A 5728 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 50, martes 17 de marzo de 2009 solo esté operativo el Museo del Plátano y la Casa tas o entradas gratuitas, al público en general o a gru- Massieu: pos en particular, en determinados días y horas y en aquellos casos excepcionales que por su carácter y Tarifa normal (mayores de 13 años): 2 euros (en significado acuerde exceptuar. cada uno). - Las personas que lo soliciten por motivos de es- Notas a la Tarifa 1: tudio o investigación profesional, cuando obtengan autorización, así como los destinatarios de aquellos No se estará obligado al pago de las tasas, los miér- Programas Municipales de acción educativa que de- coles de cada semana, el 18 de mayo con motivo del sarrollen sus contenidos en cualquiera de los recin- Día Internacional de los Museos y el 27 de septiem- tos. bre con motivo del Día Internacional del Turista. Nota a la Tarifa 3: Tarifa 2. Bonificaciones. Para obtener la exención del pago de las tasas, de- Tendrá una bonificación del 50% del importe de la berá entregarse documento acreditativo de la moti- tarifa 1: vación.” - Menores entre 6 y 12 años. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 6 de marzo de 2009, - Residentes Canarios. El Alcalde, Ángel Pablo Rodríguez Martín. - Pensionistas o mayores de 63 años. - Los titulares de carnet de estudiante, hasta los 26 ANUNCIO años. 4294 2906 Adoptado por este Ayuntamiento, en sesión - Grupos turísticos de más de 15 personas. extraordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2008, el acuerdo de aprobación provisional de la modifi- - Grupos sociales de más de 15 personas (colegios cación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa y asociaciones). para la Prestación de Servicios de Duchas, Piscinas e Instalaciones Deportivas y otros Servicios Análo- Nota a la Tarifa 2: gos de la Villa y Puerto de Tazacorte, y no habién- dose presentado reclamaciones en el plazo de 30 días Para obtener la bonificación, deberá entregarse do- de exposición al público, efectuado mediante anun- cumento acreditativo de la motivación de la reduc- cio fijado en el tablón de anuncios de este Ayunta- ción en la tarifa normal. miento y publicado en el Boletín Oficial de la Pro- vincia de Santa Cruz de Tenerife n* 11, de 19 de enero Tarifa 3. Exenciones. de 2009, queda definitivamente aprobado de con- formidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real No estarán sujetos al pago de las tasas: Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regu- - Los menores de 6 años. ladora de las Haciendas Locales y la propia resolu- ción corporativa. - Empadronados y residentes en Tazacorte. En consecuencia, y de conformidad con lo esta- - Discapacitados físicos O psíquicos. blecido en el artículo 17.4 del RDL 2/2004, a conti- nuación se inserta el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza, elevado ya a definitivo a todos los - Cuando la visita sea colectiva (grupos de 15 o más personas), se permitirá la entrada sin obligación efectos legales, entrando en vigor a partir del día si- de pago a un máximo de 2 personas por grupo (pro- guiente a su publicación: fesores, guías o acompañantes). “Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora - Las personas que en virtud de acuerdos capitula- de la Tasa para la Prestación de Servicios de Duchas, res adoptados al amparo del Reglamento Especial pa- Piscinas e Instalaciones Deportivas y otros Servicios ra la concesión de Honores y Distinciones, ostenten Análogos de la Villa y Puerto de Tazacorte. o les fuere concedidos los títulos que el mismo re- gula y les otorgue franquicia en los recintos de que Se modifican los artículos 5,11 y 12, que quedan se trata. redactados de la siguiente forma: - La Junta de Gobierno Local o el Concejal Dele- “Art. 5.- Serán objeto de bonificación en los tér- gado, en casos excepcionales, podrá conceder visi- minos y con las condiciones previstas en la Ley A O Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 50, martes 17 de marzo de 2009 5729 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Fa- Entrada puntual Empadronados No empadronados milias Numerosas, los miembros de unidades fami- liares que tengan tal condición, efectuándose una bo- Menores de 5 años Gratuita Gratuita nificación en todas las tasas que se señalan en la presente ordenanza. De 5 a 15 años, mayores de 65 2.00 euros/día 2,50 euros/día y jubilados La bonificación a efectuar será practicada en los siguientes porcentajes según categorías: De 15 a 63 años 2,50 euros/día 3.00 euros/día Quince por ciento.- Miembros de familias nume- Discapacitados (debidamente acreditados con minusvalía rosas de categoría general. mayor o igual al 33%) 2,00 euros/día 2,50 euros/día Veinte por ciento.- Miembros de familias numero- sas de categoría especial.” Abonos (categoría individual, familia numerosa y colectivos). “Art. 11.- Las tarifas que se establecen a continua- ción vienen referidas al uso y disfrute de las presta- De 10 usos (caducidad de 3 meses) 20 euros ciones del complejo de la piscina municipal, no en- tendiendo como tal los cursos o actividades que se * Los abonos son personales e intransferibles, con organicen con carácter diferenciado y que requieran la excepción del de familia numerosa y del colecti- o no de la asistencia de monitor especializado, y que vo, previa acreditación de esta circunstancia. por lo tanto estarán sometidas a inscripción y tarifi- cación independiente. Descuentos (aplicables a los abonados). 10% Con carácter general se establecen varios tipos de Empadronados en Tazacorte tarifas, atendiendo a diferentes criterios como son las Colectivos acreditados a partir de 10 personas 5% 5% modalidades de acceso y los diferentes tipos de abo- Usuarios de otra instalación Deportiva Municipal no: Discapacitados 5% * No se aplicarán más de tres descuentos por abo- Así, se establecen como modalidades de acceso las no. En el caso de abono familiar sólo se podrá apli- siguientes: car uno de los descuentos junto con la familia nu- merosa.” Abonado, entendiendo como tal, a la persona, fa- milia numerosa o grupo que acude regularmente a la “Art. 12.- Para acceder a las prestaciones de la pis- cina municipal será requisito indispensable la apor- instalación con derecho a disfrutar del uso de la pis- cina, e instalaciones anexas a la misma, así como al tación previa, de la documentación que le sea re- resto de ventajas de ser abonado. querida a los efectos oportunos. Se entiende por familia a los efectos de la expedi- En dicho sentido será obligatorio para todo intere- ción del Abono de familia numerosa, al grupo de per- sado en acceder al complejo la aportación del im- sonas conformadas por los progenitores, parejas de preso de solicitud de inscripción debidamente for- malizado conjuntamente con una copia del D.N L. hecho e hijos menores de de dieciocho años, previa acreditación de la condición de familia numerosa. Para este tipo de abono, se entenderá por uso la en- Para aquellos usuarios que pretendan obtener el be- trada que de forma conjunta realicen los miembros neficio del familia numerosa, les será requerida la de la familia a las instalaciones de la piscina. Si lo aportación de certificado acreditativo de dicha cir- cunstancia. hicieran de forma separada aunque fuera en el mis- mo día, no será de aplicación lo anteriormente ex- En relación a quienes pudieran ser beneficiarios puesto. del descuento para discapacitados, será indispensa- No abonado, siendo éste la persona que accede a ble para ello la presentación del preceptivo certifi- la instalación a realizar alguna de las actividades di- cado de minusvalía mayor o igual al 33%. rigidas durante el tiempo que dure ésta. Quedan exentos de pago por utilización de la pis- Uso o entrada puntual, caso que se encuadraría a cina municipal los menores de 5 años, no cumplidos antes de la apertura de la piscina municipal.” la persona o grupo de ellas que, por un tiempo no su- perior a 2 horas haga uso de alguna de las zonas de la instalación. En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 6 de marzo de 2009. Por su parte, los tipos de abono serán los que si- guen: El Alcalde, Ángel Pablo Rodríguez Martín.