C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es DECRETO. – ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL SERVICIO “DE PÓLIZA DEL SEGURO DE DAÑOS MULTIRRIESGO A LOS INMUEBLES Y MUEBLES PARA EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE” MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. Alcalde Fecha Firma: 10/04/2023 HASH: 9756be814d6266ffe6da111114c82df7 David Ruiz Álvarez (1 de 1) VISTO que, mediante Decreto de Alcaldía nº 74/2023 de fecha 17 de febrero de 2023, se inicia expediente de contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la adjudicación del CONTRATO PRIVADO DEL SERVICIO DE PÓLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MULTIRRIESGO A LOS INMUEBLES Y MUEBLES PARA EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE, de acuerdo a las siguientes características: Contrato de servicios Procedimiento negociado sin publicidad Código CPV:  66510000- Servicios de seguros  66515000-Servicios de seguros de daños Valor estimado del contrato: 19.440,00 euros, exento de IGIC Presupuesto base de licitación IGIC excluido: 19.440,00 €, exento de IGIC. Presupuesto máximo de gasto que realizará anualmente la Administración en este contrato asciende 9.720,00 €/año (Exento de IGIC) Plazo de la ejecución: DOS (2) AÑOS VISTO que, Por Resolución de Alcaldía de fecha 17 de febrero de 2023, que consta en el Libro de Decretos con el nº 2023-0076 de la misma fecha, se aprobó el expediente para la contratación referenciada, la aprobación del gasto, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen la contratación, la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la publicación en el perfil de contratante de toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas, la designación de los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en el perfil de contratante. VISTO que, con fecha 22 de febrero de 2022 se acuerda por el órgano de contratación invitar a las empresas que mostraron interés en el procedimiento anterior y se cursan a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público:  HOWDEN IBERIA SAU, con CIF nº A82473349  AXA, con CIF nº 60917978A  HELVETIA SEGUROS, con CIF nº A41003864  MAPFRE, con CIF nº A28141935  ZURICH, con CIF nº W0072130H VISTO que, con fecha 13 de marzo de 2023, se emitió certificado de Secretaría en el que se hace constar que, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público se presentó la siguiente oferta: EXPTE. 1989/2022 Número: 2023-0172 Fecha: 10/04/2023 Cód. Validación: 9K7N5R4J6CZM2PHJXFK4LLMJY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4 DECRETO IGIC: (exento) 1 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es - MAPFRE, con CIF nº A28141935 VISTO que, con fecha 14 de marzo de 2023, en sesión de la Mesa de Contratación a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, se procedió a la apertura del Archivo Electrónico 1 y 2 de las ofertas presentadas, con el siguiente orden del día: 1.- Apertura y calificación administrativa del Archivo Electrónico 1: Documentación general administrativa previa para la licitación del CONTRATO PRIVADO DEL SERVICIO DE PÓLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MULTIRRIESGO A LOS INMUEBLES Y MUEBLES PARA EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE, que, tras su revisión por la Mesa, concluye la admisión definitiva del único licitador: MAPFRE, con CIF nº A28141935. Seguidamente, se acuerda proceder a la celebración del segundo acto del Orden del Día: 2.- Apertura de criterios evaluables automáticamente. La oferta del único licitador presentado y admitido es la de MAPFRE, con CIF nº A28141935, y tras el análisis de la documentación por la Mesa de Contratación se procede a solicitar aclaración a la mercantil por plazo de 5 días naturales a fin de justificar que el condicionado presentado en su oferta no contradice lo estipulado por el PCAP y PPT. VISTO que, con fecha 27 de marzo de 2023, en sesión de la Mesa de Contratación y cumplimentado el requerimiento efectuado al único licitador presentado, se procede a la valoración de los criterios evaluables automáticamente de acuerdo a los criterios del PCAP VISTO que, a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, con fecha 27 de marzo de 2023 se le requirió al licitador propuesto para que presentase la documentación a la que hace referencia el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la presente contratación, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha del envío de la comunicación. Presentada en plazo la documentación, se convocó Mesa de Contratación para el 30/03/2023, para la apertura de requerimiento de documentación, y vista la documentación aportada por el licitador propuesto como adjudicatario, MAPFRE, con CIF nº A28141935, se comprueba que, con la documentación presentada, queda debidamente acreditado el cumplimiento en los términos exigidos por el PCAP. Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe-propuesta de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, RESUELVO PRIMERO. Adjudicar a MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., con CIF nº A28141935, el CONTRATO PRIVADO DEL SERVICIO DE PÓLIZA DE SEGURO DE DAÑOS MULTIRRIESGO A LOS INMUEBLES Y MUEBLES PARA EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO EXPTE. 1989/2022 Número: 2023-0172 Fecha: 10/04/2023 Cód. Validación: 9K7N5R4J6CZM2PHJXFK4LLMJY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4 DECRETO 2 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es EXPTE. 1989/2022 DE TAZACORTE, por un importe de DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS EUROS (18.200,00 €), por un plazo de ejecución de DOS (2) AÑOS , prorrogables por otros DOS; y en las condiciones que figuran en su oferta y que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas:  Oferta económica: 18.200,00 €  Inclusión de garantías adicionales:  SI Daños a bienes en exposiciones temporales con un límite de 12.000,00 € por bien con una franquicia de 200 euros.  NO reclamación al causante de daños materiales sufridos por el patrimonio insular no cubiertos en póliza (…)  Eliminación de franquicias para coberturas adicionales: SI  Envío de profesionales con ocasión de siniestros: SI SEGUNDO. Notificar la presente resolución a MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., con CIF nº A28141935, adjudicataria del contrato, y requerirle para que proceda a la formalización de dicho contrato en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la presente adjudicación. TERCERO. Publicar anuncio de adjudicación en el perfil de contratante en plazo de quince (15) días. CUARTO. Designar como responsable del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a Dª. Isabel de las Nieves Pérez Martín. QUINTO. Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. SEXTO. Dar traslado de la presente resolución al Departamento de Intervención a los efectos que proceda. SÉPTIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del IGIC. Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y computándose los plazos de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Número: 2023-0172 Fecha: 10/04/2023 Cód. Validación: 9K7N5R4J6CZM2PHJXFK4LLMJY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4 DECRETO 3 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es EXPTE. 1989/2022 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente a su derecho. EL ALCALDE, Fdo.: David Ruiz Álvarez DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Número: 2023-0172 Fecha: 10/04/2023 Cód. Validación: 9K7N5R4J6CZM2PHJXFK4LLMJY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 4 DECRETO 4