C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es ACTA NÚMERO JGL01-20 DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL 30 DE ENERO DE 2020. SEÑORES ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: DON JUAN MIGUEL RODRÍGUEZ ACOSTA. CONCEJALES PRESENTES: DON DAVID RUIZ ÁLVAREZ. DOÑA NIEVES YOLANDA ACOSTA LORENZO. DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 30 de enero de 2020, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión pública ordinariaen primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde, Don Juan Miguel Rodríguez Acosta y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente el Secretario Accidental de la Corporación, D. Carlos Manuel Acosta Cabrera, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las doce horas, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las doce horas y quince minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: PARTE NO PÚBLICA DE LA SESIÓN: 1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES (JGL09-19 DE 08 DE AGOSTO DE 2019, JGL10-19 DE 03 DE DICIEMBRE DE 2019 Y JGL11-19 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2019). Teniendo conocimiento por traslado personal del borrador de las actas de lassesiones anteriores de 08-08-2019, 03-12-2019 y 30-12-2019, son aprobadas por unanimidad de los miembros corporativos presentes. 2.- LICENCIAS DE OBRAS. Vistos los informes jurídicos y técnicos, previo dictamen de la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente de 28 de enero de 2020, la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de la competencia delegada por el Sr. Alcalde-Presidente por Decreto de la Alcaldía nº 2019-0418 de 19 de junio de 2019, acuerda por unanimidad: Cód. Validación: 7HEA7CD9D3LSYRQYTJ643MN2T | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 2.1.1.Conceder licencia a D. Armin Holl con N.I.E: Y6038912T, para obras consistentes en “Legalización parcial y ampliación de vivienda unifamiliar entremedianeras” en la Calle Pescadores, nº 8, de éste término municipal, con referencias catastrales nº: 3421936BS1732S0001JW y 3421935BS1732S0001IW (agrupadas mediante Escritura de Agrupación de fecha 25 de julio de 2019) según Proyecto Básico y de Ejecución de Legalización parcial y ampliación de Vivienda Unifamiliar entremedianeras del arquitecto Caro & Mañoso-Fernández Duque Arquitectura y Urbanismo, con visado nº000093/5000, de 24 de mayo de 2019. 2.- La naturaleza urbanística del suelo objeto de la actuación es: Suelo Urbano (SUCU-EC 2 plantas). 3.- La finalidad a la que se destinará: Residencial. 4.- Plazo de ejecución de la obra: Según informe de los Servicios Técnicos Municipales, la eficacia temporal de las licencias se establece en el artículo 347 de la Ley 4/2017, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Plazo de caducidad de la licencia: 24 meses desde la notificación. 5.- Aprobar la Tasa Provisional por licencia de obras que asciende a 2.298,57€. 6.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que asciende a 3.008,57 €. 7.- Aprobar la Tasa Municipal por expedición de documentos, que asciende a 3,65 €. LA DEUDA TRIBUTARIA ASCIENDE A 5.310,79 EUROS. 8.- Someter la licencia a los condicionamientos generales de las mismas, que son las siguientes: 1) Las obras se realizarán sin perjuicio de derechos a terceros y salvando el derecho de propiedad. 2) Bajo dirección acreditativa de técnico competente y responsable de los trabajos. 3) Previo pago de las tasas establecidas. 4) Sin perjuicio de otras actuaciones, legislaciones o licencias que fueran preceptivas para la obra en sí o para cualquiera de las circunstancias relativas a la misma, en este u otro organismo oficial previo. 5) Cualquier otro tipo de obra o modificación importantes y no especificadas en el expediente de tramitación de la licencia, deberá ser objeto a su vez, de distinta solicitud para su correspondiente autorización. 6) La dirección facultativa o el titular de la licencia deberán comunicar al Ayuntamiento el inicio de las obras con al menos diez días de antelación, y una vez terminadas, en el plazo máximo de quince días, lo pondrán en conocimiento del Ayuntamiento, mediante escrito acompañado de un certificado del facultativo director, visado por el Colegio Profesional, en el que se acredite que las obras se han realizado de acuerdo con el proyecto y que están en condiciones de ser utilizadas. 7) Podrá prorrogarse el plazo fijado para la conclusión de las obras, por una sola vez y de duración no superior a la inicialmente acordada, previa solicitud del interesado formulada con anterioridad al término del expresado plazo, siempre que los actos de la licencia urbanística sean conformes en el momento del Cód. Validación: 7HEA7CD9D3LSYRQYTJ643MN2T | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es otorgamiento de la prórroga con la ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística aplicables. 8) La documentación a tener en la obra es la siguiente: - Un ejemplar del proyecto. - Un ejemplar de la Licencia Municipal y cartel en sitio visible. 9) Los propietarios estarán obligados a mantener sus edificios en las debidas condiciones de salubridad, seguridad y ornato público. 10) De las infracciones que se cometen en el uso de la Licencia serán solidariamente responsables su titular, el empresario de las obras y el facultativo director de las mismas. Las obras deberán ser realizadas por personal capacitado ateniéndose a las normas vigentes en materia de seguridad y salud. 9.- Previsión de fianza por ocupación de la vía pública de un 2% del presupuesto general de la obra, correspondiente a una fianza por importe de 1.719,18€.En caso de ocupación de vía en días determinados, comunicar a la Policía Local los días de ocupación con tres días de antelación. 2.2.1.Conceder licencia a Dª. Yeleina Acosta Acosta con D.N.I. nº: 42.416.764-A, para obras consistentes en “Reforma y Ampliación de vivienda unifamiliar” en la Plaza Dr. Morales Pérez, nº 2, de éste término municipal, con referencia catastral nº: 3418301BS1731N0001SM según Proyecto Básico y de Ejecución del arquitecto D. Jaime Rodríguez Hernández, colegiado nº 1649 del COAC, con visado nº000178/5000, de 19 de noviembre de 2019. 2.- La naturaleza urbanística del suelo objeto de la actuación es: Suelo Urbano (SUCU-EC 2 plantas). La edificación se encuentra incluida en el Catálogo de Patrimonio del vigente PGO, con el número de ficha 126. 3.- La finalidad a la que se destinará: Residencial. 4.- Plazo de ejecución de la obra: Según informe de los Servicios Técnicos Municipales, la eficacia temporal de las licencias se establece en el artículo 347 de la Ley 4/2017, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Plazo de caducidad de la licencia: 24 meses desde la notificación. 5.- Aprobar la Tasa Provisional por licencia de obras que asciende a 2.917,21€. 6.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que asciende a 3.781,75 €. 7.- Aprobar la Tasa Municipal por expedición de documentos, que asciende a 3,65 €. LA DEUDA TRIBUTARIA ASCIENDE A 6.702,61 EUROS. 8.- Someter la licencia a los condicionamientos generales de las mismas, que son las siguientes: 1) Las obras se realizarán sin perjuicio de derechos a terceros y salvando el derecho de propiedad. 2) Bajo dirección acreditativa de técnico competente y responsable de los trabajos. 3) Previo pago de las tasas establecidas. 4) Sin perjuicio de otras actuaciones, legislaciones o licencias que fueran preceptivas para la obra en sí o para cualquiera de las circunstancias relativas a la misma, en este u otro organismo oficial previo. Cód. Validación: 7HEA7CD9D3LSYRQYTJ643MN2T | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es 5) Cualquier otro tipo de obra o modificación importantes y no especificadas en el expediente de tramitación de la licencia, deberá ser objeto a su vez, de distinta solicitud para su correspondiente autorización. 6) La dirección facultativa o el titular de la licencia deberán comunicar al Ayuntamiento el inicio de las obras con al menos diez días de antelación, y una vez terminadas, en el plazo máximo de quince días, lo pondrán en conocimiento del Ayuntamiento, mediante escrito acompañado de un certificado del facultativo director, visado por el Colegio Profesional, en el que se acredite que las obras se han realizado de acuerdo con el proyecto y que están en condiciones de ser utilizadas. 7) Podrá prorrogarse el plazo fijado para la conclusión de las obras, por una sola vez y de duración no superior a la inicialmente acordada, previa solicitud del interesado formulada con anterioridad al término del expresado plazo, siempre que los actos de la licencia urbanística sean conformes en el momento del otorgamiento de la prórroga con la ordenación de los recursos naturales, territorial y urbanística aplicables. 8) La documentación a tener en la obra es la siguiente: - Un ejemplar del proyecto. - Un ejemplar de la Licencia Municipal y cartel en sitio visible. 9) Los propietarios estarán obligados a mantener sus edificios en las debidas condiciones de salubridad, seguridad y ornato público. 10) De las infracciones que se cometen en el uso de la Licencia serán solidariamente responsables su titular, el empresario de las obras y el facultativo director de las mismas. Las obras deberán ser realizadas por personal capacitado ateniéndose a las normas vigentes en materia de seguridad y salud. 9.- Previsión de fianza por ocupación de la vía pública de un 2% del presupuesto general de la obra, correspondiente a una fianza por importe de 2.161,00 €.En caso de ocupación de vía en días determinados, comunicar a la Policía Local los días de ocupación con tres días de antelación. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las doce horas y veinte minutos, por la Presidencia se levanta la sesión de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 7HEA7CD9D3LSYRQYTJ643MN2T | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 4