C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es ACTA NÚMERO JGL04-16 DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL 28 DE ABRIL DE 2016. SEÑORES ASISTENTES: PRESIDE ALCALDE ACCIDENTAL: DON ADOLFO MIGUEL PÉREZ ACOSTA. CONCEJALES PRESENTES: DOÑA ANA BETINA MARTÍN GONZÁLEZ. DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. NO ASISTEN: DON ÁNGEL PABLO RODRÍGUEZ MARTÍN. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 28 de abril de 2016, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde Accidental, Don Adolfo Miguel Pérez Acosta y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente el Secretario Accidental de la Corporación, D. Pedro Juan Miguel Martín Hernández, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las nueve horas, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las nueve horas y diez minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: PARTE NO PÚBLICA DE LA SESIÓN: 1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE SESIONES ANTERIORES (JGL02- 16 DE 3 DE MARZO DE 2016 Y JGL03-16 DE 19 DE ABRIL DE 2016). Teniendo conocimiento por traslado personal del borrador de las actas de las sesiones anteriores de fecha 16-03-16 y 19-04-2016, son aprobadas por unanimidad de los miembros corporativos presentes. 2.- LICENCIAS DE OBRAS. Vistos los informes jurídicos y técnicos, previo dictamen de la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente de 26 de abril de 2016, la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de la competencia delegada por el Sr. Alcalde-Presidente por Decreto de la Alcaldía nº 320/2015 de 19 de junio de 2015, acuerda por unanimidad: 2.1.1. Conceder modificado de licencia a Don Karl Bühlmann, con NIE nº: TC0194148, otorgada por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 17 de diciembre de 2014, para la construcción de piscina privada, aseo, cuarto de C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es trastero y almacén, en parcela con instalaciones, referencia catastral: 001000500BS16G0001SK, sita en C/ La Costa, s/n, El Paradiso, de éste término municipal, según Modificado de Proyecto de Ejecución, con visado nº 14/000071/8000 de 01 de diciembre de 2015, del Arquitecto D. Roberto Pais Martín, colegiado nº2469 del COAC. “Se modifica la configuración y las superficies útiles construidas tanto para la piscina como de la sala de máquinas. No existe variación en el aseo y solárium. Se cambia la configuración de la planta nivel -2 (aparcamiento) trasladando el cuarto de instalaciones a la parte Suroeste, añadiendo un almacén y trastero en planta sótano.” 2.- La naturaleza urbanística del suelo objeto de la actuación es: Suelo Rústico de Asentamiento Rural (RAR-6. EL PARADISO) 3.- La finalidad a la que se destinará: Residencial. 4.- Plazo de ejecución de la obra: Según informe de los Servicios Técnicos Municipales, el plazo para el inicio de las obras se establece en dos años desde la notificación; y el plazo para su ejecución se establece en cuatro años desde su inicio. El plazo de caducidad es de 24 meses desde la notificación. 5.- Aprobar la tasa provisional de licencia de obras que asciende a 118,62€. 6.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que asciende a 283,50 €. 7.- Aprobar la Tasa Municipal por expedición de documentos, que asciende a 3,65 €. 8.- Aprobar el Canon en Suelo Rústico para usos Residenciales la cantidad de 405,00€. LA DEUDA TRIBUTARIA ASCIENDE A 810,77 EUROS. 9.- Someter la licencia a los condicionamientos generales de las mismas, que son las siguientes: 1) Las obras se realizarán sin perjuicio de derechos a terceros y salvando el derecho de propiedad. 2) Bajo dirección acreditativa de técnico competente y responsable de los trabajos. 3) Previo pago de los tributos establecidos. 4) Sin perjuicio de otras actuaciones, legislaciones que fueran preceptivas para la obra en sí o para cualquiera de las circunstancias relativas a la misma, en este u otro organismo oficial previo. 5) Cualquier otro tipo de obra o modificación importantes y no especificadas en el expediente de tramitación de la licencia, deberá ser objeto a su vez, de distinta solicitud para su correspondiente autorización. 6) La dirección facultativa o el titular de la licencia deberán comunicar al Ayuntamiento el inicio de las obras con al menos diez días de antelación, y una vez terminadas, en el plazo máximo de quince días, lo pondrán en conocimiento del Ayuntamiento, mediante escrito acompañado de un certificado del facultativo director, visado por el Colegio Profesional, en el que se acredite que las obras se han realizado de acuerdo con el proyecto y que están en condiciones de ser utilizadas. 7) Podrá prorrogarse el plazo fijado para la conclusión de las obras, por una sola vez y de duración no superior a la inicialmente acordada, previa solicitud C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es del interesado formulada con anterioridad al término del expresado plazo, siempre que los actos de la licencia urbanística sean conformes en el momento del otorgamiento de la prórroga con la ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística aplicables. 8) La documentación a tener en la obra es la siguiente: - Un ejemplar del proyecto. - Un ejemplar de la Licencia Municipal y cartel en sitio visible. 9) Los propietarios estarán obligados a mantener sus edificios en las debidas condiciones de salubridad, seguridad y ornato público. 10) De las infracciones que se cometen en el uso de la Licencia serán solidariamente responsables su titular, el empresario de las obras y el facultativo director de las mismas. Las obras deberán ser realizadas por personal capacitado ateniéndose a las normas vigentes en materia de seguridad y salud. 2.2.1. Conceder licencia a Doña Mª del Rosario Luis Brito, con DNI nº: 42.187.981-R, como representante de URBAGRO LA PALMA S.L., con CIF nº: B38989950, para obras consistentes en Vivienda Unifamiliar y Piscina, en parcela sita en Cuesta Zapata (parte de parcela 271 y parte de la 273 del polígono 6) con referencias catastrales: 38045A006002710000OL Y 38045A006002730000OF, de éste término municipal, en los términos descritos en el Proyecto Básico de la Arquitecto Dª. Mari Carmen Alemañ García, colegiado nº2233 del COAC. “El Proyecto que nos ocupa (Proyecto Básico), tiene como objetivo principal la construcción de una vivienda unifamiliar aislada y piscina (licencia administrativa)”. 2.- La naturaleza urbanística del suelo objeto de la actuación es: Suelo Rústico de Asentamiento Rural (RAR-2. LA MARINA ALTA) 3.- La finalidad a la que se destinará: Residencial. 4.- Plazo de ejecución de la obra: Según informe de los Servicios Técnicos Municipales, el plazo de ejecución se estima en un año, y el plazo de inicio se estima en dos meses. 5.- Aprobar la tasa provisional de licencia de obras que asciende a 2.731,16€. 6.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que asciende a 3.549,17 €. 7.- Aprobar la Tasa Municipal por expedición de documentos, que asciende a 3,65 €. 8.- Aprobar el Canon en Suelo Rústico para usos Residenciales la cantidad de 5.070,25€. LA DEUDA TRIBUTARIA ASCIENDE A 11.354,23 EUROS. 9.- Someter la licencia a los condicionamientos generales de las mismas, que son las siguientes: 1) Las obras se realizarán sin perjuicio de derechos a terceros y salvando el derecho de propiedad. 2) Bajo dirección acreditativa de técnico competente y responsable de los trabajos. 3) Previo pago de los tributos establecidos. C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 4) Sin perjuicio de otras actuaciones, legislaciones que fueran preceptivas para la obra en sí o para cualquiera de las circunstancias relativas a la misma, en este u otro organismo oficial previo. 5) Cualquier otro tipo de obra o modificación importantes y no especificadas en el expediente de tramitación de la licencia, deberá ser objeto a su vez, de distinta solicitud para su correspondiente autorización. 6) La dirección facultativa o el titular de la licencia deberán comunicar al Ayuntamiento el inicio de las obras con al menos diez días de antelación, y una vez terminadas, en el plazo máximo de quince días, lo pondrán en conocimiento del Ayuntamiento, mediante escrito acompañado de un certificado del facultativo director, visado por el Colegio Profesional, en el que se acredite que las obras se han realizado de acuerdo con el proyecto y que están en condiciones de ser utilizadas. 7) Podrá prorrogarse el plazo fijado para la conclusión de las obras, por una sola vez y de duración no superior a la inicialmente acordada, previa solicitud del interesado formulada con anterioridad al término del expresado plazo, siempre que los actos de la licencia urbanística sean conformes en el momento del otorgamiento de la prórroga con la ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística aplicables. 8) La documentación a tener en la obra es la siguiente: - Un ejemplar del proyecto. - Un ejemplar de la Licencia Municipal y cartel en sitio visible. 9) Los propietarios estarán obligados a mantener sus edificios en las debidas condiciones de salubridad, seguridad y ornato público. 10) De las infracciones que se cometen en el uso de la Licencia serán solidariamente responsables su titular, el empresario de las obras y el facultativo director de las mismas. Las obras deberán ser realizadas por personal capacitado ateniéndose a las normas vigentes en materia de seguridad y salud. 10.- De conformidad con el artículo 219.1 a) del RGESPC y el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, el comienzo de las obras requerirá en todo caso comunicación previa al Ayuntamiento con al menos diez días de antelación, a la que se adjuntará el correspondiente Proyecto de Ejecución visado por el Colegio Profesional correspondiente. 3.- RUEGOS Y PREGUNTAS. No se presentan. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las nueve horas y quince minutos, por la Presidencia se levanta la sesión de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE ACCIDENTAL,