Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 156, Viernes 26 de diciembre de 2025 30660 TAZACORTE ANUNCIO 5753 245843 Expte. 2827/2025 Por el presente se hace público que mediante Resolución de Alcaldía de fecha 22 de diciembre de 2025, que consta en el Libro de Decretos con el nº 2025-1058, se ha resuelto aprobar la Oferta de Empleo Público de 2025, del Ilustre Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, siendo el tenor literal de la parte resolutiva del mismo, el que a continuación se transcribe: “PRIMERO.- Aprobar la Oferta de Empleo Público para el presente ejercicio 2025 del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, que a continuación se detalla: 1.- FUNCIONARIOS DE CARRERA: DENOMINACIÓN: ARQUITECTO Nº PLAZAS: 1 ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL SUBESCALA: A1 PROMOCIÓN LIBRE. DENOMINACIÓN: TÉCNICO MEDIO Nº PLAZAS: 1 ESCALA: ADMINISTRACIÓN GENERAL SUBESCALA: A2 PROMOCIÓN INTERNA DENOMINACIÓN: AGENTE DE LA POLICIA LOCAL Nº PLAZAS: 3 ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL SUBESCALA: C1 PROMOCIÓN LIBRE. DENOMINACIÓN: AGENTE DE LA POLICIA LOCAL. Nº PLAZAS: 1 ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL SUBESCALA: C1 CONCURSO TRASLADO SEGUNDO.- Publicar la Oferta de Empleo Público en el Tablón de anuncios de la Corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. TERCERO.- Las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 156, Viernes 26 de diciembre de 2025 30661 CUARTO.- Con carácter potestativo y previo al recurso contencioso administrativo, contra la presente resolución se podrá interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN, ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 123 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso potestativo de reposición será de UN MES, conforme al art. 124.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, RECURSO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo establecido en el art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en concordancia con el art. 114,c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si usted optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.” Lo que se hace público para general conocimiento. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. EL ALCALDE, David Ruiz Álvarez, documento firmado electrónicamente.