C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es ACTA NÚMERO JGL10-16 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL 14 DE OCTUBRE DE 2016. SEÑORES ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: DON ÁNGEL PABLO RODRÍGUEZ MARTÍN. CONCEJALES PRESENTES: DON ADOLFO MIGUEL PÉREZ ACOSTA. DOÑA ANA BETINA MARTÍN GONZÁLEZ. DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 14 de octubre de 2016, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria urgente en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde Accidental, Don Ángel Pablo Rodríguez Martín y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente el Secretario Accidental de la Corporación, D. Pedro Juan Miguel Martín Hernández, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las nueve horas, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las nueve horas y diez minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: PARTE PÚBLICA DE LA SESIÓN: 1.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA SESIÓN. El Sr. Alcalde toma la palabra explicando que la urgencia de la sesión está justificada en que debemos remitir el acuerdo al Consejo Insular de Aguas en el día de hoy. No suscitándose debate el asunto, la Junta de Gobierno acuerda por unanimidad aprobar la urgencia de la sesión. 2.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE CONVENIO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA “RENOVACIÓN DE LA RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN EL SALTO DEL BARRANCO DE TENISCA”. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 14 de octubre de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente: “2.- CONVENIO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA “RENOVACIÓN DE LA RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN EL SALTO DEL BARRANCO DE TENISCA”. Visto el informe jurídico emitido de fecha 13 de octubre de 2016 cuyo tenor literal es el siguiente: “INFORME DE SECRETARIA En cumplimiento de lo ordenado por Providencia de la Alcaldía de fecha 13 de octubre de 2016, la técnico que suscribe emite el siguiente informe sobre: CONVENIO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA “RENOVACIÓN DE LA RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN EL SALTO DEL BARRANCO DE TENISCA”. Resultando que este Convenio tiene por objeto la realización y financiación de la obra “RENOVACIÓN DE LA RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN EL SALTO DEL BARRANCO DE TENISCA”. Resultando que ambas partes asumen obligaciones de colaboración y coordinación en la consecución del objetivo del Convenio, así como obligaciones de carácter económico, aportando el Ayuntamiento 5.742,9 € del coste de la obra, financiado el resto, es decir, 28.007,09 € por el Consejo Insular de Aguas de La Palma, de un presupuesto total de 33.749,99 €, existiendo saldo de crédito disponible en el vigente Presupuesto Municipal para hacer frente a dicha aportación municipal, según informe de la Intervención Municipal emitido al respecto. Resultando que la obra del presente Convenio deberá estar ejecutada, certificada y justificada ante el Consejo Insular de Aguas de La Palma antes del 14 de noviembre de 2016. Resultando que la contratación y ejecución de la obra, conforme al procedimiento legal vigente, será por cuenta del Ayuntamiento, comprometiéndose éste a colocar y mantener durante la ejecución de la obra el cartel de obra, conforme modelo facilitado por el Consejo Insular de Aguas de La Palma. Considerando que el artículo 111 del Texto Refundido 781/1986, de 18 de Abril señala que:”Las Entidades Locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración, y deberán cumplirlos a tenor de los mismos, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas, en su caso, a favor de dichas entidades”. Considerando que el artículo 88 de la Ley 30/1992 establece que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico no versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tiene encomendado. Considerando asimismo que el artículo el artículo 4.1 c) del Real Decreto Legislativo 3/2011 TRLCSP señala que: Son Negocios y Contratos excluidos del ámbito de aplicación de la ley: c) Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que se celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración sujetos a esta Ley. Considerando que el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que: “Las Entidades Locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del pleno de la corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación”. Considerando que por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 29 de abril de 2014, se aprobó la delegación en la Junta de Gobierno Local de su competencia de aprobación de aquellos convenios de colaboración y de la adhesión a los convenios y acuerdos marco que por razón de la materia necesite mayoría simple para su aprobación o adhesión, facultando a la Alcaldesa para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de dichos acuerdos, acuerdos que indicarán que se adoptan por delegación y se considerarán dictados por el órgano delegante, quedando excluidos de la delegación aquellos convenios de colaboración y aquellos convenios y acuerdos marco que se refieran a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Considerando que por razón de la materia a la que se refiere el presente Convenio, se encuadra en la referida competencia delegada en la Junta de Gobierno Local. A la vista de las consideraciones jurídicas expuestas, la técnico que suscribe formula la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCION Primero.- Aprobar el Convenio en los términos informados por los Servicios Jurídicos Municipales entre el Consejo Insular de Aguas de La Palma y el Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte. C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Segundo.- Notificar el presente acuerdo al Consejo Insular de Aguas de La Palma, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos. Esto es cuanto tengo a bien informar, no obstante la Corporación con su mejor criterio, decidirá. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 13 de octubre de 2016.La Técnico Municipal, Fdo.: Isabel Pérez Martín. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Toma la palabra el Sr. Presidente Don Adolfo Miguel Pérez Acosta, portavoz del Grupo Municipal Unión Bagañeta, diciendo: Como habrán visto en el salto del Barranco de Tenisca se está haciendo una obra por parte de la Comunidad de Aguas Tenisca, en esa obra que ellos están reponiendo iba adosado el tubo de agua de canalización del Ayuntamiento de Tazacorte y evidentemente al cambiarlo ellos, pues nos obliga a hacer a nosotros también dicho cambio. Para ello se ha recurrido al Cabildo para que nos dote presupuestariamente de una parte muy importante de esa obra y como ven en la documentación que tienen, del montante total el Ayuntamiento tendría que pagar alrededor de 6.000 € y el Cabildo alrededor de 29.000 €. Es preceptivo tener el acuerdo de la Comisión de Régimen Interior de este Ayuntamiento para darle traslado al Cabildo y en ello estamos. Toma la palabra el Sr. Concejal Don Carlos Miguel Martín Gómez, portavoz del Grupo Municipal Mixto, diciendo: Muchas gracias, vamos a ver, la cláusula 4 del Convenio con el Cabildo dice que las obras deberán estar contratadas e iniciadas antes 30 de septiembre de 2016, nosotros no hemos visto en los decretos, ningún decreto con la contratación de la obra no sé si está empezada, si está acabada, en qué estado está. ¿Podría explicarlo un poquito el Sr. Concejal? Responde el Sr. Presidente: A ver, la declaración de urgencia de la sesión venía precisamente motivada por eso, que vamos con retraso en cuanto a la contratación, previamente para contratar la obra tenemos que firmar el Convenio con el Cabildo y luego saldrá a tramitación lo que es la contratación de la obra. La obra no puede estar contratada porque todavía el Convenio no ha sido firmado, luego lo que tenemos es una declaración de intenciones de que es lo que queremos hacer, y para hacerlo lógicamente si no contamos con los fondos del Cabildo difícilmente lo vamos a hacer. Llevamos retraso, por ello hemos declarado la urgencia de la sesión porque ya nos urge, llevamos pisados los plazos como lo vemos en el Convenio que nos ha trasladado el Cabildo por el Consejo Insular de Aguas y se trata de firmar el Convenio para luego adjudicar la obra. La obra no está adjudicada ni está en vías de ejecución, ni se ha iniciado siquiera, como es iniciar el expediente de contratación una firmados los Convenios entre las dos Instituciones. Interviene el Sr. Concejal Don Carlos, diciendo: lo que pasa es que, dejamos de cumplir el punto 4, ¿no va a haber problemas con el Consejo Insular de Aguas?, y otra cosa, usted me está diciendo que la obra no está ejecutada. Responde el Sr. Presidente: La obra aún no ha sido adjudicada. Pregunta Don Carlos: ¿Pero no está ejecutada? C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Responde el Sr. Presidente: No, no, no, vamos ¿si no ha sido adjudicada, como va a estar ejecutada? Dice Don Carlos: No, yo le pregunto a usted directamente si la obra ya no se ha ejecutado, usted me está diciendo que no. Responde el Sr. Presidente: Hasta donde llega mi conocimiento no, hasta donde llega no, no sé, no. Interviene el Sr. Concejal Don Carlos, diciendo: Bien. ¿Puedo seguir con el turno de preguntas? Yo me voy al Convenio que hay suscrito con Canaragua, el contrato de adjudicación del suministro de agua potable, en el art. 17 dice que “serán por cuenta del concesionario todos los gastos que de acuerdo a lo establecido en el presente pliego se deriven de la gestión y la explotación del servicio, entre estos gastos se entienden incluidos todos aquellos derivados del mantenimiento de las instalaciones y las renovaciones de bienes muebles”, renovación. El art. 20 dice “el concesionario quedará obligado a cuidar, conservar a su costa las instalaciones y las obras del servicio, lo que incluye llevar a cabo sustituciones necesarias en la red que no deban ser consideradas ampliación de las infraestructuras y/o gran reformas”, esto no es una gran reforma, entonces desde el Grupo Mixto, desde Izquierda Unida entendemos que ni el Consejo Insular de Aguas ni el Ayuntamiento, igual me equivoco a lo mejor está aquí la jurista para corregirme, deben sufragar estos gastos tiene que ser Canaragua, entendemos nosotros los que corran con los gastos de esta obra íntegramente, que no sea el dinero público. Ellos tienen una concesión, que tienen unas condiciones que cumplir y entre ellas se encuentran, entendemos esta obra, lo entiendo yo y lo entendió el abogado que lo vio por el aire anoche porque con esto de las carreras, habría que profundizar, yo no soy jurista por eso he consultado. Entonces hasta ahí llego, no sé si la pregunta es para usted o para la jurista, ¿quién tiene que correr con los gastos de esta obra? Responde el Sr. Presidente: A ver, por lo que yo conozco de la obra el tubo no habría por qué cambiarlo pero si quedaría un vacío porque se sacan los apoyos que tenía dicho tubo, el tubo quedaría, en principio el Tenisca retira su material y el tubo quedaría perfectamente utilizable. Ha habido una discusión previa precisamente entre los juristas a ver en quien recaía si en Canaragua o no. Hemos recurrido a la financiación del Cabildo que ha aceptado a su vez hacerlo, porque no veíamos nada claro el que tuviese que ser Canaragua como usted propone porque no se trata de sustituir, sino se trata de hacer una obra donde garantizaríamos el no tener problemas el día de mañana porque va a quedar el tubo totalmente suelto, es decir, el tubo podría quedar ahí. En esa discusión hemos visto o hemos optado a que el Consejo Insular de Aguas que a su vez financia en más del 70% dicha obra y bueno esos son los pasos que estamos dando, yo creo que no sean alegales, en todo caso como tú dices los servicios jurídicos, el informe jurídico avala el que se pueda hacer dicha obra de la manera que estamos proponiendo y no sé si la jurista podrá aclarar algún término en ese sentido, pero sí hemos visto que lo que sí es necesario es la obra, la obra es totalmente necesaria porque el tubo va a quedar fuera de, fuera no, en unas condiciones muy peligrosas de cara a que pudiese romperse, hasta ahí yo veo. C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Interviene el Sr. Concejal Don Carlos, diciendo: Sí, yo entiendo todo lo que usted está diciendo, pero bueno si el tubo queda en unas condiciones porque el soporte lo tenía el Tenisca, quien debe mantener la infraestructura es la empresa concesionaria entendemos nosotros, entonces sí me gustaría que por parte de la jurista si tiene algo que decir o algo que aportar, sí me gustaría, yo sé que es complicado, pero es que no sé, es que leyendo el pliego de condiciones, incluso ya le digo el abogado que le echó un vistazo anoche que no tuvimos mucho tiempo también lo entiende. Entonces a menos que entre comillas, entre comillas no, la palabra es me fastidia que el dinero público se use para sufragar los gastos que deben correr a cargo de un concesionario de un servicio. Informan los Servicios Jurídicos: vamos a ver, el informe jurídico que avala la suscripción de este Convenio no entra en las condiciones de la concesión que hay con Canaragua, es verdad no lo tiene en cuenta, habría que ver, claro que es más que una cuestión entre jurídica y técnica, a nivel técnico la Oficina Técnica que ha elaborado el informe que en su día se remitió al Consejo Insular para proponer esa obra que dijera si entra dentro del tipo de obras que Canaragua se comprometió a realizar. Por la lectura que has hecho puede ser, no puede ser, no lo sé, así a bote pronto no puedo afirmarlo ni negarlo, pero es una cuestión entre técnica y sobre todo jurídica. Manifiesta el Sr. Presidente: Yo sí le puedo garantizar que la discusión previa con Canaragua ha existido y en principio se ha optado por esta solución, porque yo creo que no ha habido acuerdo entre las partes y lo que no podemos es estar litigando durante el tiempo necesario para que hagan la obra, cuando después ya no va a tener remedio. Ahora mismo por las circunstancias técnicas de que se está ejecutando allí y de que hay predisposición por parte de la empresa que está haciendo el resto de la obra, pues probablemente nos saldrá por las cifras que están planteadas en dicho Convenio, de lo contrario pues yo creo que la obra saldría mucho más cara, pero ya le digo la parte de discusión y de análisis de si era Canaragua o no también la hemos estudiado, y en principio hemos optado por la fórmula que ya le digo, nos garantiza el suministro de agua y la aportación gorda de la oba la vamos a recibir del Consejo Insular de Aguas. Manifiesta Don Carlos: Vuelvo a decir, no deja de ser dinero público y yo si tengo una concesión y puedo evitar hacer un gasto pues estaría discutiendo también, lo que pasa es que en este sentido Canaragua nunca va a cumplir con el pliego de condiciones. Otra cosa, el informe de la Oficina Técnica, en el informe de los técnicos se especifica, bueno ellos tampoco son juristas, ¿se especifica o se deja claro que tiene que ser la administración la que ejecute la obra, o no aparece nada de esto reflejado? No sé si alguien ha tenido la oportunidad de ver el informe de los técnicos, a mí sí me gustaría verlo o tener copia por eso lo voy a solicitar una vez salga, lo voy a solicitar por escrito, pero si alguien es consciente o es sabedor de que el informe de los técnicos, de los de la Oficina Técnica se dice que tiene que ser la administración la que ejecute o la concesionaria, y ahora se hace la pregunta ¿El informe técnico especifica quién tiene que ejecutar la obra? Si alguien tiene consciencia o conocimiento. Responde el Sr. Presidente: Ya le digo el conocimiento que yo tengo es de la discusión previa y el informe técnico habla de la obra en sí, de lo que se va a hacer, C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es lógicamente el informe técnico no va a decir quién es el que tendrá que sí o que no, sí le digo que previo a tomar este camino se discutió con la empresa, con Canaragua y ya le digo, una vez iniciadas las conversaciones con el Cabildo se vio la viabilidad de hacerlo de esta manera. Yo creo que tanto nuestros técnicos como los de Canaragua no llegaron a un principio de acuerdo y no sé, de ahí en adelante me es muy difícil dirimir la legalidad o no de la concesión administrativa. Hasta ahí lo que le he explicado es lo que yo sé. Dice Don Carlos: Sólo voy a dar la explicación del voto de Izquierda Unida dentro del Grupo Mixto, vamos a votar en contra porque entendemos que estos gastos deben correr a cargo del concesionario, o en su caso si el Ayuntamiento y el Consejo Insular de Aguas corren a cargo con los gastos, reclamárselos, y si es por la vía jurídica es por la vía jurídica, lo que no se puede es que claro, siempre un concesionario va a intentar no asumir los gastos o las obligaciones que le corresponden, eso está claro, se enrocarán y demás, y tire usted por donde tengan que tirar e invito al grupo de gobierno a que llegue hasta las últimas consecuencias y obligue a estos señores a empezar a pagar lo que se recoge en ese pliego de condiciones. No es por otro motivo por el que se vota en contra, los Convenios siempre son bien recibidos, pero es sencillamente por esto porque entendemos que los que tienen que ser responsables económicamente de este gasto, de esta obra, debe ser la empresa concesionaria. en este caso Canaragua. Muchas gracias. Dice el Sr. Presidente: Yo también le doy la explicación que anteriormente le he dado, de la incertidumbre de que se haga o no se haga la obra por no llegar a un acuerdo, hemos optado por esta solución, hemos conseguido la financiación yo creo que más que suficiente del Consejo Insular de Aguas, y otro punto sería la segunda parte que usted ha propuesto hoy que si hubiese lugar, pues tendríamos que reclamarle a la propia concesionaria, pero yo creo que ahora mismo que se está ejecutando la obra lo importante es realizar la obra y si el siguiente paso, la segunda propuesta que usted hace es viable, pues yo creo que tampoco tenga duda de que nuestro grupo también la va a llevar a cabo. Toma la palabra el Sr. Concejal Don Manuel González Gómez, del Grupo Municipal Socialista, diciendo: Nosotros desde el Partido Socialista entendemos la urgencia de la obra, es urgente y necesaria claro por las condiciones en las que queda el tubo, no teníamos claro si estaba ya en ejecución si no, por lo que entiendo, es la obra de la Comunidad del Tenisca la que ya está trabajando, pero no la de la parte del Ayuntamiento. No teníamos claro o bueno no lo había visto lo de la Oficina Técnica, me imagino que será un informe favorable, estará pasado, de Intervención es favorable también hay dinero, y del tema jurídico teníamos la duda y como decía el compañero Carlos si Canaragua tenía que asumir, no, tampoco es una cosa que no tenemos muy clara, ya vemos que tampoco queda claro pero bueno, pero entendemos la urgencia de la obra. Nosotros es la abstención porque no sabemos bien, habría que ver con tiempo si, y averiguar si corre a cargo de Canaragua si no, si ahora se ejecuta se le puede reclamar o no, es la postura nuestra, gracias. No suscitando más debate el asunto, la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local acuerda tres votos a favor del Grupo Municipal Unión Bagañeta, un C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es voto en contra del Grupo Municipal Mixto y una abstención del Grupo Municipal Socialista, elevar el siguiente dictamen favorable a la Junta de Gobierno Local, órgano competente por delegación del Pleno: Primero.- Aprobar la suscripción del Convenio en los términos informados por los Servicios Jurídicos Municipales entre el Consejo Insular de Aguas de La Palma y el Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, aportando el Ayuntamiento 5.742,9 € del coste de la obra, financiado el resto, es decir, 28.007,09 € por el Consejo Insular de Aguas de La Palma, de un presupuesto total de 33.749,99 € al que asciende el coste de la obra incluida en el Convenio: “RENOVACIÓN DE LA RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN EL SALTO DEL BARRANCO DE TENISCA”. Segundo.- Notificar el presente acuerdo al Consejo Insular de Aguas de La Palma, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.”” No suscitándose debate el asunto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de los miembros corporativos presentes, en el ejercicio de la competencia delegada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 29 de abril de 2014: Primero.- Aprobar la suscripción del CONVENIO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE PARA LA REALIZACIÓN DE LA OBRA “RENOVACIÓN DE LA RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN EL SALTO DEL BARRANCO DE TENISCA”, aportando el Ayuntamiento 5.742,9 € del coste de la obra, financiado el resto, es decir, 28.007,09 € por el Consejo Insular de Aguas de La Palma, de un presupuesto total de 33.749,99 €. Segundo.- Remitir el presente acuerdo al Consejo Insular de Aguas de La Palma, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las nueve horas y quince minutos, por la Presidencia se levanta la sesión de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE,