C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es ACTA NÚMERO JGL09-17 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL 27 DE OCTUBRE DE 2017. SEÑORES ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: DON ÁNGEL PABLO RODRÍGUEZ MARTÍN. CONCEJALES PRESENTES: DON ADOLFO MIGUEL PÉREZ ACOSTA. DOÑA ANA BETINA MARTÍN GONZÁLEZ. DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 27 de octubre de 2017, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria urgente en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde, Don Ángel Pablo Rodríguez Martín y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente el Secretario Accidental de la Corporación, D. Carlos Manuel Acosta Cabrera, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las nueve horas y treinta minutos, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las nueve horas y cuarenta minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: PARTE PÚBLICA DE LA SESIÓN: 1.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA SESIÓN. El Sr. Alcalde toma la palabra explicando que la urgencia de la sesión está justificada en hoy finaliza el plazo de cinco días que establece la cláusula séptima del Acuerdo Marco de colaboración entre el SCE y la FECAM para la presentación de la documentación que en la misma se detalla, plazo de cinco días a contar desde el siguiente a la publicación del citado Acuerdo Marco en el Boletín Oficial de Canarias, publicación que tuvo lugar en el BOCA nº 203 del 20 de octubre del corriente, finalizando dicho plazo en el día de hoy. No suscitándose debate el asunto, la Junta de Gobierno acuerda por unanimidad aprobar la urgencia de la sesión. 2.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE ACUERDO-MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es SOCIAL EN EL MARCO DEL DE REINSERCIÓN PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL PARA EL PERIODO 2017-2018, AL AMPARO DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 27 de octubre de 2017, cuyo tenor literal es el siguiente: “1.- ADHESIÓN AL ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE ACUERDO- SOCIAL EN EL MARCO DEL MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y PROGRAMA DE REINSERCIÓN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL PARA EL PERIODO 2017-2018, AL AMPARO DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS. Visto el informe jurídico emitido de fecha 26 de octubre de 2017 cuyo tenor literal es el siguiente: “Expte. 3674/2017 INFORME DE SECRETARIA En cumplimiento de lo ordenado por Providencia de la Alcaldía de fecha 25 de octubre de 2017, la técnico que suscribe emite el siguiente informe sobre: ADHESIÓN AL ACUERDO-MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y DE REINSERCIÓN SOCIAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL PARA EL PERIODO 2017-2018, AL AMPARO DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS. Resultando que este Acuerdo-Marco, de fecha 14 de octubre de 2017, tiene por objeto servir de marco para establecer las características de las subvenciones a otorgar por el Servicio Canario de Empleo, en el periodo 2017-2018, para el desarrollo de actuaciones vinculadas con el ejercicio de competencias o servicios propios de los ayuntamientos, que redunden en beneficio de la comunidad canaria y al mismo tiempo supongan una reducción del desempleo en el archipiélago canario, al amparo del Plan Integral de Empleo de Canarias. Resultando que, la adhesión al citado Acuerdo-Marco comporta obligaciones económicas distribuidas de la siguiente forma, según informe del AEDL que consta en el expediente: - Aportación de la Corporación Local: …………………………………. 3.675,84 € - Aportación del SCE………………………………..……….…………………. 124.769,22 € Total:….. 128.445,06 € C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Resultando que, por Intervención se ha informado que existe consignación en el vigente Presupuesto Municipal para hacer frente a los gastos no subvencionados por el SCE. Resultando que, el Acuerdo-Marco surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOCA nº 203 de 20 de octubre de 2017), y su plazo máximo de vigencia se extenderá hasta la fecha máxima de justificación de las subvenciones concedidas a los proyectos que se ejecuten en 2017-2018. Considerando que, el artículo 111 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, señala que:” Las Entidades Locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración, y deberán cumplirlos a tenor de los mismos, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas, en su caso, a favor de dichas entidades”. Considerando que el artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento Jurídico no versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tiene encomendado. Considerando que, asimismo que el artículo el artículo 4.1 c) de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, señala que: Están excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes negocios y relaciones jurídicas: c) Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que se celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración sujetos a esta Ley. Considerando que el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que: “Las Entidades Locales actuarán en los convenios a través de su Presidente, previa autorización expresa del pleno de la corporación otorgada por la mayoría simple de los asistentes a la sesión, salvo que el convenio se refiera a materia en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación”. Considerando que por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 29 de abril de 2014, se aprobó la delegación en la Junta de C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Gobierno Local de su competencia de aprobación de aquellos convenios de colaboración y de la adhesión a los convenios y acuerdos marco que por razón de la materia necesite mayoría simple para su aprobación o adhesión, facultando a la Alcaldesa para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de dichos acuerdos, acuerdos que indicarán que se adoptan por delegación y se considerarán dictados por el órgano delegante, quedando excluidos de la delegación aquellos convenios de colaboración y aquellos convenios y acuerdos marco que se refieran a materias en las que se exija el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Considerando que por razón de la materia a la que se refiere el presente Protocolo, se encuadra en la referida competencia delegada en la Junta de Gobierno Local. A la vista de las consideraciones jurídicas expuestas, la técnico que suscribe formula la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO Primero.- Aprobar la adhesión al ACUERDO-MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y DE REINSERCIÓN SOCIAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL PARA EL PERIODO 2017- 2018, AL AMPARO DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS, de fecha 14 de octubre de 2017. Segundo.- Solicitar al SCE la concesión de una subvención directa por importe de 124.769,22 €, en los términos previstos en el Acuerdo-Marco. Tercero.- El Ayuntamiento asumirá con cargo a su presupuesto municipal y para la ejecución del proyecto a desarrollar, la cantidad de 3.675,84 €, siendo la previsión del coste del desarrollo del proyecto de 128.445,06 €. Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al SCE, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Quinto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Don Ángel Pablo Rodríguez Martín o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Esto es cuanto tengo a bien informar, no obstante la Corporación con su mejor criterio, decidirá. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 26 de octubre de 2017.La Técnico Municipal, Fdo.: Isabel Pérez Martín. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra el Sr. Concejal Don Vicente Méndez Gómez, portavoz del Grupo Municipal Socialista, preguntando: ¿La contratación sería de los quince trabajadores en un solo bloque? Responde el Sr. Sr. Presidente Don Adolfo Miguel Pérez Acosta, del Grupo Municipal Unión Bagañeta: Si, los quince. Es imprescindible el informe social. Pregunta Don Vicente: ¿Se publicitará la oferta? Responde el Sr. Presidente: Si, por los medios habituales. Imprescindible el informe social. No suscitando más debate el asunto, la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen favorable a la Junta de Gobierno Local, órgano competente por delegación del Pleno: Primero.- Aprobar la adhesión al ACUERDO-MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y DE REINSERCIÓN SOCIAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL PARA EL PERIODO 2017- 2018, AL AMPARO DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS, de fecha 14 de octubre de 2017. Segundo.- Solicitar al SCE la concesión de una subvención directa por importe de 124.769,22 €, en los términos previstos en el Acuerdo-Marco. Tercero.- El Ayuntamiento asumirá con cargo a su presupuesto municipal y para la ejecución del proyecto a desarrollar, la cantidad de 3.675,84 €, siendo la previsión del coste del desarrollo del proyecto de 128.445,06 €. Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al SCE, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Quinto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Don Ángel Pablo Rodríguez Martín o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.” No suscitándose debate el asunto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de los miembros corporativos presentes, en el ejercicio de la competencia delegada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 29 de abril de 2014: Primero.- Aprobar la adhesión al ACUERDO-MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN DEL C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y DE REINSERCIÓN SOCIAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE EMPLEO SOCIAL PARA EL PERIODO 2017- 2018, AL AMPARO DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS, de fecha 14 de octubre de 2017. Segundo.- Solicitar al SCE la concesión de una subvención directa por importe de 124.769,22 €, en los términos previstos en el Acuerdo-Marco. Tercero.- El Ayuntamiento asumirá con cargo a su presupuesto municipal y para la ejecución del proyecto a desarrollar, la cantidad de 3.675,84 €, siendo la previsión del coste del desarrollo del proyecto de 128.445,06 €. Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al SCE, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Quinto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Don Ángel Pablo Rodríguez Martín o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las nueve horas y cuarenta y cinco minutos, por la Presidencia se levanta la sesión de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE,