Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenenfe. Numero 99, Miércoles 17 de agosto de 2022 13251 TAZACORTE publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife n* 47, de 20 de abril de 2022, ANUNCIO queda definitivamente aprobada de conformidad 3030 179570 con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en Local y la propia resolución corporativa. sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2022, el acuerdo de aprobar inicialmente la En consccuencia, de conformidad con lo MODIFICACIÓN DE LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN RBRL, y una vez transcurrido el plazo previsto en el DE ESTUDIOS DE ENSEÑANZA POST artículo 65.2 de la Ley 7/1985 RBRL, a continuación OBLIGATORIA, DIRIGIDAS A ESTUDIANTES se inserta el texto íntegro de las Bases, elevado ya RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE LA VILLA a definitivo a todos los efectos legales, entrando en Y PUERTO DE TAZACORTE, y no habiéndose vigor al día siguiente de su aprobación íntegra en presentado reclamaciones en el plazo de 30 días de el Boletin Oficial de la Provincia de Santa Cruz de exposición al público, efectuado mediante anuncio Tenerife. EEES BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE ENSEÑANZA POST OBLIGATÓRIA, DIRIGIDAS A ESTUDIANTES RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE. Primera.- Objeto. Las presentes bases de vigencia indefinida, tienen por objeto establecer las condiciones para la concesión, con cargo al presupuesto municipal, de ayudas para los estudiantes de este municipio que cursen estudios de enseñanza post obligatoria de formación profesional, bachillerato y universitarias tanto dentro como fuera de la isla de La Palma. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 99, Miércoles 17 de agosto de 2022 13253 Tercera.- Solicitudes. Las solicitudes se presentarán en modelos normalizados en el Registro General o en sede electrónica del Ilustre Ayuntamiento de La Villa y Puerto de Tazacorte e irán dirigidas a la Alcaldía—Presidencia. Cuarta.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Quinta.- Documentación El modelo normalizado de solicitud estará a disposición de los interesados en las dependencias de Servicios Sociales Municipales y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, e irá acompañada de la siguiente documentación: E a) Formulario de solicitud (Anexo II) b) Fotocopia Libro de Familia c) Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte, etc. de los solicitantes y su unidad convivencial, y en su caso, acreditación de la representación con la que se actúa. d) Certificado/informe municipal de empadronamiento y convivencia. Se entiende por unidad de convivencia al núcleo familiar constituido por la persona solicitante y, en su caso, a quienes convivan con ella en una misma vivienda o espacio habitacional, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por parentesco civil de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado en línea recta y colateral, o por adopción, tutela o acogimiento familiar. e) Documento acreditativo de la matricula para el curso escolar correspondiente a la convocatoria. f) Documento de Alta de Terceros debidamente cumplimentado y sellado por el Banco o Caja. (Anexo V) 9) Declaración Jurada (Anexo IV) h) Autorización para recabar datos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Estatal (Anexo VI) Boletin Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tencrife, Número 99, Miércoles 17 de agosto de 2022 13255 Octava.- Importe de la ayuda. El importe único de la ayuda será de 370€ para los estudios universitarios, 230€ para estudios de bachillerato y 160€ para los ciclos formativos. Novena.- Procedimiento de concesión. Las subvenciones se otorgarán mediante concurrencia competitiva hasta el límite presupuestario disponible. El criterio para la comparación de las solicitudes será la renta per cápita de la unidad familiar, atendiendo a aquellas solicitudes con una menor renta per cápita de su unidad familiar. El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria aprobada por el Alcalde. Las solicitudes se presentarán en el Registro General o en la sede electrónica del Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la totalidad de la documentación necesaria según la base quinta de la presente convocatoria. Irán dirigidas a la Alcaldía, de conformidad con lo señalado en estas bases. La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá al Concejal Delegado/a, el cual después de recabar cuantos informes estime convenientes, realizará una evaluación de las solicitudes o peticiones conforme a los criterio, formas y prioridades de valoración establecidos en estas bases. Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano instructor remitirá el expediente a la Comisión Informativa competente en materia de Educación, para que emita informe- dictamen con la propuesta de resolución sobre las solicitudes presentadas. Las solicitudes serán resueltas por el Alcalde, quedando acreditados los fundamentos de tal resolución. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados, en el lugar indicado por éste/a, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en la que la resolución haya sido dictada, en los términos del artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La práctica de Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 99, Miércoles 17 de agosto de 2022 13257 Décimo Tercera.- Base de Datos Nacional de Subvenciones. Las ayudas que se convoquen amparadas en las presentes bases quedan sujetas a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Disposición Adicional Única. En lo no previsto en las presentes bases serán de aplicación los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de subvenciones. Disposición Derogatoria. Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo regulado en las presentes bases. Disposición Final. Las presentes bases entrarán en vigor después de su aprobación definitiva por el Pleno de la Corporación y a partir del día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 99, Miércoles 17 de agosto de 2022 13259 ANEXO II Modelo de Solicitud DATOS DEL QUE REALIZA LA SOLICITUD: DOMICILIO TELEFONO FIJO TELEFONO MOVIL DATOS DEL ALUMNO/A: APELLIDOS NOMBRE D.N.| | SOLICITA: Ayuda económica para la realización de estudios de enseñanza post obligatoria, dirigidas a estudiantes residentes en el municipio de la Villa y Puerto de Tazacorte durante el curso Académico 20 120 DATOS DEL CENTRO DE ESTUDIOS NOMBRE DOMICLIO CURSO CICLO En la Villa y Puerto de Tazacorte, a de 20 Firmado.- SR. ALCALDE. PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE 13261 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 99, Miércoles 17 de agosto de 2022 ANEXO IV MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO/A PARA QUE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS RELATIVOS A LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE ENSEÑANZA POST OBLIGATORIA, DIRIGIDAS A ESTUDIANTES RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE LA VILLA Y PUERTO DE TAZACORTE. D.D*/ con DNI n* , mayor de edad y con domicilio en Localidad Código Postal AUTORIZACIÓN: la/s personas abajo firmantes autoriza/n al llustre Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, a recabar la información necesaria que esta administración necesita para la tramitación de ayudas económicas para la realización de estudios de enseñanza post obligatoria, dirigidas a estudiantes residentes en el municipio de la Villa y Puerto de Tazacorte. En la Villa y Puerto de Tazacorte a de de 20 Fdo.: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 99, Miercoles 17 de agosto de 2022 13263 ANEXO VI Autorización del interesado para que el Ilustre Ayuntamiento de la Villa y Puerto de Tazacorte, pueda recabar datos a la Agencia Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones Tributarias (Concesión de ayudas y subvenciones) y el nivel de renta del ejercicio 20 » E La persona abajo firmante autoriza al Ilustre Ayuntamiento de Tazacorte, a solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria datos relativos al: o Cumplimiento de sus obligaciones tributarias. o Nivel de renta ejercicio 20 Para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la subvención o ayudas tramitadas por este Ilustre Ayuntamiento. La presente autorización se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvención o ayuda mencionada anteriormente y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la concesión de los datos tributarios que precisen las AA,PP, para el desarrollo de sus funciones. DATOS DEL INTERESADO: Firma rra DNI-NIF: DIRECCIÓN En la Villa y Puerto de Tazacorte a NOTA: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al organismo solicitante Copia DNI-NIF En la Villa y Puerto de Tazacorte, a nueve de agosto de dos mil veintidós. El ALCALDE, David Ruiz Álvarez, documento firmado electrónicamente