C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es ACTA NÚMERO JGL01-16 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL 25 DE ENERO DE 2016. SEÑORES ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: DON ÁNGEL PABLO RODRÍGUEZ MARTÍN. CONCEJALES PRESENTES: DON ADOLFO MIGUEL PÉREZ ACOSTA. DOÑA ANA BETINA MARTÍN GONZÁLEZ. DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 25 de enero de 2016, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde-Presidente, Don Ángel Pablo Rodríguez Martín y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente el Secretario Accidental de la Corporación, D. Carlos Manuel Acosta Cabrera, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las nueve horas, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las nueve horas y diez minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: PARTE PÚBLICA DE LA SESIÓN: 1.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE ADHESIÓN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” Y RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA, PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 21 de enero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente: Y RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA, “1.- ADHESIÓN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN “LA PROGRAMA CAIXA” CAIXAPROINFANCIA. Visto el informe jurídico emitido de fecha 12 de enero de 2016 cuyo tenor literal es el siguiente: “INFORME DE SECRETARIA suscribe emite el siguiente En cumplimiento de lo ordenado por la Alcaldía Presidencia, la técnico que informe sobre: ADHESIÓN AL CONVENIO DE C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” Y RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA, PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA. Resultando que, la Fundación “La Caixa” es desde el 2007 impulsora del Programa CaixaProinfancia que busca romper la transmisión de la pobreza de padres a hijos, favoreciendo el desarrollo de una infancia más sana y feliz con las mismas oportunidades para lograr un desarrollo más pleno de su potencial y sus capacidades. Resultando que, Radio Ecca, Fundación Canarias ha formalizado como entidad colaboradora un convenio de colaboración el día 1 de octubre de 2015. Considerando que, el Ayuntamiento se puede adherir al mencionado convenio, percibiendo una cantidad de de 4.100 €, no derivándose de esta adhesión ninguna obligación económica para la entidad local. Resultando que, se ha emitido informe por el Equipo de Menores y Familia, de fecha 12 de enero de 2016, donde se señala la necesidad de proceder a la mayor brevedad posible a la firma de la adhesión a este Convenio para poder iniciar el trámite de las ayudas que comprende el Programa, tanto de bienes como de servicios, existiendo ya varias unidades familiares pendientes de solicitar y/o renovar dichas ayudas, siendo así que el Programa está dirigido a unidades familiares, con menores comprendidas entre los 0 y los 18 años, en proceso de atención social pública o privada y que tienen determinadas necesidades sociales no suficientemente cubiertas por los servicios públicos. Resultando que este Convenio tiene una vigencia de 1 año, desde la fecha de su firma hasta el 30 de septiembre de 2016, pudiendo ser objeto de prórroga por iguales periodos, previo pacto escrito. Considerando que, el artículo 111 del Texto Refundido 781/1986, de 18 de Abril señala que:” Las Entidades Locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración, y deberán cumplirlos a tenor de los mismos, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas, en su caso, a favor de dichas entidades”. Considerando que, el artículo 88 de la Ley 30/1992 establece que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico no versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tiene encomendado. Considerando que, asimismo que el artículo el artículo 4.1 c) de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, señala que: Están excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes negocios y relaciones jurídicas: C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es c) Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que se celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración sujetos a esta Ley. Considerando que el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que: “Las Entidades Locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del pleno de la corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación”. Considerando que por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 29 de abril de 2014, se aprobó la delegación en la Junta de Gobierno Local de su competencia de aprobación de aquellos convenios de colaboración y de la adhesión a los convenios y acuerdos marco que por razón de la materia necesite mayoría simple para su aprobación o adhesión, facultando a la Alcaldesa para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de dichos acuerdos, acuerdos que indicarán que se adoptan por delegación y se considerarán dictados por el órgano delegante, quedando excluidos de la delegación aquellos convenios de colaboración y aquellos convenios y acuerdos marco que se refieran a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Considerando que por razón de la materia a la que se refiere el presente Convenio, se encuadra en la referida competencia delegada en la Junta de Gobierno Local. A la vista de las consideraciones jurídicas expuestas, la técnico que suscribe formula la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCION Primero.- Aprobar la adhesión del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” Y RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA, PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA. Segundo.- Notificar el presente acuerdo a Radio ECCA, Fundación Canaria, de Santa Cruz de Tenerife. Esto es cuanto tengo a bien informar, no obstante la Corporación con su mejor criterio, decidirá. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 12 de enero de 2016. La Técnico Municipal, Fdo.: Isabel Pérez Martín. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Toma la palabra el Sr. Presidente Don Adolfo Miguel Pérez Acosta, del Grupo Municipal Unión Bagañeta, diciendo: Buenos días, damos comienzo a la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local. El primer punto del orden del día es la adhesión al Convenio de Colaboración entre Fundación La Caixa y Radio Ecca, Fundación Canaria, Programa Caixaproinfancia. Es un convenio que viene desarrollándose en los últimos años, o que nos estamos adhiriendo los últimos años el Ayuntamiento, tanto con La Caixa como con Radio Ecca. Es un convenio que no le supone, como habrán visto en la documentación, ningún gasto al Ayuntamiento y que, bueno, como bien dice el modelo pues va destinado a las familias con menores, entre 0 y 18. Ahora mismo se están desarrollando ya dos proyectos, tanto en el Puerto de Tazacorte, en el colegio del Puerto como en el de Juan XXIII, y el convenio, como bien digo, no es nuevo sino que ya viene en los últimos años desarrollándose por esta institución. ¿Alguna pregunta? Pasamos a votación de la adhesión al convenio. No suscitando debate el asunto, la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen favorable a la Junta de Gobierno Local, órgano competente por delegación del Pleno: Primero.- Aprobar la adhesión del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” Y RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA, PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA. Segundo.- Notificar el presente acuerdo a Radio ECCA, Fundación Canaria, de Santa Cruz de Tenerife. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.”” No suscitando debate el asunto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de los miembros corporativos presentes, en el ejercicio de la competencia delegada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 29 de abril de 2014: Primero.- Aprobar la adhesión del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN “LA CAIXA” Y RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA, PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA. Segundo.- Notificar el presente acuerdo a Radio ECCA, Fundación Canaria, de Santa Cruz de Tenerife. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. 2.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE Y AFA LA PALMA PARA EL DESEMPEÑO DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR A TRAVÉS DE TALLERES DE ESTIMULACIÓN COGNITIVA. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 21 de enero de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente: “2.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE Y AFA LA PALMA PARA EL DESEMPEÑO DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR A TRAVÉS DE TALLERES DE ESTIMULACIÓN COGNITIVA. Visto el informe jurídico emitido de fecha 12 de enero de 2016 cuyo tenor literal es el siguiente: “INFORME DE SECRETARIA En cumplimiento de lo ordenado por la Alcaldía Presidencia, la técnico que suscribe emite el siguiente informe sobre: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE Y AFA LA PALMA PARA EL DESEMPEÑO DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR A TRAVÉS DE TALLERES DE ESTIMULACIÓN COGNITIVA. Resultando que, la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras Demencias de La Palma, AFA LA PALMA, es una entidad sin ánimo de lucro, que trabaja con personas afectadas por algún tipo de demencia y cuya principal finalidad es mejorar la calidad de vida, tanto del/la enfermo/a como de los familiares y cuidadores principales. Resultando que, este Convenio tiene por objeto la colaboración entre ambas partes para el desempeño de actividades a desarrollar en el municipio, con personas con algún tipo de demencia o deterioro cognitivo, a través de talleres de estimulación cognitiva. Considerando que, el Ayuntamiento no asume ninguna obligación económica específica derivada de este Convenio. Considerando que, el artículo 111 del Texto Refundido 781/1986, de 18 de Abril señala que:” Las Entidades Locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración, y deberán cumplirlos a tenor de los mismos, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas, en su caso, a favor de dichas entidades”. Considerando que, el artículo 88 de la Ley 30/1992 establece que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico no versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tiene encomendado. Considerando que, asimismo que el artículo el artículo 4.1 c) de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, señala que: Están excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes negocios y relaciones jurídicas: C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es c) Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que se celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración sujetos a esta Ley. Considerando que el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que: “Las Entidades Locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del pleno de la corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación”. Considerando que por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 29 de abril de 2014, se aprobó la delegación en la Junta de Gobierno Local de su competencia de aprobación de aquellos convenios de colaboración y de la adhesión a los convenios y acuerdos marco que por razón de la materia necesite mayoría simple para su aprobación o adhesión, facultando a la Alcaldesa para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de dichos acuerdos, acuerdos que indicarán que se adoptan por delegación y se considerarán dictados por el órgano delegante, quedando excluidos de la delegación aquellos convenios de colaboración y aquellos convenios y acuerdos marco que se refieran a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Considerando que por razón de la materia a la que se refiere el presente Convenio, se encuadra en la referida competencia delegada en la Junta de Gobierno Local. A la vista de las consideraciones jurídicas expuestas, la técnico que suscribe formula la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCION Primero.- Aprobar el Convenio en los términos informados por los Servicios Jurídicos Municipales entre el Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte y AFA LA PALMA, para el desempeño de actividades a desarrollar a través de talleres de estimulación cognitiva. Segundo.- Notificar el presente acuerdo a AFA LA PALMA. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Esto es cuanto tengo a bien informar, no obstante la Corporación con su mejor criterio, decidirá. C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 11 de enero de 2016. La Técnico Municipal, Fdo.: Isabel Pérez Martín. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Toma la palabra el Sr. Presidente Don Adolfo Miguel Pérez Acosta, del Grupo Municipal Unión Bagañeta, diciendo: El segundo punto del día también es el Convenio entre el Ayuntamiento y AFA LA PALMA. Se trata de un convenio donde desarrollan actividades de carácter manipulativo y estimulación cognitiva, tanto en la Residencia como en el Centro de día y el objeto del convenio es lo mismo, que puedan seguir desarrollando estas actividades, los hace la propia Asociación AFA, con su personal e igualmente que el anterior pues sin coste alguno para las arcas municipales. ¿Algún comentario? Pasamos a votación. No suscitando debate el asunto, la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen favorable a la Junta de Gobierno Local, órgano competente por delegación del Pleno: Primero.- Aprobar el Convenio en los términos informados por los Servicios Jurídicos Municipales entre el Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte y AFA LA PALMA, para el desempeño de actividades a desarrollar a través de talleres de estimulación cognitiva. Segundo.- Notificar el presente acuerdo a AFA LA PALMA. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.”” No suscitando debate el asunto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de los miembros corporativos presentes, en el ejercicio de la competencia delegada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 29 de abril de 2014: Primero.- Aprobar el Convenio entre el Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte y AFA LA PALMA, para el desempeño de actividades a desarrollar a través de talleres de estimulación cognitiva, cuyo tenor literal es el siguiente: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE Y AFA LA PALMA PARA EL DESEMPEÑO DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR A TRAVÉS DE TALLERES DE ESTIMULACIÓN COGNITIVA En Villa y Puerto de Tazacorte, a de de 2016. REUNIDOS C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es De una parte, la Sra. Rosario Isabel Rodríguez Camacho como Presidenta de la Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras Demencias de La Palma, AFA LA PALMA, con domicilio en Avenida Eusebio Barreto, 59, Urbanización 29 de Octubre, Portal 4, Local 4, 38.760, Los Llanos de Aridane, con C.I.F: G-38559134. Y, de otra, el Sr. Ángel Pablo Rodríguez Martín, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, con domicilio social en C/ 1º Mayo nº1, 38770, Villa y Puerto de Tazacorte. Reconociéndose las partes capacidad legal suficiente y en ejercicio de las funciones que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las Entidades que representan Exponen La Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer y otras Demencias de la Palma, en adelante AFA La Palma, es una entidad sin ánimo de lucro, que trabaja con personas afectadas por algún tipo de demencia y cuya principal finalidad es mejorar la calidad de vida, tanto del/la enfermo/a como de los familiares y cuidadores principales. El Ayuntamiento de Villa y Puerto de Tazacorte, desea colaborar en los fines de la Asociación. Ambas partes formalizan el presente convenio sujeto a las siguientes Cláusulas Primera. Objeto del convenio El presente convenio tiene como finalidad, la colaboración entre ambas instituciones, para el desempeño de actividades a desarrollar en el municipio, con personas con algún tipo de demencia o deterioro cognitivo, a través de talleres de estimulación cognitiva. C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es SEGUNDA.- Compromiso de las partes. • AFA La Palma se compromete a: - Aportar mediante contrato laboral, los profesionales que van a impartir los talleres. - Elaboración de las propias sesiones de Psicoestimulación. - Cumplir con el horario pactado inicialmente, que será los lunes y viernes de 8:30 a 14:00 horas y el cual comprenderá una primera hora para la planificación y preparación de las sesiones diarias y una última hora para el seguimiento y a continuación, de 9:30 a 12:30 horas, el desarrollo de los talleres propiamente dichos. - Mantener una coordinación continuada con el propio Ayuntamiento y el centro donde se van a llevar a cabo los talleres, en este caso la Residencia de Mayores y Centro de Día. - Realizar un seguimiento continuado de los usuarios para ver la evolución de los mismos. - Cumplir el régimen interno del centro. - Colaborar en todas aquellas actividades que desde el mismo se lleven a cabo, siempre que sea posible por prestación de servicios y organización. - Solicitar y utilizar material económico y reciclado. • El Ayuntamiento de Villa y Puerto de Tazacorte se compromete a: - Aportar un lugar adecuado para el desarrollo de las sesiones. - Facilitar el material fungible, necesario para la realización de los talleres, así como el acceso a recursos materiales tales como fax, teléfono, fotocopiadora. - Facilitar un lugar donde poder guardar bajo llave, el material fungible que se utilice en las sesiones. TERCERA.- Usuarios. Los usuarios de los talleres serán personas afectadas por algún tipo de demencia o deterioro cognitivo, no siendo necesario que las mismas estén asociadas a AFA LA PALMA para beneficiarse de los citados talleres. C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es CUARTA.- Vigencia del convenio. La vigencia del Convenio será de 5 meses. Con el más amplio sentido de la colaboración y en prueba de conformidad a lo acordado en el presente convenio por ambas partes, se firma el mismo, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. La Presidenta de AFA LA PALMA Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte Dª Rosario I. Rodríguez Camacho D. Ángel Pablo Rodríguez Martín Segundo.- Notificar el presente acuerdo a AFA LA PALMA. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. PARTE NO PÚBLICA DE LA SESIÓN: 3.- LICENCIAS DE OBRAS. Vistos los informes jurídicos y técnicos, previo dictamen de la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente de 21 de enero de 2016, la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de la competencia delegada por el Sr. Alcalde-Presidente por Decreto de la Alcaldía nº 320/2015 de 19 de junio de 2015, acuerda por unanimidad: 3.1.1. Conceder licencia a Doña Carmen Luisa González Díaz, con D.N.I. 42.163.074-D, para la realización de las obras consistentes en construcción de almacén agrícola en la finca sita en la parcela 157 del polígono 1, en paraje conocido como La Costa, de este término municipal, según Proyecto del Ingeniero Técnico Agrícola D. Alejandro Hernández González, colegiado nº 728, con visado nº 108/2014 de 26 de octubre de 2015, con presupuesto según proyecto de 39.873,53€. 2.- La naturaleza urbanística del suelo objeto de la actuación es: Suelo Rústico de Protección Agrícola 2 (RPA-2). - Superficie de almacén agrícola: 90,00 m2. - Altura máxima: 3,50 m. 3.- La finalidad a la que se destinará: Agrícola. 4.- Plazo de ejecución de la obra: Según informe de los Servicios Técnicos Municipales, el plazo para el inicio de las obras se establece en dos años desde la C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es notificación; y el plazo para su ejecución se establece en cuatro años desde su inicio. El plazo de caducidad es de 24 meses desde la notificación. 5.- Aprobar la tasa municipal de licencia de obras que asciende a 1.008,27 €. 6.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que asciende a 1.395,58 €. 7.- Aprobar la Tasa Municipal por expedición de documentos, que asciende a 3,65 €. LA DEUDA TRIBUTARIA ASCIENDE A 2.407,50 EUROS. 8.- Someter la licencia a los condicionamientos generales de las mismas, que son las siguientes: 1) Las obras se realizarán sin perjuicio de derechos a terceros y salvando el derecho de propiedad. 2) Bajo dirección acreditativa de técnico competente y responsable de los trabajos. 3) Previo pago de los tributos establecidos. 4) Sin perjuicio de otras actuaciones, legislaciones que fueran preceptivas para la obra en sí o para cualquiera de las circunstancias relativas a la misma, en este u otro organismo oficial previo. 5) Cualquier otro tipo de obra o modificación importantes y no especificadas en el expediente de tramitación de la licencia, deberá ser objeto a su vez, de distinta solicitud para su correspondiente autorización. 6) La dirección facultativa o el titular de la licencia deberán comunicar al Ayuntamiento el inicio de las obras con al menos diez días de antelación, y una vez terminadas, en el plazo máximo de quince días, lo pondrán en conocimiento del Ayuntamiento, mediante escrito acompañado de un certificado del facultativo director, visado por el Colegio Profesional, en el que se acredite que las obras se han realizado de acuerdo con el proyecto y que están en condiciones de ser utilizadas. 7) Podrá prorrogarse el plazo fijado para la conclusión de las obras, por una sola vez y de duración no superior a la inicialmente acordada, previa solicitud del interesado formulada con anterioridad al término del expresado plazo, siempre que los actos de la licencia urbanística sean conformes en el momento del otorgamiento de la prórroga con la ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística aplicables. 8) La documentación a tener en la obra es la siguiente: - Un ejemplar del proyecto. - Un ejemplar de la Licencia Municipal y cartel en sitio visible. 9) Los propietarios estarán obligados a mantener sus edificios en las debidas condiciones de salubridad, seguridad y ornato público. 10) De las infracciones que se cometen en el uso de la Licencia serán solidariamente responsables su titular, el empresario de las obras y el facultativo director de las mismas. Las obras deberán ser realizadas por personal capacitado ateniéndose a las normas vigentes en materia de seguridad y salud. 9.- De conformidad con el informe de los Servicios Técnicos Municipales, la ejecución de las obras queda condicionada a que por parte del promotor se C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es justifique la necesidad de precisar de más de una edificación en la explotación y de que éstas no estén en un único conjunto, de conformidad con el artículo 185.4 c) del PIOLP. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las nueve horas y treinta minutos, por la Presidencia se levanta la sesión de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE,