C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es ACTA NÚMERO JGL07-24 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024. SEÑORES ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: DON MANUEL GONZÁLEZ GÓMEZ. CONCEJALES PRESENTES: DON ANTONIO MANUEL SANTANA YANES. DON DAVID RUIZ ÁLVAREZ. DOÑA ANTONIA MARÍA ACOSTA PÉREZ. En la Villa y Puerto de Tazacorte, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, el día 9 de septiembre de 2024, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión pública extraordinaria urgente en primera convocatoria. Preside el Sr. Alcalde, Don Manuel González Gómez y asisten los señores concejales arriba mencionados. SECRETARIO ACCIDENTAL Fecha Firma: 14/10/2024 HASH: 6d3aef41232bfa81d6aebcd25b45d5bd Carlos Manuel Acosta Cabrera (1 de 2) ALCALDE Fecha Firma: 14/10/2024 HASH: 88b233c559370777bd2037537e0b3455 MANUEL GONZALEZ GOMEZ (2 de 2) Está presente el Secretario Accidental de la Corporación, D. Carlos Manuel Acosta Cabrera, quien da fe del acto. Convocada la sesión para las diez horas y treinta minutos, por la Presidencia se declara abierta la sesión siendo las once horas y cinco minutos y de conformidad con el orden del día se adoptan los siguientes acuerdos: PARTE PÚBLICA DE LA SESIÓN: 1.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA SESIÓN. Toma la palabra el Sr. Alcalde-Presidente Don Manuel González Gomez, diciendo: La urgencia de la sesión viene determinada porque desde el Cabildo, en el marco del Programa Insular de Desarrollo Local, nos piden con urgencia ya una nueva aprobación del Anexo I del Convenio para la gestión de los recursos de dicho Programa, donde se establezca que la entidad que llevará a cabo las actuaciones recogidas en el mismo, será el Cabildo. Así mismo, en relación al segundo asunto, que por error no se incluyó en el orden del día, interesando a este Ayuntamiento la renovación del Convenio con la Agencia Tributaria Canaria para el suministro de información tributaria sin fines tributarios, que finaliza su vigencia el 16 de octubre y dados los trámites que conlleva la firma de la adenda de renovación, pues llegado el vencimiento del mismo sin haberse firmado la Adenda propuesta, se suspenderá el servicio que se ha venido prestando hasta ahora la ATC, urge la aprobación y firma de la misma. 1 Cód. Validación: W6ZQH3ETYXZ4SL7YXLAENJJTY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2024-0007 Fecha: 14/10/2024 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es No suscitando debate el asunto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de los miembros presentes, declarar la urgencia de la sesión. 2.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE ANEXO I DEL CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE Y EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS EN EL “PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024- 2028” DE LA PALMA, RELATIVO AL PROGRAMA CUATRIENAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE DEL CITADO PROGRAMA. No suscitando debate el asunto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de los miembros corporativos presentes, en el ejercicio de la competencia delegada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 5 de julio de 2023: Primero.- Aprobar el Anexo I del CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE Y EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS EN EL “PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028” DE LA PALMA, relativo al Programa Cuatrienal del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte del citado PIDL: ANEXO I PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028 PROGRAMA CUATRIENAL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE Denominación de Entidad que lleva a cabo la actuación Encuadrada en Indica dor/es la actuación (2) (4) proyecto actualizado y (5) (3) 2.2 Si Abril de Urbanización de la Avenida de La Cabildo Insular de Sostenibilidad Social La Palma Constitución (Fase 1) 2.2 Si, Marzo de Proyecto de Demolición de Cabildo Insular de Sostenibilidad Social La Palma Edificio en la Avenida de La Constitución 2.2 Proyecto de Urbanización de la Avenida de La Cabildo Insular de Sostenibilidad Social 2018 pendiente de actualización La Palma Constitución (Fase 2) Segundo.- Remitir el presente acuerdo al Servicio de Asistencia Técnica a Municipios del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero.- Dar cuenta a la Comisión Informativa de Obras Municipales, Urbanismo, Vivienda y Medioambiente en la próxima sesión que celebre. 2 Cód. Validación: W6ZQH3ETYXZ4SL7YXLAENJJTY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2024-0007 Fecha: 14/10/2024 Dispone de Importe año 2024 Importe año 2025 Importe año 2026 Importe año 2027 fecha del mismo (6) 563.639,69 563.639,69 2024 € € 2024 563.639,69 € 563.639,69 € C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. 3.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE ADENDA PARA LA RENOVACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA PARA FINES NO TRIBUTARIOS ENTRE LA AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE. No suscitando debate el asunto, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de los miembros corporativos presentes, en el ejercicio de la competencia delegada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 5 de julio de 2023: Primero.- Aprobar la suscripción de la ADENDA PARA LA RENOVACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA PARA FINES NO TRIBUTARIOS ENTRE LA AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE, cuyo tenor literal es el siguiente: “ADENDA PARA LA RENOVACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA PARA FINES NO TRIBUTARIOS ENTRE LA AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE De una parte, D.ª Raquel Peligero Molina, en representación de la Agencia Tributaria Canaria, en uso de las facultades que le atribuye el artículo 12.2 A f) de la Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria. Y de otra parte, D. Manuel González Gómez, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte en representación de dicha Corporación, autorizado por el Pleno de la Corporación su reunión de fecha …, en uso de las facultades que le atribuye el artículo 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 31.1 e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y en su virtud, EXPONEN Que con fecha 16 de octubre de 2020 fue suscrito el Convenio de cooperación para el suministro de información tributaria para fines no tributarios entre la Agencia Tributaria Canaria y el Ayuntamiento de la Villa y de Tazacorte (BOC nº 248, de 4 de diciembre de 2020). Dicho convenio se suscribió para autorizar a los órganos competentes de dicha corporación local, previa autorización de los interesados, en la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias en aquellos procedimientos administrativos que legalmente lo requieran. 3 Cód. Validación: W6ZQH3ETYXZ4SL7YXLAENJJTY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2024-0007 Fecha: 14/10/2024 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es Su ámbito material comprendía que el órgano de la corporación local competente para el resolver el procedimiento administrativo recabará de la Agencia Tributaria Canaria de la información tributaria referida a hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con indicación expresa de que los interesados han autorizado expresamente el suministro de la información tributaria y del procedimiento administrativo en el que se exige la información requerida. La Agencia Tributaria Canaria se limitaba a informar al órgano competente para resolver el procedimiento administrativo si el interesado se halla o no al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Comunicada Autónoma, cuya acreditación venga exigida por el ordenamiento jurídico para iniciar un procedimiento administrativo o en el curso del mismo, sin poder suministrar o ceder otro dato, informo o antecedente obtenido por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones. La información facilitada por la Agencia Tributaria Canaria en los términos previstos en el Convenio sólo surtiría efectos en el procedimiento respecto del cual hubiera sido solicitada, sin que pudiera ser utilizada para otra finalidad ni en procedimiento distinto. En consecuencia, no originarían derechos ni expectativas de derechos a favor de los interesados o afectados por la información suministrada, ni interrumpirá la prescripción de los derechos u obligaciones a que puedan referirse los procedimientos para los que se obtuvo aquella. De igual modo, la información suministrada, no afectaría a lo que pudiera resultar de las actuaciones de comprobación o investigación o de la ulterior modificación de los datos suministrados. En la cláusula décima del citado convenio se contemplaba la vigencia inicial de cuatro años, con posibilidad de renovación por un plazo de otros cuatro años adicionales. Con fecha (certificación del acuerdo de Junta de Gobierno Local por el que se autoriza la renovación) …. de 2024 el Pleno del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte acordó proceder a la renovación de dicho convenio por un periodo de cuatro años más. Considerando que el convenio quedó perfeccionado con la prestación del consentimiento de las partes, de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, los cuatro años de vigencia vencen el día 16 de octubre de 2024. Y dado que se mantiene la necesidad de continuar con el objeto del mismo, las partes interesadas consideran oportuno renovar el convenio de referencia, conforme a la citada cláusula décima, por otros cuatro años más. En consecuencia, antes de que se produzca el vencimiento del convenio, las partes acuerdan: Cláusula única. Proceder a la renovación del citado convenio por un periodo de cuatro años más, es decir, hasta el día 16 de octubre de 2028, fecha en la que quedará extinguido a 4 Cód. Validación: W6ZQH3ETYXZ4SL7YXLAENJJTY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2024-0007 Fecha: 14/10/2024 C/. Primero de Mayo, nº 1 Telf. 922.48.08.03/922.48.02.10. Fax. 922.48.09.29 CP. 38.770 Villa y Puerto de Tazacorte. Isla de San Miguel de La Palma. Provincia de S/C. de Tenerife. www.tazacorte.es / ayuntamiento@tazacorte.es todos los efectos, en aplicación de lo establecido en la cláusula decimocuarta del convenio y de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. De conformidad con el artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crea y regula el Registro General Electrónico de órganos de cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la presente Adenda de renovación se deberá publicar en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma. Cumplido el trámite anterior, y en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, se realizará la inscripción en el Registro General de Convenios de sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias. Las restantes cláusulas del convenio mantienen su validez durante la vigencia de la presente adenda de prórroga al convenio. Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda al convenio, entendiéndose como fecha de firma la del último de los firmantes. Por la Agencia Tributaria Canaria Por el Ayuntamiento de la Villa D.ª Raquel Peligero Molina D. Manuel González Gómez” Segundo.- Remitir el presente acuerdo a la Agencia Tributaria Canaria, así como a la Intervención Municipal de Fondos, para su conocimiento y efectos procedentes. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue para la firma del presente Convenio, y de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de este acuerdo. Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las once horas y siete minutos, por la Presidencia se levanta la sesión de todo lo cual como Secretario, doy fe. VºBº EL ALCALDE, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE 5 Cód. Validación: W6ZQH3ETYXZ4SL7YXLAENJJTY Verificación: https://tazacorte.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2024-0007 Fecha: 14/10/2024 y Puerto de Tazacorte