ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. ACTA NÚMERO PL08-17 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2017. SEÑORES ASISTENTES: ALCALDES-PRESIDENTE: DON ÁNGEL PABLO RODRÍGUEZ MARTÍN. CONCEJALES PRESENTES: DON ADOLFO MIGUEL PÉREZ ACOSTA. DOÑA ANA BETINA MARTÍN GONZÁLEZ. DOÑA MARIA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. DON DAVID RUIZ ÁLVAREZ. DOÑA LOURDES TATIANA RODRÍGUEZ LORENZO. DON VICENTE MÉNDEZ GÓMEZ. DOÑA ANA BELÉN LEÓN MARTÍN. NO ASISTEN: DON ANTONIO ROCHA QUINTERO. DON CARLOS MIGUEL MARTÍN GÓMEZ. SECRETARIO ACCIDENTAL: DON CARLOS MANUEL ACOSTA CABRERA. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 27 de octubre de 2017, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne el Pleno del Ayuntamiento, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria urgente en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde-Presidente, Don Ángel Pablo Rodríguez Martín y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente el Secretario Accidental que lo es de la Corporación, Don Carlos Manuel Acosta Cabrera, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las nueve horas, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las nueve horas y cinco minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: 1.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA SESIÓN. Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don Ángel Pablo Rodríguez Martín, diciendo: Se abre la sesión para aprobar el punto correspondiente a la ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Asociación de Mujeres para la sensibilización de la violencia de género. Lo primero es la declaración de urgencia de la sesión. No suscitándose debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por seis votos a favor del Grupo Municipal Unión Bagañeta y dos abstenciones del Grupo Municipal Socialista, declarar la urgencia de la sesión. 2.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DE LA ISLA DE LA PALMA Y LA ASOCIACION MUJERES SOLIDARIDAD Y COOPERACION PARA LA SENSIBILIZACION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LA PALMA Y ANEXO AL MISMO. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 27 de octubre de 2017, cuyo tenor literal es el siguiente: “3.- PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DE LA ISLA DE LA PALMA Y LA ASOCIACION MUJERES SOLIDARIDAD Y COOPERACION PARA LA SENSIBILIZACION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LA PALMA Y ANEXO AL MISMO. Visto el Informe de Secretaría emitido de fecha 25 de octubre de 2017 cuyo tenor literal es el siguiente: “Expediente n.º 3619/2017 Informe de Secretaría INFORME DE SECRETARIA En cumplimiento de lo ordenado por Providencia de la Alcaldía de fecha 16 de octubre de 2017, la técnico que suscribe emite el siguiente informe sobre: PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DE LA ISLA DE LA PALMA Y LA ASOCIACION MUJERES SOLIDARIDAD Y COOPERACION PARA LA SENSIBILIZACION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LA PALMA Y ANEXO AL MISMO, remitido por la FECAM. Resultando que este Protocolo General de Colaboración tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la Asociación Mujeres Solidaridad y Cooperación y los ayuntamientos de la Isla de La Palma signatarios del presente, para desarrollar un programa de sensibilización y prevención de la violencia de género en la isla de La Palma. ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Resultando que este Protocolo General de Colaboración supone una aportación por parte del Ayuntamiento de 1.260,30 € para cubrir los gastos de la ejecución del programa objeto del citado Protocolo General, de una cuantía total de 20.175,85 € distribuida entre todos los Ayuntamientos de la Isla de La Palma, según se recoge en el apartado noveno de la parte dispositiva del Protocolo y del Anexo al mismo, existiendo saldo de crédito disponible en el vigente Presupuesto Municipal para hacer frente a dicha aportación municipal, según informe de la Intervención Municipal emitido al respecto. Resultando que el presente Protocolo se iniciará el 9 de octubre de 2017 y finalizará el 31 de diciembre de 2017, y estará vigente mientras cualesquiera de las partes signatarias no proceda a su denuncia formal, que habrá de ser notificada fehacientemente a la otra con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista de resolución del mismo, requiriendo la prórroga aceptación expresa por las partes firmantes antes de la finalización de la duración del Protocolo. Considerando que el artículo 111 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, señala que:”Las Entidades Locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración, y deberán cumplirlos a tenor de los mismos, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas, en su caso, a favor de dichas entidades”. Considerando que el artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tiene encomendado. Considerando que el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que no tienen la consideración de convenios, los Protocolos Generales de Actuación o instrumentos similares que comporten meras declaraciones de intención de contenido general o que expresen la voluntad de las Administraciones y partes suscriptoras para actuar con un objetivo común, siempre que no supongan la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles. Considerando que al no tener la consideración de convenio, no es de aplicación la delegación en la Junta de Gobierno Local de la competencia del Pleno de la Corporación de la aprobación de determinados convenios y acuerdos marco. A la vista de las consideraciones jurídicas expuestas, la técnico que suscribe formula la siguiente: ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. PROPUESTA DE ACUERDO Primero.- Aprobar el PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DE LA ISLA DE LA PALMA Y LA ASOCIACION MUJERES SOLIDARIDAD Y COOPERACION PARA LA SENSIBILIZACION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LA PALMA Y ANEXO AL MISMO. Segundo.- Remitir el presente acuerdo a la FECAM, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Protocolo General de Colaboración, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Esto es cuanto tengo a bien informar, no obstante la Corporación con su mejor criterio, decidirá. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 25 de octubre de 2017. La Técnico Municipal, Fdo.: Isabel Pérez Martín. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE”. No suscitando debate el asunto, la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen favorable al Pleno de la Corporación: Primero.- Aprobar el PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DE LA ISLA DE LA PALMA Y LA ASOCIACION MUJERES SOLIDARIDAD Y COOPERACION PARA LA SENSIBILIZACION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LA PALMA Y ANEXO AL MISMO. Segundo.- Remitir el presente acuerdo a la FECAM, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Protocolo General de Colaboración, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don Ángel Pablo Rodríguez Martín, diciendo: La información que les puedo transmitir de este asunto es que en una reunión de la Federación de Municipios Canarios aquí en La Palma, se tomó el acuerdo de que los Ayuntamientos colaborasen en esto, porque hay un equipo de trabajo, que está en los Ayuntamientos de esta zona y antes tenían un apoyo económico del Cabildo, pero ahora ese apoyo es menor y se va a completar con el apoyo de los ayuntamientos. La cantidad no es grande, es una cantidad testimonial, ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. no recuerdo exactamente, podemos estar hablando de mil y tantos euros, poco más tal vez, pero es para completar el salario de esas personas que están trabajando en los municipios, van a los colegios y la labor que han hecho, según la Federación de Municipios, su evaluación es buena, por lo tanto queremos seguir manteniendo el servicio y por eso estamos en esta línea. El Pleno es para darle cobertura institucional al trabajo de estas mujeres, saben todos los problemas que entraña la violencia de género en nuestra sociedad. Toma la palabra el Sr. Concejal Don Vicente Méndez Gómez, portavoz del Grupo Municipal Socialista, diciendo: Como no puede ser de otra manera, y si me lo permite el Señor Alcalde, en este caso el Grupo Socialista, no el Partido Socialista, va a votar a favor del acuerdo, porque a nadie se le escapa el drama cotidiano que supone la violencia de género y las situaciones en que en algunos casos un hombre y en la inmensa mayoría de ellos las mujeres, sufren por esta cuestión. En todo caso me reitero, el Grupo Socialista en este caso, votará a favor de este punto. No suscitando más debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros presentes: Primero.- Aprobar el PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DE LA ISLA DE LA PALMA Y LA ASOCIACION MUJERES SOLIDARIDAD Y COOPERACION PARA LA SENSIBILIZACION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LA PALMA Y ANEXO AL MISMO. Segundo.- Remitir el presente acuerdo a la FECAM, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del Protocolo General de Colaboración, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.”” Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don Ángel Pablo Rodríguez Martín, diciendo: Quería comentarles que ha fallecido la madre de Isabel, que estaba ingresada en Tenerife y se ha tenido que ir, por lo que le damos nuestro más sentido pésame, una compañera que lleva muchos años con nosotros, sentimos la muerte de su madre y la acompañamos en esta situación. Para que lo sepan, por si quieren expresárselo personalmente y que se recoja en el Pleno nuestro pésame por el fallecimiento. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las nueve horas y treinta y cinco minutos, por la Presidencia se levanta la sesión, de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE