ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Alcalde Fecha Firma: 14/06/2023 HASH: 9756be814d6266ffe6da111114c82df7 ACTA NÚMERO PL03-23 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EL DÍA 28 DE MARZO DE 2023. David Ruiz Álvarez (1 de 2) SEÑORES ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: DON DAVID RUIZ ÁLVAREZ. CONCEJALES PRESENTES: DON JUAN MIGUEL RODRÍGUEZ ACOSTA. DON ROBERTO FRANCISCO PÉREZ REVERÓN. DOÑA WENNA LORENZO MARTÍN. DOÑA LOURDES TATIANA RODRÍGUEZ LORENZO. DON MIGUEL YORDAN MARTÍN ACOSTA. DON FERNANDO JOSÉ PÉREZ HERNÁNDEZ. DOÑA CARMEN NAUDY MARTÍN HERNÁNDEZ. DOÑA ANA ISABEL LEÓN ACOSTA. NO ASISTEN: DOÑA NIEVES YOLANDA ACOSTA LORENZO. DOÑA MARÍA DEL MAR PÉREZ RODRÍGUEZ. SECRETARIO ACCIDENTAL: DON CARLOS MANUEL ACOSTA CABRERA. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 28 de marzo de 2023, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne el Pleno del Ayuntamiento, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria en primera convocatoria. SECRETARIO ACCIDENTAL Fecha Firma: 14/06/2023 HASH: 225c47d5fe6b7f0e1209b57bf27cbf97 Carlos Manuel Acosta Cabrera (2 de 2) Preside el Sr. Alcalde-Presidente, Don David Ruiz Álvarez y asisten los señores concejales arriba mencionados. Está presente, el Secretario Accidental que lo es de la Corporación, Don Carlos Manuel Acosta Cabrera, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las once horas, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las once horas y diez minutos, y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: 1.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE PROPUESTA DE OBRA A INCLUIR EN EL PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024 ANUALIDAD 2023. 1 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Presidencia del dictamen de la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de fecha 22 de marzo de 2023, cuyo tenor literal es el siguiente: “1.- PROPUESTA DE OBRA A INCLUIR EN EL PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2021-2024 ANUALIDAD 2023. Toma la palabra el Sr. Presidente Don Juan Miguel Rodríguez Acosta, del Grupo Municipal Nueva Canarias, diciendo: El primer punto del orden del día es la propuesta de la obra a incluir en el Plan Insular de Cooperación en Obras y Servicios Municipales 2021 al 2024, en este caso es la anualidad del 2023. La obra que nosotros vamos a proponer es regeneración de arena de la playa del puerto, como ustedes ven, aquí la playa interior está perdiendo arena, y lo cual estimamos son 200.000 euros, son casi 200 ¿no? Redondeando más o menos, si 199 no sé cuánto. Vamos a meter esa obra de traer arena de la playa de la zona de Los Tarajales, todos vemos que allí hay exceso de arena, y bascular la playa bien, en el sentido de que cuanta más arena tenga, pues menos daño hará allí, y de alguna manera estabilizará más la playa. Si están de acuerdo esa es la obra que nosotros queremos incluir… Toma la palabra Don Miguel Yordan Martín Acosta, portavoz del Grupo Municipal Socialista, diciendo: Buenas tardes, gracias al Señor Alcalde, si estamos de acuerdo, creemos que… Señor Alcalde y Señor Concejal, la costumbre… Estamos de acuerdo, claro, la playa a poco tiempo que ya queda de verano, hay que hacer una obra importante y acondicionarla, solamente quería pues quería un poco, pues preguntar, que pasó con las obras de cooperación del año anterior no se han ejecutado, que han sido las torres del polideportivo, que si lo recordáis incluso en Intervención, propuse de que para este año, pues incluso se pudiera terminar un poco más el poli, la instalación eléctrica pues no reúne las condiciones para hacer actos allí dentro, aunque a veces se hacen, pero vamos a votar a favor, porque creemos que también la playa es necesario. Dice el Sr. Presidente: Es necesaria, mira la obra, es curioso, se licitó las cubiertas del pabellón, pero desgraciadamente quedó desierta, porque tuvimos que abrir un nuevo procedimiento, que Isabel lo vamos hacer a través ¿de? Servicios Jurídicos: El procedimiento inicial, tiene que ser siempre el procedimiento abierto porque… Dice el Sr. Presidente: Quedó desierto, no entró ninguna empresa. Servicios Jurídicos: Quedó desierto, entonces la ley te permite acudir, siempre a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, al 2 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. procedimiento negociado sin publicidad, invitando a las empresas que el Ayuntamiento pueda… Dice el Sr. Presidente: Intentamos ahora mismo estar buscando tres empresas que se presenten ¿no? Porque desgraciadamente salió a licitación pública y quedó desierta, ahora parece que toda venia de Ucrania y todo, que esta guerra estaba relacionada con el tema de los suministros, desgraciadamente. Y esa es la que queda por ejecutar, y después queda asfaltado de caminos del municipio, de 56.000 euros, ¿no Isabel? Pero eso lo vamos a sacar a licitación ya y que probablemente lo haremos en la Cuesta Cardón que está muy mal, la parte de la cuesta Cardón, eso tenemos ya, tenemos ya unos estudios y unos proyectitos ya hechos, y ya está esa cuantía ahí. La otra tardaremos un pelín más porque tenemos que sacarla después a licitación con procedimiento negociado sin publicidad. No obstante, decirles una cosa, ustedes saben una cosa, que somos el ayuntamiento que más rápido saca la obra de cooperación. Hay ayuntamientos que a día de hoy, no han hecho las del 18, nosotros estamos terminando las del 22, es decir, que no estamos tan mal, bajo otras circunstancias, pero nuestra intención es meter el tema de la playa que es necesario, que, si no se nos pierde, digamos que la arena que queda en la playa, ¿estamos de acuerdo? Si Toma la palabra Doña Ana Isabel León Acosta, portavoz del Grupo Municipal Mixto, diciendo: Gracias, si es una obra que para nosotros es necesario por supuesto y reiterada siempre un año tras otro hay que estar haciendo, pero yo quería preguntar ¿quién ha hecho este presupuesto? Porque parece que al traer la arena de tan cerca de al lado, pues parece un presupuesto elevado, ¿quién y cómo se ha hecho este presupuesto? Dice el Sr. Presidente: Bueno, este presupuesto lo han hecho los técnicos, pero no es elevado, si quieres como el que dice todavía llevaría más arena ¿no? Y ciertamente es que la cantidad de arena que aportemos allí siempre va a ser poca, ¿comprendes Ana? 200.000 euros parece que rinde un montón, pero no rinde tanto ¿eh? Estamos hablando de una plataforma de playa que tiene unos 25 / 30.000 metros cuadrados. Es decir, que los metros que metamos allí algo haremos pero… Cierto es que tenemos proyectos ahí que nunca han sido entendidos por Costas, tenemos un anteproyecto muy interesante, de un dique sumergido, la ampliación de algo del viejo e incluso aprovechando se le ponía unas turbinas para la energía mareomotriz del mar, porque estamos intentando de alguna manera ese proyecto vincularlo con fondos europeos, porque ahora parece que a Canarias ahora le va a tocar unos mil millones de euros. Entonces hay que aprovechar que no hay proyectos porque yo sé que muchos no tienen proyectos, los proyectos nunca están perdidos, entonces queremos meter ese proyecto a ver si conseguimos financiación por ahí, porque aparte de eso seríamos capaces de generar energía limpia, y a la vez atenderíamos a la pérdida de la arena, porque lo que viene a ser el dique sumergido de una manera estabiliza lo que es la zona de arena, y el oleaje no entra tan de lleno como llega ahora mismo. Esa es la idea que hay de proyecto. 3 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Pregunta Doña Ana Isabel: ¿Entonces el presupuesto está hecho por personal y con recursos del ayuntamiento propio? Responde el Sr. Presidente: No, lo sacaremos a licitación porque no tenemos medios mecánicos. Dice Doña Ana Isabel: Estoy hablando del presupuesto, no de la obra ya. Dice el Sr. Presidente: ¿El presupuesto? Si, el presupuesto lo hemos elaborado aquí a nivel municipal. Pregunta Doña Ana Isabel: Y esa segunda es otra, ¿con estos doscientos mil euros no se puede adjudicar a una empresa, por emergencia ni nada, sacarlo a concurso? Responde el Sr. Presidente: No, se va a dar a licitación a concurso, tenemos que sacarla a concurso. No sé si podemos figurar como de urgencia para que acortemos los plazos, ¿comprendes? Pero no deja de salir a concurso por eso, pero igual ganamos tiempo declarándola de urgencia, acortar plazos de la contratación no es darla a dedo. Dice Doña Ana Isabel: Ya, pero que eso hay que decirlo ahora, porque yo quiero saber eso, para saber si se vota a favor o no. Pregunta el Sr. Presidente: Pues sí, probablemente podemos sacarla por urgencia, ¿Isabel? Yo entiendo que sí. Servicios Jurídicos: Lo que ustedes están debatiendo ahora mismo es proponerle al Cabildo que el ayuntamiento quiere incluir en el Plan de Cooperación esa obra en la anualidad del 2023. Dice el Sr. Presidente: Si si, es proponer la obra, es verdad. Servicios Jurídicos: Para eso requiere el Cabildo una pequeña memoria de las actuaciones a realizar y el presupuesto, después hay que elaborar, que lo elaboró el arquitecto municipal Rosendo, es lo que el cabildo necesita para ellos poder tramitar el Plan de Cooperación con las obras y servicios que cada ayuntamiento propone. Este proyecto hay que elaborarlo, todo lo que lleva un proyecto de ejecución y después sacarlo a licitación, el proyecto se llamará con el nombre que está aquí, aporte de arena de la playa del puerto de Tazacorte, y se hará con esto presupuesto de ejecución, pero ahora mismo aquí lo que están aprobando es proponer al Cabildo, en base a esta memoria sencilla pero suficiente esta obra, después vendrá elaborar proyecto y licitar obra. Dice Doña Ana Isabel: Incluso la ejecución, estamos adelantando cosas. 4 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Dice el Sr. Presidente: No, estamos adelantando acontecimientos Dice Doña Ana Isabel: nos fuimos muy al futuro, disculpen Dice el Sr. Presidente: Pues vale, si estamos de acuerdo para la votación… No suscitando más debate el asunto, la Comisión Informativa acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen al Pleno de la Corporación: Primero.- En relación al PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES ANUALIDAD 2023, se propone incluir la siguientes obra, para su debida aprobación por el Cabildo Insular de La Palma: - APORTE Y NIVELACIÓN ARENA EN PLAYA NORTE DEL PUERTO DE TAZACORTE, con un presupuesto que asciende a 199.329,00 €. Segundo.- Remitir el presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Don David Ruiz Álvarez o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.” Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don David Ruiz Álvarez, diciendo: Esto se vio en Comisión, ¿hay alguna pregunta? No suscitando debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros presentes: Primero.- En relación al PLAN INSULAR DE COOPERACIÓN EN OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES ANUALIDAD 2023, se propone incluir la siguiente obra, para su debida aprobación por el Cabildo Insular de La Palma: - APORTE Y NIVELACIÓN ARENA EN PLAYA NORTE DEL PUERTO DE TAZACORTE, con un presupuesto que asciende a 199.329,00 €. Segundo.- Remitir el presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Don David Ruiz Álvarez o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. 5 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. 2.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE PARA LA CESIÓN GRATUITA DEL USO DE UN BIEN PATRIMONIAL A LA PLATAFORMA OCEÁNICA DE CANARIAS CON DESTINO A UBICACIÓN DE UN LABORATORIO CIENTÍFICO TÉCNICO PARA COLABORAR CON LA COMUNIDAD CIENTÍFICA Y ACERCARLA AL MUNICIPIO. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Presidencia del dictamen de la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de fecha 22 de marzo de 2023, cuyo tenor literal es el siguiente: “2.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE PARA LA CESIÓN GRATUITA DEL USO DE UN BIEN PATRIMONIAL A LA PLATAFORMA OCEÁNICA DE CANARIAS CON DESTINO A UBICACIÓN DE UN LABORATORIO CIENTÍFICO TÉCNICO PARA COLABORAR CON LA COMUNIDAD CIENTÍFICA Y ACERCARLA AL MUNICIPIO. Visto el Informe de Secretaría emitido de fecha 17 de marzo de 2023 cuyo tenor literal es el siguiente: “Expediente n.º 3748/2022 Informe-propuesta de Secretaría Procedimiento: Cesión de uso de Bien Patrimonial a la a la Plataforma Oceánica de Canarias. En relación con el expediente relativo a la cesión gratuita de uso de bien patrimonial en cumplimiento de la Providencia de Alcaldía de fecha 16 de marzo de 2023, y ante ausencia de funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, la técnico que suscribe emite el siguiente informe-propuesta de resolución, con base en los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO 1º Vista Memoria Justificativa en la que se pone de manifiesto la conveniencia y oportunidad de ceder el uso, incluida la facultad para la realización de obras, reformas o reparaciones, a la Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN) de unos bienes inmuebles en el término municipal de la Villa y Puerto de Tazacorte para colaborar en la implantación de infraestructuras permanentes que posibiliten la investigación, el desarrollo científico y tecnológico de las ciencias marino- marítimas en general, y en particular la de observación del medio marino de los deltas lávicos para la aceleración de conocimientos y para su gestión sostenible y la creación de valor social, económico y ambiental. Las tecnologías y la gestión de los datos contribuirán a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas para 2030 y el pacto verde. 6 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. La Plataforma Oceánica de Canarias es una infraestructura gestionada por el Consorcio PLOCAN (cofinanciado a partes iguales por la Administración General del Estado y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias). Su objetivo es permitir la realización de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de vanguardia en el ámbito marino y marítimo. Esta plataforma, creada en 2007, requiere de una serie de infraestructuras permanentes para el desarrollo de sus proyectos, y tal objetivo es de difícil obtención sin que se produzca la cesión de uso de esta parcela. 2º Consta Memoria Memoria Justificativa suscrita por el Sr. Alcalde- Presidente en fecha 16 de marzo de 2023. 3º Consta certificación del Secretario de la Corporación sobre la inscripción del bien inmueble en el Inventario de Bienes del Ayuntamiento, con la calificación jurídica de bien patrimonial. 4º Consta informe de valoración de los Servicios Técnicos en relación con el bien inmueble que se pretende ceder, en el que se asevera que los bienes no se hallan comprendidos en ningún Plan de ordenación, reforma o adaptación, vigente o en tramitación, que los haga necesarios al ente local. 5º Consta informe de Intervención, estableciendo que no existe deuda pendiente de liquidación con cargo al Presupuesto municipal, y por tratarse de una materia en la que legalmente se exige una mayoría especial. FUNDAMENTOS JURÍDICOS I.-LEGISLACIÓN APLICABLE  Los artículos 6 y 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias.  Los artículos 109 a 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.  Los artículos 32.1 y 4 y 36.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.  El artículo 79.2 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.d) del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. 7 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO. Iniciar el expediente para ceder gratuitamente a favor de la Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN) el USO de parte del siguiente bien inmueble:  Ref. Catastral: 2328401BS1722N0001MD  Localización: Puerto de Tazacorte  Clase: Patrimonial  Superficie total: 2.339,70 m2  Superficie objeto de la cesión: 1.842,62 m2  Año de construcción: 1960  Cargas o gravámenes: Sin cargas. SEGUNDO. Someter el expediente a un periodo de información pública por plazo de 20 días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes. Esto es cuanto tengo a bien informar, no obstante la Corporación con su mejor criterio, decidirá. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 17 de marzo de 2023. La Técnico Municipal, Fdo.: Isabel Pérez Martín. DE CONFORMIDAD, EL SECRETARIO ACCIDENTAL, Fdo.: Carlos Manuel Acosta Cabrera. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Toma la palabra el Sr. Presidente Don Juan Miguel Rodríguez Acosta, del Grupo Municipal Nueva Canarias, diciendo: Se les hizo llegar la documentación, esto es a través de la Plataforma Oceánica de Canarias, como ustedes saben, el colegio del puerto, en el año 2020 solicitamos la desafectación de parte del colegio de El Puerto, donde estaba infrautilizado, eso había aulas digamos que las primeras que se hicieron en los años 60 para intentar darles un uso, y entre esos usos, pues también surgió el tema de la Plataforma Oceánica, porque la intención es, que esas aulas también vayan temas con carácter formativo para el tema de cursos, garantía social, o cursos que haga esta misma Administración con la colaboración con otras Administraciones y tengan un carácter de utilidad de aquella edificación que está infrautilizada. Actualmente se licitó una subvención que tenemos por parte de Vicepresidencia para el tema de la barrera arquitectónica se está instalando un ascensor, también se han hecho obras de mejora de potencia no ¿Isabel? Servicios Jurídicos: Si. 8 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Dice el Sr. Presidente: Porque claro, ahí había deficiencias de energía eléctrica y para el futuro ascensor y para lo que se piensa poner ahí, este programa de la Plataforma Oceánica es la cesión de espacios de esas canchas, del aula, ¿se acuerdan del aula infantil que hay un modulo allí de dos alturas el pequeño, y un aula de las seis que hay un aula de módulo mayor? La intención es que va a ver un grupo de científicos de carácter fijo en Tazacorte y otras partes son itinerantes que vendrán, irán y vendrán otros, para hacer estudios de los fondos marinos digamos que de aquí de La Palma. Que después a la vez también conlleva un segundo plan que es con el tema de la Casa del Mar, como ustedes saben, en breve, en escasas fechas se compró ya la Casa del Mar por parte del Gobierno de Canarias y también existe dentro de los presupuestos dentro de la Comunidad Autónoma una cuantía económica para la rehabilitación de la Casa del Mar. La intención es que toda esa investigaciones que se hagan en esa plataforma sean aquí en esta isla, después se pongan en la parte baja de la Casa del Mar y quedará digamos un museo interactivo sobre el tema de los avances científicos que hagan de manera permanente. Lo cual es un tema positivo porque, eso no lo tenemos en La Palma como el que dice, y de alguna manera también estamos dando vida a esa obra infrautilizada y en mal estado como es la Casa del Mar, complementándola con las cesiones de suelo tenemos que darles y locales en el colegio, esa es la intención del desarrollo de esas dos cosas. ¿Alguna aclaración más? Toma la palabra Don Miguel Yordan Martín Acosta, portavoz del Grupo Municipal Socialista, preguntando: Esa es la pregunta que te quería hacer, si las instalaciones esas del colegio eran provisionales para después buscarles una ubicación definitiva, porque a mi el proyecto me parece súper interesante, estamos completamente de acuerdo, pero la pregunta era esa, si parte de ese espacio del colegio se podía utilizar en el futuro para hacer otro tipo de cosas, y como acabas de mencionar en la parte baja de la Casa del Mar, queríamos saber si iba a estar provisional ahora en el colegio hasta el futuro que se buscara una ubicación definitiva. Responde el Sr. Presidente: No, no es de manera provisional lo que pasa es que por ejemplo en las aulas que hemos desafectado, parece que no, pero son bastantes, estamos hablando de que se han desafectado seis u ocho aulas no es poco ¿no? Al final estamos dando una cesión de uso a tres aulas, al módulo pequeño que son dos aulas, y al grande que son seis aulas, estamos dando una cesión de un aula, yo creo que con cinco aulas que tenga el Ayuntamiento es suficiente para el tema que pueda desarrollar, de carácter formativo el Ayuntamiento. Y después el tema de la Casa del Mar es porque, incluso, parte de los fondos de la Plataforma Oceánica, se emplearán en la rehabilitación de la Casa del Mar, con lo cual salvaremos las deficiencias del inmueble, y claro también el puntazo que vamos a tener un grupo de científicos de carácter fijo aquí, otro itinerante y que de alguna manera la investigación se exponga en Tazacorte, nos da como el que dice, cierto caché de venta hacia el exterior y al interior, como el que dice, y de alguna manera pues también se está generando una cierta economía. 9 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Esa es la intención, porque ahora mismo se compró la Casa del Mar por doscientos ochenta y ocho mil euros, doscientos veinte mil euros tiene ya consignado el presupuesto de la Comunidad Autónoma del Gobierno de Canarias para la mejora de la Casa del Mar, y la otra parte de la cuantía económica que habría que afrontar en la Casa del Mar, sale de la Plataforma Oceánica que tiene un presupuesto de tres millones y medio de euros, es decir la financiación está, ¿comprendes? Como yo digo, están alineados los planetas como para que salga todo. Malo sea que no salga ¿no? Pues ese es el tema. Toma la palabra Doña Ana Isabel León Acosta, portavoz del Grupo Municipal Mixto, diciendo: Bueno voy argumentar mi voto. Pues que por parte de Izquierda Unida, felicitamos este tipo de iniciativas, este tipo de proyectos que están comprometidos con la ciencia y con la tecnología, con la investigación, la formación, el futuro, o también el de antes, el que se aprobó en la Comisión de Educación, para darle oportunidad a los artistas y las artistas de aquí de la isla, porque parece que siempre prima las obras de infraestructuras, como mega carreteras o circunvalaciones o campos de golf, entonces esta iniciativa pues pensamos que las obras también hacen falta por supuesto, algunas de ellas, pero escasean más, se traen menos aquí, hay menos propuestas de este tipo, y mi grupo considera que es una muy buena iniciativa. Dice el Sr. Presidente: Se agradece Ana, esa es la intención. Si estamos de acuerdo… No suscitando más debate el asunto, la Comisión Informativa acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen al Pleno de la Corporación: PRIMERO. Iniciar el expediente para ceder gratuitamente a favor de la Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN) el USO de parte del siguiente bien inmueble:  Ref. Catastral: 2328401BS1722N0001MD  Localización: Puerto de Tazacorte  Clase: Patrimonial  Superficie total: 2.339,70 m2  Superficie objeto de la cesión: 1.842,62 m2  Año de construcción: 1960  Cargas o gravámenes: Sin cargas. SEGUNDO. Someter el expediente a un periodo de información pública por plazo de 20 días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes.” Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don David Ruiz Álvarez, diciendo: Esto se vio en Comisión, ¿hay alguna pregunta? 10 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. No suscitando debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los 9 miembros presentes, mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación: PRIMERO. Iniciar el expediente para ceder gratuitamente a favor de la Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN) el USO de parte del siguiente bien inmueble:  Ref. Catastral: 2328401BS1722N0001MD  Localización: Puerto de Tazacorte  Clase: Patrimonial  Superficie total: 2.339,70 m2  Superficie objeto de la cesión: 1.842,62 m2  Año de construcción: 1960  Cargas o gravámenes: Sin cargas. SEGUNDO. Someter el expediente a un periodo de información pública por plazo de 20 días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que los interesados presenten las alegaciones que estimen pertinentes. 3.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE PROPUESTA DE LA ALCALDÍA DE ENCARGO EN EL CONSORCIO DE SERVICIOS DE LA PALMA DEL SERVICIO DE CREMACIÓN DE CADÁVERES HUMANOS. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Presidencia del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 22 de marzo de 2023, cuyo tenor literal es el siguiente: “1.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA DE ENCARGO EN EL CONSORCIO DE SERVICIOS DE LA PALMA DEL SERVICIO DE CREMACIÓN DE CADÁVERES HUMANOS. Vista la Propuesta de Alcaldía de fecha 14 de marzo de 2023 cuyo tenor literal es el siguiente: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA DE ENCARGO EN EL CONSORCIO DE SERVICIOS DE LA PALMA DEL SERVICIO DE CREMACIÓN DE CADÁVERES HUMANOS. La reciente erupción volcánica de Cumbre Vieja, con su rastro de destrucción y desesperación, ha generado un notable desasosiego en la sociedad palmera fruto de un cambio sustancial en la percepción del riesgo volcánico. Además, por primera vez, una mayoría de la población del archipiélago ha comenzado a tomar conciencia de los riesgos asociados al vulcanismo existente en las islas, habitualmente 11 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. minimizado en el debate político y cuya trascendencia en los medios de comunicación generalmente ha sido escasa. De todo ello deriva la notable complejidad que supone la reconstrucción. Intentar replicarla sobre las coladas no solo resulta técnicamente complejo dado el espesor alcanzado por las mismas, la desaparición del suelo y el cambio en la geomorfología, sino que probablemente tampoco sea deseable desde una perspectiva de ordenación territorial que atienda a criterios de sostenibilidad ambiental, de eficiencia en la prestación de servicios públicos y de minimización del riesgo volcánico. Ello no significa que a medio plazo pueda recuperarse la actividad agrícola en determinadas partes de las coladas, recurriendo nuevamente a la sorriba como en el siglo pasado, pero difícilmente tendrá lugar una repoblación de ese espacio. Al objeto de evitar el desarraigo, la búsqueda de soluciones habitacionales en otras zonas de medianías de la isla donde los afectados pudieran replicar las características de su antigua vivienda y parcela es una opción que conviene valorar, aunque su materialización es compleja y en ningún caso permitiría recrear los lazos comunitarios que existían. Además, dado que la mayor parte de los damnificados estaban familiar y laboralmente vinculados a los municipios del Valle de Aridane, probablemente resulte una opción poco atractiva. La mayor parte de las infraestructuras de la isla de La Palma son anulares, por lo que hasta que esas infraestructuras no se recuperen, no se podrá pensar en una nueva ubicación para los afectados. El 25 de noviembre la colada del volcán arrasó el cementerio de las Manchas, en el término municipal de Los llanos de Aridane, destruyendo el único horno crematorio de difuntos existente en la Isla. Dicho horno con una media de 260 servicios al año, evitaba que el finado tuviera que desplazarse hacia otra isla para su incineración, con el coste económico que ello suponía y que en estos momentos es la única opción posible. Vista que la dimensión y magnitud de esta catástrofe natural, unido a los perjuicios económicos y morales que la pérdida del cementerio y del horno crematorio ha supuesto, justifican que se lleve a cabo actuaciones con la mayor celeridad posible dirigidas a mitigar los perjuicios que está causando esta eventualidad, entre ellas el suministro y puesta en servicio de un nuevo horno crematorio de cadáveres humanos. No podemos obviar que está práctica ha arraigado en La Palma en la última década, siendo esta instalación fundamental para la isla Ante esta necesidad, el Cabildo Insular de La Palma ha instalado un crematorio en el Cementerio Comarcal de San Urbano, ubicado en el municipio de Breña Baja. Este nuevo crematorio trata de atender una necesidad que, aunque hasta el momento de la erupción se gestionaba a nivel municipal, permita continuar dando cobertura a nivel insular, prestando el servicio a todos los municipios, para lo que la Asamblea General del Consorcio de Servicios de La Palma, en sesión extraordinaria de 2 de noviembre de 2022, acordó aprobar la gestión del servicio de Crematorio Insular. 12 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Considerando que la necesidad anteriormente expuesta podría satisfacerse a través de un encargo de los servicios de cremación de cadáveres humanos al Consorcio de Servicios de La Palma, propongo al Pleno de la Corporación: Primero.- Encargar al Consorcio de Servicios de La Palma, la gestión de los Servicios funerarios de cremación de cadáveres humanos. Segundo.- Dar traslado del presente Acuerdo al Consorcio de Servicios de La Palma. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 14 de marzo de 2023. El Alcalde, Fdo.: David Ruiz Álvarez. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Informan los Servicios Jurídicos de orden de la Presidencia: Buenos días, con la convocatoria de la Comisión se le ha dado trasladado del escrito remitido por el Consorcio de Servicios de La Palma, donde solicitaba, de ahí salió la propuesta de Alcaldía, de realizar el encargo al Consorcio de Servicio de La Palma del servicio de cremación de cadáveres humanos, porque con el volcán, como se explica en la propuesta, se llevó el crematorio que había en el cementerio de Las Manchas, entonces el Cabildo ha hecho uno en Breña Baja en el cementerio que marca el San Juan y como ente consorciado que son los municipios de La Palma, creo que la totalidad, piden ese acuerdo plenario de encargar al Consorcio de Servicios la gestión de los servicios funerarios de cremación de cadáveres humanos. En el escrito que les remití ahí dice cómo se va hacer la gestión del servicio, que va hacer a través del Consorcio, que el año pasado se aprobó un modelo de gestión indirecta de crematorio mediante contrato de servicios con una empresa de particular con la Ley de Contratos del Sector Público, y pedían que se diera traslado de ese acuerdo a los Ayuntamientos para que encargaran esa gestión al Consorcio de Servicios. Les diré que la ordenanza está aprobada para el funcionamiento del crematorio, se publicó el 11 de enero de 2023. En cuanto a las tasas entiendo que tendrán que ser aprobadas, será objeto de una ordenanza fiscal al respecto, aquí lo que dice es, reguladora del funcionamiento del crematorio, y bueno pues lo que piden es eso, que encarguemos al Consorcio de Servicios de La Palma la gestión del servicio de cremación de cadáveres. No suscitando más debate el asunto, la Comisión Informativa acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen al Pleno de la Corporación: Primero.- Encargar al Consorcio de Servicios de La Palma, la gestión de los Servicios funerarios de cremación de cadáveres humanos. Segundo.- Dar traslado del presente Acuerdo al Consorcio de Servicios de La Palma. 13 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Don David Ruiz Álvarez o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.” Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don David Ruiz Álvarez, diciendo: Esto se vio en Comisión, ¿hay alguna pregunta? No suscitando debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros presentes: Primero.- Encargar al Consorcio de Servicios de La Palma, la gestión de los Servicios funerarios de cremación de cadáveres humanos. Segundo.- Dar traslado del presente Acuerdo al Consorcio de Servicios de La Palma. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, Don David Ruiz Álvarez o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. 4.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE ELECCIÓN DE CANDIDATO A DESEMPEÑAR EL CARGO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DEL JUZGADO DE PAZ DE TAZACORTE. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Presidencia del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 22 de marzo de 2023, cuyo tenor literal es el siguiente: “2.- ELECCIÓN DE CANDIDATO A DESEMPEÑAR EL CARGO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DEL JUZGADO DE PAZ DE TAZACORTE. Visto el Informe de Secretaría emitido de fecha 9 de marzo de 2023 cuyo tenor literal es el siguiente: “Expediente nº3114/2022 Informe de Secretaría Procedimiento: Elección de Juez de Paz Sustituto. INFORME DE SECRETARÍA De acuerdo con lo ordenado por Alcaldía mediante Providencia de fecha 10 de octubre de 2022 y ante ausencia de habilitado nacional, la técnico que suscribe, adscrita al Departamento de Secretaría, emito el siguiente, 14 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. INFORME PRIMERO. En cada municipio donde no exista Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, y con jurisdicción en el término correspondiente, habrá un Juzgado de Paz. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 298.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Jueces de Paz ejercen funciones jurisdiccionales sin pertenecer a la Carrera Judicial, con sujeción al régimen establecido en dicha Ley, sin carácter de profesionalidad y con inamovilidad temporal, formando parte durante su mandato del Poder Judicial. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Jueces de Paz conocerán en el orden civil y penal de los procesos cuya competencia les corresponde por Ley. Cumplirán también funciones de Registro Civil y las demás que la Ley les atribuya. SEGUNDO. La legislación aplicable será la siguiente: — Los artículos 4 a 6, 20, 21 y artículo 28 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. — Los artículos 99 a 103 y artículo 395 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. — Los artículos 22.2 p) y 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. TERCERO. Los Jueces de Paz y sus sustitutos serán nombrados para un período de cuatro años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. Podrán ser nombrados Jueces de Paz, tanto titulares como sustitutos, quienes aun no siendo licenciados en Derecho, reúnan los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, para el ingreso en la carrera judicial, excepto impedimento físico o psíquico para el cargo, y no estén incursos en ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas para el desempeño de las funciones judiciales, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles (artículo 102 de la Ley Orgánica 6/1985 y artículo 13 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). CUARTO. Durante el mandato, los Jueces de Paz estarán sujetos al régimen de incompatibilidades y prohibiciones reguladas en los artículos 398 a 397 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en lo que les sea aplicable. Tendrán compatibilidad para el ejercicio de las siguientes actividades: 15 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. — La dedicación a la docencia o a la investigación jurídica. Única actividad que, cuando se desempeña a tiempo parcial, se autoriza a Jueces y Magistrados, o a algunas otras actividades que, aunque sean retribuidas con cargo a los Presupuestos del Estado pueden ser ejercidas por los Jueces de Paz. Entiende el Consejo General, atendiendo a un criterio de razonable flexibilidad que, debido a la escasez de la suma con que se retribuye al Juez de Paz le obliga a dedicarse a otra actividad para poder subsistir y que lo importante es que la otra actividad que el Juez de Paz desempañe sea en esencia compatible con el cargo, para evitar interferencias que pudieran afectar a la independencia del Juez a la hora de ejercer su función (exposición de motivos de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial). — El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales (artículo 14 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). No podrán los Jueces de Paz pertenecer a partidos políticos o sindicatos, o tener empleo al servicio de los mismos y les estarán prohibidas las actividades comprendidas en el artículo 395 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (artículo 23 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). La autorización, reconocimiento o denegación de compatibilidad de los Jueces de Paz corresponde al Consejo General del Poder Judicial previo informe del Presidente del Tribunal Superior de Justicia competente (artículo 16 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). QUINTO. El procedimiento para llevar a cabo la elección de Juez de Paz titular y sustituto es el siguiente: A. Las vacantes en el cargo del Juez de Paz titular y sustituto se anunciarán por el Ayuntamiento con la suficiente antelación, mediante convocatoria pública, con indicación del plazo y lugar de presentación de instancias. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y mediante edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del Partido o Juzgado Decano y en el propio Juzgado de Paz. La fecha de este anuncio es la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://tazacorte.sedelectronica.es B. Las solicitudes, haciendo constar que reúnen las condiciones de capacidad y de compatibilidad, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la 16 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Villa y Puerto de Tazacorte, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles. Para poder tomar parte en el proceso selectivo se deberán reunir los requisitos exigidos para formar parte de la carrera judicial, de conformidad con el artículo 302 y 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial: a) Tener nacionalidad española. b) Ser mayor de edad. c) No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 389). Asimismo, están incapacitados para el ingreso en la carrera judicial los impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. C. Los Jueces de Paz y sus sustitutos serán elegidos por el Pleno del Ayuntamiento con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiere solicitante, el Pleno elegirá libremente (artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). D. Aprobado el Acuerdo por el Pleno de Ayuntamiento, será remitido al Juez de Primera Instancia e Instrucción, quien lo elevará a la Sala de Gobierno (artículo 101.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, artículo 22.2 p) y artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El artículo 7 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz desarrolla la previsión del 101.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, estableciendo que el Acuerdo del Ayuntamiento será remitido al Juez de Primera Instancia e Instrucción del partido o, si hubiere varios, al Decano, que lo elevará a la Sala de Gobierno. Al Acuerdo del Ayuntamiento se acompañará una certificación comprensiva de los siguientes extremos: — Referencia detallada de las circunstancias en que se produjo la elección. — Mención expresa de la observancia del quórum exigido por la Ley. — Datos de identificación y condiciones de capacidad y de compatibilidad de los elegidos. 17 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. E. Si la Sala de Gobierno del Tribunal de Justicia considera que las personas elegidas por el Ayuntamiento reúnen las condiciones de capacidad y de elegibilidad exigidas por la Ley, expedirá los correspondientes nombramientos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, dando cuenta de los mismos al Consejo General del Poder Judicial y al Juez de Primera Instancia e Instrucción del partido o al Decano, si hubiere varios (artículo 8 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). Cuando en la persona elegida por el Ayuntamiento concurriera alguna causa de incompatibilidad, podrá la Sala de Gobierno no proceder a su nombramiento si el propuesto reúne los requisitos legales de capacidad, concediéndole el plazo de ocho días para que acredite el cese en el ejercicio de la actividad incompatible. En el caso de que no acredite este extremo, se entenderá que renuncia al cargo (artículo 15 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). F. Si en el plazo de tres meses desde que se produjera la vacante en un Juzgado de Paz el Ayuntamiento no efectuase la propuesta prevenida en los apartados anteriores, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia procederá a designar al Juez de Paz. Se actuará de igual modo cuando la persona propuesta por el Ayuntamiento no reuniera, a juicio de la misma Sala de Gobierno y oído el Ministerio Fiscal, las condiciones exigidas por esta Ley (artículo 101.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 9 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). G. Contra los Acuerdos de nombramiento de Jueces de Paz cabe recurso de alzada o de revisión, en su caso, ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en los plazos y por los motivos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. H. Los Jueces de Paz tomarán posesión de su respectivo cargo dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del partido o Decano, si hubiere varios. No estarán obligados a presentar juramento o promesa quienes ya lo hubieren presentado con anterioridad como Jueces de Paz. La duración del mandato se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 20 y artículo 21.2 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz). No obstante, la Corporación acordará lo que estime procedente. En la Villa de Tazacorte, a 10 de octubre de 2022.La Técnico Municipal, Fdo.: Isabel Pérez Martín. De conformidad, el Secretario Accidental, Fdo.: Jared Rodríguez Rodríguez. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” 18 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Informan los Servicios Jurídicos de orden de la Presidencia: Cada cuatro años como saben se renueva el cargo de Juez de Paz titular y sustituto, en este caso se acabó en noviembre el cargo de los cuatro años y el procedimiento siempre es el mismo: se publica anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica, en el tablón de anuncios, se saca un bando 15 días a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, que fue el 14 de octubre de 2022. Los requisitos son: tener la nacionalidad española, mayor de edad, ser residente del municipio, no haberse afectado por ninguna causa de incompatibilidad o de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial. La única solicitud presentada es la de Antonio José Acosta Concepción, que es el Juez de Paz sustituto actual y el acuerdo es hacer esta propuesta al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que es en realidad quien nombra. Tenemos que remitirle el acuerdo, esto es un acuerdo plenario, después de aquí de la comisión de régimen haciendo la propuesta por parte del pleno de la única persona que está actualmente ocupando el puesto, es la única que presentó. Dice el Sr. Secretario: Hay que proponer un sustituto del titular, por si acaso pase algo. No suscitando debate el asunto, la Comisión Informativa acuerda por unanimidad de los 5 miembros presentes que componen la Comisión, elevar el siguiente dictamen al Pleno de la Corporación: Primero.- Elegir a Don Antonio José Acosta Concepción como candidato a desempeñar el cargo de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Tazacorte. Antiguo taxista, actualmente en situación de incapacidad permanente total. Segundo.- Remitir el presente acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a través del Juzgado Decano de Los Llanos de Aridane. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.” Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don David Ruiz Álvarez, diciendo: Esto se vio en Comisión, ¿hay alguna pregunta? No suscitando debate el asunto, el Pleno de la Corporación, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros, nueve de los once que lo componen, acuerda: Primero.- Elegir a Don Antonio José Acosta Concepción como candidato a desempeñar el cargo de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Tazacorte. Antiguo taxista, actualmente en situación de incapacidad permanente total. Segundo.- Remitir el presente acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a través del Juzgado Decano de Los Llanos de Aridane. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. 19 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. 5.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE FIESTAS LOCALES PARA EL 2024. Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía del dictamen de la Comisión Informativa de Administraciones Públicas, Régimen Interior, Servicios Sociales, Empleo y Desarrollo Local, de fecha 22 de marzo de 2023, cuyo tenor literal es el siguiente: “1.- FIESTAS LOCALES PARA EL 2024. Se da cuenta por los Servicios Jurídicos, de orden de la Presidencia, del escrito de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, por el que, con la finalidad de proceder a iniciar la tramitación del Proyecto de Orden por el que se determinan las fiestas locales para el próximo año 2024, nos instan a designar las dos Fiestas Locales para el año 2024. Toma la palabra la Sra. Presidenta, Doña Nieves Yolanda Acosta Lorenzo, del Grupo Municipal Nueva Canarias, diciendo: El 16 de julio día del Carmen es un martes, se queda martes y después el día 29 de septiembre cae un domingo, pasa a lunes. Servicios Jurídicos: El día 30 de septiembre como día siguiente a la festividad de San Miguel. Dice la Sra. Presidenta: Claro, porque cae el 29 de septiembre en domingo. No suscitando debate el asunto, la Comisión Informativa acuerda por unanimidad de los miembros presentes, elevar el siguiente dictamen al Pleno de la Corporación: Primero.- Fijar como Fiestas Locales de esta Villa y Puerto de Tazacorte, para el año 2024, el 16 de julio, festividad de Ntra. Sra. del Carmen y el 30 de septiembre, siguiente a la festividad de San Miguel Arcángel. Segundo.- Remitir el presente acuerdo a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo.” Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don David Ruiz Álvarez, diciendo: Esto se vio en Comisión, ¿hay alguna pregunta? No suscitando debate el asunto, el Pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los 9 miembros presentes: 20 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 21 ACTA DEL PLENO ILUSTRE AYUNTAMIENTO VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE C/ Primero de Mayo, nº 1 Telf. 48.08.03-48.02.10. Fax 48.09.29. CP 38.770. Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Primero.- Fijar como Fiestas Locales de esta Villa y Puerto de Tazacorte, para el año 2024, el 16 de julio, festividad de Ntra. Sra. del Carmen y el 30 de septiembre, siguiente a la festividad de San Miguel Arcángel. Segundo.- Remitir el presente acuerdo a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde o concejal en quien delegue, para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las once horas y doce minutos, por la Presidencia se levanta la sesión, de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE 21 Número: 2023-0003 Fecha: 14/06/2023 Cód. Validación: 3H57A7PMJKPEL9L39L4JFASMW Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 21 ACTA DEL PLENO