Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, Número 151, Viernes 16 de diciembre de 2022 22319 ANUNCIO 4719 236482 Expte. 3269/2022, Mediante el presente, para general conocimiento, se hace público que por el Sr. Alcalde se dictó el Decreto 2022-0477 de fecha 12 de diciembre de 2022, del siguiente tenor literal: DECRETO.- RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL ADVERTIDO EN EL DECRETO 2022-0464 RELATIVO A LA APROBACIÓN DE LAS BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO (GRUPO IX) EN EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE. Visto la Resolución de Alcaldía de fecha 2 de diciembre de 2022, que consta en el libro de Decretos con el n% 2022-0464 con la misma fecha, relativa a LAS BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO (GRUPO IX) EN EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE, publicadas por el BOP de Santa Cruz de Tenerife n0 148, en fecha 9 de diciembre de 2022. Habiéndose producido un error material entre los apartados de Calificación definitiva y Publicidad de la citada Resolución, a la vista del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde dice que “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”, se indica que: Debe añadirse la siguiente Base: “FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE EMPLEO: Los aspirantes que no hayan sido elegidos una vez finalizado el proceso de selección pasarán a formar parte de una bolsa de empleo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir la vacante temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente. Ocuparán el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado. El funcionamiento de la Bolsa de Empleo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y el principio de no discriminación. La Bolsa de Empleo tendrá una vigencia de cuatro (4) años. En caso de necesidad, antes de la finalización del período de vigencia, el Ayuntamiento podrá acordar la prórroga de la misma por un (1) año más.” Vistas las atribuciones que me confiere la legislación vigente y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con esta fecha, HE RESUELTO: 1% Que se proceda a rectificar el error material detectado en el Decreto n% 2022- 0464, de fecha 2 de diciembre de 2022, por el que se aprueban LAS BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO (GRUPO IX) EN EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE, el cual quedará como se transcribe a continuación: