TI A LS Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 122, jueves 21 de julio de 2011 178% ANUNCIO Todos los propietarios y personas tenedoras de los 11025 9255 animales cuyas características o razas se detallan a Adoptado por este Ayuntamiento, en sesión extraor- continuación tienen la obligación de obtener la Li- cencia. dinaria celebrada el día 28 de abril de 2011, el acuer- do de aprobación provisional de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de licencia ad- Animales considerados potencialmente peligrosos: ministrativa para la tenencia de animales potencial- mente peligrosos, y no habiéndose presentado recla- Con carácter genérico, se consideran como ani- maciones en el plazo de 30 días de exposición al males potencialmente todos los que, perteneciendo público, efectuado mediante anuncio fijado en el ta- a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales blón de anuncios de este Ayuntamiento y publicado domésticos, o de compañía, con independencia de su en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz agresividad, pertenecen a especies o razas que ten- de Tenerife n* 78 de 18 de mayo de 2011, queda de- gan capacidad de causar la muerte o lesiones a las finitivamente aprobado de conformidad con lo dis- personas o a otros animales o daños a las cosas (Ley puesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de 50/1999). abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y la propia resolución corporativa. Todas las razas de perros contenidas en el anexo 1 del RD 287/2002: . En consecuencia, y de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legisla- e Pit Bull Terrier. e Staffordshire Bull Terrier. tivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien- » American Staffodshire Terrier. das Locales, a continuación se inserta el texto ínte- e Rottweiler. gro de la citada Ordenanza, elevado ya a definitivo * Dogo Argentino. a todos los efectos legales, entrando en vigor a par- e Fila Brasileiro. tir del día siguiente a su publicación: e Tosa Inu Akita Inu. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedi- Y todos los que tienen todas o la mayoría de las ción de licencia administrativa para la tenencia de Características siguientes (anexo II, RD 287/2002): animales potencialmente peligrosos. * Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, Naturaleza y régimen legal. configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia. Artículo 1. e Marcado carácter y gran valor. En uso de las facultades concedidas por los artícu- * Pelo corto. los 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las e Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 Bases de Régimen Local y de conformidad con lo centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centíme- dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto tros y pesos superior a 20 kg. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprue- ba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Ha- * Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con crá- ciendas Locales, así como en la Ley 50/1999, de 23 neo ancho y grande y mejillas musculosas y abom- de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Te- badas. Mandíbulas fuertes, boca robusta, ancha y pro- nencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y en funda. el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, este Ayuntamiento es- » Cuello ancho, musculoso y corto. tablece la Tasa por expedición de licencia adminis- trativa para la tenencia de animales potencialmente e Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas peligrosos que se regirá por la presente Ordenanza arqueadas y lomo musculado y corto. Fiscal. » Extremidades anteriores paralelas, rectas y ro- Hecho imponible. bustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo Artículo 2. moderado. Constituye el hecho imponible la actividad muni- Sujeto pasivo. cipal, técnica y administrativa, tendentes a verificar si los propietarios o tenedores de animales conside- Artículo 3. rados potencialmente peligrosos, según la normati- va vigente, pueden ser titulares de una Licencia Mu- Son sujetos pasivos de esta tasa, en concepto de nicipal Administrativa que les permita su tenencia. contribuyentes, las personas físicas o jurídicas y las A 17874 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 122, jueves 21 de julio de 2011 entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa. General Tributaria que sean propietarios o tenedores de animales considerados potencialmente peligrosos y que se beneficien de los servicios prestados por es- En la Villa y Puerto de Tazacorte, a 13 de julio de 2011. te Ayuntamiento a que se refiere el artículo anterlor. Elementos de cuantificación de la obligación tri- La Alcaldesa, Carmen María Acosta Acosta. butaria. Artículo 4. VILLA DE ADEJE La base de la tasa es el servicio o actividad de la que se beneficie el sujeto pasivo. La cuota Única por Área de Política Turística, Sanidad y Consumo, actividad realizada, tanto para el otorgamiento de la Relaciones Institucionales y Recursos Externos primera licencia, como para su renovación y la tari- fa fijada es de 70,00 euros. Turismo ANUNCIO. Bonificaciones y demás beneficios fiscales. 11026 9077 Visto el expediente sancionador n* 264U0019, ins- Artículo 5. truido contra D/D* Luis Borja Julia Fernández, pro- visto de NIE n* 45852253M, por una presunta in- En esta Tasa no se reconocen otros beneficios fis- fracción contra la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, cales que los expresamente previstos en las normas sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Anima- con rango de ley o los derivados de la aplicación de les Potencialmente Peligrosos. los Tratados Internacionales. Antecedentes. Devengo y período impositivo. Primero.- En fecha de 28.08.10, por agentes de la Policía Local de esta Corporación, aproximadamen- Artículo 6. te a las 21:00 h y en el lugar conocido como Avda. Ayyo. (de), 1 Adeje (S/C Tenerife), se constató que por el inculpado, se procedió a: 1. Se devenga la tasa y nace la obligación de con- tribuir desde el momento en que se inicie la realiza- ción de la actividad municipal, técnica y administra- “Transitar con un perro potencialmente peligroso tiva, que tiene lugar desde que se formula la solicitud sin bozal en la vía pública”. de la preceptiva Licencia, o desde que el Ayunta- miento de oficio, realice las iniciales actuaciones con- Segundo.- Visto que por el órgano competente se ducentes a la autorización de la expedición de dicha acordó la incoación del presente expediente sancio- Licencia. nador mediante Acuerdo de fecha 08.11.10, en el que se contenía la identidad de la Autoridad competente 2. El pago de la tasa se realizará previamente a la para resolver el expediente y la del Instructor del pro- petición de la Licencia. cedimiento. Tercero.- Visto que por el Instructor del expedien- te, con fecha 14.01.2011, se notificaron los hechos Infracciones y sanciones tributarias. imputados, las infracciones cometidas y las sancio- Artículo 7. nes que en su caso podían recaer, con objeto de que en el plazo de quince días, o en cualquier momento En todo lo relativo a infracciones y sanciones tri- anterior a dictarse esta Propuesta de Resolución, pu- diera el infractor contestar la acusación realizada, to- butarias y sus distintas calificaciones, así como a las sanciones que a las mismas corresponden en cada ca- mar audiencia y vista del expediente, proponer prue- so, se aplicarán las normas establecidas en la vigen- bas y alegar cuanto tuviera por conveniente en orden te Ley General Tributaria y demás normativa apli- a la mejor defensa de su derecho y que en fecha cable. 09.09.2010 ya se había presentado escrito de des- cargo y alegaciones a una posible imputación, así co- mo con fecha 03.02.2011 se reitera en las mismas Disposición final. alegaciones, aportando fotocopia de parte veterina- rio y en los que básicamente se sostiene lo siguiente: Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial de la “Que no llevaba el perro con bozal porque se ha- Provincia, entrará en vigor, continuando su vigencia bía herido a raíz de un accidente y podría infectarse