INFORME ECONÓMICO – FINANCIERO DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2025 Dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 168.1.g) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante TRLRHL) y el artículo 18.1.e) del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de dicha Ley en materia de Presupuestos, se emite el siguiente informe económico – financiero en relación con el Presupuesto General del Ilustre Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte para el ejercicio 2025. PRIMERO. - El artículo 162 del TRLRHL dispone, que los Presupuestos Generales de las entidades locales constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la entidad y sus Organismos Autónomos, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las previsiones de ingresos y gastos de las Sociedades Mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local correspondiente. Por su parte, el artículo 112 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local recoge que las entidades locales aprueban anualmente un presupuesto único. Así las cosas, el Presupuesto General de una entidad local coincidirá con el año natural y estará integrado por el de la propia entidad y el de todos los organismos y empresas locales con personalidad jurídica propia dependientes de aquella. SEGUNDO. - La Legislación aplicable es la siguiente:  Los artículos 162 al 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.  Los artículos 22.2 e) y 47.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.  Los artículos del 2 al 23 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.  Los artículos 4.1, 15 y 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.  Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.  Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. (LOEPYSF). Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 24  Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.  Ley Orgánica 4/2012, de 28 de septiembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.  Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.  Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.  Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. (en situación de prorroga)  Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.  Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social. TERCERO.- PRESUPUESTO El presupuesto General del Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte para el ejercicio económico de 2025, está integrado, únicamente por el de la propia Corporación, con un importe que asciende a OCHO MILLONES CIEN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS EUROS CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (8.100.142,91.-€), se incrementa con respecto al aprobado inicialmente por el Pleno de esta entidad para el ejercicio 2024 en TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (321.953,53.-€), lo que en términos relativos supone un incremento del 4,14%. A nivel de capítulo, se presentan los siguientes cuadros comparativos, tanto de ingresos como de gastos de las anualidades 2025/2024, del Presupuesto Municipal: INGRESOS Tipo de operaciones Cap. Denominación 2025 % 2024 % Diferencias I II III IV V Impuestos directos Impuestos indirectos Tasas y otros ingresos Transferencias corrientes Ingresos patrimoniales Oper.ctes. Oper.no financiera s Oper.de Capital VI VII Total operaciones corrientes.. Enajenación de inversiones reales Transferencia de capital Total operaciones de capital.. 977.729,24 € 12,07% 1.762.142,23 € 21,75% 816.702,70 € 10,08% 3.776.900,09 € 46,63% 446.305,00 € 5,51% 1.096.297,66 € 14,09% - 118.568,42 € 225.855,64 € 1.536.286,59 € 19,75% 102.402,70 € 714.300,00 € 9,18% 244.094,96 € 3.532.805,13 € 45,42% 155.805,00 € 290.500,00 € 3,73% 7.779.779,26 € - € 0,00% - € 0,00% - € 7.170.189,38 € 609.589,88 € - € 0,00% - € 28.000,00 € 0,36% - 28.000,00 € - 28.000,00 € 28.000,00 € Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 24 Operar.financieras VIII IX Activos financieros Pasivos financieros 30.000,00 € 0,37% 290.363,65 € 3,58% Total operaciones financieras.. 320.363,65 € 30.000,00 € 0,39% - € 550.000,00 € 7,07% - 259.636,35 € - 259.636,35 € 580.000,00 € Total presupuesto de Ingresos…. 8.100.142,91 € 7.778.189,38 € 321.953,53 € GASTOS Denominación 2025 % 2024 % Diferencias 4.352.571,66 € 53,73% 4.178.207,26 € 53,72% 174.364,40 € Tipo de operaciones Oper.Ctes . Oper.no financiera s Cap . I II III IV V Gastos del Personal Gastos en bb. corrientes y servicios Gastos financieros Transferencias corrientes Fondo de Contingencia 2.919.511,25 € 36,04% 13.000,00 € 0,16% 417.810,00 € 5,16% 10.000,00 € 0,12% Total operaciones corrientes.. 7.712.892,91 € Oper.de Capital VI VII Inversiones reales Transferencias de capital 352.250,00 € 4,35% 5.000,00 € 0,06% Total operaciones de capital.. 357.250,00 € Oper.financieras VIII IX Activos financieros Pasivos financieros Total operaciones financieras.. 30.000,00 € 0,37% - € 0,00% 30.000,00 € 323.901,25 € 2.595.610,00 € 33,37% - 2.500,00 € 15.500,00 € 0,20% 82.810,00 € 335.000,00 € 4,31% - 33.871,12 € 43.871,12 € 0,56% 7.168.188,38 € 544.704,53 € 550.001,00 € 7,07% - 197.751,00 € - 25.000,00 € 30.000,00 € 0,39% - 222.751,00 € 580.001,00 € - € 30.000,00 € 0,39% - € - € 0,00% - € 30.000,00 € Total presupuesto de Gastos…. 8.100.142,91 € 7.778.189,38 € 321.953,53 € Déficit (-) - Superávit (+) ……… - € Variación Porcentual ……. 4,14% CUARTO. - NIVELACIÓN PRESUPUESTARIA El Presupuesto Municipal del Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte para el ejercicio económico de 2025 se presenta nivelado, sin déficit inicial, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 165.4 del TRLRHL. QUINTO. - PLAN PRESUPUESTARIO A MEDIO PLAZO. MARCO PRESUPUESTARIO (2025-2027) Establece el artículo 29 de la LOEPSF, lo siguiente: 1. "Las Administraciones Públicas elaborarán un marco presupuestario a medio plazo en el que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales y a través del cual se garantizará una programación presupuestaria coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública. 2. Los marcos presupuestarios a medio plazo abarcarán un período mínimo de tres años y contendrán, entre otros parámetros: a) Los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública de la respectivas Administraciones Públicas. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 24 b) Las proyecciones de las principales partidas de ingresos y gastos teniendo en cuenta tanto su evolución tendencial, es decir, basadas en políticas no sujetas a modificaciones, como el impacto de las medidas previstas para el periodo considerado. c) Los principales supuestos en los que se basan dichas proyecciones de ingresos y gastos. d) Una evaluación de cómo las medidas previstas pueden afectar a la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. 3. Las proyecciones adoptadas en el plan presupuestario a medio plazo se basarán en previsiones macroeconómicas y presupuestarias elaboradas conforme a las metodologías y procedimientos establecidos en el proceso presupuestario anual. 4. Toda modificación del plan presupuestario a medio plazo o desviación respecto al mismo deberá ser explicada. El artículo 6 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la LOEPSF, establece que antes del quince de marzo de cada año, de acuerdo con la información sobre el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública que previamente suministre el Estado, se remitirán los marcos presupuestarios a medio plazo en los que se enmarcará la elaboración de sus Presupuestos anuales. Ingresos/Gastos Presupuesto 2025 PPMP 2025 Diferencia Ingresos Ingresos Corrientes Ingresos Capital Ingresos Financieros Gastos Gastos Corrientes Gastos Capital Gastos Financieros 8.100.142,91 7.779.779,26 0,00 320.363,65 8.100.142,91 7.667.892,91 402.250,00 30.000,00 7.524.335,00 7.466.335,00 28.000,00 30.000,00 7.524.335,00 7.290.000,00 204.335,00 30.000,00 7,65% 4,20% -100,00% 967,88% 7,65% 5,18% 96,86% 0,00% Examinado el Plan Presupuestario a Medio Plazo (2025-2027) que consta en la Plataforma AUTORIZA, remitido a la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda, resulta que para el año 2025, para la Entidad local, la estimación de las previsiones iniciales del Estado de Ingresos y de Gastos del PGM fueron de 7.524.335,00.-€, con una capacidad de financiación que se cifra en 210.000,00.-€, por lo que existe una desviación con respecto a los presupuesto 2025 de 575.807,91.-€, un 7,65%. Concretamente la Memoria, se recoge la explicación de la desviación producida en ingresos y gastos respectivamente, en los términos previstos en el artículo 29.4 de la LOEPSF. SEXTO. - BASES UTILIZADAS PARA LA EVALUACIÓN DE LOS INGRESOS CONSIGNADOS EN EL PRESUPUESTO Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 24 Tal y como recoge la legislación vigente, este informe económico financiero contiene un análisis de los criterios utilizados para la evaluación de los ingresos, para la financiación de inversiones, y, en definitiva, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y como consecuencia de ello, la efectiva nivelación del presupuesto. El presupuesto del Ayuntamiento, tal y como hemos indicado en el punto primero de este informe, asciende a la cantidad de OCHO MILLONES CIEN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS EUROS CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (8.100.142,91.-€), para ingresos y gastos, habiendo experimentado un incremento de 4,14%, es decir, un importe a TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (321.953,53.-€). Este Presupuesto se ha elaborado con carácter general, atendiendo a la liquidación del presupuesto del ejercicio 2023 y del ejercicio 2024. En cuanto a las previsiones de ingresos de los Capítulos 1, 2 y 3, se han realizado tomando como referencia los ejercicios indicados en el párrafo anterior en términos de derechos recaudados y reconocidos netos. Para el Capítulo IV se ha partido de las transferencias que figuraban en las previsiones iníciales del Presupuesto del ejercicio 2024 y las comunicaciones de la FECAM con relación a la evolución de las principales fuentes de ingresos, procediendo a su ajuste en aquellos casos donde se dispone de información al respecto, sin olvidar las fluctuaciones de estas previsiones y los escenarios alternativos ante las posibles mejoras de las expectativas económicas. A continuación, se procede a realizar un análisis pormenorizado de cada uno de los capítulos comparándolos con los últimos dos ejercicios: Cuadro – resumen por capítulos - Presupuesto de ingresos – Comparativo. Análisis pormenorizado por capítulos ESTADO DE INGRESOS Cap Denominación I II III IV V VI Impuestos directos Impuestos indirectos Tasas y otros ingresos Transferencias Corrientes Ingresos patrimoniales Enajenación inv. reales ESTADO DE INGRESOS Presupuesto 2025 EUROS 977.729,24 € 1.762.142,23 € 816.702,70 € 3.776.900,09 € 446.305,00 € 0,00 € % 12,07% 21,75% 10,08% 46,63% 5,51% 0,00% Presupuesto 2024 EUROS 1.096.297,66 € 1.536.286,59 € 714.300,00 € 3.532.805,13 € 290.500,00 € 0,00 € % 14,09% 19,75% 9,18% 45,42% 3,73% 0,00% Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 24 Transferencia de capital VII VIII Activos financieros Pasivos financieros IX TOTAL INGRESOS…. 0,00 € 30.000,00 € 290.363,65 € 8.100.142,91 € 0,00% 0,37% 3,58% 28.000,00 € 30.000,00 € 550.000,00 € 7.778.189,38 € 0,36% 0,39% 7,07% Estado de Ingresos 2025 2024 50,00% 45,00% 40,00% 35,00% 30,00% 25,00% 20,00% 15,00% 10,00% 5,00% 0,00% CAPÍTULO I.- IMPUESTOS DIRECTOS Integran este Capítulo los principales conceptos de ingresos que contribuyen a la autonomía financiera de las Entidades Locales. Se trata de recursos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos, o hechos de naturaleza jurídica o económica, que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia de la posesión de un patrimonio o la obtención de una renta, tal y como se expresa en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. A un nivel más detallado, este Capítulo está compuesto de las siguientes exacciones:  112 “Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rustica”  113 “Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana”.  115 “Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica”.  116 “Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana”.  130 “Impuesto sobre Actividades Económicas”. En su conjunto, estas exacciones representan el 12,07% de la totalidad de los ingresos presupuestados, lo que pone de manifiesto la relevancia para la Hacienda Municipal y la trascendencia económica que implica su gestión tributaria. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 24 Particularizando el análisis en cada una de las figuras tributarias que componen este capítulo de ingresos, se debe resaltar que las previsiones iniciales por estos conceptos ascienden a NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (977.729,24.-€), presentando una disminución respecto a las consignadas en el ejercicio anterior del -10,82%, tal como lo vemos en la siguiente gráfica: Impuestos directos 11200 11300 11500 11600 13000 IBI DE NATURALEZA RUSTICA IBI DE NATURALEZA URBANA IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA IMPTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR TERR. NATURALEZA URBANA IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Total 2025 2024 85.400,00 102.000,00 678.929,24 759.000,00 140.000,00 175.000,00 15.500,00 29.297,66 57.900,00 31.000,00 1.096.297,66 977.729,24 Impuestos Directos 2025 2024 800.000,00 700.000,00 600.000,00 500.000,00 400.000,00 300.000,00 200.000,00 100.000,00 - IBI DE NATURALEZA RUSTICA IBI DE NATURALEZA URBANA IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA IMPTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR TERR. NATURALEZA URBANA IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS  IMPUESTO SOBRE BIENES la cantidad presupuestada en este impuesto para el año 2025 asciende a la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS EUROS (85.400,00.-€). INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA,  IMPUESTO SOBRE BIENES la cantidad presupuestada en este impuesto para el año 2025 asciende a la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (678.929,24.-€). INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA,  IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, las previsiones en este impuesto para el ejercicio de 2025 ascienden a CIENTO CUARENTA MIL EUROS (140.000,00.- €). Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 24  IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA, respecto a este Impuesto, se establece una previsión para 2025 de QUINCE MIL QUINIENTOS EUROS (15.500,00.-€).  IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS, la consignación del impuesto sobre actividades económicas (IAE) para el año 2025, se cuantifica en CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS EUROS (57.900,00.-€). CAPÍTULO II.- IMPUESTOS INDIRECTOS Las previsiones de los Impuestos Indirectos para el ejercicio 2025 asciende a UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS EUROS CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (1.762.142,23.-€), se incrementa un 14,70% (225.855,64.-€) respecto al ejercicio anterior, incremento que obedece principalmente a las previsiones de ingresos al alza del Impto. Sobre Construcciones, Instalaciones Y Obras (ICIO) respecto a las previsiones iniciales para el 2024, y que ascienden para 2025 a DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (295.000,00 €), en respuesta a los datos facilitados por la Oficina Técnica municipal. La previsión de los ingresos procedentes del Bloque de Financiación Canario, se han tomado como referencia los datos facilitados por el Gobierno de Canarias, sobre las entregas a cuenta de ingresos del REF, previstos para los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias en 2025, ascienden en su conjunto a UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS EUROS CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (1.467.142,23.-€). Tal como se muestra en la tabla siguiente: Impuestos Indirectos IGTE(REF) IMPTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS 28000 29000 29200 AIEM -REF 29300 29900 IGIC-REF IMPUESTO DE MATRICULACIONES-REF Total 2025 2024 53.000,00 53.296,60 295.000,00 100.000,00 151.884,29 142.466,13 1.248.687,67 1.228.095,74 13.570,27 12.428,12 1.536.286,59 1.762.142,23 Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 24 Impuestos Indirectos 2025 2024 1.400.000,00 1.200.000,00 1.000.000,00 800.000,00 600.000,00 400.000,00 200.000,00 - CAPÍTULO III.- TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS Las fuentes principales de ingresos en este capítulo son las tasas de servicio de abastecimiento de agua, servicio de recogida de basuras y servicios asistenciales de la Residencia Casa de Mayores. Asciende en su totalidad a la cantidad de OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS DOS EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (816.702,70- €), sufre un incremento respecto del ejercicio anterior de 102.402,70.-€, tal como se puede apreciar en el cuadro que se muestra a continuación: Aplicación Presupuestaria 30200 30900 31300 32100 32200 32300 32500 32901 32902 32903 33100 33200 33300 33500 34000 34300 34301 34400 39120 39211 39300 39900 39903 Tasas, Precios Públicos y otros ingresos. 2025 2024 TASA SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS TASA CEMENTERIO SERVICIOS DEPORTIVOS LICENCIAS URBANÍSTICAS CÉDULAS DE HABITABILIDAD Y LICENCIAS DE PRIMERA OCUPACIÓN CANON RUSTICO TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS TASA POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE APERTURA TASA POR LICENCIA DE AUTOTAXIS TASA POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE ANIMALES PELIGROSOS TASA POR ENTRADO DE VEHÍCULOS TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROV. ESP. EMP. SUMINISTRO TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROV.ESP. TELECOMUNICACIÓN TASA POR OCUPACIÓN DE LAS VÍAS PUBLICAS CON TERRAZAS APORTACIÓN USUARIOS RESIDENCIA 3ª EDAD ACTIVIDADES DEPORTIVAS CAMPUS DE VERANO ENTRADA VISITAS MUSEOS MULTAS POR INFRACCIONES ORDENANZA DE CIRCULACIÓN RECARGOS APREMIO INTERESES DE DEMORA OTROS INGRESOS DIVERSOS INGRESOS MUSEO DEL PLÁTANO Total 265.000,00 179.700,00 35.000,00 31.200,00 10.000,00 1.000,00 85.000,00 266.500,00 - 1.320,00 100,00 100,00 12.000,00 12.000,00 990,00 3.000,00 - 100,00 100,00 100,00 6.000,00 3.890,00 40.000,00 31.700,00 20.000,00 22.300,00 20.000,00 18.600,00 109.000,00 129.152,70 50.000,00 40.000,00 - 9.650,00 4.500,00 4.500,00 5.000,00 7.200,00 35.000,00 35.000,00 13.000,00 14.000,00 1.500,00 5.000,00 - 2.800,00 714.300,00 816.702,70 Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 24 Atendiendo al desglose por artículo se distribuye como sigue: ARTICUL O 30 31 32 33 34 39 Tasas, Precios Públicos y otros ingresos. 2025 2024 Tasas Por La Prestación De Servicios Públicos Básicos Tasas Por La Prestación De Servicios Públicos De Carácter Social Y Preferente. Tasas Por La Realización De Actividades De Competencia Local. Tasas Por La Utilización Privativa O El Aprovechamiento Especial Del Dominio Público Local. Precios Públicos. Otros Ingresos. Total 210.900,00 € 300.000,00 € 1.000,00 € 10.000,00 € 281.010,00 € 100.300,00 € 76.490,00 € 86.000,00 € 183.302,70 € 163.500,00 € 64.000,00 € 54.500,00 € 816.702,70 € 714.300,00 € Tasas, Precios Públicos y otros ingresos. 2025 2024 350.000,00 € 300.000,00 € 250.000,00 € 200.000,00 € 150.000,00 € 100.000,00 € 50.000,00 € 0,00 € 30 31 32 33 34 39 CAPÍTULO IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES Este capítulo contiene los ingresos de naturaleza no tributaria, percibidos por el Ayuntamiento sin contraprestación directa por parte de estos, destinados a financiar operaciones corrientes. Por conceptos y subconceptos se diferencian las transferencias en función de los agentes que las conceden. Asciende a TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS EUROS CON NUEVE CÉNTIMOS (3.776.900,09.-€), siendo el capítulo con mayor peso relativo dentro del Presupuesto de ingresos 2025, con un 46,63% sobre el total. Contiene los ingresos de naturaleza no tributaria, percibidos por el Ayuntamiento sin contraprestación directa por parte de los mismos, destinados a financiar operaciones corrientes. Los conceptos presupuestarios más importantes son: Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 24  Fondo Canario de Financiación Municipal, asciende a UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCO EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (1.869.105,04.-€). La previsión de los ingresos del Fondo Canario de Financiación Municipal, obedecen igualmente a los datos facilitados por el Gobierno de Canarias, y han sido presupuestado en este capítulo, el 100% destinado a gastos de saneamiento, no obstante, el informe económico-financiero de la Auditoría del FCFM deberá de ser analizado para determinar el destino del 50% de libre disposición.  Participación en los Tributos del Estado, que ascienden a UN MILLÓN CIENTO TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON VEINTE CÉNTIMOS (1.130.257,20.-€). El siguiente desglose muestra el reparto porcentual del capítulo: SUBC 42 45 46 Denominación De la Administración del Estado. De Comunidades Autónomas. De Entidades Locales. TOTAL Importe 1.138.600,36 € 2.100.082,37 € 538.217,36 € 3.776.900,09 € % 30,15% 55,60% 14,25% TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 14,25% 30,15% 55,60% De La Administración Del Estado De Comunidades Autónomas. De Entidades Locales. CAPÍTULO V.- INGRESOS PATRIMONIALES Con una previsión de ingresos de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO EUROS (446.305,00.-€), este capítulo recoge los conceptos presupuestarios correspondientes a ingresos derivados de concesiones administrativas, arrendamientos de fincas municipales, resto de aprovechamientos e intereses de cuentas corrientes en Entidades Financieras. Presenta un incremento respecto del ejercicio anterior, de 155.805,00.-€. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 24 CAPÍTULO VI. -ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES No tiene significación dentro del total del Presupuesto, ya que no se prevé ningún derecho para el próximo ejercicio. Ello implicará que cualquier enajenación que pudiera producirse en el ejercicio 2025 deberá ser aprobada por el Pleno de la Corporación, en virtud de lo dispuesto en la vigente legislación de régimen local, debiendo determinarse en ese acuerdo, así mismo, las inversiones que quedarán afectada a dicha venta, en aplicación de la Ley de Ordenación del Territorio, que exige que se destinen a Patrimonio Público del Suelo. CAPÍTULO VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL En este capítulo se recoge los ingresos de naturaleza no tributaria, percibidos por las entidades locales, sin contraprestación directa por parte de estas, destinados a financiar operaciones de capital. Para el ejercicio 2025 no se estima en la cuantía alguna. CAPÍTULO VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS Se ha dotado el crédito necesario para atender el reintegro de los préstamos fueran del sector público a corto y medio plazo (anticipos de personal) por importe de TREINTA MIL EUROS (30.000,00.-€), designado en la aplicación presupuestaria la 83100. CAPÍTULO IX.- PASIVOS FINANCIEROS. Este capítulo recoge la financiación de la Entidad procedente de la emisión de Deuda Pública y de préstamos recibidos, cualquiera que sea la moneda y forma en que se hubiera instrumentado y con independencia del plazo de reembolso. Se ha dotado por un importe de DOSCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SESENTA CINCO CÉNTIMOS (290.363,65.-€) para el 2025, en previsión de una operación a largo plazo que se prevé concertar para la financiación de inversiones, tal y como se especifica en el anexo de inversiones que se adjunta al expediente del Presupuesto. Así, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 48 y siguientes del TRLRHL, será de aplicación a la formalización de nuevas operaciones a largo plazo, para la financiación de inversiones, los límites establecidos en la Disposición Final 31ª de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, con vigencia indefinida, que dispone:  Las Entidades locales que presenten ahorro neto positivo en la liquidación del ejercicio anterior y deuda viva inferior al 75% de los ingresos corrientes liquidados consolidados PODRÁN CONCERTAR nuevas operaciones de crédito a largo plazo. (situación aplicable al Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte). Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 24  Las Entidades locales que presenten ahorro neto positivo en la liquidación del ejercicio anterior y deuda viva entre el 75% y el 110% de los ingresos corrientes liquidados consolidados podrán formalizar operaciones de endeudamiento PREVIA AUTORIZACIÓN del órgano competente que tenga atribuida la tutela financiera de las Entidades locales.  Las Entidades locales que presenten ahorro neto negativo en la liquidación del ejercicio anterior o deuda viva superior al 110% de los ingresos corrientes liquidados consolidados NO podrán concertar operaciones de crédito a largo plazo. Debemos reseñar que la repercusión de la concertación de operaciones de crédito en la estabilidad presupuestaria y cumplimiento de la Regla de gasto será negativa y ello por cuanto, el ingreso que se genera con la operación de crédito se trata de un ingreso financiero (capítulo IX) que financiará gastos no financieros esto es una inversión comprendida en el capítulo VI del presupuesto. Así, como hemos dicho, afecta tanto a estabilidad, porque el gasto computable no se contrarresta con un ingreso no financiero, como también afecta a regla de gasto, pues las obligaciones forman parte del gasto computable. Además, la normativa no permite realizar ningún ajuste en el cálculo de ambas reglas fiscales por la concertación de una operación de préstamo para financiar una inversión por lo que dicha inversión imputable al capítulo VI aumentará el gasto computable en regla de gasto y supondrá una menor capacidad de financiación. No existe ningún ajuste SEC aplicable al caso, ni en estabilidad ni en Regla de gasto (pues no es posible realizar el ajuste de gasto financiado por otra Administración Pública, pues no corresponde a una subvención finalista no reintegrable, sino que en este caso el préstamo tiene que ser devuelto). A modo de resumen, con la concertación del préstamo ocurrirá lo siguiente: • Se reconocerán los derechos correspondientes al préstamo aumentando el capítulo IX de ingresos financieros, capítulo que no computa en el cálculo de la estabilidad presupuestaria. • Se reconocerán las obligaciones por la ejecución de la inversión aumentando el capítulo VI del presupuesto de gastos. capítulo que sí computa tanto en estabilidad como en regla de gasto sin posibilidad de aplicar ningún ajuste SEC que anule el efecto. Por lo tanto, la concertación de préstamo para llevar a cabo una inversión afectará tanto a estabilidad, como también afecta a regla de gasto, pues aumentará el gasto computable. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 24 SÉPTIMO. - SUFICIENCIA DE LOS CRÉDITOS PRESUPUESTADOS PARA ATENDER EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EXIGIBLES Y LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS Cuadros – resumen por capítulos – Presupuesto de gastos- Comparativo Análisis pormenorizado por capítulos Cap. Denominación I II III IV V VI VII VIII IX Gastos del Personal Gastos en bs. ctes y ss Gastos financieros Transferencias corrientes Fondo de contingencia Inversiones reales Transferencias de capital Activos financieros Pasivos financieros TOTAL GASTOS…. ESTADO DE GASTOS ESTADO DE GASTOS Presupuesto 2025 EUROS 4.352.571,66 € 2.919.511,25 € 13.000,00 € 417.810,00 € 10.000,00 € 352.250,00 € 5.000,00 € 30.000,00 € 0,00 € 8.100.142,91 € % 53,73% 36,04% 0,16% 5,16% 0,12% 4,35% 0,06% 0,37% 0,00% Presupuesto 2024 EUROS 4.178.207,26 € 2.595.610,00 € 15.500,00 € 335.000,00 € 43.871,12 € 550.001,00 € 30.000,00 € 30.000,00 € 0,00 € 7.778.189,38 € % 53,72% 33,37% 0,20% 4,31% 0,56% 7,07% 0,39% 0,39% 0,00% Estado de Gastos 2025 2024 60,00% 50,00% 40,00% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00% CAPÍTULO I: GASTOS DE PERSONAL En cuanto a la plantilla y los gastos de personal, el artículo 90.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LBRL), dispone que corresponde a cada Corporación Local aprobar anualmente, a través de sus presupuestos, la Plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 24 En este sentido, continúa añadiendo el párrafo segundo del citado precepto, las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijan con carácter general. La propuesta de la Plantilla de Personal que forma el Alcalde con la Concejalía con delegaciones en el área de Recursos Humanos del Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, no debe ser objeto de negociación con la representación sindical en el sentido estricto del artículo 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el que se recoge que deben ser objeto de negociación las decisiones de las Administraciones Públicas que puedan tener consecuencias sobre las condiciones del trabajo. En estos términos se recoge en la Memoria sobre Gastos de Personal. Anexo Plantilla de Personal del Presupuesto General del la Villa y Puerto de Tazacorte correspondiente al ejercicio 2025. Iltre. Ayuntamiento de Las plantillas de personal se configuran como un instrumento de carácter más bien financiero o presupuestario de ordenación del gasto que constituye una enumeración de todas las plazas dotadas presupuestariamente, debiendo incluir tanto a los funcionarios como al personal laboral y eventual, cuya finalidad es delimitar los gastos de personal al relacionar todos los que prevé para un ejercicio presupuestario siendo la base para habilitar la previsión de gastos en materia de personal y consignar los créditos necesarios para hacer frente a las retribuciones en materia de personal, hasta el extremo de que su aprobación y modificación está estrechamente ligada a la aprobación y modificación del presupuesto de la Corporación en el ámbito local. Esta conexión de la plantilla con el presupuesto se manifiesta en la necesidad de que la misma respete los principios de racionalidad, economía, además de estar sujeta a las limitaciones que se fijen con carácter con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. El gasto total del Capítulo de personal para el Presupuesto Municipal 2025 asciende a la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (4.352.571,66.-€), lo que representa un 53,73% del total del Presupuesto de Gastos 2025. Presenta respecto del ejercicio anterior, un incremento en valor absoluto del 4,17%, que se traduce en la cantidad de 174.364,40.-€, motivado por: 1. La incorporación de las cuantías de nuevos trienios que cumplan los empleados públicos a lo largo del año 2025. 2. Las obligaciones derivadas de la aplicación de lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 24 3. La adecuación de las cotizaciones a la seguridad social para hacer frente a las obligaciones derivadas de los gastos de personal. 100 RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 10000 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 110 RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE PERSONAL EVENTUAL. 11000 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 12000 12001 12003 12004 12006 SUELDOS DEL GRUPO A1. SUELDOS DEL GRUPO A2. SUELDOS DEL GRUPO C1. SUELDOS DEL GRUPO C2. TRIENIOS. 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 12100 12101 12103 12105 LABORAL FIJO. 13000 13001 13002 LABORAL TEMPORAL. 13100 13102 COMPLEMENTO DE DESTINO. COMPLEMENTO ESPECÍFICO. OTROS COMPLEMENTOS. OTROS COMPLEMENTOS RETRIBUCIONES BÁSICAS. HORAS EXTRAORDINARIAS OTRAS REMUNERACIONES. LABORAL TEMPORAL. OTRAS REMUNERACIONES 130 131 143 OTRO PERSONAL. 14300 OTRO PERSONAL 150 PRODUCTIVIDAD. 15001 GRATIFICACIONES 160 CUOTAS SOCIALES. 16000 SEGURIDAD SOCIAL. 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 16200 16205 16209 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL. SEGUROS. OTROS GASTOS SOCIALES. 205.779,00 € 205.779,00 € 21.939,96 € 21.939,96 € 705.376,70 € 158.043,96 € 138.975,84 € 177.399,60 € 90.221,76 € 140.735,54 € 1.182.606,84 € 272.253,94 € 683.077,22 € 224.521,92 € 2.753,76 € 779.238,41 € 527.178,67 € 7.518,56 € 244.541,18 € 320.427,08 € 294.427,08 € 26.000,00 € 14.845,86 € 14.845,86 € 35.945,29 € 35.945,29 € 1.059.352,52 € 1.059.352,52 € 27.060,00 € 4.100,00 € 10.000,00 € 12.960,00 € CAPÍTULO II: GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS El capítulo II del presupuesto de gastos, se cifra en la cantidad DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS ONCE EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (2.919.511,25.-€), y representa un 36,04% del presupuesto de gastos, experimentando un incremento respecto al ejercicio anterior de TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS UN EURO CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (323.901,25.-€), un 12,48%. Los gastos previstos en bienes corrientes y servicios se estima que corresponden a cuantías mínimas de mantenimiento de la actividad administrativa ordinaria, basándose en los estados contables del 2023 y 2024. El criterio general seguido para la cuantificación de este tipo de gastos ha sido el de control y estimación real, tratando así de contener los gastos corrientes. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 24 En este capítulo, debe dotarse el crédito necesario para hacer frente a la prestación de servicios que con carácter general asume la entidad. La variación por concepto aparece desglosada en el siguiente cuadro: CONCEPTO 202 204 209 210 212 213 214 215 216 220 221 222 224 225 226 227 230 231 233 TOTAL DESCRIPCIÓN ARRENDAMIENTOS DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. ARRENDAMIENTOS DE MATERIAL DE TRANSPORTE. CÁNONES. INFRAESTRUCTURAS Y BIENES NATURALES. EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES. MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE. ELEMENTOS DE TRANSPORTE. MOBILIARIO. EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN. MATERIAL DE OFICINA. SUMINISTROS. COMUNICACIONES. PRIMAS DE SEGUROS. TRIBUTOS. GASTOS DIVERSOS. TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS Y PROFESIONALES. DIETAS. LOCOMOCIÓN. OTRAS INDEMNIZACIONES. 2025 2024 129.600,00 € 95.600,00 € 140.000,00 € 98.000,00 € 15.000,00 € 15.000,00 € 81.100,00 € 69.000,00 € 59.500,00 € 49.500,00 € 36.850,00 € 36.250,00 € 32.000,00 € 32.000,00 € 2.000,00 € 1.000,00 € - € 30.000,00 € 26.400,00 € 26.200,00 € 433.415,00 € 342.100,00 € 29.010,00 € 35.010,00 € 25.150,00 € 23.750,00 € 201.126,25 € 109.550,00 € 305.500,00 € 227.100,00 € 1.421.910,00 € 1.364.800,00 € 2.600,00 € 2.600,00 € 2.250,00 € 2.250,00 € 6.000,00 € 6.000,00 € 2.595.610,00 € 2.19511,25 € GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 2025 2024 €1.600.000,00 €1.400.000,00 €1.200.000,00 €1.000.000,00 €800.000,00 €600.000,00 €400.000,00 €200.000,00 €- 202 204 209 210 212 213 214 215 216 220 221 222 224 225 226 227 230 231 233 CAPÍTULO III: GASTOS FINANCIEROS Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 24 Su dotación responde a los gastos en que se pudiera incurrir la Entidad en concepto de gastos financieros y los intereses de la deuda, su dotación para 2025 es de TRECE MIL EUROS (13.000,00.-€). CAPÍTULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES Aún sin alcanzar un peso relativo importante en el total del Presupuesto, experimenta un incremento del 21,44% respecto del ejercicio anterior, y se cuantifica en CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ EUROS (417.810,00.-€), entre las que podemos destacar: Aplicación Denominación / Concepto Aplicación Denominación / Concepto 2025 9220 2311 2312 3380 9430 3340 3380 2310 3340 2310 3340 3340 3260 3410 3410 3410 3410 2312 9240 2310 2310 9120 2310 3230 2310 2310 2310 1510 3410 3410 4420 Coordinación Y Organización Institucional De Las Ent.Loc. Centro Residencial Para Personas Mayores Plan Concertado Fiestas Populares Y Festejos. Transferencias A Otras Entidades Locales. Promoción Cultural. Fiestas Populares Y Festejos. Asistencia Social Primaria. Promoción Cultural. Asistencia Social Primaria. Promoción Cultural. Promoción Cultural. Servicios Complementarios De Educación Promoción Y Fomento Del Deporte. Promoción Y Fomento Del Deporte. Promoción Y Fomento Del Deporte. Promoción Y Fomento Del Deporte. Plan Concertado Participación Ciudadana. Asistencia Social Primaria. Asistencia Social Primaria. Órganos De Gobierno. Asistencia Social Primaria. Funcionamiento De Centros Docentes De Enseñanza Preescolar Y Primaria Y Educación Especial. Asistencia Social Primaria. Asistencia Social Primaria. Asistencia Social Primaria. Urbanismo: Planeamiento, Gestión, Ejecución Y Disciplina Urbanística. Promoción Y Fomento Del Deporte. Promoción Y Fomento Del Deporte. Infraestructuras Del Transporte. Total 46600 48000 48000 48000 48000 48001 48001 48002 48003 48004 48004 48006 48007 48008 48009 48010 48011 48012 48013 48014 48015 48016 48030 48033 48034 48035 48036 48100 48120 48121 48900 A Otras Entidades Que Agrupen Municipios A Familias E Instituciones Sin Fines De Lucro. Ayudas De Emergencia Fiesta De La Morena Agencias De Protección De Medio Urbano Y La Femp Asociación Cultural Susurros Del Valle Asociación El Trompicón Ayudas Al Sepelio Subvención Asociación Caballos Fufos Convenio Cruz Roja Summer Fest Boncho Tour Asociación Juvenil Nexo Joven Ayudas Estudios Y/O Formación Ayudas Al Deporte: Colectivos E Individuales Club De Lucha Canaria Tazacorte Club De Fútbol Victoria Escuela Fútbol C.D Flyfox Tazacorte Ayudas Individuales Ayudas Asociaciones Ayudas A Celiacos Ayudas Técnicas Grupos Políticos Asociación Española Contra El Cáncer ( Aecs) Radio Ecca Fundación Canaria Asociación Bagañete Asociación Tercera Edad Asociación Iglesia Convenio Grafcan Y Sitcam Escuela De Padel Tazo Rallye Senderos De La Palma. Escudería Muro Racing Subvención Asociación Del Taxi 5.000,00 € 10.000,00 € 50.000,00 € 12.000,00 € 10.000,00 € 2.000,00 € 5.000,00 € 20.000,00 € 7.000,00 € 31.000,00 € 8.000,00 € 6.000,00 € 30.000,00 € 27.000,00 € 15.000,00 € 15.000,00 € 8.000,00 € 7.000,00 € 3.000,00 € 5.000,00 € 20.000,00 € 25.000,00 € 2.000,00 € 2.500,00 € 15.000,00 € 20.000,00 € 5.000,00 € 2.310,00 € 10.000,00 € 26.000,00 € 14.000,00 € 417.810,00 € CAPÍTULO V: FONDO DE CONTINGENCIA Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 24 El Capítulo V Fondo de Contingencia y Otros Imprevistos del estado de gastos fue introducido en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo y, de conformidad con dicha Orden: “Comprende este capítulo la dotación al Fondo de Contingencia al que se refiere el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que obligatoriamente han de incluir en sus presupuestos las Entidades Locales del ámbito subjetivo de los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, para la atención de necesidades imprevistas, inaplazables y no discrecionales, para las que no exista crédito presupuestario o el previsto resulte insuficiente. Las entidades locales no incluidas en aquel ámbito subjetivo aplicarán este mismo criterio en el caso de que aprueben la dotación de un Fondo de contingencia con la misma finalidad citada.” Dicho Capítulo tiene un único artículo (el art. 50 “Dotación al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria”) y un único concepto (el concepto 500 “Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria”. Art. 31 Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera”). El art. 31 de la LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera -LOEPYSF-, dispone que: “El Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo de los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales incluirán en sus Presupuestos una dotación diferenciada de créditos presupuestarios que se destinará, cuando proceda, a atender necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el Presupuesto inicialmente aprobado, que puedan presentarse a lo largo del ejercicio. La cuantía y las condiciones de aplicación de dicha dotación será determinada por cada Administración Pública en el ámbito de sus respectivas competencias.”. Para este año 2025 crédito consignado en este capítulo asciende a la cantidad de DIEZ MIL EUROS (10.000,00.-€). CAPÍTULO VI: INVERSIONES REALES El importe del capítulo VI asciende a TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (352.250,00.-€) para 2025, y se financiará con recursos propios la cantidad de 61.886,35.-€ y con una operación de crédito la cantidad de 290.363,65.-€. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 24 La información correspondiente al capítulo VI está compuesta por el Anexo de inversiones. Se acompaña como Anexo al Proyecto de Presupuesto el Plan de Inversión y su programa de financiación tal y como demanda el art. 12 del RD 500/90. Adicionalmente, el anexo de Inversiones debería recoger la totalidad de los proyectos de inversión que se prevean realizar en el ejercicio, tal y como recoge el art. 13.4 del RD 500/90, con especificación para cada uno de los proyectos de los siguientes extremos:  Código de identificación.  Denominación de proyecto.  Año de inicio y año de finalización previstos.   Tipo de financiación, determinando si se financia con recursos generales o con Importe de la anualidad. ingresos afectados.  Vinculación de los créditos asignados.  Órgano encargado de su gestión. Se presenta ordenado por Áreas presupuestarias y dentro de ellas, por programas. Examinado el Anexo de Inversiones que acompaña el Proyecto de Presupuesto General Municipal 2025, se ajusta íntegramente a este contenido y límite temporal. Programa Denominación Subconcepto Denominación Importe 1532 Pavimentación De Vías Públicas. 61900 1610 1640 326 1320 1350 3340 3420 9200 2310 2310 2311 4310 9200 9200 1330 3340 3420 Abastecimiento Domiciliario De Agua Potable. Cementerio Y Servicios Funerarios. Servicios Complementarios De Educación Seguridad Y Orden Público. Protección Civil. Promoción Cultural. Instalaciones Deportivas. Administración General. Asistencia Social Primaria. Asistencia Social Primaria. Centro Residencial Para Personas Mayores Comercio Administración General. Administración General. Ordenación Del Tráfico Y Del Estacionamiento Promoción Cultural. Instalaciones Deportivas. total CAPÍTULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. Otras Inversiones De Reposición. Pavimentación De Vías Públicas Obras De Mejora De Infraestructuras Hidráulicas 61900 61900 Otras Inversiones. Arreglos Acera 62300 Maquinaria, Instalaciones Técnicas Y Utillaje. 62300 Equipamientos Cámaras De Seguridad 62300 Maquinaria, Instalaciones Técnicas Y Utillaje. Compra De Equipos Auditorio Casa De La Cultura 62300 62300 Maquinaria Y Aparatos Gimnasio Municipal 62301 Bucle Magnético 62400 Adquisición De Vehículos Servicios Sociales 62500 Mobiliario. 62500 Mobiliario. 62500 Inversión Equipamiento Zona Comercial Sistema De Audio Y Video Para Salón De Plenos 62600 62601 Servidor 62900 Compra De Señalética, Conos, Etc.. 63200 Obras De Mantenimiento Casa De La Cultura 63200 Acondicionamiento Instalaciones Deportivas 50.000,00 € 50.000,00 € 15.000,00 € 20.000,00 € 12.500,00 € 3.000,00 € 20.000,00 € 15.000,00 € 1.750,00 € 25.000,00 € 20.000,00 € 1.200,00 € 10.000,00 € 5.800,00 € 30.000,00 € 3.000,00 € 10.000,00 € 60.000,00 € 352.250,00 € Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 24 Comprende los créditos para aportaciones por parte de la Entidad Local o de sus Organismos Autónomos, sin contrapartida directa de los agentes beneficiarios y con destino a financiar operaciones de capital. Para el ejercicio 2025 se ha dotado por importe de CINCO MIL (5.000,00.- €). CAPÍTULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS. El presente capítulo se cifra en la cantidad de TREINTA MIL EUROS (30.000,00.-€). En el concepto 83100 se ha consignado crédito para dar cobertura a los anticipos que pueda solicitar el personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de conformidad con los respectivos convenios laborales vigentes. CAPÍTULO IX: PASIVOS FINANCIEROS. En este capítulo se recoge la financiación de las entidades locales y sus organismos autónomos procedente de la emisión de Deuda Pública y de préstamos recibidos cualquiera que sea la moneda en la que estén nominados, su naturaleza y plazo de reembolso. No se ha dotado crédito alguno para el presente ejercicio. La clasificación por programa de gastos para el Presupuesto 2025, atiende al siguiente desglose, donde los Servicios Públicos Básicos alcanzan 29,44% del total del presupuesto siendo el mayor en importancia relativa; seguido de Actuaciones de Carácter General con un 28,15%; Producción de Bienes Públicos de Carácter Preferente con un 20,55%; Actuaciones de Protección y Promoción Social con un 19,58%; Actuaciones de Carácter Económico con un 2,28%; tal como se muestra en la siguiente tabla: Área de Gasto 1 2 3 4 9 Descripción SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. Total Importe 2.384.843,25 € 1.586.084,27 € 1.664.415,69 € 184.663,36 € 2.280.136,34 € 8.100.142,91 € % 29,44% 19,58% 20,55% 2,28% 28,15% Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 24 Area de Gasto SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL. PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO. ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. 30,00% 25,00% 20,00% 15,00% 10,00% 5,00% 0,00% 1 OCTAVO. - DOCUMENTOS QUE DEBEN INTEGRAR EL PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL 2025 Consta incorporado al expediente un informe de la Secretaría, en el ejercicio de la función de asistencia a la Alcaldía en cuanto a la formación del presupuesto a efectos procedimentales y formales, no materiales, de conformidad con el artículo 3.3, g) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, que enumera los documentos que deben acompañar al Presupuesto en el punto PRIMERO en los términos del artículo 168 del TRLRHL: a) Memoria suscrita por el presidente explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente. Consta incorporada la Memoria de la Alcaldía. b) Estado de Gastos e Ingresos. Clasificación Económica de Ingresos, Clasificación Económica de Gastos y Clasificación de Gastos por subprogramas con las previsiones iniciales. c) Liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del mismo, suscritas, una y otro, por el/la Interventor/a y confeccionados conforme dispone la Instrucción de Contabilidad. d) Anexo de personal de la Entidad local, en que se relacionan y valoren los puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el Presupuesto. Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 24 e) Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio, suscrito por el presidente y debidamente codificado. f) Anexo de beneficios fiscales en tributos locales conteniendo información detallada de los beneficios fiscales y su incidencia en los ingresos de cada Entidad Local. No existiendo modificaciones de ordenanzas fiscales, parece que la información no difiera de forma sustancial durante el ejercicio 2025. g) Anexo con información relativa a los convenios suscritos con las Comunidades Autónomas en materia de gasto social, con especificación de la cuantía de las obligaciones de pago y de los derechos económicos que se deben reconocer en el ejercicio al que se refiere el presupuesto general y de las obligaciones pendientes de pago y derechos económicos pendientes de cobro, reconocidos en ejercicios anteriores, así como de la aplicación o partida presupuestaria en la que se recogen, y la referencia a que dichos convenios incluyen la cláusula de retención de recursos del sistema de financiación a la que se refiere el artículo 57 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. h) Bases de Ejecución del Presupuesto. i) Anexo del Estado de Deuda con la proyección de la operación de crédito a Largo Plazo a concertar. j) Plan Estratégico de Subvenciones. Este documento se incluye con carácter general o genérico con la información que debe contener ajustada al Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte. k) Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de la efectiva nivelación del Presupuesto, en los términos del artículo 168.1.g), e) del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. los servicios y, en consecuencia, NOVENO. - MEDIDAS ADOPTADAS PARA LA EFECTIVA NIVELACIÓN DEL PRESUPUESTO. Dado que el presupuesto de gastos y el de ingresos se encuentran nivelados, se estima que los ingresos previstos, si se sigue un grado de ejecución oportuno, son suficientes para atender los gastos presupuestarios que se pretenden acometer. No obstante, hay que destacar que los conceptos de Ingresos no son sino meras previsiones, y que por tanto pudiera haber desfases entre las previsiones definitivas y los ingresos efectivos. Por lo expuesto, no se hace necesario Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 24 adoptar medidas para nivelación presupuestaria debido a las bases utilizadas en los ingresos consignados en el Presupuesto. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a la fecha de la firma electrónica. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 3TYWH2Z3PZPD55R3LAPF2QTM9 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 24