Segundo.- Disponer el gasto, reconocer y liquidar la obligación por la cantidad de cincuenta mil euros (50.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria nº 339/46200 “Subvenciones Ayuntamientos actividades juveniles” (ARC nº12024000130382) a los beneficiarios y en las cantidades establecidas en el resolutivo primero de la presente resolución. Tercero.- El plazo y la forma de justificación, se realizará, de conformidad con lo establecido en las Bases reguladoras y específicas. El plazo máximo para justificar la subvención finalizará en todo caso el 31 de marzo del año siguiente al de la convocatoria. La justificación de la subvención se deberá presentar por los medios electrónicos a los que hace referencia la convocatoria. Cuarto.- Publicidad de la subvención. Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán dar publicidad del carácter público de la financiación de la misma y de las acciones contenidas en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.4 de la Ley General de Subvenciones y del artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como, lo dispuesto en las Bases reguladoras Generales y Específicas. Quinto.- Publicar la presente Resolución para conocimiento de los interesados en el expediente de referencia, mediante su inserción en el Tablón de Anuncios de la Corporación, así como, en su sede electrónica https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es. Sexto.- Dar cuenta de la presente Resolución al Sr. Interventor Accidental de Fondos Insulares a los efectos oportunos. De esta Resolución se harán las notificaciones al interesado y a los organismos competentes, si procede. En Santa Cruz de La Palma, Firmado electronicamente el día 27/12/2024 a las 12:56:21 por YURGUEN HERNANDEZ GONZALEZ Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 15246315441161207057 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Firmado electronicamente el día 27/12/2024 a las 13:06:45 por NIEVES MARIA DIAZ LOPEZ Página 5 de 5