Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte MEMORIA SOBRE GASTOS DE PERSONAL. CATÁLOGO DE PUESTOS Y PLANTILLA. ANEXOS AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE. El artículo 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante TRLHL) dispone que los Presupuestos de las Entidades Locales serán elaborados por su Presidente, y a los mismos habrán de unirse para su elevación al Pleno: una memoria explicativa de su contenido, la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, el anexo de personal, el anexo de inversiones, el informe económico-financiero y las bases de ejecución. El presente anexo tiene por finalidad exponer los principales hitos del Capítulo 1, Gastos de Personal, en la Plantilla de los Empleados Públicos al servicio de esta Entidad, reflejando los cambios más transcendentes con respecto al ejercicio 2024. Para ello se han tenido en cuenta las necesidades de personal de esta Corporación para el próximo ejercicio 2025 y los acuerdos pactados con los Representantes de los Empleados Públicos, con repercusión en el Capítulo I de Gastos de Personal, en la Plantilla de Empleados Públicos anexos al citado Presupuesto, siempre desde la perspectiva de la máxima austeridad posible sin que se vea afectada la prestación de los servicios públicos. En cuanto a la plantilla y los gastos de personal, el artículo 90.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LRBRL), dispone que corresponde a cada Corporación Local aprobar anualmente, a través de sus presupuestos, la Plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. En este sentido, continúa añadiendo el párrafo segundo del citado precepto legal, que las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijan con carácter general. El proceso para su aprobación será el siguiente: En principio la aprobación de la plantilla no es objeto de negociación, dado que tiene un ámbito más reducido que la Relación de Puestos de Trabajo, pues no recoge las características esenciales del puesto, ni requisitos para su ocupación, y su finalidad es distinta, predominantemente de ordenación presupuestaria, y por ello exenta de preceptiva negociación sindical, todo ello sin perjuicio de la consulta a realizar a los representantes sindicales (STS, de 16 de noviembre de 2001). Esto es así incluso, cuando Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte la plantilla contenga amortización, transformación y creación de plazas respecto a la del ejercicio anterior (STS, de 9 de abril 2014). Esta facultad se encuentra dentro de la potestad de autoorganización de las Administraciones Públicas, al no regular aspectos concretos de las condiciones de trabajo del personal. En definitiva, la aprobación de la Plantilla Orgánica no es sino la aprobación de una partida de los presupuestos (STS 12 de diciembre de 2003). Deberá recoger los aspectos señalados en el artículo 126, del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, que señala: “1. Las plantillas, que deberán comprender todos los puestos de trabajo debidamente clasificados reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, se aprobarán anualmente con ocasión de la aprobación del Presupuesto y habrán de responder a los principios enunciados en el artículo 90.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. A ellas se unirán los antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se ajustan a los mencionados principios.” El artículo 21 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TRLRBEP) establece: «1. Las cuantías de las retribuciones básicas y el incremento de las cuantías globales de las retribuciones complementarias de los funcionarios, así como el incremento de la masa salarial del personal laboral, deberán reflejarse para cada ejercicio presupuestario en la correspondiente ley de presupuestos. 2. No podrán acordarse incrementos retributivos que globalmente supongan un incremento de la masa salarial superior a los límites fijados anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal». Las cuantías e incrementos de las retribuciones de los funcionarios, y el incremento de la masa salarial del personal laboral del sector público deben ser fijados a través de la Leyes de Presupuestos Generales del Estado (en adelante, LPGE). En octubre de 2022, la Mesa General de Negociación de la Función Pública a través del «Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI», publicado por la Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría del Estado de Función Pública, aprobó la propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública, con el apoyo de los sindicatos CCOO y UGT, siendo uno de sus puntos más destacados el incremento de retribuciones Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte del personal al servicio de las Administraciones Públicas en el periodo de tiempo comprendido entre 2022 y 2024, ; la cronología de estos incrementos pactados ha sido la siguiente: AÑO 2022 2023 2024 TOTAL INCREMENTO 3,5% 2,5% 2% 8% SALARIAL +0.5% Variable +0,5% Variable +1,5% Variable +0.5% Variable Para 2023, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (en adelante, LPGE´23) contempló en su artículo 19. Dos un incremento del 2,5% respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, el cual podría verse incrementando hasta en un punto adicional en función de dos cláusulas de revisión vinculadas al IPC y al PIB nominal. Para el año 2024, el citado Acuerdo preveía la posibilidad de establecer un incremento fijo del 2%, sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior, además de un posible incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5% -el cual tendría efectos desde el 1 de enero de 2024- si la suma de la variación del IPCA (Índice de Precios de Consumo Armonizado) de los años 2022, 2023 y 2024 superaba el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024. Ahora bien, el incremento del 2% para el ejercicio 2024, debido a la inexistencia de Ley de Presupuestos Generales del Estado se aprobó mediante Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, (art.6). Conviene tener en cuenta, además, la posibilidad de que los presupuestos generales se aprobarán en todo caso a lo largo del año 2025 -dada la situación actual de incertidumbre política-, lo que ha dado lugar a la prórroga automática de los presupuestos generales actuales. En ese caso, a partir del 1 de enero de 2025 las retribuciones del personal público quedarían congeladas, debiendo esperar a la promulgación de los nuevos PGE o de otra norma con rango de ley que acordara los incrementos retributivos (como, por ejemplo, sucedió ya en el año 2018). Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Al no disponer de un Proyecto de LPGE 2025, lo que sería conveniente es consignar crédito suficiente que permitiera hacer frente al posible incremento retributivo. Para ello, podría incluirse en el Fondo de Contingencia, capítulo V del presupuesto de gastos, «por si acaso» para financiar futuras modificaciones de crédito en el capítulo 1, de gastos de personal Atendiendo a lo expuesto, se han calculado las retribuciones del personal al servicio de esta Corporación Local para el ejercicio 2025, alcanzando la cantidad DE CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (4.352.571,66.-€), lo que representa un 53.73% del total del presupuesto municipal. El reparto de este crédito ha quedado según la siguiente estructura: GASTOS DE PERSONAL Retribuciones Básicas Y Otras Remuneraciones De Los Miembros De Los Órganos De Gobierno. Retribuciones Básicas Y Otras Remuneraciones De Personal Eventual. 100 110 Laboral Fijo. Laboral Temporal. 120 Retribuciones Básicas. 121 Retribuciones Complementarias. 130 131 143 Otro Personal. 150 Productividad. 160 Cuotas Sociales. 162 Gastos Sociales Del Personal. IMPORTE % 205.779,00 € 4,73% 21.939,96 € 0,50% 705.376,70 € 1.182.606,84 € 779.238,41 € 320.427,08 € 14.845,86 € 35.945,29 € 1.059.352,52 € 27.060,00 € 16,21% 27,17% 17,90% 7,36% 0,34% 0,83% 24,34% 0,62% 0,62% 4,73% 0,50% 24,34% 16,21% 0,83% 7,36% 0,34% 17,90% 27,17% 100 110 120 121 130 131 143 150 160 162 Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Experimenta respecto del ejercicio 2024 un crecimiento del 4,17% que se traducen en valor absoluto en CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CUARENTA CÉNTIMOS (174.364,40-€). El motivo de este crecimiento la detallaremos más adelante en este mismo documento. EUROS CON 46,27% 53,73% C1 C2-9 La evolución histórica del crédito destinado al capítulo 1, durante el periodo contemplado entre el ejercicio presupuestario 2021 y las previsiones para el año 2025, el promedio se sitúa en 3,9 millones de euros, con una tendencia al alza tal como muestra la línea de tendencia del gráfico. s e n o l l i M 5,00 4,50 4,00 3,50 3,00 2,50 2,00 1,50 1,00 0,50 0,00 2021 2022 2023 2024 2025 Credito C1 Media Lineal (Credito C1) respecto al Porcentualmente y total del presupuesto, observamos como interanualmente el peso del capítulo 1 respecto al total mengua ligeramente manteniendo un promedio, para el período contemplado del 55.78%. Por lo tanto, el presupuesto del capítulo 1 para este año está por encima de la media de años precedentes en su comparación con el total del presupuesto yal y como se muestra en el siguiente gráfico. Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte 62% 60% 58% 56% 54% 52% 50% 48% 46% 2021 2022 % C1 2023 2024 2025 Media Lineal (% C1) Este incremento del 4,17% respecto al ejercicio 2024, viene motivado por: 1. Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (con incremento de 0,5% PIB). 2. Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social. (art.6). 3. Finalización del proceso de estabilización del empleo público en base a los preceptos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. 4. Actualización de la antigüedad de la plantilla con su reflejo presupuestario pertinente. 5. Aplicación de los cambios provocados por la aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que ha supuesto la modificación del vínculo de los puestos estructurales existentes en el Ilustre Ayuntamiento de La Villa y Puerto de Tazacorte, con su correspondiente reflejo presupuestario. 6. Regularización del cálculo de la Seguridad Social, en función de los cambios producidos. Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Respecto a los créditos consignados en el capítulo 1 para retribuir los complementos específicos, complementos de productividad, gratificaciones y, en su caso, complementos personales transitorios se justifica si supera o no los límites previstos en el artículo 7 del RD 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el Régimen de las Retribuciones de los funcionarios de la Administración Local. A este respecto, las cuantías presupuestadas no superan el límite máximo establecido a este respecto, tal y como se muestra en la siguiente tabla: Concepto Masa Retributiva (A) Retribuciones Básicas (B) Complemento Destino (B) Total a Distribuir (MRG=A-B) Concepto Limite 75% Complemento Específico Limite 30% Complemento Productividad Limite 10% Gratificaciones Importe 2.379.730,37 € 705.376,70 € 272.253,94 € 1.402.099,73 € Límite 1.051.574,80 € 420.629,92 € 140.209,97 € Presupuestado Cumple 683.077,22 € SI 35.945,29 € si - € si De manera resumida, el capítulo 1 anexo de personal del Ilustre Ayuntamiento de La Villa y Puerto de Tazacorte para el ejercicio 2025, se resume conforme se refleja en las siguientes tablas: 100 110 RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. 10000 RETRIBUCIONES BÁSICAS. RETRIBUCIONES BÁSICAS Y OTRAS REMUNERACIONES DE PERSONAL EVENTUAL. 11000 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 120 RETRIBUCIONES BÁSICAS. 12000 12001 12003 12004 12006 SUELDOS DEL GRUPO A1. SUELDOS DEL GRUPO A2. SUELDOS DEL GRUPO C1. SUELDOS DEL GRUPO C2. TRIENIOS. 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS. 12100 12101 12103 12105 COMPLEMENTO DE DESTINO. COMPLEMENTO ESPECÍFICO. OTROS COMPLEMENTOS. OTROS COMPLEMENTOS 130 LABORAL FIJO. 13000 13001 13002 RETRIBUCIONES BÁSICAS. HORAS EXTRAORDINARIAS OTRAS REMUNERACIONES. 131 LABORAL TEMPORAL. 13100 13102 LABORAL TEMPORAL. OTRAS REMUNERACIONES 143 OTRO PERSONAL. 150 160 14300 PRODUCTIVIDAD. 15001 CUOTAS SOCIALES. 16000 OTRO PERSONAL GRATIFICACIONES SEGURIDAD SOCIAL. 162 GASTOS SOCIALES DEL PERSONAL. 16200 16205 16209 FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL. SEGUROS. OTROS GASTOS SOCIALES. PPTO. 2025 205.779,00 € 205.779,00 € 21.939,96 € 21.939,96 € 705.376,70 € 158.043,96 € 138.975,84 € 177.399,60 € 90.221,76 € 140.735,54 € PPTO. 2024 200.770,36 € 200.770,36 € 21.406,00 € 21.406,00 € 682.749,68 € 154.944,72 € 136.250,46 € 173.921,40 € 88.452,54 € 129.180,56 € 1.182.606,84 € 1.156.841,02 € 266.915,46 € 669.805,36 € 220.120,20 € 0,00 € 273.392,23 € 188.666,32 € 7.518,56 € 77.207,35 € 818.863,92 € 737.942,94 € 80.920,98 € 14.845,86 € 14.845,86 € 35.945,29 € 35.945,29 € 946.332,90 € 946.332,90 € 27.060,00 € 4.100,00 € 10.000,00 € 12.960,00 € 272.253,94 € 683.077,22 € 224.521,92 € 2.753,76 € 779.238,41 € 527.178,67 € 7.518,56 € 244.541,18 € 320.427,08 € 294.427,08 € 26.000,00 € 14.845,86 € 14.845,86 € 35.945,29 € 35.945,29 € 1.059.352,52 € 1.059.352,52 € 27.060,00 € 4.100,00 € 10.000,00 € 12.960,00 € DIFERENCIA 5.008,64 € 5.008,64 € 533,96 € 533,96 € 22.627,02 € 3.099,24 € 2.725,38 € 3.478,20 € 1.769,22 € 11.554,98 € 25.765,82 € 5.338,48 € 13.271,86 € 4.401,72 € 2.753,76 € 505.846,18 € 338.512,35 € - € 167.333,83 € - 498.436,84 € - 443.515,86 € - 54.920,98 € - € - € - € - € 113.019,62 € 113.019,62 € - € - € - € - € Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Las retribuciones que se presupuestan en el capítulo 1 para el ejercicio 2025 son: 1. ÓRGANOS DE GOBIERNO ÓRGANOS DE GOBIERNO Alcalde - presidente Concejal Concejal Concejal Concejal Concejal Retribuciones 47.735,91 47.735,91 44.553,56 44.553,56 44.553,56 44.553,56 2. PERSONAL EVENTUAL PERSONAL EVENTUAL Auxiliar administrativa Retribuciones 30.214,46 CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 74 señala: "Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.". Por su parte, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local determina en su artículo 90.2, párrafo primero: "2. Las Corporaciones locales formarán la relación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización, en los términos previstos en la legislación básica sobre función pública.". En el mismo orden de cosas, la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, regulador del Régimen de las Retribuciones de los funcionarios de la Administración Local, prevé: "Hasta tanto se dicten por la Administración del Estado las normas con arreglo a las cuales hayan de confeccionarse las relaciones de puestos de trabajo, la descripción de Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte los puestos de trabajo-tipo y las condiciones requeridas para su creación, los Plenos de las Corporaciones Locales deberán aprobar un catálogo de puestos a efectos de complemento específico. Mientras no estén aprobadas tales normas, los catálogos únicamente podrán ser modificados mediante acuerdo del Pleno." Por tanto, la Relación de Puestos de Trabajo, la Plantilla y el Catálogo de Puestos de Trabajo, son conceptos jurídico-laborales diferentes y que conviene delimitar con precisión. A estos efectos, podemos acudir a la sentencia del Tribunal Supremo, de 12 de diciembre de 2003, la cual señala que: “El examen de los preceptos legales contenidos en la Ley 30/1984, de 2 de agosto (Medidas de Reforma de la Función Pública)- artículos 14, 15 Y 16- de la LBRL -artículo 90 y TRDRL -artículos 126 y 127 - permite configurar en efecto las relación de puestos de trabajo y así lo ha venido haciendo la jurisprudencia (SSTS de 30-5-1993 y 8-5-1998) como el instrumento técnico a través del cual se realiza por la Administración -sea la estatal, sea la autonómica, sea la local - la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y con expresión de los requisitos exigidos para su desempeño, de modo que en función de ellas se definen las plantillas de las Administraciones Públicas y se determinan las ofertas públicas de empleo. Por ello, corresponde a la Administración la formación y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo lo que, como es natural, es extensivo a su modificación. Por tanto, la confección de las relaciones de puestos de trabajo por la Administración y la consiguiente catalogación de éstos se configura como un instrumento de política de personal, atribuido a la Administración al más alto nivel indicado, de acuerdo con las normas de derecho administrativo, que son las que regulan tanto el proceso de confección y aprobación como el de su publicidad. Así pues, la relación de puestos de trabajo, incluyendo las modificaciones que en ella pueden efectuarse, es un acto propio de la Administración que efectúa en el ejercicio de sus potestades organizativas. Por su parte, las plantillas de personal se pueden configurar como un instrumento de carácter más bien financiero o presupuestario de ordenación del gasto que constituye los puestos -o mejor plazas- que están dotados una enumeración de todos presupuestariamente, debiendo incluir tanto a los funcionarios como al personal laboral y eventual, cuya finalidad es delimitar los gastos de personal al relacionar todos los que prevé para un ejercicio presupuestario siendo la base para habilitar la previsión de gastos en materia de personal y consignar los créditos necesarios para hacer frente a las retribuciones en materia de personal, hasta el extremo de que su aprobación y modificación está estrechamente ligada a la aprobación y modificación del presupuesto de la Corporación en el ámbito local. Esa finalidad y conexión presupuestaria de la plantilla, que se manifiesta en la necesidad de que la misma respete los principios de racionalidad, economía y se configure de acuerdo con la ordenación general de la economía, así como en la prohibición de que los gastos de personal traspasen los límites que se fijen con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado (…)”. Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Asimismo, la Sentencia del Tribunal Supremo, de 17 de julio de 2012, indica que: “(…) A este respecto, en relación con la RPT hemos dicho en la Sentencia de 20 de octubre de 2008, que este instrumento, al tener carácter excluyente de otros para configurar dicho contenido, vincula a las Plantillas Orgánicas, que tienen un marcado carácter presupuestario”. En definitiva, la aprobación de la Plantilla Orgánica no es sino la aprobación de una partida de los presupuestos, que podrá prever un número de funcionarios menor que el establecido en la Relación de Puestos de Trabajo (al existir por ejemplo vacantes que por motivos presupuestarios se decida no cubrir), pero que no puede contradecir en el contenido, naturaleza y número máximo de plazas, a las previsiones contempladas en la Relación de Puestos de Trabajo. No se trata, pues, de un vacío requisito formalista, sino de una exigencia sustantiva dirigida a hacer factible en términos económicos la Plantilla durante el ejercicio anual al que está referida, por lo que bastará para ello, que en la fecha de inicio de ese ejercicio esté aprobada la dotación presupuestaria correspondiente a dicha Plantilla. Y puede añadirse que esa exigencia de la dotación presupuestaria tiene sentido para los puestos de trabajo cuya continuidad se disponga o apruebe, pero no así para los que hayan sido objeto de supresión. En definitiva, la Relación de Puestos de Trabajo constituye el elemento objetivo de la organización, configurador de la relación de servicios y de las necesidades organizativas objetivadas en un momento dado, y la Plantilla conforma el elemento subjetivo, comprensivo de los efectivos de personal agrupados por régimen jurídico y en su caso, Escalas, Sub- escalas, Clases y Categorías. En cuanto a la denominación y número de las plazas de la Plantilla de este Ayuntamiento, se reflejan en el Anexo I que acompaña a este documento. El Catálogo de Puestos de Trabajo, que forma parte, junto con la Plantilla, del Anexo de Personal del Presupuesto General para 2025 de este Ayuntamiento, ha sufrido modificaciones respecto del aprobado en el ejercicio precedente. Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte 1.- VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO Aplicación 1300 2310 2312 9200 9231 9340 A) PERSONAL FUNCIONARIO Puesto Grupo Vacantes SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO Cabo Policía Local Policía Local ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA Auxiliar administrativo ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA Trabajador social ADMINISTRACIÓN GENERAL Secretario-a (HN) Técnico/a de administración general Relaciones Laborales Auxiliar administrativo INFORMACIÓN BÁSICA Y ESTADÍSTICA Interventor/a (HN) Técnico medio GESTIÓN DE LA DEUDA Y LA TESORERÍA Tesorero-a TOTAL C1 C1 C2 A2 A1 A1 A2 C2 A1 A2 A1 1 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1 12 B) PERSONAL LABORAL FIJO Aplicación Puesto 2311 RESIDENCIA DE MAYORES Enfermero-a TOTAL Grupo II Vacantes 1 1 Aplicación 2311 3400 C) PERSONAL LABORAL Puesto RESIDENCIA DE MAYORES Cocinero ADMINISTRACIÓN GENERAL DE DEPORTES Socorrista TOTAL Grupo Vacantes X X 1 1 2 Por tanto y atendiendo a los antecedentes en el Presupuesto municipal vigente, en las partidas correspondientes al Capítulo I del estado de gastos, existe consignación suficiente y adecuada Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte para atender las obligaciones económicas que se derivan de la plantilla, que conlleva la propuesta formulada por la Alcaldía- Presidencia. En consideración a lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se eleva la presente Memoria, los gastos derivados del Capítulo de Personal de Empleados Públicos al servicio de este Ayuntamiento, con el fin de que tenga a bien unirla al contenido del Presupuesto General y del Anexo de Personal, continuando con la tramitación del Expediente administrativo prevista. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte PLANTILLA DE PERSONAL 2025 FUNCIONARIOS 1320 SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR CABO POLICÍA POLICÍA LOCAL 1510 URBANISMO ARQUITECTO TÉCNICO SUPERIOR APAREJADOR C1 C1 1 8 1 2 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR A1 A1 A2 1 1 1 2310 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR ADMINISTRATIVO C2 1 1 2311 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR TRABAJADOR-A SOCIAL A2 1 2312 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR TRABAJADOR-A SOCIAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO A2 C2 3 1 1 2313 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR TRABAJADOR-A SOCIAL 2410 FOMENTO DEL EMPLEO A2 1 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL A2 1 3300 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE CULTURA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR ADMINISTRATIVO C1 1 3400 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE DEPORTES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR ADMINISTRATIVO C1 1 4320 INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR ADMINISTRATIVO C2 2 9120 ÓRGANOS DE GOBIERNO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR ADMINISTRATIVO C2 1 9200 ADMON.GENERAL CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR SECRETARIA GENERAL TÉCNICO/SECRETARÍA TÉCNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL RELACIONES LABORALES ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO A1 A1 A1 A2 C1 C2 1 1 2 1 1 3 1 1 1 1 9231 GESTIÓN PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR ADMINISTRATIVA C1 1 9310 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR INTERVENTOR/A A1 1 1 Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte TECNICO-A INTERVENCIÓN TÉCNICO MEDIO ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO A1 A2 C1 C2 1 1 1 2 1 9340 GESTIÓN DEUDA Y TESORERÍA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR TESORERO A1 TOTAL 1 42 1 12 1510 URBANISMO, PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR PERSONAL LABORAL FIJO DELINEANTE OFICIAL 1ª OFICIAL 2ª ENCARGADO GENERAL ENCARGADO ELECTRICIDAD IV VIII VIII IV VIII 1 1 1 1 1 1621 RECOGIDA DE RESIDUOS CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR PEÓN DE LIMPIEZA 1630 LIMPIEZA VIARIA PEÓN LIMPIEZA 1640 CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS CAPATAZ/SEPULTURERO PEÓN DE CEMENTERIO 1710 JARDINES JARDINERO X 1 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR X VIII X 6 1 1 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR VIII 1 2310 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR DE ENFERMERÍA 2311 RESIDENCIA DE MAYORES AUXILIAR DE ENFERMERÍA COCINERO/A ENFERMERO/A X 2 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR X X II 7 1 1 1 2312 PLAN CONCERTADO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO IX 2 3230 EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR OFICIAL 1ª 3340 MUSICOS PROFESOR DE MÚSICA 3321 BIBLIOTECAS PÚBLICAS BIBLOTECARIA VIII 1 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR III 2 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR VIII 1 3400 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE DEPORTES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR SOCORRISTA TÉCNICO X X 1 1 Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte TOTAL 34 1 1510 URBANISMO PEÓN DE OBRA 1630 LIMPIEZA VIARIA PEÓN LIMPIEZA PERSONAL LABORAL CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR X 1 CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR X 4 2310 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR DE ENFERMERÍA IX 4 2311 RESIDENCIA DE MAYORES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR DE ENFERMERÍA COCINERA IX IX 4 1 1 2312 PLAN CONCERTADO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO IX 2 3330 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR CUIDADORA IX 3 3400 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEPORTES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR SOCORRISTA X TOTAL 1 18 1 2 Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 16 Iltre. Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Memoria del Capítulo 1 Proyecto de Presupuesto 2025 Cód. Validación: AEX3X5KZ6PED5P4T579XQC453 Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 16