C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es ACTA NÚMERO PL04-20 DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EL DÍA 1 DE OCTUBRE DE 2020. SEÑORES ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: DON JUAN MIGUEL RODRÍGUEZ ACOSTA. CONCEJALES PRESENTES: DOÑA NIEVES YOLANDA ACOSTA LORENZO DON ROBERTO FRANCISCO PÉREZ REVERÓN DOÑA WENNA LORENZO MARTÍN DOÑA CARMEN MARÍA ACOSTA ACOSTA. DON VICENTE MÉNDEZ GÓMEZ DON DAVID RUIZ ÁLVAREZ. DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. DOÑA LOURDES TATIANA RODRÍGUEZ LORENZO. DON CARLOS MIGUEL MARTÍN GÓMEZ NO ASISTEN: DON SAÚL GONZÁLEZ HERNÁNDEZ SECRETARIO ACCIDENTAL: DON CARLOS MANUEL ACOSTA CABRERA. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 1 de octubre de 2020, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne el Pleno del Ayuntamiento, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde-Presidente, Don Juan Miguel Rodríguez Acosta y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente el Secretario Accidental que lo es de la Corporación, Don Carlos Manuel Acosta Cabrera, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las diecinueve horas, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las diecinueve horas y doce minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE ACTA DE SESIONES ANTERIORES (PL02-20 DE 21 DE JULIO DE 2020). Teniendo conocimiento por traslado personal del borrador del acta de sesiones anteriores PL02-20 de 21 de julio de 2019, es aprobada por unanimidad de los miembros presentes. Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es LA 2.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE SOLICITUD DE CONCESIONARIA DE TRANSMISIÓN DE LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL USO PRIVATIVO DE UNA PARCELA SOBRANTE DE CANALIZACIÓN EN EL BARRANCO DE LAS ANGUSTIAS MEDIANTE LA INSTALACIÓN DE UN KIOSKO (KIOSKO PLAYA MONT). Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de fecha 24 de septiembre de 2020, cuyo tenor literal es el siguiente: “1.- SOLICITUD DE LA CONCESIONARIA DE TRANSMISIÓN DE LA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL USO PRIVATIVO DE UNA PARCELA SOBRANTE DE CANALIZACIÓN EN EL BARRANCO DE LAS ANGUSTIAS MEDIANTE LA INSTALACIÓN DE UN KIOSKO (KIOSKO PLAYA MONT). Visto el Informe jurídico emitido de fecha 21 de septiembre de 2020 cuyo tenor literal es el siguiente: “Expediente: 1337/2020 Informe de Secretaría Asunto: Transmisión de concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias mediante la instalación de un kiosko(KIOSKO PLAYA MONT) Con fecha 23 de julio de 2020, con registro de entrada nº 3042, por Dª Rosa María Remedios González, titular de la concesión, se presentó solicitud con documentación que la acompaña, de transmisión de concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias mediante la instalación de un kiosko(KIOSKO PLAYA MONT), a la mercantil REYESPAL, S.L. Solicitado por Providencia de Alcaldía de fecha 14 de septiembre de 2020, la técnico que suscribe, ante ausencia de funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emite el presente INFORME en base a los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-Por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de mayo de 1990, se adjudicó a D. Pelayo Gómez García la concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias mediante la instalación de un kiosko(KIOSKO PLAYA MONT). SEGUNDO.- Con fecha 7 de mayo de 1990 se formalizó el contrato de dicha concesión. TERCERO.- Por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2012, se tomó conocimiento de la transmisión de la titularidad de la concesión administrativa del Kiosko Playa Mont al cónyuge del Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es fallecido titular, Doña Rosa María Remedios González, en aplicación de la cláusula 12.d) del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige la concesión administrativa del Kiosko Playa Mont, informándose al respecto que la transmisión solicitada de la titularidad de la concesión al cónyuge del fallecido titular, opera automáticamente, sin necesidad de autorización previa del Ayuntamiento. CUARTO.- En el Inventario de Bienes Municipales, en el Epígrafe 8 Bienes y Derechos Revertibles, aparece inventariado con el nº 7 la concesión administrativa del uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias de 709,02 m2 mediante la instalación de un kiosko a Don Pelayo Gómez García, hoy Doña Rosa María Remedios González (KIOSKO PLAYA MONT). DNI de D. Celestino Manuel Medina García, administrador solidario de la QUINTO.-Con fecha 23 de julio de 2020con registro de entrada nº 3042, por Dª Rosa María Remedios González se presentó solicitud de transmisión de concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias mediante la instalación de un kiosko(KIOSKO PLAYA MONT), a la mercantil REYESPAL, S.L., acompañando a la citada solicitud la siguiente documentación: Escritura de constitución de la mercantil REYESPAL, S.L., suscrita ante el Notario del Ilustre Colegio de Canarias D. Pablo Otero Afonso, en fecha 24 de junio de 2013, con nº de protocolo 1643. CIF de la mercantil REYESPAL, S.L. - Escritura de elevación a público de acuerdos sociales de la mercantil REYESPAL, S.L., suscrita ante el Notario del Ilustre Colegio de Canarias D. Pablo Otero Afonso, en fecha 7 de abril de 2020, con nº de protocolo 833. mercantil REYESPAL, S.L. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar con las Administraciones Públicas de la empresa REYESPAL, S.L., sus socios y sus administradores. Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Hacienda Autonómica, resguardo de solicitud de certificado de la Hacienda Estatal e informe de la Seguridad Social de no inscripción como empresario en el sistema de la Seguridad Social, de la mercantil REYESPAL, S.L. Carta de intenciones suscrita por Dª Rosa María Remedios González y D. Celestino Manuel Medina García, en representación de la entidad REYESPAL, S.L., en la que se estipula el precio de la transmisión en 500.000,00 €, así como que de la misma será descontado el 20 % de traspaso estipulado en las condiciones de la concesión. En relación al certificado de la ATE, se le solicitó presentara el mismo, presentado denegación de certificado en los siguientes términos: “Consultados los datos que obran en las bases de datos de la Agencia Tributaria para el solicitante arriba referenciado, no consta declaración censal (modelo 036) de alta en el censo de empresarios, profesionales o retenedores.” Se le solicitó y presentó la declaración censal de alta Modelo 036, así como certificado de estar al corriente con la Hacienda Estatal. Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es SEXTO.- Mediante Providencia de Alcaldía de fecha 12 de septiembre de 2020se solicitó informe a la Tesorería Municipal relativo si la concesionaria, Dª Rosa María Remedios González, está o no al corriente con la Hacienda Local, contando en el expediente certificado de estar al corriente de pago emitido por el Consorcio de Tributos de Tenerife. FUNDAMENTOS JURÍDICOS PRIMERO. Los bienes de las Entidades Locales se clasifican en bienes de dominio público y bienes patrimoniales o de propios. En la utilización de los bienes de dominio público se considerará uso privativo, el constituido por la ocupación de una porción del dominio público, de modo que limite o excluya la utilización por los demás interesados. Estarán sujetos a concesión administrativa el uso privativo de bienes de dominio público. De conformidad con el artículo 78.2 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, las concesiones se otorgarán previa licitación y con arreglo a la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. SEGUNDO. La legislación aplicable es la siguiente: — Los artículos 74, 75, 78 a 91 de Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. — El artículo 93 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. — El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. — El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo. — El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (artículos vigentes tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo). — La Disposición Transitoria Primera apartado 2º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. — La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. — Contrato y Pliego de Cláusulas que rigen la presente concesión administrativa. TERCERO. Conforme al artículo 84.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Publicas, las concesiones sobre bienes de dominio público se regirán en primer término por la legislación especial reguladora de aquéllas y, a falta de normas especiales o en caso de insuficiencia de éstas, por las disposiciones de la citada Ley 33/2003. CUARTO. La cláusula 12.d) del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige la concesión administrativa del Kiosko Playa Mont, estipula lo siguiente: “(…) d) No será transmisible la concesión a terceros, salvo autorización previa del Ayuntamiento, excepto cuando se trate de cónyuge o sus herederos legítimos en Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es línea directa subrogándose, en todo caso, el nuevo concesionario en las obligaciones del antiguo concesionario. En caso de transmisión a terceros, el Ayuntamiento participará en un 20% del importe total del precio de la transmisión. (…)” A la vista de lo anterior, se plantea la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO.- Autorizarla transmisión de la concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias mediante la instalación de un kiosko (KIOSKO PLAYA MONT), a la mercantil REYESPAL,S.L., con CIF B76609189, a solicitud de la titular de la concesión Dª Rosa María Remedios González, en aplicación de la cláusula 12.d) del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige la concesión administrativa, que estipula que “(…) d) No será transmisible la concesión a terceros, salvo autorización previa del Ayuntamiento, excepto cuando se trate de cónyuge o sus herederos legítimos en línea directa subrogándose, en todo caso, el nuevo concesionario en las obligaciones del antiguo concesionario. En caso de transmisión a terceros, el Ayuntamiento participará en un 20% del importe total del precio de la transmisión. (…)”, subrogándose el nuevo titular de la concesión en las obligaciones del anterior concesionario. SEGUNDO.- El presente acuerdo será efectivo cuando se materialice el pago al Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, que se deriva de la aplicación de la cláusula 12.d) in fine del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige la presente concesión administrativa, por el importe de 100.000,00 € (20% del importe total del precio de la transmisión: 500.000,00 €), que será destinado a Patrimonio Municipal del Suelo, ingresándose el citado importe en la cuenta correspondiente designada al efecto, que es la siguiente: ES24 3076 0670 6021 0283 9525, debiendo presentarse por sede electrónica de la Corporación la escritura de elevación a público del acuerdo a tomar entre las partes. TERCERO.- Anotar la presente transmisión en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma, bajo el epígrafe de Bienes y Derechos Revertibles. CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a Dª Rosa María Remedios González, a la mercantil REYESPAL, S.L. y a Intervención Municipal, a los efectos procedentes. Es todo cuanto cúmpleme informar, opinión que someto a cualquier otra mejor fundada en derecho. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 21 de septiembre de 2020. La Técnico FIRMADO Fdo.: Isabel Pérez Martín. DOCUMENTO Municipal, ELECTRÓNICAMENTE” Toma la palabra el Sr. Presidente Don David Ruiz Álvarez, del Grupo Municipal de Unión Bagañeta, diciendo: Buenas tardes, abrimos la Comisión Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Informativa, con un único punto. Se les envió la documentación con el informe jurídico, creo que el informe jurídico es bastante claro y contundente a la hora de respetar la legalidad de este proceso. Un poco para ponerles en antecedentes, ya llevamos varios años en que el kiosco del Playa Mont es un referente en nuestro Municipio, y desde hace por lo menos 4 años, la persona que lo gestionaba estaba intentando traspasar, como el que dice y actualmente hay una empresa que tiene bastante experiencia en el sector y creemos que es bastante viable para recuperar el funcionamiento de ese kiosco. Las partes han llegado a un acuerdo y nosotros lo que estamos es intentando seguir el procedimiento legal que se establece este expediente. Y sobre todo nuestra preocupación es que el Playa Mont recupere la esencia, que era un referente en nuestro Municipio y que ha venido a menos, y sobre todo lo que nos preocupa es que se haga efectivo ese 20% para las arcas municipales, tan necesitadas en estos momentos. Sin más les paso la palabra a los compañeros concejales, por si tienen alguna pregunta. Toma la palabra el Sr. Concejal Don Vicente Méndez Gómez, portavoz del Grupo Municipal Socialista, diciendo: Sí, muchas gracias. El importe de la transmisión que se recoge en el informe, perdón por ir a la parte más materialista del asunto en primer lugar, establece 500 mil euros ¿No? Haciéndose referencia a la cláusula 12. d) del pliego, ¿del pliego original de la concesión? ¿Y esos 500 mil euros es lo que se establecían en 1990? Informan los Servicios Jurídicos: El pliego como era, como es, es una concesión administrativa un poco especial, vamos a ver, el canon era una entrega de dinero, tendría que mirar la verdad, porque como lo que no se está cuestionando aquí es lo que se pagó en su día, sino la transmisión, eran 99 años, se recogía en el pliego la transmisión sí o sí, porque el concesionario original no iba a durar 99 años, y se recogía la concesión en esa cláusula que está transcrita en el acuerdo que se propone que tomen, recogía la posibilidad de transmisión directamente al cónyuge, que ya se hizo hace varios años, y el Pleno tomó acuerdo de esa transmisión, porque no estaba sujeto a autorización por parte del Pleno, pero sí la transmisión a terceros como es el caso. Entonces el pliego recogía que un 20 % del precio de la transmisión se tenía que ingresar al Ayuntamiento, por eso el acuerdo está condicionado a que se haga el ingreso en la cuenta que se estipula del 20%. Porque ellos dicen en un acuerdo de intenciones, porque no lo han elevado a escritura pública, porque claro hasta que no tengan la autorización de transmisión del Pleno, digamos que no tiene nada seguro, lo cifran en 500 mil euros de los que van a descontar, lo recogen ya ambas partes, la parte que le tienen que pagar al Ayuntamiento porque son conscientes de ese 20% de los 500 mil, y unos temas pendientes con los trabajadores. Eso lo van a pagar de menos la empresa que quiere pasar a ser el titular de la concesión al actual titular. Y se exige para la efectividad del acuerdo, lo condiciona a que se realice ese pago, los 100 mil de esos 500 mil y que presenten escritura pública de elevación a pública de ese acuerdo, para evitar que después sean 600, 700, 800 y el Ayuntamiento no cobre lo que tiene que cobrar, pero cuando se hizo el pliego, cuando se hizo la concesión no se sabía si se iba a transmitir algún día al cónyuge, si se iba a transmitir a terceros. Se recogió esa posibilidad porque 99 años el hombre no iba a durar. Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Pregunta Don Vicente: Entonces, la cuantía de la transmisión, ¿es el resultado de un acuerdo privado entre ambas partes? Entre el actual concesionario y el futuro o eventual concesionario. Servicios Jurídicos: Sí. Pregunta Don Vicente: Por acuerdo privado. Servicios Jurídicos: Sí. Pregunta Don Vicente: De acuerdo. Hay una cuestión que me genera dudas, no dudas en cuanto al contenido del informe, que seguramente Isabel, te sonará familiar, sino al… porque dice explícitamente “Autorizar la transmisión”, propuesta de acuerdo primero: “Autorizar la transmisión de la concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de las Angustias, mediante la instalación de un kiosco”. O sea, el objeto de la transmisión en sí, ¿ya recogía el kiosco como parte de la concesión? O ¿La concesión es exclusivamente la parcela en el sobrante de la canalización? Servicios Jurídicos: Ese es el nombre que tiene original, estamos transmitiendo la concesión original, podía haber dicho transmisión de kiosco Playa Mont, y lo hubieran entendido mejor. Pero la concesión original es así. No me preguntes si cuando esto se hizo en el año 90 ahora que significa parcela sobrante. Pregunta Don Vicente: No, no, pero vale. Dentro de la…. O sea ¿La concesión en sí misma contempla tanto el suelo como el kiosco? ¿La concesión original, el documento de 1990? Sí has tenido acceso a él o has tenido ocasión de leerlo. Servicios Jurídicos: No. La documentación que tengo no entra más allá, muy escueta la verdad. Pregunta Don Vicente: Bueno, ya les anticipo que nuestro grupo o mi grupo en este caso porque soy el único aquí ahora, nos vamos a abstener en esta cuestión, creo que por rigurosidad debemos explorar el contenido del acuerdo original, no por ninguna suspicacia, sino por una cuestión de pura responsabilidad. Aunque debo decir que desde el punto de vista del desarrollo del Municipio, de la aportación de empresas al tejido productivo y económico del Municipio, creo que es bienvenido que una empresa invierta en el pueblo en un negocio, en este caso en el Barrio del Puerto, y vemos con buenos ojos y con agrado que esto sea así. Ahora bien, insisto en que es por responsabilidad. Nuestro grupo explorará el tema de la concesión, las clausulas originales y demás, para tener un conocimiento más profundo de la cuestión. Servicios Jurídicos: Una cosa, todo lo que yo digo en el informe, que consta, consta, consta, existe. Cualquier documento que ustedes quieran, solicítenlo, es que ya me paso el otro día con otro Concejal: me abstengo porque no tenía acceso al expediente. No, no, usted tiene acceso al expediente completo. ¿Tú quieres el acuerdo, todo lo que yo digo ahí? Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Dice Don Vicente: ¿Puedes parar? Yo no digo que no tenga acceso, no porque se me haya negado el acceso, es que no hemos explorado la concesión original y no tenemos la profundidad de conocimientos para un pronunciamiento a favor o en contra. En ningún momento hablo de negación. Yo sólo digo que nosotros como grupo, yo personalmente no he explorado la concesión original. Porque no se hayan podido resolver una serie de pequeñas cuestiones aquí, las exploraremos y quizás haya un pronunciamiento más extenso aquí. Pero no porque tú no nos lo hayas proporcionado, o no hayamos tenido acceso, no hemos hecho el intento porque nos parecía que con lo que había aquí y con resolver unas pequeñas dudas, íbamos a tener como grupo más profundidad en la cuestión Toma la palabra el Sr. Concejal Don Carlos Miguel Martín Gómez, del Grupo Municipal Mixto, preguntando: Sólo quiero que Isabel me aclare una duda porque ha nombrado, ha tocado el tema de los trabajadores, ha hablado de una indemnización a los trabajadores y demás. Yo entiendo que en el pliego de la compraventa, aparezca algo que proteja a los trabajadores ¿No? No sé si entendí mal o no entendí. Sí sólo me puedes explicar ese apartado un momentito. Servicios Jurídicos: La carta de intenciones que firman ambas partes dice en el apartado primero, entre otras cuestiones, que: “(…) También declaran las partes que del mencionado precio serán descontados los siguientes conceptos:  El 20% de traspaso estipulado en las condiciones de la concesión, que se adjunta a este documento.  La liquidaciones/indemnizaciones, de los obreros que a la hora de trabajando en el la escritura definitiva se encuentren firmar mencionado negocio. (…) Dice el Sr. Presidente: Simplemente con la intervención de la compañera Isabel y el compañero Vicente, yo Vicente entendí lo que Isabel te quería decir, y nosotros siempre lo hemos dicho, de ese acceso total a la información. A mí me agrada escucharte que estas de acuerdo con esta operación. Pero si me entristece que una vez más el voto del Partido Socialista sea abstenerse porque no ha tenido o no ha tenido tiempo a investigar. Yo creo que cuando se hace una Comisión lo importante es venir aquí con las cosas estudiadas vamos a decirlo así, que aquí se origine el debate, y luego la tendencia que estamos haciendo que en los Plenos esté ese debate, porque las Comisiones Informativas es para hacerles llegar esa información un poco estudiada y así evitar una abstención por no haberse estudiado el expediente. Se intentará desde Secretaría que cuando se hagan las Comisiones, en obras, que es lo que a mí me toca, pues intentar adelantarles la información lo antes posible. En el caso de este expediente, es un expediente de hace muchísimos años, que se hizo en su día como se hizo, no estamos aquí para buscarle fallos. Pero lo importante es que nos alegramos que haya una salida para el Playa Mont, que era un referente y que estaba de capa caída, esperemos que esta empresa que también se ha estudiado por parte del Grupo de Gobierno para que se respetara a esos trabajadores, Carlos, porque hay muchos de Tazacorte y no queremos que se destruya empleo. Dice Don Vicente: Voy a retomar para que los compañeros concejales tomen relevancia de la pregunta ¿La concesión incluye el kiosco o está limitada al suelo? Yo creo que es un aspecto muy muy relevante. Entiendo no acompaña al Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es informe el pliego de las condiciones originales que es del año 90, pero era una pregunta muy relevante y muy sencilla. No tiene que saberla Isabel ni ninguno de los que estamos aquí. Permite, insinuar que no hacemos nuestro trabajo, porque no nos estudiamos los temas antes de venir, porque no venimos a ver la documentación que hace falta, hombre, era una pregunta muy simple. Ustedes trabajan aquí, y tienen todo el tiempo para hacer las gestiones, otros no tenemos esa oportunidad o esa suerte. Por lo que hacer una pegunta tan sencilla no creo que sea una ocasión para censurar nuestra actividad como Concejales en la Oposición. La abstención está plenamente justificada con la pregunta. Insisto económicamente es muy interesante la operación, con ciertos matices puede ser positivo para el Municipio, pero nuestra pregunta es una cuestión de pura responsabilidad. Dice el Sr. Presidente: Vicente, totalmente de acuerdo, quizás me he explicado mal, porque yo no soy nadie para juzgar la labor que hacéis desde la oposición. Yo simplemente es que por un lado estás de acuerdo con esta operación y por otro lado con tus dudas, totalmente respetables, te abstienes. Y dentro de mi experiencia en todo este tiempo el 99,99% de vuestros votos son abstenciones por los mismos motivos. Entiendo que tienes tu trabajo, tienes tus cosas, y que por mi parte sólo quería aclarar que por mi parte toda la documentación que yo pudiera aportarles sin problema de ningún tipo. Para que en las Comisiones se pueda debatir desde el conocimiento. Yo me he visto la concesión, yo me la he mirado y he hablado con las partes, la concesión es muy antigua y no había kiosco en su día, la operación lleva la infraestructura de un kiosco. Por mi parte que quede claro que toda mi colaboración para hacerles llegar toda la información necesaria para ayudarles. No iba por otro lado, perdona porque no era mi intención molestarte. No suscitando más debate el asunto, la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente,acuerda por cuatro votos a favor, dos del Grupo Municipal Nueva Canarias, uno del Grupo Municipal Unión Bagañeta y uno del Grupo Municipal Mixto y una abstención del Grupo Municipal Socialista, elevar el siguiente dictamen favorable al Pleno de la Corporación: PRIMERO.- Autorizarla transmisión de la concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias mediante la instalación de un kiosko(KIOSKO PLAYA MONT), a la mercantil REYESPAL,S.L., con CIF B76609189, a solicitud de la titular de la concesión Dª Rosa María Remedios González, en aplicación de la cláusula 12.d) del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige la concesión administrativa, que estipula que “(…) d) No será transmisible la concesión a terceros, salvo autorización previa del Ayuntamiento, excepto cuando se trate de cónyuge o sus herederos legítimos en línea directa subrogándose, en todo caso, el nuevo concesionario en las obligaciones del antiguo concesionario. En caso de transmisión a terceros, el Ayuntamiento participará en un 20% del importe total del precio de la transmisión. (…)”, subrogándose el nuevo titular de la concesión en las obligaciones del anterior concesionario. SEGUNDO.- El presente acuerdo será efectivo cuando se materialice el pago al Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, que se deriva de la aplicación de la cláusula 12.d) in fine del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es la presente concesión administrativa, por el importe de 100.000,00 € (20% del importe total del precio de la transmisión: 500.000,00 €), que será destinado a Patrimonio Municipal del Suelo, ingresándose el citado importe en la cuenta correspondiente designada al efecto, que es la siguiente: ES24 3076 0670 6021 0283 9525, debiendo presentarse por sede electrónica de la Corporación la escritura de elevación a público del acuerdo a tomar entre las partes. TERCERO.- Anotar la presente transmisión en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma, bajo el epígrafe de Bienes y Derechos Revertibles. CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a Dª Rosa María Remedios González, a la mercantil REYESPAL, S.L. y a Intervención Municipal, a los efectos procedentes.” Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente, Don Juan Miguel rodríguez Acosta, del Grupo Municipal Nueva Canarias, diciendo: Esto es un tema que ya se ha visto en Comisión y al final lo que se va a acordar es el cambio de titularidad, que en este caso según el pliego de concesión administrativa efectuado en su momento, se permitía este cambio, siempre con el acuerdo plenario de por medio. Por eso se ha traído a Comisión a instancia de los actuales concesionarios. ¿Alguna alegación? Toma la palabra Don Vicente Méndez Gómez, portavoz del Grupo Municipal Socialista, preguntando: Muchas gracias. Gracias a la documentación que amablemente Isabel me ha mostrado, parece quedar aclarada la cuestión que yo planteé en la Comisión al respecto de la existencia de la construcción, que no parece aludirse en la documentación original o la que se trajo a la Comisión de Obra. Mi interpretación del documento que acabo de leer, es que en aquel momento se alude al edificio que posteriormente se construyó, es decir, el kiosco, pero inicialmente no existía en el momento de constituirse la concesión. Pero si se alude en el documento que el concesionario podrá, o es mi interpretación obviamente, construir dentro de una parcela, dentro del espacio original de 700 y pico metros cuadrados, podrá edificar 400 y pico metros cuadrados destinados a kiosco, lo demás terrazas y demás. Por lo tanto, el sentido de nuestro voto en este sentido va a ser a favor. Pregunta el Sr. Alcalde-Presidente: ¿Alguna aportación o alguna alegación más sobre este punto? Toma la palabra el portavoz del Grupo Municipal Mixto, Don Carlos Miguel Martín Gómez, diciendo: Vamos a ver, yo quiero ir un poquito más allá. Ya que es una cuantía económica con la que no se contaba para este ejercicio, lo de los 100 mil euros que corresponden a las arcas municipales, yo invito al Grupo de Gobierno a que destine ese dinero a volver a recuperar las aceras, mobiliario de la zona del Puerto, ya que creo que la situación por la que están atravesando los kioscos no es nada buena, ni los negocios del barrio y es un dinero que al fin y al cabo no se contaba, es más, si tenemos oportunidad de pasar por delante de los contenedores, debido a que los kioscos, la originalidad es la venta de pescado y demás, los olores no son agradables y se puede buscar la manera de ocultar esos Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es contenedores. Se pueden hacer pequeñas cosas para agradar la vista al visitante y sobre todo a los ciudadanos de Tazacorte que visitamos el Puerto. Entonces si le pido, no es una cuantía excesiva, es una cuantía que se puede revertir en el bien de la zona del Puerto. Si le pediría al Grupo de Gobierno por lo menos que lo tenga en cuenta. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Sí puede ser, lo haremos así, que revierta en la misma zona. Ahora lo que habría que ver legalmente que esto es la concesión administrativa de un bien patrimonial y yo creo que lo producen los bienes patrimoniales tenemos que invertirlo también en bienes patrimoniales nuevamente ¿Comprendes lo que digo? Igual lo podemos invertir legalmente, bueno pero yo tengo esa duda, tendría que ver la Ley de Haciendas de las Corporaciones Locales. O si a Isabel ahora le llega algo o no sé, pero igual tenemos que invertirlo en yo que sé, desde adquisición de terrenos o a invertirlo en temas patrimoniales, porque está viniendo del tema de las liquidaciones o del tema económico que está generando un bien patrimonial. Si no es así no hay inconveniente, además ya teníamos en mente el tema de las islas ecológicas, retrasados vamos, deberíamos haberlas hecho abajo en El Puerto. Pero no obstante lo tenemos en cuenta y lo valoraremos para el próximo ejercicio. Isabel, lo que yo digo del tema ese que mana del bien patrimonial, ¿no tiene que ser reinvertirle en el bien patrimonial? Informan los Servicios Jurídicos: El acuerdo recoge que tiene que ser destinado a patrimonio municipal del suelo, al ser una concesión administrativa sobre un bien de dominio público, sí. Ese fin que dice Carlos, no puede ser. Pregunta el Sr. Alcalde-Presidente: ¿Estamos de acuerdo, alguna alegación más, algo al respecto? No suscitando más debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los diez miembros presentes: PRIMERO.- Autorizarla transmisión de la concesión administrativa de uso privativo del dominio público de una parcela sobrante de canalización en el Barranco de Las Angustias mediante la instalación de un kiosko(KIOSKO PLAYA MONT), a la mercantil REYESPAL,S.L., con CIF B76609189, a solicitud de la titular de la concesión Dª Rosa María Remedios González, en aplicación de la cláusula 12.d) del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige la concesión administrativa, que estipula que “(…) d) No será transmisible la concesión a terceros, salvo autorización previa del Ayuntamiento, excepto cuando se trate de cónyuge o sus herederos legítimos en línea directa subrogándose, en todo caso, el nuevo concesionario en las obligaciones del antiguo concesionario. En caso de transmisión a terceros, el Ayuntamiento participará en un 20% del importe total del precio de la transmisión. (…)”, subrogándose el nuevo titular de la concesión en las obligaciones del anterior concesionario. SEGUNDO.- El presente acuerdo será efectivo cuando se materialice el pago al Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, que se deriva de la aplicación de la cláusula 12.d) in fine del Pliego de Condiciones Jurídico-Administrativas que rige la presente concesión administrativa, por el importe de 100.000,00 € (20% del importe total del precio de la transmisión: 500.000,00 €), que será destinado a Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Patrimonio Municipal del Suelo, ingresándose el citado importe en la cuenta correspondiente designada al efecto, que es la siguiente: ES24 3076 0670 6021 0283 9525, debiendo presentarse por sede electrónica de la Corporación la escritura de elevación a público del acuerdo a tomar entre las partes. TERCERO.- Anotar la presente transmisión en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma, bajo el epígrafe de Bienes y Derechos Revertibles. CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a Dª Rosa María Remedios González, a la mercantil REYESPAL, S.L. y a Intervención Municipal, a los efectos procedentes. 3.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DE LA 247 A LA 322 DE 2020. El Pleno de la Corporación queda enterado. 4.- CORRESPONDENCIA Y OTROS ESCRITOS. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía de los siguientes escritos y comunicados, remitidos por correo electrónico a los Sres. Concejales: 4.1.- Acuerdo plenario del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2020, relativo a la Moción que presenta D. Francisco Montes De Oca Acosta, en representación del Grupo Municipal de Coalición Canaria, para instar al Cabildo Insular de La Palma para que se le otorgue la medalla de oro de la Isla de La Palma al Instituto Eusebio Barreto Lorenzo. El Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros presentes apoyar el citado acuerdo. 5.- RUEGOS Y PREGUNTAS. Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente, Don Juan Miguel rodríguez Acosta, del Grupo Municipal Nueva Canarias, diciendo: Vale, le pasamos la palabra a Carlos. Toma la palabra el portavoz del Grupo Municipal Mixto, Don Carlos Miguel Martín Gómez, diciendo: Muchas gracias Sr. Alcalde. Vamos a ver, revisando decretos, está la contratación de los vestuarios del Campo de Futbol por importe de 59.999 €, cifra curiosa también, y yéndome a la Ley de los contratos de las obras menores, dice que es hasta 40 mil euros, entonces no entiendo porque se ha hecho la contratación de esta manera. La Ley en la que yo me baso es la del 8 de noviembre, la Ley 9/2017 y el art. El 118. ¿le hago las preguntas y luego contesta? Sí, estoy preguntando pero… Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Yo tengo entendido que no es un contrato menor lo que se contrató. ¿Se contrató un contrato menor, Isabel? Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Informan los Servicios Jurídicos: Es un procedimiento simplificado sumario, que es superior al contrato menor, pero inferior al procedimiento simplificado normal. Entre los 40 y los 80 mil euros puede optar cualquier Administración a ese procedimiento. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Tú me oyes, a licitación pública en la Plataforma y la oferta fue la más ventajosa que se ofertó. Pregunta Don Carlos: Por lo que yo entendí fue a criterio de los técnicos municipales, pero sólo preguntaba porque llegaban los contratos menores a 40 mil euros y se… aclarada, aclarada la pregunta. Hay otro decreto, que es la contratación urgente de un personal electricista, lo basan un poco en la baja del interino, pero la baja del interino se cubrió. Si ustedes dicen contratación urgente de personal de limpieza, lo entendería más, porque no ha habido fiestas, que la situación en la que estamos es la que es por las causas del Covid. Sí, sí digo que lo entendería si lo basaran en eso, personal de limpieza, de un albañil para las aceras, pero no sé. Si me lo aclara el Sr. Alcalde. Responde el Sr. Alcalde-Presidente: Todavía ese decreto no se ha hecho efectivo, si en su momento se hace efectivo, pues le daré las explicaciones pertinentes. Pregunta Don Carlos: Según tengo entendido, corríjame, el concesionario de las pistas de pádel, ¿ha entregado las llaves en este Ayuntamiento? Entiendo que intenta desvincularse de las canchas de pádel, es decir, por mucho que este señor intente entregar las llaves, digámoslo de esta manera, el canon sigue contando mes a mes. Entonces no sé si el Grupo de Gobierno o el Sr. Alcalde han mantenido contacto con estas personas y si hay algún tipo de acuerdo. Esto si me gustaría que lo aclarase. Responde el Sr. Alcalde-Presidente: Vamos a ver, el tema de las canchas de pádel, él ha solicitado de alguna manera, la renuncia a la concesión administrativa. Nosotros estamos ahora mismo en el proceso de la reversión, donde hay que justificar esa reversión, donde quien tenía la concesión administrativa de alguna manera, para no hablar con tanta claridad, tiene unos compromisos que cumplir con esta Administración, donde es estos momentos se están evaluando esos compromisos que tiene que cumplir la parte concesionaria y analizando digamos los valores del bien que existe abajo. Una vez se tenga el informe correspondiente tanto técnico como jurídico, pues ya traeremos a Pleno la reversión de esa propiedad, no obstante lo que está claro que al revertir la propiedad, hay que verse esos valores, hay que verse esos compromisos cumplidos o medio incumplidos y ver ese estado de compensación. Pero la idea, yo soy de los que ya tienen ganas que eso termine, porque a fin de cuentas es una infraestructura que está ahí y se está infrautilizando. Yo espero que sea pronto y antes de este mes o el mes próximo ya lo tengamos informado para Pleno. Pregunta Don Carlos: Entiendo entonces que este señor ha entregado algún tipo de documento o ¿es de forma verbal de momento? Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Responde el Sr. Alcalde-Presidente: De forma verbal y creo que por escrito se dirigió hace unos meses al Ayuntamiento, en el sentido de intentar de alguna manera, el Ayuntamiento llegara a un acuerdo para el tema de la reversión de la concesión administrativa. Yo no tengo inconveniente, si al final se hace la reversión y se acuerda la reversión por parte de este Pleno, e incluso existan una serie de desquites de intereses desde que él la solicitó, si así lo estimamos y es legal en este sentido, pero está claro que las cuentas deben quedar claras tanto para una parte como para la otra. Esa es mi intención. ¿Alguna pregunta más? Toma la palabra Doña Carmen María Acosta Acosta, del Grupo Municipal Socialista, diciendo: Tenemos aquí algunas dudas con los decretos, pero si no se puede responder por lo que sea, lo solicito por escrito. Reiterar que no lo hemos podido presentar por escrito pero que, comentamos en su momento en la Comisión, que habíamos solicitado unos informes de algunas, no sé si se dicen sanciones o, que habían llegado de la Seguridad Social y de Hacienda por cuestiones de contratación o algunos errores. Si me gustaría tener esa información. También de algunos errores de contratos, personas que han estado trabajando sin estar dados de alta y habiendo cobrado nómina, también necesitamos esa información que la pedimos en su momento en la Comisión de Hacienda. Luego de los decretos que hay por aquí, preguntar por el que habla de las viviendas de los maestros, del proyecto para modificar esas viviendas y adaptarlas en un futuro para entregar a familias o algo así. Yo tengo conocimiento de que eso se iba a hacer así. Esas viviendas sabemos que no cumplen con la normativa de accesibilidad para que pueda incurrir en cualquier tipo de procedimiento, todos sabemos cómo son esas viviendas, en la primera planta no hay dormitorios no hay nada, no cumple bien con mucha normativa de accesibilidad y por lo pronto no sé si podrían entran en un procedimiento de sorteo de viviendas o como lo tenían pensado, 6 viviendas para montones de familias que hay en Tazacorte, la verdad que es bastante complicado. A la hora incluso de después de otorgar esas viviendas a X familias, porque va a ser un problemón dárselo a la Concejala de Servicios Sociales que se hace cargo de eso. No sé cómo lo van a hacer o lo tienen pensado hacer, porque si ya plantean que se va a modificar y con esa intención, pues sí tener información al respecto. Bueno y una duda que tenemos, acabas de comentar algo, creo que me puedo dar por respondida. Hay alguna concesión que se quiere traspasar, entendemos que primero deberá estar al día con la Administración. Luego hay otro decreto por aquí de la rehabilitación y reforma del Jardín Botánico. ¿Hay un jardín Botánico, existe, está abierto ya? Como se pone reforma del Jardín Botánico queríamos saber. Luego hay otro decreto que habla de la Bolsa de Empleo de los excluidos y los admitidos, saber si esa lista estaba validada por Función Pública, si tiene toda la fiabilidad, sería estupendo, nosotros no tuvimos quien nos las validara y no pudimos hacerla y por eso nos gustaría saber si es así. Le paso la palabra al compañero Vicente que creo tenía alguna pregunta sobre algún decreto. Toma la palabra el portavoz del Grupo Municipal Socialista, Don Vicente Méndez Gómez, preguntando: Al respecto de lo que comentaba la compañera de las 6 viviendas, es que en algunos decretos se llama reformado 6 viviendas y en otros reforma 6 viviendas, entiendo que será un error tipográfico, caligráfico y ya. Y un proyecto que está redactado, aprobado porque hay un proceso de contratación, adjudicado a una contrata. Y dice en uno de los decretos, Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es estoy hablando de memoria, disculpen, se procurará el cumplimiento de la normativa en lo posible. En el aspecto de la accesibilidad principalmente, ese es uno de los aspecto que no se van a poder cumplir, las viviendas no van a poder ser accesibles, por lo comentado. Es prácticamente la misma pregunta, pero quería añadir el tema ¿Qué personas van a hacer uso de las viviendas? Para que tengan ustedes claro el perfil porque presenta una serie de limitaciones. Viviendas muy antiguas, adosadas, poco funcionales, y yo personalmente las conozco bien. En el decreto 257, en la relación de facturas, hay varias cosas, que no por suspicacia, sino por sorpresa me llaman la atención, si ustedes me permiten, hay 2 facturas de una empresa llamada Diplodus S.L., una de ellas son 8 mil euros en carpas de 4X4, entiendo son carpas que adquirió el Ayuntamiento, supongo por la cuantía. No me vienen ahora a la mente en que se han utilizado, pero estoy seguro que se harán comprado por necesidad, pero si me gustaría conocerlo por carácter, meramente ilustrativo. Y luego hay una factura de una cosa que se denomina “banco romántico”, que deben de dar mucho amor porque son 6.200 euros. ¿Y qué son los bancos románticos? ¿Pero qué son? ¿Los de los listones de madera? Joder, pues tiene que permitir mucho cariño dentro de ellos, porque… vale son los que se han dispuestos en varios puntos públicos del Municipio. Luego hay una factura de 4 mil y pico euros, creo que el concepto, lo he apuntado, porque no estaba seguro si era este, “Urbanización Caballos Fufos” a nombre de Laura Paz Hernández. ¿Se acuerdan ustedes por casualidad? Creo que pone “Urbanización Caballos Fufos” pero lo voy a comprobar porque lo apunte aquí al lado y… Ah, es la coordinadora de seguridad y salud, claro es que no me encajaba el nombre con el tema de la obra. Pregunta el Sr. Alcalde-Presidente: Eso es del proyecto de la Urbanización Calle Caballos Fufos y algo más, ¿no es? Informan los Servicios Jurídicos: Hubo que hacer un modificado y ella es la autora del proyecto, y ese es el pago del modificado. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Sí, a mí me sonaba que era algo de eso. Dice Don Vicente: Me gustaría, pero lo voy a dejar para otro momento, si nos gustaría porque vi en el decreto 288, lo voy a decir, no es porque tenga nada en contra de Canaragua, pero he visto varias facturas, exactamente 2 facturas que coinciden en el misma cuantía que son 11.187 euros, el mismo decreto y luego que sólo reza consumo y luego otra que sí pone consumo agua abril, mayo y junio por valor de 10.384. No creo que Canaragua intente engañar al Ayuntamiento pasando dos 2 veces la misma factura, ni nada parecido, y no creo que al que las recibe se le escape, pero si me llama la atención. No sé si es objeto de algún comentario, y tenga explicación que sea la misma cuantía. Una última pregunta, no sé si, hay 2 licitaciones en los decretos la 259 y la 321, que estaba haciendo algunos números respecto de la baja, entiendo que en el pliego de condiciones, habrá 2 criterios principales, por lo que veo uno es, o sólo 2 no sé, solvencia técnica y demás, porque no he leído el pliego. Uno es la baja que se hace al pliego de licitación y otro serán las mejoras aportadas por el contratista, y habrá más porque suelen haber más, son dos de las que yo dentro del decreto he podido valorar. No cuestiono en absoluto a los adjudicatarios de la obra, ni muchos Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es menos, y estoy seguro que están bien valorados, pero si me llama la atención que haciendo ciertos números, considerando el presupuesto de oferta que hacen los contratistas y si a eso le incorporamos las mejoras que proponen, la cuantía de la mejora, en un caso me sale una baja del 28% y en otra ocasión una baja del 20%. Yo sé que la Ley de Contratación del Sector Público, no soy un experto en ella, pero sé que contempla lo que se ha dado en llamar la baja temeraria, en este caso la llama baja anormal, si mal no recuerdo, o desproporcionada creo que es, el 149, puede ser. En el reglamento que la desarrolla creo que sí habla de los porcentajes que suponen una baja temeraria. No sé si la pregunta procede para ustedes o para los técnicos o para la mesa de contratación. La pregunta básicamente es ¿Consideran ustedes a la hora de valorar las ofertas, que se pueda estar incurriendo en cualquier tipo de baja anormal o baja desproporcionada? Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Indudablemente las concesiones administrativas, al final, si de alguna manera se van cambiar o se van a alterar y se va a permitir a un segundo y se van a cambiar, está claro que uno de los requisitos imprescindibles es que estén al corriente con los tributos que tenían que pagar esas concesiones administrativas, eso es más que entendible. Las casas de los maestros, como tú has dicho Vicente, aquellos son dúplex, colocar 6 ascensores para que cumpla con el tema de la accesibilidad en todos los inmuebles, económicamente es inviable. Que cumple de alguna manera la accesibilidad, en parte de la vivienda, en otra parte, depende de la incapacidad, de la minusvalía que pueda tener la persona física, podrá acceder a una parte de la vivienda, a otra no. Digamos que constructivamente es lo que hay. Esa fue la intención y el provecho de que se rehabilitaran estas casas, era para darle de alguna manera uso. En el tema del acceso, que personas podrán tener acceso o no a estas viviendas, tendrá que dictaminarlo primero este Pleno. La intención nuestra es que hagan unas bases, que se haga algún tipo de baremación y digamos que las personas que pueden acceder a esas viviendas y después sobre eso se actúan, ¿No? Yo no me atrevo a decirte ahora que las viviendas se van a adjudicar de una manera o de otra, eso tiene que verlo el Pleno y las Comisiones correspondientes y ya lo traeremos a sesiones plenarias y ya vemos y lo hablaremos. Yo la verdad que de cara al futuro, sí, hacerlo lo más transparente posible. Las viviendas que puedan salir de ahí tienen una tipología que también debería de marcar el perfil de la gente que tenga acceso, porque si estamos hablando de una viviendas que tienen 3 habitaciones, limita mucho que le estén dando una vivienda a una persona que vive sola, para que tenga una gran casa, ¿No? Es decir, igual hay que premiar más a las unidades familiares con más números de hijos, más composición familiar, pero luego habrá que evaluarlas tanto a nivel técnico como la valoración que se haga en su momento que tiene que aprobar este Pleno de la Corporación, que yo creo que es la manera más transparente. Además cuando hay tan pocas a repartir, mejor que se haga lo más limpio posible, así todos nos curamos en salud. El Jardín Botánico, pues sí, quedaban obras por terminar ahí, Jardín Botánico, Lavaderos, en diferentes momentos se le ha puesto diferentes nombres, pero ya con esta adjudicación de obra que se hace, termina la inversión de lo que podía ser o bien los Lavaderos o bien el Jardín Botánico, lo que queramos llamarlo. Con esta actuación se termina. Se adjudicó también a licitación pública, y creo que al final la empresa adjudicataria es una empresa de Tenerife. La Bolsa de Empleo pasó los trámites legales correspondientes. Se hicieron unas bases, se publicaron, se dio periodo de exposición, y una vez pasados esos Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es periodos de exposición, pues seguimos con los trámites de la bolsa de empleo, o sea que no se ha hecho nada fuera del marco legal. Las carpas, ya de alguna manera ya se está pagando las facturas de reconocimiento extrajudicial de crédito. Igual usted ha disfrutado debajo de las carpas alguna vez en la Plaza de España con el tema de los vinos, gastronómico, o algo de eso. Esas son las carpas. Si no me equivoco ¿No? Lo de los bancos ya está explicado, yo cuando vi la factura también me pareció holgada, pero estamos hablando de 30 o 40 bancos. Yo cuando lo vi, dije “Banco Romántico”, tanto dinero, pero eran muchos bancos. El tema de la Seguridad Social, que son 2 pequeños errores, de unas cuantías, diría yo ínfimas, son 80 o 100 euros. En el tema de errores de la Seguridad Social y Hacienda, pero claro, cuando tienes ciento y pico trabajadores en un momento dado de altas y bajas el que hace esa labor puede tener en un momento dado ese error, errores que están dentro de lo normal. Si hay cuantías superiores, pues igual hay cuantías superiores, por eso es por lo que en estos momentos tenemos, transitoriamente, otra asesoría laboral que nos lleva el tema de los seguros y Hacienda para hacerlo con la claridad suficiente. Los de las bajas temerarias, yo sé que la Ley habla hasta de un 25%, o eso era antes con la Ley de Contratos, yo la de antes la conocía mejor que la de ahora, porque la de antes me la he leído más que de la ahora, y hablaba hasta de un 25%, pero también mucho de las características de lo que es la obra en sí, para decir si son bajas temerarias o no. Bueno las bajas normalmente de un 18, 19% generalmente, en el tema de la construcción son bajas temerarias, esas están dentro de lo normal o son pocas bajas, pero eso depende, de eso entiendes tú más que yo, constructivamente de lo que es en sí y de lo que se va a gastar en esa obra y de las cuantías que se van a emplear en ellas. Los técnicos en principio estiman que no son bajas temerarias. Isabel ¿Tienes algo que decir? Informan los Servicios Jurídicos: Las bajas se calculan en función de los licitadores que se presenten, no es lo mismo comparar 2 ofertas, que 3, que 4, que 5, que 6, como es el caso de estos procedimientos. Calculadora en mano, no me acuerdo la comparativa en la oferta superior y la más baja, no hay ninguna baja anormal, creo recordar de ninguno. En anteriores procedimientos del año pasado, recuerdo que se pidió la justificación a algún licitador porque se consideraba, calculadora en mano, que su baja era temeraria. En estos no, las actas que están publicadas en la Plataforma de Contratación del Sector Público junto con pliegos, los decretos de inicio, aprobación del expediente y adjudicación, recoge el acta que no hay baja temeraria. Rosendo forma parte de la Mesa de Contratación como vocal técnico y él es el que se encarga un poco de hacer el cálculo así sobre la marcha y no, no ha habido bajas temerarias. No sumes las mejoras, las mejoras van por otro lado, no tienen nada que ver. La verdad que se valoran poco las bajas porque son proyectos subvencionados con cargo al Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal, con cargo al FDCAN, se valora muy poco el bajar el precio, pero aun así hay empresas que se tiran a tumba abierta a bajar el precio, pero no han incurrido en baja temeraria, tal vez por poco, pero no han incurrido. Todo está perfectamente controlado. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Bueno, del tema de Canaragua no te entendí o te entendí a medias, me decías ¿2 recibos por la misma cuantía? Y la otra ¿la misma cantidad? Dos tienen el mismo importe, y otra no. Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Dice Don Vicente: Hay otra que tiene otro importe y el concepto es si precisa consumo de agua. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: ¿Y cuál es la anterior y cuál es la posterior? Porque yo te puedo explicar las 2 últimas. Igual se pagaron 3 trimestres, se pagarían 3 trimestres de agua y el primer trimestre y el segundo trimestre, porque Canaragua con el tema del confinamiento, el primer trimestre no miró el agua, no miró los contadores. Entonces supuestamente tiene que emitir en la misma cuantía que emitió en el segundo recibo cuando miran los contadores, tendrían que dividir los 2 recibos proporcionalmente, y el tercero me imagino que sea el del año anterior. Bueno, acláralo. Toma la palabra Doña María del Mar Pérez Rodríguez, del Grupo Municipal Unión Bagañeta, diciendo: A ver, le estaba comentando aquí al Concejal de IU que muchas veces aparecen, está el reconocimiento de la obligación y luego el pago, el levantamiento de reparo al reconocimiento de la obligación y luego el pago de la factura, no sé si es el mismo importe con los mismos céntimos, no sé si estás viendo por un lado el reconocimiento de la obligación y luego el pago de esa factura. Dice Don Vicente: Quizás sea eso. Dice Doña María del Mar: Sí, pero es que hay varios decretos que se recoge a la misma vez, si te fijas arriba en el encabezamiento del decreto, ve al decreto y lee arriba el encabezamiento, si dice reconocimiento de obligación y luego pago de factura. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Y esto ha sucedido por lo que yo expliqué, porque han venido un montón de vecinos por el tema de los recibos de agua y corresponde porque en el primer trimestre no miraron la lectura de los contadores, entonces al final lo que hacen es emitir los recibos con la misma cuantía en los 2 recibos. Pero bueno, ya está explicado. ¿Alguna duda más? Dice Doña María del Mar: Y luego la apreciación que él hacía de la factura de 10 y pico, ponía el concepto y la otra no, cuando llegan las facturas de Canaragua, porque hombre, aquí en los decretos, no puedes recoger todas las descripciones que tiene una factura, pero Canaragua siempre viene con una factura de ellos, con el consumo, con, me refiero a emitida por la empresa y luego la factura de FACe, a lo mejor en la factura de FACe el concepto te pone consumo y la fecha, pero luego la factura de ellos detalla con precisión a que trimestre corresponde. A lo mejor aquí en la redacción del decreto no cabe toda la información que conlleva una factura, siempre va acompañado de la facturación de ellos y la facturación FACe, que es más escueta, a lo mejor no te pone todo el concepto, pero detrás, el pdf conlleva una facturación de Canaragua donde explica todo el concepto en sí. Dice Don Vicente: Sí gracias, no. Lo del concepto era sencillamente porque no podía identificar o no se podía identificar con el concepto, supongo que la factura, lo que es el original de la factura vendrá más detallado, pero como en otros casos si se detalla, hay otro decreto que por ejemplo dice, consumo administración general, 4º trimestre por ejemplo, de 16 mil euros era este en concreto. Pero Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es volviendo a las 2 de 11 mil, no entiendo a que se refieren porque el decreto, levantamiento de reparo formulado por la Intervención de Fondos, autorización, disposición y reconocimiento de las obligaciones que integran la relación de facturas y las relación de obligaciones y ordenación de pago de las relaciones de pago. Pero cuando busco algún tipo de distinción entre unas y otras no veo. Esta está en la página 3 del decreto 288, por si alguien lo quiere mirar, y luego la misma cuantía con los mismos céntimos en la página 6. ¿Tiene sentido para ustedes o no? Dice el Sr. Alcalde-Presidente: A parte de lo que te dice Mar que tiene una lógica, también te estoy diciendo que ha sucedido que en el primer trimestre, Canaragua no leyó las lecturas por el tema del confinamiento, las leyó en el segundo trimestre, y al final hay metidos los mismos consumos en el primer trimestre y el segundo trimestre, porque al final ahora lo que tienes que hacer es dividir el consumo en el semestre, porque lo que no podría hacer Canaragua es sacarse de la chistera que este mes gastaste 50 sin haberlo leído y en otro gastaste 80, entonces lo lógico es y más que estamos hablando que el Ayuntamiento la cuota que paga por el consumo es de tarifa única, o sea nosotros no estamos ni en tramos, entonces es fácil que sí se divide el concepto del gasto en 2 trimestres, al final la cuantía es la misma. Si no le sirve los argumentos de la Señora Concejal, pues sino le sirven tampoco los míos, pues ¿qué más le podemos decir? Lo miraremos más en profundidad. Dice Don Vicente: Mira, si me permite, gracias por la explicación tanto a la Concejala como a usted, me valen, porque yo no tengo las facturas, porque yo no puedo determinar por mí mismo si es así o no. Sencillamente, lo de los trimestres no creo porque esta factura llegaría hace tiempo y van 3 trimestre del año y hay 3 facturas en la relación de decretos, una de las cuales si sé que corresponde al periodo de abril, mayo y junio. Pero entiendo que tendrá su explicación y obviamente será que Canaragua no se haya equivocado ni nadie responsable que tenga que supervisarlo, pero tendrá explicación, claro. Dice Doña María del Mar: Está reconociendo la obligación y luego en la siguiente página estás aprobando el pago, o sea, son trámites diferentes, aprobar una factura no es apruebo esta factura y ya está, tiene un reconocimiento, tiene una aprobación del gasto, por eso lo ves en la página 3 y lo ves en la página 5. La página 3 es el reconocimiento de la obligación y en la página 5 es ordenar el pago. Sí es que lo tengo delante, lo tengo delante, por eso te lo estoy diciendo. Mira, aquí está disponer y reconocer la obligación y aquí está ordenando el pago, por eso es el mismo importe, se trata de la misma factura, igual que esa todas, ¿Sabes? Es el procedimiento que lleva. De todas maneras, si en cualquier momento tienen alguna duda sobre cualquier factura, se pueden ver ahí debajo en Intervención, solicitarla y se les hace llegar. Dice Doña Carmen: Reiterar a la Concejala de Servicios Sociales el apoyo para intentar resolver y se pueda abrir el Centro de Día, y hacer las gestiones que tenga que hacer, que cuente con el Grupo Socialista para lo que necesite. Entendemos que es necesario porque los mayores que están en casa, pues necesitan salir de casa y tener ese espacio y hay que ver las prioridades, y ahora mismo son los mayores antes de otras cuestiones. Reiterar ese apoyo con la Concejala, en lo que necesite. Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es También que se traiga cuanto antes lo que se dijo el otro día, los Reglamentos para que se puedan aprobar cuanto antes tanto el Centro de Día como la Residencia porque es importante que esos Reglamentos estén ya en marcha y funcionando. Y nada más que aclarar que cuando hablaba de la bolsa de empleo, en ningún momento, a lo mejor me exprese mal, no quise decir que se saltara ninguna normativa, sólo apuntaba si Función Pública le había dado el visto bueno y luego no haya problemas, a nosotros en su momento nos pusieron muchísimos impedimentos, y si no los hay, perfecto, nos parece genial. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Se le agradece las observaciones y brindar el apoyo y la colaboración y así la tomamos por la palabra. ¿Alguna aportación más? Dice Don Carlos: En estos días se está procediendo a demoler el puente del Barranco Tenisca, no sé si se habrá empezado, o si no, pero las guagua, los taxis, están llegando hasta esa zona y dejan a los vecinos del Puerto, y no sé si el Grupo de Gobierno ha valorado o ha contactado con Transportes Insular de La Palma, porque hay mucha gente mayor que sube a Tazacorte a hacer sus compras, hay supermercados mayores y demás, y a lo mejor la compra les repercute un poco en su economía y demás. Entonces se encuentran con el problema que no pueden bajar con las bolsas cargadas de compra porque los dejan en el muelle. No sé si el Grupo de Gobierno ha contactado con Transportes Insular de La Palma, a ver si hay alguna línea, algo para que estos vecinos puedan llegar a las Barriadas del Carmen, Taburiente, directamente en guagua, debido a estos 2 meses de obra, es algo ocasional y puntual, yo sé que la respuesta va a ser que no es rentable, pero habría que intentar por humanidad, buscarle algún camino a esos vecinos. No sé si lo han hecho, por eso pregunto y si no es así, pues hacer las gestiones necesarias. Dice el Sr. Alcalde-Presidente: Hoy se estaban haciendo gestiones con Transportes Insular y con el Cabildo. En el acceso para llegar al muelle, todos sabemos que no hay problema en llegar al muelle, pero se sabe que el problema está en ir hacia allá. Sé que por Las Angustias bajan las del Norte y servirán lo que es el tema del Puerto. Se estuvo viendo físicamente la posibilidad de hacer un carril, ayer estuvimos por allí, pero ningún técnico del Cabildo lo aconseja porque estamos en la desembocadura de un barranco, estamos en frente del mar, y allí se podía ocasionar que bien con lluvia o bien con el mar malo, se creaba un tapón allí, pues nadie se atreve a que se haga esa acción. ¿Qué hay incomodidad? De eso somos conscientes, que hay incomodidad, pero yo creo que la obra antes de 2 meses está y se solucionará un problema que podía dentro de poco hacer peligrar la seguridad de las personas. Pero que no puedan llevar la compra del muelle hacia allá, pues no sé podrá buscar una solución para eso, porque si técnicamente no se puede hacer un vial... Dice Don Carlos: Hombre, quien dice una compra dice una persona con minusvalía, o algún problema de salud ¿Es tan costoso poner una guagua en el otro lado del Barranco, que el Cabildo no lo pueda sumir durante un corto periodo de tiempo? Pregunto, no sé, de si le han valorado al Cabildo eso de que otra guagua, no desde las 8 de la mañana, para servicios puntuales, sólo es buscarle una solución Cód. Validación: A4TTA3962Z6THEJ35Z7QKQSAK | Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 21 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Dice el Sr. Alcalde-Presidente: ¿Cuántos servicios? Vamos a hacer las cosas dentro de la lógica. ¿Alguna pregunta más? Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las veinte horas, por la Presidencia se levanta la sesión, de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. 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