C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 1 DOÑA ISABEL DE LAS NIEVES PÉREZ MARTÍN, SECRETARIA ACCIDENTAL DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE, EN LA ISLA DE LA PALMA, PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, CERTIFICO: Que de los documentos obrantes en las oficinas a mi cargo, resulta que el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de agosto de 2025, se ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo: 1.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 4/2025 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE APLICACIONES DE GASTOS DE DISTINTA ÁREA DE GASTO. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, Hacienda y Presupuestos, de fecha 8 de agosto de 2025, cuyo tenor literal es el siguiente: “1.- MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 4/2025 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE APLICACIONES DE GASTOS DE DISTINTA ÁREA DE GASTO. Visto el Informe de la Intervención Municipal, emitido con fecha 24 de julio de 2025, cuyo tenor literal es el siguiente: “Expediente: 498/2025 Informe de Intervención (Asunto: Modificación de créditos en la modalidad de transferencia de créditos) INFORME DE CONTROL PERMANENTE PREVIO DE MODIFICACIONES DE CRÉDITO Esta Intervención, en virtud de las atribuciones de control citadas y establecidas en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y desarrolladas por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; y en atención a las facultades recogidas en el artículo 4.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emito el siguiente INFORME PRIMERO. Las modificaciones presupuestarias son los cambios en cuantía, finalidad o temporalidad de los créditos inicialmente aprobados en los presupuestos de las entidades locales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 12 ISABEL DE LAS NIEVES PEREZ MARTIN (1 de 2) Secretaria Accidental Fecha Firma: 13/08/2025 HASH: 6fa1e64d3d30ea0dbfdac4ea9d99c5f1 DAVID RUIZ ALVAREZ (2 de 2) Alcalde Fecha Firma: 13/08/2025 HASH: 90245158085852ff809bbef3e949eb95 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 2 diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, las modificaciones de crédito que podrán ser realizadas en los presupuestos de gastos de la Entidad y de sus Organismos autónomos son los siguientes: • Créditos extraordinarios. • Suplementos de créditos. • Ampliaciones de crédito. • Transferencias de crédito. • Generación de créditos por ingresos. • Incorporación de remanentes de crédito. • Bajas por anulación. SEGUNDO. La legislación aplicable es la siguiente: • Los artículos 179 y 180 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. • Los artículos 40 a 42 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuesto. • Orden EHA/3565/2008 de 3 de diciembre por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades Locales. • Base 13ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2024 prorrogado para el año 2025. TERCERO. El expediente que se propone para su aprobación versa sobre una modificación del Presupuesto vigente mediante transferencia de crédito por un importe total de 1.694.857,89 euros. CUARTO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ante la necesidad inmediata de actuación para modificar los créditos, dado que cabe efectuar transferencias de créditos de otras aplicaciones de gastos del Presupuesto vigente no comprometidas pertenecientes a distinta área de gasto, con fecha 18 de octubre de 2024 se incoó expediente de modificación de créditos. Las bases de ejecución del presupuesto regulan el régimen de transferencias estableciendo el órgano competente para autorizarlas, siendo en el presente caso Base 13ª. Así las cosas, el expediente de modificación presupuestaria bajo la modalidad de transferencia de crédito Número: M.25.0.00004 entre las aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas pertenecientes a distinta área de gasto será la siguiente: Transferencias en aplicaciones de gastos Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 3 Aplicación Presupuestaria Descripción Créditos Iniciales Transfe- rencia de Créditos Créditos Finales Progr. Económica 1720 61900 Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes /Protección y mejora del medio ambiente 445.837,56 200.000,00 245.837,56 (Proyecto 23.3.0000077) 4312 60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general/Mercados, abastos y lonjas 685.020,00 200.000,00 885.020,00 (Proyecto 23.3.0000077) 4320 22699 Otros gastos diversos/Información y promoción turística 240.565,00 213.080,00 27.485,00 (Proyecto 23.3.0000077) 1720 60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general / Protección y mejora del medio ambiente 323.435,33 213.080,00 536.515,33 (Proyecto 23.3.0000077) TOTAL GASTOS 1.694.857,89 1.694.857,89 QUINTO. Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica. Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 4 SEXTO. Por último y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 180 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo y 41 del Real Decreto 500/1990, de 2 de abril, esta intervención ha comprobado que las transferencias de crédito cumplen con las limitaciones establecidas, esto es: • No afectan a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio. • No minoran los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de Presupuestos cerrados (salvo que afecten a créditos de personal). • No incrementan créditos que como consecuencia de otras transferencias hayan sido objeto de minoración (salvo que afecten a créditos de personal). No obstante, las anteriores limitaciones no afectarán a las transferencias de crédito que se refieran a los programas de imprevistos y funciones no clasificadas ni serán de aplicación cuando se trate de créditos modificados como consecuencia de reorganizaciones administrativas aprobadas por el Pleno. SÉPTIMO. Que la modificación presupuestaria, está estructurada y adaptada a lo previsto en la Orden EHA 3565/2008, de 3 de diciembre de 2008, por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo. Tal y como queda reflejado, la aplicación presupuestaria se ha definido, al menos, por la conjunción de las clasificaciones por programas y económica, a nivel de grupos de programas y concepto, respectivamente. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en las bases de ejecución del Presupuesto, en los créditos del estado de gastos y respecto a la Clasificación por Programas, el nivel de vinculación jurídica es, como mínimo, a nivel de Área de Gasto, y respecto a la Clasificación económica es, como mínimo, el de Capítulo, cumpliendo lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 500/1990 para los niveles de vinculación. OCTAVO. Asimismo y, de conformidad con la normativa vigente en materia presupuestaria, el presupuesto está sometido a unas reglas básicas que determinan su contenido, ámbito temporal así como determinados aspectos del mismo, los llamados principios presupuestarios. Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 5 Tal y como se desprende de este informe así como de la documentación que obra en expediente, entre los citados principios, que se cumplen en su totalidad, cabría destacar los siguientes: • El principio de universalidad, pues el presupuesto ha de recoger la totalidad de los ingresos y de los gatos de la entidad. • El principio de presupuesto bruto en su vertiente contable del principio de universalidad, pues las aplicaciones presupuestarias aparecen por su valor bruto, sin minoraciones. • El principio de unidad presupuestaria pues toda la actividad de la entidad queda recogida en un único estado de ingresos y gastos. • El principio de anualidad, pues el presupuesto se refiere al año natural. • El principio de equilibrio presupuestario, pues los gastos presupuestarios financian a los ingresos públicos, sin existir déficit inicial. • El principio de Desafectación, pues los ingresos se destinan a financiar la totalidad de los gastos, sin que, en general, se vinculen determinados gastos a determinados ingresos, salvo en el caso de ingresos específicos afectados a fines determinados. Siendo el resultado del control permanente previo del expediente FAVORABLE. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a la fecha de la firma. El Interventor Accidental, Fdo.: Juan Antonio Martín Pérez Documento firmado electrónicamente” Visto el Informe-Propuesta de Secretaría, emitido con fecha 24 de julio de 2025, cuyo tenor literal es el siguiente: “Expte: 498/2025 Informe Propuesta de Secretaría (Asunto: Informe de Propuesta de Secretaria de una modificación presupuestaria en la modalidad de transferencia de créditos) INFORME-PROPUESTA DE SECRETARÍA En relación con el expediente relativo a la Modificación de crédito en la modalidad de transferencias de crédito de otras aplicaciones de gastos del Presupuesto vigente no comprometidas pertenecientes a distinta área de gasto y en cumplimiento de la Providencia de Alcaldía, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 6 Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Mediante Providencia de Alcaldía de fecha 23 de julio de 2025 se incoó expediente mediante la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto. SEGUNDO. Con fecha 23 de julio de 2025, se remitió Memoria de Alcaldía en la que se especificaba la modalidad de modificación a realizar. TERCERO. Con fecha 23 de julio de 2025, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir en relación con este asunto. CUARTO. Con fecha 23 de julio de 2025, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía y con fecha 23 de julio se elaboró informe de Intervención sobre el cálculo de la Estabilidad Presupuestaria. LEGISLACIÓN APLICABLE — Los artículos 179 y 180 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. — El artículo 16 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — Los artículos 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — Los artículos 42, 173 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. — Los artículos 21.1.f), 22.2.e) y 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — Los artículos 40 a 42 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos. — El Reglamento (UE) N.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 7 — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).6.º del Real Decreto Legislativo 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. — Base 13ª de las de ejecución del Presupuesto 2024 prorrogado para el año 2025. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en las bases de ejecución del Presupuesto. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos N.º: M.25.0.0004, con la modalidad de transferencias de crédito de aplicaciones de gasto de la misma área o que afecten a bajas y altas de aplicaciones de personal, de acuerdo al siguiente detalle: Transferencias en aplicaciones de gasto Aplicación Presupuestaria Descripción Créditos Iniciales Transfe- rencia de Créditos Créditos Finales Progr. Económica 1720 61900 Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes /Protección y mejora del medio ambiente 445.837,56 200.000,00 245.837,56 (Proyecto 23.3.0000077) 4312 60900 Otras inversiones 685.020,00 200.000,00 885.020,00 Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 8 (Proyecto 23.3.0000077) nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general/Mercados, abastos y lonjas 4320 22699 Otros gastos diversos/Información y promoción turística 240.565,00 213.080,00 27.485,00 (Proyecto 23.3.0000077) 1720 60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general / Protección y mejora del medio ambiente 323.435,33 213.080,00 536.515,33 (Proyecto 23.3.0000077) TOTAL GASTOS 1.694.857,89 1.694.857,89 Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica. La necesidad inmediata de actuación para modificar los créditos vinculados al Plan de Sostenibilidad Turística en Destino del proyecto Tazacorte Mar y Lava, se debe a que este plan pretende poner en valor el litoral del municipio vinculado a las nuevas fajanas volcánicas y, en este sentido, ha sido imposible la puesta en marcha de dichas acciones porque actualmente las nuevas fajanas se encuentran dentro de una zona de exclusión por seguridad debido a los gases todavía existentes en la zona como consecuencia de la erupción volcánica. Además, la gestión en zona de coladas todavía es una incertidumbre debido a la intención de zonas de protección de dichas coladas. Estas modificaciones fueron aprobadas en la sesión de la Comisión bilateral entre el Gobierno de Canarias y la Secretaría de Estado de Turismo (SETUR), celebrada el 9 de abril de 2025, para el seguimiento del Plan Territorial de Canarias, en sus anualidades 2021, 2022 y 2023 y en el que se integran los respectivos Planes de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) y las Actuaciones de Cohesión de Destinos (ACD). Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 9 SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por quince días hábiles, durante los cuales los/as interesados/as pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a la fecha de la firma. La Secretaria Accidental, Fdo: Isabel de las Nieves Pérez Rodríguez. Documento firmado electrónicamente” (…) No suscitando más debate el asunto, la Comisión Informativa Especial de Cuentas, Hacienda y Presupuestos, por tres votos a favor, dos del Grupo Municipal Mixto y uno del Grupo Municipal Socialista-PSOE y dos abstenciones del Grupo Municipal Nueva Canarias, acuerda elevar el siguiente dictamen al Pleno de la Corporación: PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos N.º: M.25.0.0004, con la modalidad de transferencias de crédito de aplicaciones de gasto de la misma área o que afecten a bajas y altas de aplicaciones de personal, de acuerdo al siguiente detalle: Transferencias en aplicaciones de gasto Aplicación Presupuestaria Descripción Créditos Iniciales Transfe- rencia de Créditos Créditos Finales Progr. Económica 1720 61900 Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes /Protección y mejora del medio ambiente 445.837,56 200.000,00 245.837,56 (Proyecto 23.3.0000077) 4312 60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general/Mercados, abastos y lonjas 685.020,00 200.000,00 885.020,00 (Proyecto 23.3.0000077) 4320 22699 Otros gastos 240.565,00 213.080,00 27.485,00 Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 10 (Proyecto 23.3.0000077) diversos/Información y promoción turística 1720 60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general / Protección y mejora del medio ambiente 323.435,33 213.080,00 536.515,33 (Proyecto 23.3.0000077) TOTAL GASTOS 1.694.857,89 1.694.857,89 Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica. La necesidad inmediata de actuación para modificar los créditos vinculados al Plan de Sostenibilidad Turística en Destino del proyecto Tazacorte Mar y Lava, se debe a que este plan pretende poner en valor el litoral del municipio vinculado a las nuevas fajanas volcánicas y, en este sentido, ha sido imposible la puesta en marcha de dichas acciones porque actualmente las nuevas fajanas se encuentran dentro de una zona de exclusión por seguridad debido a los gases todavía existentes en la zona como consecuencia de la erupción volcánica. Además, la gestión en zona de coladas todavía es una incertidumbre debido a la intención de zonas de protección de dichas coladas. Estas modificaciones fueron aprobadas en la sesión de la Comisión bilateral entre el Gobierno de Canarias y la Secretaría de Estado de Turismo (SETUR), celebrada el 9 de abril de 2025, para el seguimiento del Plan Territorial de Canarias, en sus anualidades 2021, 2022 y 2023 y en el que se integran los respectivos Planes de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) y las Actuaciones de Cohesión de Destinos (ACD). SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por quince días hábiles, durante los cuales los/as interesados/as pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.” (…) Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 11 No suscitando más debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por seis votos a favor, tres del Grupo Municipal Socialista-PSOE y tres del Grupo Municipal Mixto y cuatro abstenciones del Grupo Municipal Nueva Canarias: PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de créditos N.º: M.25.0.0004, con la modalidad de transferencias de crédito de aplicaciones de gasto de la misma área o que afecten a bajas y altas de aplicaciones de personal, de acuerdo al siguiente detalle: Transferencias en aplicaciones de gasto Aplicación Presupuestaria Descripción Créditos Iniciales Transfe- rencia de Créditos Créditos Finales Progr. Económica 1720 61900 Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes /Protección y mejora del medio ambiente 445.837,56 200.000,00 245.837,56 (Proyecto 23.3.0000077) 4312 60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general/Mercados, abastos y lonjas 685.020,00 200.000,00 885.020,00 (Proyecto 23.3.0000077) 4320 22699 Otros gastos diversos/Información y promoción turística 240.565,00 213.080,00 27.485,00 (Proyecto 23.3.0000077) 1720 60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general / Protección y mejora del medio ambiente 323.435,33 213.080,00 536.515,33 (Proyecto 23.3.0000077) TOTAL GASTOS 1.694.857,89 1.694.857,89 Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 12 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 12 Esta modificación del Presupuesto Municipal no altera la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica. La necesidad inmediata de actuación para modificar los créditos vinculados al Plan de Sostenibilidad Turística en Destino del proyecto Tazacorte Mar y Lava, se debe a que este plan pretende poner en valor el litoral del municipio vinculado a las nuevas fajanas volcánicas y, en este sentido, ha sido imposible la puesta en marcha de dichas acciones porque actualmente las nuevas fajanas se encuentran dentro de una zona de exclusión por seguridad debido a los gases todavía existentes en la zona como consecuencia de la erupción volcánica. Además, la gestión en zona de coladas todavía es una incertidumbre debido a la intención de zonas de protección de dichas coladas. Estas modificaciones fueron aprobadas en la sesión de la Comisión bilateral entre el Gobierno de Canarias y la Secretaría de Estado de Turismo (SETUR), celebrada el 9 de abril de 2025, para el seguimiento del Plan Territorial de Canarias, en sus anualidades 2021, 2022 y 2023 y en el que se integran los respectivos Planes de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) y las Actuaciones de Cohesión de Destinos (ACD). SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, por quince días hábiles, durante los cuales los/as interesados/as pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Y para que así conste, haciendo la salvedad, conforme prescribe el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2568/1986, de 28 de Noviembre, que la presente certificación en relación al acuerdo plenario, se expide a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente, Don David Ruiz Álvarez, en la Villa y Puerto de Tazacorte, a la fecha de la firma. VºBº EL ALCALDE, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 3WENP3EDEZJZRXW4AFGHCCF2D Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 12