PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte MEMORIA SOBRE GASTOS DE PERSONAL. CATÁLOGO DE PUESTOS Y PLANTILLA. ANEXOS AL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE TAZACORTE CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2022. JUAN MIGUEL RODRIGUEZ ACOSTA (1 de 1) Alcalde Fecha Firma: 16/06/2022 HASH: 881cd2d437f62f55e2c092313ad36f50 El presente anexo tiene por finalidad exponer los principales hitos del Capítulo 1, Gastos de Personal, en la Plantilla de los Empleados Públicos al servicio de esta Corporación Local, reflejando los cambios más transcendentes con respecto al ejercicio anterior. Para ello se han tenido en cuenta las necesidades de personal de esta Corporación para el año 2022 y los acuerdos pactados con los Representantes de los Empleados Públicos, con repercusión en el Capítulo I de Gastos de Personal, en la Plantilla de Empleados Públicos anexos al citado Presupuesto; siempre desde la perspectiva de la máxima austeridad posible sin ver perjudicada la prestación de los servicios públicos. El artículo 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante TRLHL) dispone que los Presupuestos de las Entidades Locales serán elaborados por su Presidente, y a los mismos habrán de unirse para su elevación al Pleno: una memoria explicativa de su contenido, la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, el anexo de personal, el anexo de inversiones, el informe económico-financiero y las bases de ejecución. En cuanto a la plantilla y los gastos de personal, el artículo 90.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LBRL), dispone que corresponde a cada Corporación Local aprobar anualmente, a través de sus presupuestos, la Plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. En este sentido, continúa añadiendo el párrafo segundo del citado precepto, las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijan con carácter general. El proceso para su aprobación será el siguiente: 1º) En principio la aprobación de la plantilla no es objeto de negociación, dado que tiene un ámbito más reducido que la Relación de Puestos de Trabajo, pues no recoge las características esenciales del puesto, ni requisitos para su ocupación, y su finalidad es distinta, predominantemente de ordenación presupuestaria, y por ello exenta de preceptiva negociación sindical, todo ello sin perjuicio de la consulta a realizar a los representantes sindicales (STS 16 de noviembre de 2001). Esto es así incluso, cuando la plantilla contenga amortización, transformación y creación de plazas respecto a la del ejercicio anterior (STS de 9 de abril 2014). 1 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte 2º) Esta facultad se encuentra dentro de la potestad de autoorganización de las Administraciones Públicas, al no regular aspectos concretos de las condiciones de trabajo del personal. En definitiva, la aprobación de la Plantilla Orgánica no es sino la aprobación de una partida de los presupuestos (STS 12 de diciembre de 2003). 3º) Deberá recoger los aspectos señalados en el artículo 126 de Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, que señala: 1. Las plantillas, que deberán comprender todos los puestos de trabajo debidamente clasificados reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, se aprobarán anualmente con ocasión de la aprobación del Presupuesto y habrán de responder a los principios enunciados en el artículo 90.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. A ellas se unirán los antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se ajustan a los mencionados principios. En relación con la propuesta de la alcaldía respecto a la Plantilla del Personal del Ayuntamiento de Tazacorte, debe ser objeto de negociación con la representación sindical, de conformidad con el artículo 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el que precisa que deben ser objeto de negociación las decisiones de las Administraciones Públicas que puedan tener consecuencias sobre las condiciones del trabajo. Consta Acta de la Mesa General de Negociación. Debemos recordar que las plantillas de personal se configuran como un instrumento de carácter más bien financiero o presupuestario de ordenación del gasto que constituye una enumeración de todos los puestos -o mejor plazas- que están dotados presupuestariamente, debiendo incluir tanto a los funcionarios como al personal laboral y eventual, cuya finalidad es delimitar los gastos de personal al relacionar todos los que prevé para un ejercicio presupuestario siendo la base para habilitar la previsión de gastos en materia de personal y consignar los créditos necesarios para hacer frente a las retribuciones en materia de personal, hasta el extremo de que su aprobación y modificación está estrechamente ligada a la aprobación y modificación del presupuesto de la Corporación en el ámbito local. Esta conexión de la plantilla con el presupuesto, se manifiesta en la necesidad de que la misma respete los principios de racionalidad, economía, además de estar sujeta a las limitaciones que se fijen con carácter con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, en su artículo 19.dos, expone literalmente: en el año 2022, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2021, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a 2 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Los gastos de acción social no podrán incrementarse, en términos globales, respecto a los de 2021. A este respecto, se considera que los gastos en concepto de acción social son beneficios, complementos o mejoras distintos a las contraprestaciones por el trabajo realizado cuya finalidad es satisfacer determinadas necesidades consecuencia de circunstancias personales del citado personal al servicio del sector público. Es necesario hacer referencia en este punto a lo establecido en el apartado 7, ya que se ha aprobado la Relación de Puestos de Trabajo Lo dispuesto en los apartados anteriores debe entenderse sin perjuicio de las adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo. El punto 8 de la misma norma expone “los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivos superiores a los fijados en este artículo deberán experimentar la oportuna adecuación, deviniendo inaplicables las cláusulas que se opongan al mismo”. Estas circunstancias son las tenidas en cuenta a la hora de prever los gastos de personal para el ejercicio 2022. 1. GASTOS DE PERSONAL. En cumplimiento de esta previsión, las retribuciones del personal al servicio de esta Corporación Local para el ejercicio 2022, se han calculado teniendo en cuenta los establecido en la ley 22/2021 de presupuestos generales del estado para 2022, siendo el gasto total del Capítulo de personal para el ejercicio d TRES MILLONES SEISCINETOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TRECE EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (3.642.213,60-€) Experimenta respecto del ejercicio anterior, un incremento del 4,39% cuantificándose en 153.084,12.-€, motivado por:  La adecuación de las retribuciones del personal a lo establecido en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.  La incorporación de nuevos trienios en los trabajadores.  La adecuación de las cotizaciones a la seguridad social  La creación de dos nuevas plazas: o Enfermero/a para la residencia de mayores o Trabajadora/a social Se detalla a continuación las retribuciones de los miembros corporativos: 3 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Cargo Retribuciones bruta anuales € Alcalde - Presidente 42.202,89 € Concejal 42.202,89 € Concejal 39.389,27 € Concejal 39.389,27 € Concejal 37.138.50 € Concejal 37.138.50 € Concejal 37.138.50 € Se detalla a continuación las retribuciones del personal laboral: Cargo Retribuciones bruta anuales € Auxiliar Administrativa 21.738,26 € CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO El RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 74 señala: "Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos. " Por su parte, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local determina en su artículo 90.2, párrafo primero: "2. Las Corporaciones locales formarán la relación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización, en los términos previstos en la legislación básica sobre función pública.". En el mismo orden de cosas, la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, regulador del Régimen de las Retribuciones de los funcionarios de la Administración Local prevé: "Hasta tanto se dicten por la Administración del Estado las normas con arreglo a las cuales hayan de confeccionarse las relaciones de puestos de trabajo, la descripción de los puestos de 4 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte trabajo-tipo y las condiciones requeridas para su creación, los Plenos de las Corporaciones Locales deberán aprobar un catálogo de puestos a efectos de complemento específico. Mientras no estén aprobadas tales normas, los catálogos únicamente podrán ser modificados mediante acuerdo del Pleno." Por tanto, la Relación de Puestos de Trabajo, la Plantilla y el Catálogo de Puestos de Trabajo, son conceptos jurídico-laborales diferentes y que conviene delimitar con precisión. A estos efectos, podemos acudir a la sentencia del Tribunal Supremo, de 12 de diciembre de 2003, la cual señala que: “El examen de los preceptos legales contenidos en la Ley 30/1984, de 2 de agosto (Medidas de Reforma de la Función Pública)- artículos 14, 15 Y 16- de la LBRL - artículo 90 y TRDRL -artículos 126 y 127 - permite configurar en efecto las relación de puestos de trabajo y así lo ha venido haciendo la jurisprudencia (SSTS de 30-5-1993 y 8-5-1998) como el instrumento técnico a través del cual se realiza por la Administración -sea la estatal, sea la autonómica, sea la local - la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y con expresión de los requisitos exigidos para su desempeño, de modo que en función de ellas se definen las plantillas de las Administraciones Públicas y se determinan las ofertas públicas de empleo. Por ello, corresponde a la Administración la formación y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo lo que, como es natural, es extensivo a su modificación. Por tanto, la confección de las relaciones de puestos de trabajo por la Administración y la consiguiente catalogación de éstos se configura como un instrumento de política de personal, atribuido a la Administración al más alto nivel indicado, de acuerdo con las normas de derecho administrativo, que son las que regulan tanto el proceso de confección y aprobación como el de su publicidad. Así pues, la relación de puestos de trabajo, incluyendo las modificaciones que en ella pueden efectuarse, es un acto propio de la Administración que efectúa en el ejercicio de sus potestades organizativas. Por su parte, las plantillas de personal se pueden configurar como un instrumento de carácter más bien financiero o presupuestario de ordenación del gasto que constituye una enumeración de todos los puestos -o mejor plazas- que están dotados presupuestariamente, debiendo incluir tanto a los funcionarios como al personal laboral y eventual, cuya finalidad es delimitar los gastos de personal al relacionar todos los que prevé para un ejercicio presupuestario siendo la base para habilitar la previsión de gastos en materia de personal y consignar los créditos necesarios para hacer frente a las retribuciones en materia de personal, hasta el extremo de que su aprobación y modificación está estrechamente ligada a la aprobación y modificación del presupuesto de la Corporación en el ámbito local. Esa finalidad y conexión presupuestaria de la plantilla, que se manifiesta en la necesidad de que la misma respete los principios de racionalidad, economía y se configure de acuerdo con la ordenación general de la economía, así como en la prohibición de que los gastos de personal traspasen los límites que se fijen con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado (…)”. Asimismo, la Sentencia del Tribunal Supremo, de 17 de julio de 2012, indica que: “(…) A este respecto, en relación con la RPT hemos dicho en la Sentencia de 20 de octubre de 2008, que este instrumento, al tener carácter excluyente de otros para configurar dicho contenido, 5 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte vincula a las Plantillas Orgánicas, que tienen un marcado carácter presupuestario”. En definitiva, la aprobación de la Plantilla Orgánica no es sino la aprobación de una partida de los presupuestos, que podrá prever un número de funcionarios menor que el establecido en la Relación de Puestos de Trabajo (al existir por ejemplo vacantes que por motivos presupuestarios se decida no cubrir) pero que no puede contradecir en el contenido, naturaleza y número máximo de plazas, a las previsiones previstas en la Relación de Puestos de Trabajo. No se trata, pues, de un vacío requisito formalista, sino de una exigencia sustantiva dirigida a hacer factible en términos económicos la Plantilla durante el ejercicio anual al que está referida, por lo que bastará para ello, que en la fecha de inicio de ese ejercicio esté aprobada la dotación presupuestaria correspondiente a dicha Plantilla. Y puede añadirse que esa exigencia de la dotación presupuestaria tiene sentido para los puestos de trabajo cuya continuidad se disponga o apruebe, pero no así para los que hayan sido objeto de supresión. En definitiva, la Relación de Puestos de Trabajo constituye el elemento objetivo de la organización, configurador de la relación de servicios y de las necesidades organizativas objetivadas en un momento dado, y la Plantilla conforma el elemento subjetivo, comprensivo de los efectivos de personal agrupados por régimen jurídico y en su caso, Escalas, Sub- escalas, Clases y Categorías. En cuanto a la denominación y número de las plazas de la Plantilla de este Ayuntamiento se reflejan en el Anexo I que acompaña a este documento. El Catálogo de Puestos de Trabajo, que forma parte, junto con la Plantilla, del Anexo de Personal del Presupuesto General para 2022 de este Ayuntamiento, ha sufrido modificaciones respecto del aprobado en el ejercicio precedente. Las modificaciones que se introducen en este ejercicio son las siguientes: Una de las principales modificaciones realizadas en la plantilla de personal para el ejercicio 2022, es el traslado de las plazas vacantes del personal laboral temporal aplicación presupuestaria (13100), al personal laboral fijo aplicación presupuestaria (13000) y (13002). Por tanto, una vez atendido estos matices con respecto al ejercicio anterior arriba mencionadas, podemos significar que la plantilla queda de la siguiente manera: 6 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte 1.- VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO. A. VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO DE FUNCIONARIOS. A) PERSONAL FUNCIONARIO CATEGORIA LABORAL Vacantes A extinguir SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO (1320) Policía Local C1 3 - ADMON.GENERAL (9200) Secretario/a General A1 1 - Aux. Administrativo/a C2 5 - GESTIÓN PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES (9231) Administrativo/a C1 1 - POLÍTICA ECONOMICA Y FISCAL (9310) Interventor/a A1 1 - Aux. Administrativo/a C1 1 - GESTIÓN DE LA DUEDA Y LA TESORERÍA Tesorero/a A1 1 - TOTAL 13 2.- VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL: A. VACANTES DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL: B.1) PERSONAL LABORAL FIJO CATEGORIA LABORAL Grupo Vacantes A extinguir URBANISMO, PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA 1510 Oficial 1ª VIII 2 - Oficial 2ª VIII 1 Peón de Obra X 1 - 1630 LIMPIEZA VIARIA Peón Limpieza X 6 - 1640 CEMENTERIO SERVICIOS FUNERARIOS Oficial 1ª VIII 1 - Peón X 1 - 1650 ALUMBRADO PÚBLICO Encargado/Electricidad VIII 1 - 7 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte 1710 PARQUES Y JARDINES Peón de Jardines X 2 - Oficial 1ª VIII 1 - PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE 1720 Peón de Limpieza X 2 - 2311 RESIDENCIA DE MAYORES Enfermero-a II 1 . 2312 PLAN CONCERTADO Auxiliar Ayuda a Domicilio IX 2 - Trabajador-a social II 1 TOTAL 22 Por tanto y atendiendo a los antecedentes en el Presupuesto municipal vigente, en las partidas correspondientes del Capítulo I del estado de gastos, existe consignación suficiente y adecuada para atender las obligaciones económicas que se derivan de la plantilla, que conlleva la propuesta formulada por la Alcaldía- Presidencia. En consideración a lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se eleva la presente Memoria, los gastos derivados del Capítulo de Personal de Empleados Públicos al servicio de este Ayuntamiento, con el fin de que tenga a bien unirla al contenido del Presupuesto General y del Anexo de Personal, continuando con la tramitación del Expediente administrativo prevista. En la Villa y Puerto de Tazacorte El Alcalde Presidente Fdo: Juan Miguel Rodríguez Acosta Documento firmado eletronicamente 8 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte ANEXO I: PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIOS 1320 SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Cabo Policía C1 1 Policia Local C1 8 3 1510 URBANISMO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Arquitecto A1 1 Aparejador A2 1 9200 ADMON.GENERAL CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Secretaria General A1 1 1 Técnico/Secretaría A1 1 Auxiliar Administrativo C2 6 5 9231 GESTIÓN PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Administrativa C1 1 1 9310 POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Interventor/a A1 1 1 Administrativo C1 1 Auxiliar Administrativo C2 2 1 9340 GESTIÓN DEUDA Y TESORERÍA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Tesorero A1 1 1 TOTAL 25 13 PERSONAL LABORAL FIJO 1510 URBANISMO, PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Delineante IV 1 Oficial 1ª VIII 2 2 Oficial 2ª VIII 1 1 Peón de obra X 1 1 1621 RECOGIDA DE RESIDUOS CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Peón de Limpieza X 1 1630 LIMPIEZA VIARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Peón de Limpieza X 6 6 1640 CEMENTERIO SERVICIOS FUNERARIOS CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Capataz/Sepulturero VIII 1 9 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Oficial 1ª VIII 1 1 Peón X 1 1 1650 ALUMBRADO PÚBLICO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Encargado/Electricidad VIII 1 1 1710 JARDINES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Jardinero VIII 1 Oficial 1ª VIII 1 1 Peón de Jardinería X 2 2 1720 PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Peón de Limpieza X 2 2 2311 RESIDENCIA DE MAYORES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Enfermera II 1 1 2312 PLAN CONCERTADO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Auxiliar de Ayuda a Domicilio IX 2 2 Trabajadora social II 1 1 3230 EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Oficial 1ª VIII 1 TOTAL 27 22 PERSONAL LABORAL 1510 URBANISMO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Licenciada I 1 Oficial 1ª VIII 1 Oficial 2ª VIII 1 Encargado General IV 1 Encargado Electricidad VIII 1 1630 LIMPIEZA VIARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Peón Limpieza X 8 2310 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Auxiliar de Enfermería IX 2 2311 RESIDENCIA DE MAYORES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Auxiliar de Enfermería IX 8 Cocinera IX 2 Trabajador/a social II 1 2312 PLAN CONCERTADO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR 10 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Trabajadora Social II 2 Administrativa VII 1 Auxiliar Ayuda a Domicilio IX 4 2313 EQUIPO TERRITORIAL DE RIESGO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Trabajadora Social II 1 2410 FOMENTO DE EMPLEO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR AEDL VII 1 3321 BIBLIOTECAS PÚBLICAS CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Técnico VII 1 3300 ADMINISTRACION GRAL CULTURA CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Auxiliar Administrativa VII 1 3330 EQUIPAMIENTOS CULTURALES Y MUSEOS CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Cuidadora IX 3 3340 MUSICOS CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Profesor de Música VII 2 3400 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEPORTES CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Socorrista X 2 Técnico X 1 Auxiliar Administrativo VII 1 4320 TURISMO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Auxiliar Administrativa VII 2 9122 PERSONAL LABORAL ÓRGANOS DE GOBIERNO CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Auxiliar Administrativa VII 1 9200 ADMON. GENERAL CATEGORÍA PLAZAS VACANTES A EXTINGUIR Licenciada I 3 Auxiliar Administrativa VII 1 Técnico Informática VII 1 11 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 15 TOTAL 54 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte ANEXO II- RETRIBUCIONES FUNCIONARIOS SUB PUESTO GR C.D. SIT. ANTIG. SUELDO EXTR. SAL TOTAL BÁSICAS PARTIDA ECO. TRIENIOS EXTR. ANT. TRIENIOS 1320 TOTAL SUBPROGRAMA 132.00.- SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO 86.852,35 12.511,05 99.363,40 12003 14.680,41 2.198,67 12.794,23 29.673,31 12006 44.682,41 12100 42.945,10 12101 39.062,74 12103 92.861,22 16000 348.588,17 Cabo Policía C1 18 FC 01/09/1984 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 3.448,38 531,69 3.006,51 6.986,57 12006 6.173,53 12100 10.348,29 12101 4.340,30 12103 13.828,95 16000 52.718,02 Policia Local C1 14 FC 01/07/1992 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 2.967,59 452,37 2.586,92 6.006,88 12006 4.769,81 12100 3.738,50 12101 4.340,30 12103 10.630,97 16000 40.526,85 Policia Local C1 14 FC 01/02/1990 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 2.967,59 452,37 2.586,92 6.006,88 12006 4.769,81 12100 3.738,50 12101 4.340,30 12103 10.630,97 16000 40.526,85 Policia Local C1 14 FC 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 4.769,81 12100 3.738,50 12101 4.340,30 12103 8.752,93 16000 32.641,92 Policia Local C1 14 FC 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 4.769,81 12100 3.738,50 12101 4.340,30 12103 8.752,93 16000 32.641,92 Policia Local C1 14 FC 01/08/2006 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 1.765,62 254,08 1.537,96 3.557,66 12006 4.769,81 12100 3.738,50 12101 4.340,30 12103 10.056,45 16000 37.503,10 Policia Local C1 14 FC 01/09/2009 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 1.412,50 203,27 1.230,36 2.846,13 12006 4.769,81 12100 3.738,50 12101 4.340,30 12103 9.795,75 16000 36.530,87 Policia Local C1 15 FC 05/09/2011 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 2.118,74 304,90 1.845,55 4.269,19 12006 5.120,24 12100 6.427,29 12101 4.340,30 12103 11.659,34 16000 42.856,73 Policia Local C1 14 FC 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 4.769,81 12100 3.738,50 12101 4.340,30 12103 8.752,93 16000 32.641,92 1510 TOTAL SUBPROGRAMA 151.00.- URBANISMO 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 4.004,68 411,98 3.497,46 7.914,12 12006 7.972,24 12100 13.261,26 12101 7.475,70 12103 16.620,58 16000 69.636,77 Arquitecto A1 22 FC 02/06/2004 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 4.004,68 411,98 3.497,46 7.914,12 12006 7.972,24 12100 13.261,26 12101 7.475,70 12103 16.620,58 16000 69.636,77 1510 TOTAL SUBPROGRAMA 151.00.- URBANISMO 12.852,73 1.562,29 14.415,03 12001 4.199,30 510,22 3.397,33 8.106,86 12006 6.875,53 12100 8.062,06 12101 7.953,31 12103 14.236,91 16000 59.649,70 Aparejador A2 20 FC 02/05/1995 12.852,73 1.562,29 14.415,03 12001 4.199,30 510,22 3.397,33 8.106,86 12006 6.875,53 12100 8.062,06 12101 7.953,31 12103 14.236,91 16000 59.649,70 9200 TOTAL SUBPROGRAMA 920.00.- ADMON.GENERAL 29.728,27 3.057,47 32.785,74 12000 7.437,27 765,10 6.495,28 14.697,65 12006 20.988,17 12100 28.867,88 12101 14.951,40 12103 29.027,18 16000 141.318,02 Secretaria General A1 28 FC 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 13.015,93 12100 21.891,95 12101 7.475,70 12103 15.193,71 16000 73.970,17 Técnico/Secretaría A1 22 FC 07/02/1982 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 7.437,27 765,10 6.495,28 14.697,65 12006 7.972,24 12100 6.975,92 12101 7.475,70 12103 13.833,47 16000 67.347,85 9200 TOTAL SUBPROGRAMA 920.00.- ADMON.GENERAL 48.189,86 7.958,45 56.148,31 12004 2.884,72 475,89 2.517,52 5.878,14 12006 28.614,84 12100 62.352,91 12101 19.150,46 12103 44.241,17 16000 216.385,82 Auxiliar Administrativo C2 18 FC 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 6.173,53 12100 12.172,13 12101 3.191,70 12103 7.940,12 16000 38.835,53 Auxiliar Administrativo C2 18 FC 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 6.173,53 12100 11.558,52 12101 3.191,82 12103 7.782,45 16000 38.064,38 Auxiliar Administrativo C2 12 FC 10/08/1986 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 2.884,72 475,89 2.517,52 5.878,14 12006 4.066,94 12100 9.655,56 12101 3.191,82 12103 8.262,68 16000 40.413,21 Auxiliar Administrativo C2 12 FC 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 4.066,94 12100 9.655,56 12101 3.191,70 12103 6.751,97 16000 33.024,23 Auxiliar Administrativo C2 12 FC 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 4.066,94 12100 9.655,56 12101 3.191,70 12103 6.751,97 16000 33.024,23 Auxiliar Administrativo C2 12 FC 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 4.066,94 12100 9.655,56 12101 3.191,70 12103 6.751,97 16000 33.024,23 9231 TOTAL SUBPROGRAMA 923.10.- GESTIÓN PADRÓN MUNICIPAL 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 6.524,67 12100 10.926,92 12101 4.340,43 12103 8.437,93 16000 41.270,32 Administrativa C1 19 FC 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 6.524,67 12100 10.926,92 12101 4.340,43 12103 8.437,93 16000 41.270,32 9310 TOTAL SUBPROGRAMA 931.00.- POLÍTICA ECONÓMICA Y FISC 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 7.972,24 12100 19.546,75 12101 7.475,70 12103 13.283,68 16000 64.671,24 Interventor/a A1 22 FC 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 7.972,24 12100 19.546,75 12101 7.475,70 12103 13.283,68 16000 64.671,24 9310 TOTAL SUBPROGRAMA 931.00.- POLÍTICA ECONÓMICA Y FISC 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 2.824,99 406,53 2.460,73 5.692,25 12006 6.524,67 12100 13.402,92 12101 4.340,30 12103 10.537,14 16000 51.537,67 Administrativo C1 19 FC 01/09/2006 9.650,26 1.390,12 11.040,38 12003 2.824,99 406,53 2.460,73 5.692,25 12006 6.524,67 12100 13.402,92 12101 4.340,30 12103 10.537,14 16000 51.537,67 9310 TOTAL SUBPROGRAMA 931.00.- POLÍTICA ECONÓMICA Y FISC 16.063,29 2.652,82 18.716,10 12004 2.403,94 396,58 2.097,94 4.898,45 12006 12.347,06 12100 28.230,27 12101 6.383,53 12103 18.137,88 16000 88.713,29 Auxiliar Administrativo C2 18 FC 20/10/1992 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 2.403,94 396,58 2.097,94 4.898,45 12006 6.173,53 12100 12.046,75 12101 3.191,82 12103 9.166,83 16000 44.835,44 Auxiliar Administrativo C2 18 FC 8.031,64 1.326,41 9.358,05 12004 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 6.173,53 12100 16.183,52 12101 3.191,70 12103 8.971,05 16000 43.877,86 9340 TOTAL SUBPROGRAMA 934.00.- GESTIÓN DEUDA Y TESORERÍA 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 6.875,53 12100 6.967,07 12101 7.475,70 12103 9.748,34 16000 47.459,51 Tesorero A1 20 FC 14.864,13 1.528,74 16.392,87 12000 0,00 0,00 0,00 0,00 12006 6.875,53 12100 6.967,07 12101 7.475,70 12103 9.748,34 16000 47.459,51 257.579,42 35.108,52 292.687,94 38.435,31 5.164,97 33.260,49 76.860,77 149.377,37 234.563,14 118.609,27 257.132,03 1.129.230,52 TOTAL 12 TOTAL TRIENIOS PARTIDA TOTAL DESTINO PARTIDA ECO. TOTAL ESPEC PARTIDA TOTAL OTROS PARTIDA ECO. C.S. SOCIAL PARTIDA ECO. TOTAL RESID. ECO. ECO. COMP. Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte PERSONAL LABORAL FIJO SUB PUESTO GR. Fec. Ant. SUELDO TRIENIOS P.EXTRA RETRIBUCION 1510 43.406,47 3.672,73 13.153,44 60.232,64 13000 32.379,21 13002 30.004,45 16000 122.616,30 URBANISMO, PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA Delineante IV 25/03/1991 10.307,43 3.672,73 3.774,05 17.754,21 13000 13.281,01 13002 9.745,06 16000 40.780,28 Oficial 1ª VIII 8.428,34 - 2.388,24 10.816,58 13000 5.207,39 13002 5.257,46 16000 21.281,42 Oficial 1ª VIII 8.428,34 - 2.388,24 10.816,58 13000 5.207,39 13002 5.257,46 16000 21.281,42 Oficial 2ª VIII 8.428,34 - 2.323,79 10.752,14 13000 4.534,31 13002 5.044,53 16000 20.330,97 Peón de obra X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.149,12 13002 4.699,94 16000 18.942,19 1621 7.814,14 4.063,44 3.295,07 15.172,64 13000 4.970,30 13002 6.747,88 16000 26.890,82 RECOGIDA DE RESIDUOS Peón de Limpieza X 15/06/1990 7.814,14 4.063,44 3.295,07 15.172,64 13000 4.970,30 13002 6.747,88 16000 26.890,82 1630 46.884,10 0,00 13.674,75 60.558,85 13000 24.892,86 13002 27.344,55 16000 112.796,25 LIMPIEZA VIARIA Peón de Limpieza X 7.814,02 0,00 2.279,16 10.093,18 13000 4.149,12 13002 4.557,53 16000 18.799,82 Peón de Limpieza X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.557,40 16000 18.799,29 Peón de Limpieza X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.557,40 16000 18.799,29 Peón de Limpieza X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.557,40 16000 18.799,29 Peón de Limpieza X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.557,40 16000 18.799,29 Peón de Limpieza X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.557,40 16000 18.799,29 1720 7.814,02 0,00 2.279,09 10.093,10 13000 4.148,38 13002 4.699,69 16000 18.941,17 PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO AMBIEN Peón de Limpieza X 3.907,01 - 1.139,54 5.046,55 13000 2.074,19 13002 2.349,84 16000 9.470,59 Peón de Limpieza X 3.907,01 - 1.139,54 5.046,55 13000 2.074,19 13002 2.349,84 16000 9.470,59 1640 24.670,70 4.063,44 8.375,04 37.109,17 13000 20.074,33 13002 18.510,74 16000 75.694,25 CEMENTERIO SERVICIOS FUNERARIOS Capataz/Sepulturero VIII 18/09/1990 8.428,34 4.063,44 3.709,82 16.201,60 13000 8.613,04 13002 7.829,02 16000 32.643,66 Oficial 1ª VIII 8.428,34 2.386,10 10.814,44 13000 7.312,54 13002 5.981,90 16000 24.108,88 Peón 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.699,82 16000 18.941,70 1650 8.428,34 0,00 2.944,45 11.372,80 13000 12.356,89 13002 7.486,72 16000 31.216,40 ALUMBRADO PÚBLICO Encargado/Electricidad VIII 8.428,34 2.944,45 11.372,80 13000 12.356,89 13002 7.486,72 16000 31.216,40 1710 32.484,72 4.063,31 10.654,12 47.202,15 13000 21.221,71 13002 21.564,86 16000 89.988,72 JARDINES Jardinero VIII 01/02/1990 8.428,34 4.063,31 3.709,79 16.201,45 13000 6.480,35 13002 7.156,11 16000 29.837,90 Oficial 1ª VIII 8.428,34 2.386,10 10.814,44 13000 6.443,87 13002 5.436,37 16000 22.694,68 Peón de Jardinería X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.486,19 16000 18.728,08 Peón de Jardinería X 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.148,75 13002 4.486,19 16000 18.728,08 2311 13.698,48 0,00 3.424,56 17.123,04 13000 13.139,88 13002 9.911,04 16000 40.173,96 RESIDENCIA DE MAYORES Enfermera II 13.698,48 - 3.424,56 17.123,04 13000 13.139,88 13002 9.911,04 16000 40.173,96 2312 22.477,27 0,00 6.270,52 28.747,79 13000 14.868,17 13002 13.942,38 16000 57.558,34 PLAN CONCERTADO Auxiliar de Ayuda a Domicilio IX 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.149,12 13002 4.493,43 16000 18.735,68 Auxiliar de Ayuda a Domicilio IX 7.814,02 - 2.279,12 10.093,13 13000 4.149,12 13002 4.493,43 16000 18.735,68 Trabajadora social II 6.849,24 - 1.712,28 8.561,52 13000 6.569,94 13002 4.955,52 16000 20.086,98 3230 8.428,34 4.766,01 3.577,60 16.771,95 13000 5.601,39 13002 8.188,64 16000 30.561,99 13 EDUCACIÓN PREESCOLAR Y PRIMARIA Oficial 1ª VIII 12/12/1983 8.428,34 4.766,01 3.577,60 16.771,95 13000 5.601,39 13002 8.188,64 16000 30.561,99 216.106,57 20.628,93 67.648,64 304.384,14 153.653,12 148.400,95 606.438,21 TOTAL PARTIDA ECO. OTRAS RET. PARTIDA ECO. C.S. SOCIAL PARTIDA ECO. TOTAL GRAL. ES BÁSICAS Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte PERSONAL LABORAL TEMPORAL Fun GRUPO PUESTO ANTIGÜEDAD SALARIO B. TRIENIOS P.EXTRAS COMPLEM. TOTAL RETRIBUCIONES 1510 49.858,58 10.386,86 15.410,78 45.686,90 121.343,12 13100 41.656,45 16000 162.999,57 I Licenciada 10/09/2012 16.145,17 1.562,93 2.603,91 20.269,68 40.581,69 13100 12.986,14 16000 53.567,83 VIII Oficial 1ª 02/02/2011 8.428,34 1.562,80 2.778,94 5.207,39 17.977,47 13100 6.382,00 16000 24.359,47 VIII Oficial 2ª 04/07/2016 8.428,34 2.377,13 2.918,08 4.534,31 18.257,86 13100 6.481,54 16000 24.739,40 IV Encargado General 26/02/2016 8.428,38 1.855,95 3.408,42 7.837,76 21.530,51 13100 7.643,33 16000 29.173,84 VIII Encargado Electricidad 01/06/2017 8.428,34 3.028,05 3.701,44 7.837,76 22.995,59 13100 8.163,44 16000 31.159,03 1630 59.163,02 7.581,82 19.579,88 31.414,57 117.739,29 13100 39.442,66 16000 157.181,96 X Peón Limpieza 19/02/2018 7.814,02 781,52 2.474,44 4.149,12 15.219,09 13100 5.098,40 16000 20.317,49 X Peón Limpieza 09/07/2018 7.814,02 1.562,93 2.669,79 4.149,12 16.195,85 13100 5.425,61 16000 21.621,45 X Peón Limpieza 13/02/2017 7.814,02 781,40 2.474,44 4.149,12 15.218,97 13100 5.098,36 16000 20.317,33 X Peón Limpieza 26/01/2017 7.814,02 1.009,31 2.960,10 4.149,12 15.932,54 13100 5.337,40 16000 21.269,94 X Peón Limpieza 03/07/2013 7.814,02 1.953,50 2.767,46 4.149,12 16.684,10 13100 5.589,17 16000 22.273,27 X Peón Limpieza 10/01/2017 4.464,91 223,26 1.358,03 2.370,77 8.416,96 13100 2.819,68 16000 11.236,64 X Peón Limpieza 23/05/2018 7.814,02 455,82 2.393,04 4.149,12 14.811,99 13100 4.962,02 16000 19.774,01 X Peón Limpieza 25/04/2017 7.814,02 814,08 2.482,58 4.149,12 15.259,79 13100 5.112,03 16000 20.371,82 2310 15.628,03 1.562,80 4.851,26 13.659,60 35.701,69 13100 11.424,54 16000 47.126,23 IX Auxiliar de Enfermería 10/10/2016 7.814,02 781,40 2.376,82 6.829,80 17.802,03 13100 5.696,65 16000 23.498,69 X Auxiliar de Enfermería 15/11/2016 7.814,02 781,40 2.474,44 6.829,80 17.899,65 13100 5.727,89 16000 23.627,54 2311 93.071,86 11.233,03 29.324,53 78.236,24 211.865,67 13100 66.926,82 16000 278.792,49 IX Auxiliar de Enfermería 11/02/2017 7.814,02 1.172,10 2.572,11 6.829,80 18.388,03 13100 5.884,17 16000 24.272,20 IX Auxiliar de Enfermería 24/11/2016 7.814,02 1.335,02 2.612,81 6.829,80 18.591,64 13100 5.949,33 16000 24.540,97 IX Auxiliar de Enfermería 14/12/2016 7.814,02 683,73 2.450,02 6.829,80 17.777,56 13100 5.688,82 16000 23.466,38 IX Auxiliar de Enfermería 14/04/2013 7.814,02 1.172,10 2.572,11 6.829,80 18.388,03 13100 5.884,17 16000 24.272,20 IX Auxiliar de Enfermería 06/09/2016 7.814,02 716,28 2.458,16 6.829,80 17.818,26 13100 5.701,84 16000 23.520,10 IX Cocinera 29/12/2018 8.428,34 390,72 2.567,34 5.207,39 16.593,79 13100 5.310,01 16000 21.903,80 IX Auxiliar de Enfermería 30/04/2019 7.814,02 293,03 2.352,34 6.829,80 17.289,18 13100 5.532,54 16000 22.821,72 II Trabajadora Social/ Directora 08/08/2011 13.703,05 1.172,22 3.718,76 13.183,09 31.777,12 13100 9.850,91 16000 41.628,03 IX Auxiliar de Enfermería 04/08/2011 7.814,02 1.953,63 2.767,46 6.829,80 19.364,90 13100 6.003,12 16000 25.368,02 IX Auxiliar de Enfermería 10/09/2011 7.814,02 1.172,10 2.572,11 6.829,80 18.388,03 13100 5.700,29 16000 24.088,32 IX Cocinera 26/04/2012 8.428,34 1.172,10 2.681,29 5.207,39 17.489,12 13100 5.421,63 16000 22.910,75 2312 68.960,53 8.335,31 20.905,20 56.233,38 154.434,41 13100 47.874,67 16000 202.309,08 II Trabajadora Social 25/06/2007 13.698,52 1.790,71 3.872,31 13.216,14 32.577,68 13100 10.099,08 16000 42.676,76 II Trabajadora Social 08/04/2019 13.698,52 390,70 3.522,30 13.139,76 30.751,29 13100 9.532,90 16000 40.284,19 VII Administrativo-a 10/06/2002 10.307,43 2.344,32 3.441,90 13.281,01 29.374,66 13100 9.106,14 16000 38.480,80 IX Auxiliar Ayuda a Domicilio 17/11/2016 7.814,02 1.074,55 2.547,69 4.149,12 15.585,38 13100 4.831,47 16000 20.416,84 IX Auxiliar Ayuda a Domicilio 30/10/2017 7.814,02 781,40 2.474,44 4.149,12 15.218,97 13100 4.717,88 16000 19.936,85 IX Auxiliar Ayuda a Domicilio 13/12/2016 7.814,02 781,40 2.474,44 4.149,12 15.218,97 13100 4.717,88 16000 19.936,85 IX Auxiliar Ayuda a Domicilio 28/11/2016 7.814,02 1.172,22 2.572,11 4.149,12 15.707,47 13100 4.869,32 16000 20.576,79 2313 24.518,80 1.953,60 6.715,72 - 33.188,12 13100 10.470,85 16000 43.658,97 II Trabajadora Social 23/05/2006 24.518,80 1.953,60 6.715,72 - 33.188,12 13100 10.470,85 16000 43.658,97 2410 13.698,52 1.953,50 3.913,01 13.216,26 32.781,29 13100 9.834,39 16000 42.615,68 VII AEDL 13/01/2016 13.698,52 1.953,50 3.913,01 13.216,26 32.781,29 13100 9.834,39 16000 42.615,68 3321 10.307,43 3.907,38 3.832,71 13.281,01 31.328,52 13100 9.711,84 16000 41.040,37 VII Técnico 01/06/1989 10.307,43 3.907,38 3.832,71 13.281,01 31.328,52 13100 9.711,84 16000 41.040,37 3300 8.428,34 1.732,45 2.756,88 4.534,31 17.451,98 13100 5.235,59 16000 22.687,57 VII Auxiliar Administrativa 06/08/2007 8.428,34 1.732,45 2.756,88 4.534,31 17.451,98 13100 5.235,59 16000 22.687,57 3330 19.535,04 1.090,71 5.970,40 10.372,91 36.969,05 13100 11.460,41 16000 48.429,46 IX Cuidadora 23/08/2018 7.814,02 390,70 2.376,76 4.149,12 14.730,60 13100 4.566,48 16000 19.297,08 IX Cuidadora 11/09/2018 7.814,02 390,70 2.376,76 4.149,12 14.730,60 13100 4.566,48 16000 19.297,08 IX Cuidadora 08/10/2018 3.907,01 309,30 1.216,87 2.074,68 7.507,86 13100 2.327,44 16000 9.835,30 3340 40.679,15 4.265,27 7.490,73 - 52.435,15 13100 16.254,90 16000 68.690,05 VII Profesor de Música 08/11/1999 19.285,34 2.344,20 3.604,92 - 25.234,47 13100 7.822,69 16000 33.057,16 VII Profesor de Música 31/10/2011 21.393,81 1.921,07 3.885,80 - 27.200,68 13100 8.432,21 16000 35.632,89 3400 40.363,11 3.907,38 11.935,47 21.883,16 78.089,12 13100 25.170,21 16000 103.259,33 X Socorrista 05/04/2012 7.814,02 1.172,10 2.572,11 4.149,12 15.707,35 13100 5.293,38 16000 21.000,72 X Socorrista 01/05/2017 7.814,02 781,52 2.474,44 4.149,12 15.219,09 13100 5.128,83 16000 20.347,93 X Técnico 11/08/2014 16.306,74 781,52 4.272,00 9.050,62 30.410,89 13100 9.655,46 16000 40.066,35 VII Auxiliar Administrativo 19/07/2011 8.428,34 1.172,22 2.616,91 4.534,31 16.751,79 13100 5.092,54 16000 21.844,33 4320 16.856,68 2.279,27 5.217,39 9.068,62 33.421,96 13100 10.350,06 16000 43.772,02 VII Auxiliar Administrativa 24/01/2011 8.428,34 1.855,95 2.787,75 4.534,31 17.606,35 13100 5.352,33 16000 22.958,68 VII Auxiliar Administrativa 15/07/2019 8.428,34 423,32 2.429,64 4.534,31 15.815,61 13100 4.997,73 16000 20.813,34 9122 8.428,34 1.562,80 2.714,46 4.534,31 17.239,92 13100 5.240,93 16000 22.480,85 VII Auxiliar Administrativa 02/05/2012 8.428,34 1.562,80 2.714,46 4.534,31 17.239,92 13100 5.240,93 16000 22.480,85 9200 67.655,99 10.386,86 20.104,38 60.994,98 159.142,21 13100 50.031,57 16000 209.173,78 I Licenciada 08/09/2003 16.306,74 2.344,32 4.760,63 9.050,62 32.462,31 13100 9.917,24 16000 42.379,54 VII Auxiliar Administrativa 11/01/2017 8.428,34 1.953,63 2.812,26 4.534,31 17.728,54 13100 5.389,48 16000 23.118,01 I Licenciada 29/05/2001 16.306,74 2.572,36 4.719,81 21.137,99 44.736,89 13100 14.113,69 16000 58.850,59 I Licenciada 14/07/2008 16.306,74 1.563,05 4.467,48 9.050,87 31.388,13 13100 10.254,46 16000 41.642,60 VII Técnico Informática 03/08/2005 10.307,43 1.953,50 3.344,21 17.221,19 32.826,33 13100 10.356,71 16000 43.183,04 537.153,42 72.139,05 160.722,79 363.116,24 1.133.131,51 361.085,91 1.494.217,41 TOTAL 14 PARTIDA ECO. SEG. SOCIAL PARTIDA ECO. TOTAL Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 15 PRESUPUESTO GENERAL 2022 Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte ORGANOS DE GOBIERNO Sub. Cargo Apellidos y nombre Fec. Antig. Sueldo Otras Remun Total Remuneraciones Partida Eco C.S. SOCIAL Partida Eco TOTAL 177.571,68 29.595,28 207.166,96 67.432,85 274.599,81 9120 Alcalde - Presidente Rodríguez Acosta, Juan Miguel 25/06/2019 27.290,76 4.548,46 31.839,22 10000 10.363,67 16000 42.202,89 9120 Concejal Ruiz Álvarez, David 25/06/2019 27.290,76 4.548,46 31.839,22 10000 10.363,67 16000 42.202,89 9120 Concejal Pérez Rodríguez, María del Mar 25/06/2019 25.471,32 4.245,22 29.716,54 10000 9.672,73 16000 39.389,27 9120 Concejal Acosta Lorenzo, Nieves Yolanda 25/06/2019 25.471,32 4.245,22 29.716,54 10000 9.672,73 16000 39.389,27 9120 Concejal Rodríguez Lorenzo, Lourdes Tatiana 25/06/2019 24.015,84 4.002,64 28.018,48 10000 9.120,02 16000 37.138,50 9120 Concejal Lorenzo Martín, Wenna 25/06/2019 24.015,84 4.002,64 28.018,48 10000 9.120,02 16000 37.138,50 9120 Concejal Pérez Reverón, Roberto Francisco 25/06/2019 24015,84 4002,64 28.018,48 10000 9.120,02 16000 37.138,50 TOTAL SUBGRUPO 912.00.100.00-ORGANOS DE GOBIERNO PERSONAL LABORAL EVENTUAL Sub. Cargo Fec. Antig. Sueldo Otras Remun Total Remuneraciones Partida Eco C.S. SOCIAL Partida Eco TOTAL 14.258,26 2.135,59 16.393,86 5.344,40 21.738,26 9120 Auxiliar Administrativa Núñez Martín, María Isabel 01/07/2019 14.258,26 2.135,59 16.393,86 11000 5.344,40 16000 21.738,26 TOTAL SUBGRUPO 912.00.110.00-PERSONAL LIBRE DESIGNACIÓN 15 Cód. Validación: 5XNTJAPC46MMDAERM9JMAALFJ | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 15