AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE O F I C I O Villa y Puerto de Tazacorte Fecha Firma: 02/10/2024 HASH: d00fc6df28207e2f2ae557e324af62fb Sello de Órgano de Secretaría (1 de 1) S/REF: Regeneración Ambiental Monumentos Naturales Volcanes de Aridane 2024 N/REF: 38045241D01 ASUNTO: Resolución de la Solicitud de Subvención del Programa de Fomento del Empleo DESTINATARIO: AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE RESOLUCIÓN DE OTORGAMIENTO DE SUBVENCIÓN DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO A CORPORACIÓN LOCAL MODALIDAD: PFEA-GENERADORES EE (AND. Y EXTR.) Y ZRD VISTO el expediente promovido por el/la AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE de solicitud de subvención para la contratación de personas trabajadoras desempleadas en la realización de una obra o servicio de interés general y social, esta Dirección Provincial de Santa cruz de tenerife del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dicta la presente resolución en base a los siguientes: MARIA ISABEL GARCIA CABRERA - 2024-09-16 09:25:32 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CFFG7FO3NB4GJ2QYN9GZDFTHTCS9 en https://www.pap.hacienda.gob.es ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: El/la AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE presentó el día 20/06/2024 por primera vez solicitud de subvención de 53.006,04 euros del proyecto de obra o servicio de interés general y social denominado/a Regeneración Ambiental Monumentos Naturales Volcanes de Aridane 2024, a realizar en Zonas rurales de Montaña de Todoque y la Laguna.. El objeto de la solicitud de subvención es sufragar, dentro del presupuesto de la actividad proyectada, costes salariales incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social de la contratación de trabajadores desempleados que ejecuten el proyecto. El inicio de las contrataciones laborales y ejecución del proyecto de obra o servicio está previsto el 04/11/2024 y su terminación el 03/02/2025. SEGUNDO: Se trata de una obra o servicio de interés general y social a ejecutar. La corporación local acompañó a la solicitud de subvención el proyecto, presupuesto y planos de la obra que se compromete a ejecutar. TERCERO: La Comisión Provincial, o en su caso Regional, de Seguimiento reunida en fecha 28/08/2024 ha afectado el proyecto al programa de fomento de empleo agrario de su crédito limitativo para el año 2024. CUARTO: El CONSEJO COMARCAL DEL SEPE DE LOS LLANOS DE ARIDANE reunido en fecha 05/07/2024, ha informado acerca del proyecto. CORREO ELECTRÓNICO: DP de SANTA CRUZ DE TENERIFE (Unidad de Expediente nº 38045241D01 Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 02/10/2024 Cód. Validación: 5JS64C7KFF7QRFPNY29DF6KYZ Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 6 COPIA AUTÉNTICA C/Tome Cano, 12 38005 - SANTA CRUZ DE TENERIFE TEL: 922 208 100 FAX: CÓDIGO DIR3: EA0041641 dp38zrd@sepe.es QUINTO: Se ha presentado la totalidad de la documentación necesaria a fecha de esta resolución. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO: Se cumplen los requisitos y son aplicables los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 357/2006 de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional, el Real Decreto 939/1997 de 20 de junio, por el que se regula la afectación de créditos al programa de fomento de empleo agrario y la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo. Es aplicable el art 32.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. SEGUNDO: Esta Dirección Provincial es competente para resolver dicha solicitud de subvención, de conformidad con lo establecido en el art. 13.2 de la Orden Ministerial TES/1077/2023, de 28 de septiembre. TERCERO: La subvención se financia por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El crédito de la subvención es limitativo y temporal de acuerdo con los artículos 46 y 49 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y el/los artículo/s de la Ley 31/2022 de 23 de Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Los créditos que el último día del ejercicio presupuestario no estén afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas quedarán anulados. MARIA ISABEL GARCIA CABRERA - 2024-09-16 09:25:32 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CFFG7FO3NB4GJ2QYN9GZDFTHTCS9 en https://www.pap.hacienda.gob.es VISTAS las disposiciones citadas y las demás concordantes y de general aplicación, esta Dirección Provincial, RESUELVE Subvencionar a el/la AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE de C.I.F. P3804500A con 53.006,04 euros para sufragar los costes salariales de la contratación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, de las siguientes personas trabajadoras desempleadas: NÚMERO TRABAJADORES/A CATEGORÍA PROFESIONAL NIVEL PROFESIONAL 9 PEÓN FORESTAL PEONES (NO CUALIFICADOS) 1 CAPATAZ FORESTAL JEFES DE EQUIPO CORREO ELECTRÓNICO: DP de SANTA CRUZ DE TENERIFE (Unidad de Expediente nº 38045241D01 Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 02/10/2024 Cód. Validación: 5JS64C7KFF7QRFPNY29DF6KYZ Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 6 COPIA AUTÉNTICA C/Tome Cano, 12 38005 - SANTA CRUZ DE TENERIFE TEL: 922 208 100 FAX: CÓDIGO DIR3: EA0041641 dp38zrd@sepe.es Total: 10 trabajadores/as. Que ejecuten el proyecto de obra o servicio de interés general y social denominado Regeneración Ambiental Monumentos Naturales Volcanes de Aridane 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 19- 101-241A-461.02 'Programa de Fomento de Empleo Agrario' del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal. El proyecto se ha de ejecutar conforme a la memoria, presupuesto y planos del proyecto técnico aportado. El periodo previsto para la ejecución de las contrataciones subvencionables y del proyecto de obra o servicio comprometido se inicia el 04/11/2024 y finaliza el 03/02/2025. El importe de la subvención será transferido a la cuenta que tiene abierta al efecto, de la siguiente forma: la Corporación Local dirigirá a la Dirección Provincial del SEPE mediante los medios electrónicos que procedan certificación de inicio de la obra o servicio (y, en su caso, contrato de adjudicación). Este certificado debe ser presentado con anterioridad a la fecha límite de envío a fiscalización de reconocimiento de obligaciones a las intervenciones del Ministerio de Hacienda sin perjuicio de los demás plazos que se marquen en la convocatoria. Igualmente, en el caso de Obras de reforma y rehabilitación de las casas- cuartel de la Guardia Civil (Disp. Adic. 6ª RD 939/1997), se ha de adjuntar acuerdo de delegación o de encomienda de gestión adoptado por el Ministerio del Interior. Recibida esta certificación de inicio, conforme al artículo 14.1 párrafo segundo de la Orden Ministerial TES/1077/2023, de 28 de septiembre, la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal transferirá a esa Corporación Local el 100% del total de la subvención otorgada. La beneficiaria de la subvención deberá emitir certificación de recepción de fondos, de la transferencia de la subvención que reciba, que presentará ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal. MARIA ISABEL GARCIA CABRERA - 2024-09-16 09:25:32 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CFFG7FO3NB4GJ2QYN9GZDFTHTCS9 en https://www.pap.hacienda.gob.es La beneficiaria de la subvención está obligada a: contratar a las personas trabajadoras desempleadas seleccionados mediante oferta genérica, ejecutar el Proyecto presupuestado conforme a la memoria, presupuesto y planos aportados con la solicitud; y someterse a las actuaciones de comprobación, justificación y a las demás obligaciones previstas en el art.14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre. Además, la Corporación beneficiaria está obligada a dar publicidad estática mediante carteles, paneles, vallas o placas que, en lugar bien visible, identifiquen la financiación del SEPE. La Corporación Local, en el plazo de máximo tres meses, o conforme a las instrucciones de la convocatoria, a partir de la finalización de la obra o servicio, dirigirá a la Dirección Provincial del SEPE mediante los medios electrónicos que procedan la siguiente documentación: CÓDIGO DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR EN FASE DE INICIO ACTIVIDAD, SEGUIMIENTO Y JUSTIFICACIÓN DEL GASTO Y PAGO DE LA SUBVENCION CORREO ELECTRÓNICO: DP de SANTA CRUZ DE TENERIFE (Unidad de Expediente nº 38045241D01 Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 02/10/2024 Cód. Validación: 5JS64C7KFF7QRFPNY29DF6KYZ Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 6 COPIA AUTÉNTICA C/Tome Cano, 12 38005 - SANTA CRUZ DE TENERIFE TEL: 922 208 100 FAX: CÓDIGO DIR3: EA0041641 dp38zrd@sepe.es J19 Modelos 111 de Retenciones del IRPF J99 Otros J24 Acreditación gráfica del cartel divulgativo sobre la fuente la financiación en la localización del proyecto. J25 La memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, firmada por técnico/a municipal y con visto bueno de el/la Alcalde/sa o Presidente/a de la corporación local. La memoria de actuación ha de manifestar que han sido ejecutadas todas las unidades de obra o servicio del presupuesto del proyecto técnico que acompañó a la solicitud o modificación aprobada por el SEPE mediante resolución o, en caso contrario, se debe identificar: 1º las unidades de obra o servicio no ejecutadas, 2º el importe del presupuesto no ejecutado de las mismas. J26 La memoria económica justificativa de los gastos realizados. MARIA ISABEL GARCIA CABRERA - 2024-09-16 09:25:32 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CFFG7FO3NB4GJ2QYN9GZDFTHTCS9 en https://www.pap.hacienda.gob.es J27 Los partes horarios firmados por las personas cuyos contratos sean subvencionados por el programa. J1 Certificación de inicio de la obra o servicio (pdf firmado por arquitecto/a y representante de CL) J2 Certificado de la recepción de fondos librados en pago J3 Certificación del pago de la subvención (certificado de pago final) J4 Informe Fin de Obra (IFO) (en caso de que se precise que se firme por la persona titular de la Alcaldía además de representante de CL: pdf en elaboración para su descarga desde la plataforma) J7 Acreditación de haber ingresado, en su caso, el importe correspondiente a la diferencia entre la cantidad justificada y recibida en concepto de anticipo CORREO ELECTRÓNICO: DP de SANTA CRUZ DE TENERIFE (Unidad de Expediente nº 38045241D01 Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 02/10/2024 Cód. Validación: 5JS64C7KFF7QRFPNY29DF6KYZ Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 6 COPIA AUTÉNTICA C/Tome Cano, 12 38005 - SANTA CRUZ DE TENERIFE TEL: 922 208 100 FAX: CÓDIGO DIR3: EA0041641 dp38zrd@sepe.es J8 Cuenta justificativa J9 Cuadro de nóminas de las personas trabajadoras J10 Relación de personas trabajadoras J11 Oferta de empleo para la selección de personas trabajadoras J13 Nóminas J14 Justificante de pago de nóminas. En su caso, se deberá aportar el comprobante del abono de la nómina expedido por la entidad bancaria correspondiente o, en caso contrario, la nómina de la persona trabajadora debidamente firmada por la misma en el recibí y copia del DNI / NIE para su cotejo. MARIA ISABEL GARCIA CABRERA - 2024-09-16 09:25:32 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CFFG7FO3NB4GJ2QYN9GZDFTHTCS9 en https://www.pap.hacienda.gob.es J15 Recibos de Liquidación de Cotizaciones (RLC) J16 Justificantes del pago de los RLC J17 Relación nominal de personas trabajadoras de Tesorería General de la Seguridad Social (RNT de TGSS) J18 Altas y bajas de la Seguridad Social. J20 Justificantes del pago de los Modelos 111. CORREO ELECTRÓNICO: DP de SANTA CRUZ DE TENERIFE (Unidad de Expediente nº 38045241D01 Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 02/10/2024 Cód. Validación: 5JS64C7KFF7QRFPNY29DF6KYZ Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6 COPIA AUTÉNTICA C/Tome Cano, 12 38005 - SANTA CRUZ DE TENERIFE TEL: 922 208 100 FAX: CÓDIGO DIR3: EA0041641 dp38zrd@sepe.es reintegrando, en su caso, los fondos no utilizados a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en la cuenta del Banco de España número: ES6990000061600200000913. La corporación local beneficiaria de la subvención, en los casos contemplados en el art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre deberá reintegrar la totalidad o parte de las cantidades percibidas más los correspondientes intereses de demora. Esta obligación será independiente de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles, según el art. 40.1 de dicha Ley. La Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, como órgano concedente de la subvención, comprobará la adecuada contratación de las personas trabajadoras desempleadas mediante la oferta genérica, ejecución del proyecto de obra o servicio, justificación de la subvención con el consiguiente pago de las obligaciones contraídas, realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o disfrute de la subvención de acuerdo con el art. 32 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre. La Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, tiene las facultades de comprobación, seguimiento, control de la subvención y apertura de procedimiento de reintegro por incumplimiento del beneficiario de la subvención previstas en el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio y la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. La presente resolución se notifica conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. de 02/10/2015). Esta resolución no pone fin a la vía administrativa. El recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social podrá interponerse contra esta resolución en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación. El escrito en el que se formule dicho recurso debe presentarse ante aquel órgano, o bien ante esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la citada Ley. MARIA ISABEL GARCIA CABRERA - 2024-09-16 09:25:32 CEST Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_CFFG7FO3NB4GJ2QYN9GZDFTHTCS9 en https://www.pap.hacienda.gob.es En el día de la firma electrónica. DIRECTOR/A GENERAL DEL SEPE P.D. (Resolución del SEPE de 06/10/2008) Director/a Provincial M A R I A I S A B E L G A R C I A CABRERA CORREO ELECTRÓNICO: DP de SANTA CRUZ DE TENERIFE (Unidad de Expediente nº 38045241D01 Sello de Órgano de Secretaría Fecha: 02/10/2024 Cód. Validación: 5JS64C7KFF7QRFPNY29DF6KYZ Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 6 COPIA AUTÉNTICA C/Tome Cano, 12 38005 - SANTA CRUZ DE TENERIFE TEL: 922 208 100 FAX: CÓDIGO DIR3: EA0041641 dp38zrd@sepe.es